1 |
Que
adiciona la fecha 24 de agosto, Firma de los
Tratados de Córdoba que reconocen la
Independencia de México en 1821, al inciso
a) del artículo 18 de la Ley sobre el
Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
Publicación en GP:
Marzo 13, 2007. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Pedro
Montalvo Gómez (PRI) el 13 de febrero de
2007.
Dictamen de Primera Lectura presentado el 29
de noviembre de 2007.
Dictamen a Discusión presentado el 4 de
diciembre de 2007.
Aprobado por 367 votos y 1 abstención
se turnó al
Senado de la República para los efectos del
inciso a) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida en el Senado de la República
el 5 de diciembre de 2007.
Dictamen de Primera Lectura presentado el 6
de marzo de 2008.
Dictamen a Discusión presentado el 11 de
marzo del 2008. Proyecto de decreto
rechazado por 1voto en pro, 60 en contra y
22 abstenciones. Se devolvió a la Cámara de
Diputados para los efectos del inciso d)
del artículo 72 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Propuesta:
ÚNICO.-
Se deshecha la minuta con proyecto de
decreto
que
adiciona la fecha 24 de agosto, Firma de los
Tratados de Córdoba que reconocen la
Independencia de México en 1821, al inciso
a) del artículo 18 de la Ley sobre el
Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. |
Comisión de Gobernación |
2 |
Que deroga el artículo 343 Bis del
Código Penal Federal.
Publicación en GP:
Marzo 25, 2008. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Manuel
González Reyes (PAN) el 4 de mayo de 2005.
Iniciativa presentada por la Dip. María de
Jesús Aguirre Maldonado (PRI) el 11 de
noviembre de 2005.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámite presentado el 26 de abril de 2006.
Aprobado por 311 votos y 2 abstenciones. Se
turnó a la Cámara de Senadores, para los
efectos del inciso a) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Minuta recibida en el Senado de la República
por el 27 de abril de 2006.
Dictamen de Primera Lectura presentado el 11
de marzo de 2008.
Dictamen a Discusión presentado el 12 de
marzo de 2008. Aprobado por 92 votos. Se
turnó a la Cámara de Diputados, para los
efectos del inciso e) del artículo 72 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Considerar como
violencia familiar
cualquier acto u omisión que dañe la
estabilidad
psicológica,
de un miembro de la familia por otro
integrante de la misma. |
Comisión de Justicia |
3 |
Que deroga la última parte del inciso e) de
la fracción IV del artículo 116 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Marzo 25, 2008. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en el Senado de la
República por el Sen. Alfredo Rodríguez y
Pacheco (PAN) a nombre propio y del Sen.
Hugo Antonio Laviada Molina (PAN) el 13 de
diciembre de 2007.
Iniciativa presentada en el Senado de la
República por el Sen. Ricardo Monreal Ávila
(PRD) el 7 de febrero de 2008.
Dictamen de Primera Lectura presentado el 6
de marzo de 2008.
Dictamen a Discusión presentado el 12 de
marzo de 2008. Aprobado por 92 votos. Se
turnó a la Cámara de Diputados, para los
efectos del inciso a) del artículo 72 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Eliminar el derecho exclusivo de los
partidos políticos para solicitar el
registro de candidatos a cargos de elección
popular en las entidades federativas. |
Comisión de Puntos Constitucionales |
4 |
Que reforma el párrafo segundo del inciso
b), del artículo 116 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Marzo 25, 2008. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en el Senado de la
República por el Sen. Ricardo Francisco
García Cervantes (PAN) el 13 de diciembre de
2007.
Dictamen de Primera Lectura presentado el
12 de marzo de 2008.
Dictamen a Discusión presentado el 13 de
marzo de 2008. Aprobado por 90 votos. Se
turnó a la Cámara de Diputados, para los
efectos del inciso a) del artículo 72 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Establecer como edad mínima para ser
gobernador constitucional de un estado,
tener 30 años cumplidos el día de la
elección, o menos, si así lo establece la
Constitución Política de la entidad
federativa que corresponda. |
Comisión de Puntos Constitucionales |