No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el artículo 73 de la
Constitución política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Febrero 21,
2008. |
Sens.
Francisco Agundis Arias, Arturo Escobar y
Vega, Manuel Velasco Coello y Javier Orozco
Gómez (PVEM)
Nota:
Sin intervención en tribuna. |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Facultar al Congreso de la Unión para
establecer contribuciones especiales sobre
sustancias tóxicas, persistentes y
bioacumulables. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de las leyes de Aguas
Nacionales, General de
Asentamientos Humanos, y
General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 14,
2008. |
Dip.
Silvio Gómez Leyva (PAN) |
Comisiones Unidas de Recursos Hidráulicos,
de Desarrollo Social y de Medio
Ambiente y Recursos Naturales |
Establecer los conceptos de aguas de
escurrimiento superficial, aguas pluviales o
meteóricas y de recarga artificial de
acuíferos. Incluir dentro de las
atribuciones de la Comisión Nacional de
Agua, fomentar y apoyar, en coordinación con
las autoridades federales, las estatales,
las del Gobierno del Distrito Federal y las
municipales, las obras de captación y
recarga artificial de acuíferos con aguas
pluviales, de escurrimiento superficial y
residuales tratadas, así como la disposición
o descarga de éstas al suelo. Que para el
otorgamiento de autorizaciones, licencias o
permisos de uso de suelo, construcción o
condominios, los interesados deberán
presentar ante las autoridades municipales
competentes sus proyectos de obra para la
captación y recarga artificial de acuíferos
con aguas pluviales, de escurrimiento
superficial y residuales tratadas, así como
para la disposición o descarga de éstas al
suelo. Asimismo, la obligación de los 3
órdenes de gobierno a tomar las medidas
tendientes a preservar los mantos acuíferos. |
3 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Ley de Aguas Nacionales.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 19,
2008.. |
Dip.
Lourdes Alonso Flores
(PRD) |
Comisión de Recursos Hidráulicos |
Establecer que las personas morales, previa
concesión otorgada por la autoridad del agua
podrán explotar, usar y aprovechar las aguas
nacionales en actividades industriales.
Asimismo, que el Ejecutivo Federal, a través
de la Comisión Nacional del Agua por medio
de los Organismos de Cuenca, deberá promover
la conservación y preservación del agua y
apoyar la construcción de la infraestructura
necesaria para su tratamiento y así
devolverla a los cuerpos receptores. |
4 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley Minera.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 21.
2008. |
Dip.
Yerico Abramo Masso
(PRI) |
Comisiones Unidas de Economía, de
Medio Ambiente y Recursos Naturales y de
Trabajo y Previsión Social con opinión
de la Comisión de Energía |
Incorporar los conceptos de Riesgo
Inminente, disposiciones obligatorias,
operador de mina, accidente o siniestro,
responsabilidad social, condición social e
interés superior del trabajador. Establecer
sanciones en caso de desastres mineros a las
empresas concesionarias que hubiesen
cometido negligencia a las observaciones o
exigencias de seguridad. Reducir el plazo de
duración de las concesiones mineras de 50 a
25 años. Crear la Comisión Nacional de
Seguridad e Higiene en Mina como, organismo
público descentralizado, encargado de emitir
disposiciones de carácter general en materia
de seguridad e higiene en la industria
minero-metalúrgica, y verificar su debido
cumplimiento. Dicho organismo estará
integrado por 6 especialistas en la materia
nombrados por el titular del Ejecutivo
Federal, haciéndolo del conocimiento al
Congreso de la Unión para su opinión.
Asimismo, incluir a 1 representante de
organizaciones del sector privado minero, 5
representantes de los sindicatos del sector
y 1 representante de organizaciones de la
minería social dentro del órgano de gobierno
del Servicio Geológico Mexicano. |
5 |
Que reforma el artículo 17 de la Ley
Federal de Protección al Consumidor.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 14,
2008. |
Dip.
Jesús Sesma Suárez
(PVEM) |
Comisión de Economía |
Establecer que la publicidad que se envíe a
los consumidores deberá ser impresa en papel
reciclado, sin plastificado, sin gomas o
pegamento, utilizando los productos y las
tecnologías que ocasionen menores
dificultades para el reciclaje del papel. |
6 |
Que expide la Ley de Organización de
la Administración Pública Federal y
abroga la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 14,
2008. |
Dip.
Pablo Trejo Pérez
(PRD) |
Comisión de Gobernación con opinión
de la Comisión de Presupuesto y Cuenta
Pública |
Incluir los fines de la Administración
Pública Federal y de las entidades
paraestatales (organismos públicos, empresas
y fideicomisos); los principios del servicio
público que deben observar los funcionarios
para lograr dichos fines y las
responsabilidades de los titulares de las
dependencias. Establecer lineamientos para
la creación de puestos de altos
funcionarios; para normar el contenido de
los reglamentos interiores de las
dependencias, en los que se deberán contener
indicadores y metas sexenales; para contener
el gasto de operación de las áreas no
sustantivas de las dependencias
(comunicación social, contralorías,
administración, servicios jurídicos, etc.)
así como para su subrogación; y para normar
las comparecencias de los funcionarios
cuando acudan al Congreso con motivo de la
glosa del informe de gobierno. Reglas para
establecer delegaciones en las entidades
federativas, para crear órganos
desconcentrados, establecerles su mandato y
para destinarles una parte de los ingresos
que capten por concepto de derechos. Reglas
y lineamientos para constituir fideicomisos
públicos, para su operación y para su
rendición de cuentas. Precisar algunas de
las atribuciones de las secretarías de
Relaciones Exteriores, de la Defensa
Nacional, de Marina, de Hacienda y Crédito
Público, de Desarrollo Social, de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, y de
Economía. Eliminar las secretarías de la
Reforma Agraria, de la Función Pública, de
Energía, de Desarrollo Social, traspasando
sus funciones a las dependencias antes
señaladas. Establecer que corresponderá a
las secretarías de Estado coordinar la
programación y presupuestación, conocer la
operación, evaluar los resultados y
participar en los órganos de gobierno de las
entidades agrupadas en el sector a su cargo.
Así como, incluir a la Presidencia de la
República, a la Procuraduría General de la
República y al Consejo Nacional de Ciencia y
Tecnología dentro de la administración
pública centralizada. |
7 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de las leyes Federal de
los Trabajadores al Servicio del Estado,
Reglamentaria del Apartado B) del Artículo
123 Constitucional, y General
de Educación.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 14,
2008. |
Dip.
Lilia Guadalupe Merodio Reza
(PRI) |
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión
Social, de Seguridad Social y de
Educación Pública y Servicios Educativos
Por
acuerdo de la Mesa Directiva de Marzo 6,
2008, se modificó el turno a las Comisiones
Unidas de Trabajo y Previsión Social,
y de Educación Pública y Servicios
Educativos. |
Establecer que las dependencias,
instituciones y cualquier otro organismo
descentralizado que tenga a su cargo la
función de servicio público, puedan realizar
convenios con las instituciones educativas
de nivel universitario, ya sean públicas o
privadas, a efecto de que los estudiantes
que están por concluir sus estudios
profesionales presten el servicio social,
con la opción de ser incorporados a las
plazas vacantes, previa aprobación de los
métodos de selección que para el efecto se
establezcan. |
8 |
Que reforma la fracción VI del artículo 53
de la Ley Orgánica de la Procuraduría
General de la República.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 14,
2008. |
Dip.
Armando Barreiro Pérez
(PRD) |
Comisión de Justicia con opinión de
la Comisión de Seguridad Pública |
Considerar como causal de responsabilidad de
agentes del Ministerio Público Federal,
directores generales, coordinadores,
titulares de unidades y demás funcionarios
de la Procuraduría General de la República,
el dejar de realizar de forma general y
sistemática las funciones asignadas a su
Dirección General, Coordinación o Unidad o
adscribir personal del sector centralizado a
órganos policiales distintas a las de sus
funciones. |