No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que adiciona un inciso d) a la fracción II
del artículo 3o. de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Febrero 5, 2008 |
Congreso del estado de Tamaulipas |
Comisión de Puntos Constitucionales
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Incluir como uno de los fines de la
educación, el impulsar y garantizar por los
conductos procedentes y a través de los
mecanismos adecuados, el fortalecimiento de
la cultura y las bellas artes. |
2 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Ley de Vivienda.
Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008. |
Dip.
Martha Margarita García Müller
(PAN) |
Comisión de Vivienda |
Establecer que en la política nacional de
vivienda, así como en los instrumentos
normativos, programáticos y administrativos
que expidan conforme a su competencia los
gobiernos estatales y municipales en materia
de vivienda, deberán considerar los
criterios de accesibilidad y adaptabilidad
de las personas con discapacidad y de los
adultos mayores. Asimismo, la obligación de
la Comisión Nacional de Vivienda, de
promover, en coordinación con los organismos
de vivienda estatales y municipales
correspondientes, que en cada desarrollo
habitacional se construyan cuando menos el
3% de viviendas con base en los criterios
antes mencionados. |
3 |
Que reforma el artículo 20 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; y diversas disposiciones
de los Códigos Penal Federal,
y Federal de Procedimientos Penales.
Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008. |
Dip.
Miguel Ángel Arellano Pulido
(PRD) |
Comisión Unidas de Puntos
Constitucionales y de Justicia
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Incorporar que el Ministerio Público deberá
aportar los elementos suficientes para la
cuantificación del daño ocasionado por la
comisión de un delito. Asimismo, homologar
el plazo de prescripción de la reparación
del daño con el que señale la ley para la
pena privativa de la libertad
correspondiente al delito cometido.
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4 |
Que reforma diversas disposiciones de la Ley
del Servicio Público de Energía
Eléctrica, y la Ley
Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional
en Materia Nuclear.
Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008. |
Dip.
Humberto Dávila Esquivel
(Nueva Alianza)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Energía |
Actualizar la denominación de la encargada
de la conducción de la política energética
del país, de la Secretaría de Energía, Minas
e Industria Paraestatal (SEMIP) a la
Secretaría de Energía (SENER). |
5 |
Que adiciona un artículo 5 Bis a la
Ley Federal de Juegos y Sorteos.
Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008. |
Dip.
Antonio Medellín Varela
(PAN) |
Comisión de Gobernación |
Establecer que en las terminales
electrónicas en que se realicen sorteos de
símbolos o números mediante soporte
electrónico con números seleccionados de
forma aleatoria, deberán devolver a los
usuarios vía premios por lo menos 75 por
ciento de la cantidad total que durante su
vida útil reciban por concepto de apuestas.
Asimismo, que la Secretaría de Gobernación
deberá establecer los mecanismos y
procedimientos necesarios para garantizar su
cumplimiento. |
6 |
Que reforma el artículo 17 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008. |
Dip.
Juan Nicasio Guerra Ochoa
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer que las leyes regularán las
acciones y procedimientos para la protección
de derechos e intereses colectivos, así como
las medidas que permitan a los individuos su
organización para la defensa de los mismos. |
7 |
Que adiciona una fracción VI al artículo 7
de la Ley General de Educación.
Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008. |
Dip.
Beatriz Collado Lara
(PAN)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Educación Pública y Servicios
Educativos |
Incorporar como fin de la educación
impartida por el Estado, organismos
descentralizados y particulares con
autorización o reconocimiento de validez
oficial de estudios, fomentar y promover los
valores cívicos y una cultura política
democrática. |
8 |
Que adiciona una fracción VII Bis al
artículo 34 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008. |
Dip.
Alejandro Sánchez Camacho
(PRD) |
Comisión de Gobernación |
Incorporar dentro de los asuntos que le
corresponden a la Secretaría de Economía,
estudiar y hacer público, durante los 5 días
posteriores al mes de que se trate, el
comportamiento de los precios de los
artículos de consumo y uso popular de la
canasta básica, teniendo como indicador el
Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC)
calculado por el Banco de México. Asimismo,
el establecer un control de precios en
cuanto se registre un incremento del INPC en
los artículos de consumo y uso popular por
arriba del salario mínimo vigente, teniendo
como referencia que el incremento sea mayor
de 2 puntos porcentuales del salario mínimo
y que éste se sostenga durante 3 meses
consecutivos, conforme a lo que determine el
indicador referido. |
9 |
Que reforma el artículo 1o. de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008. |
Dip.
Rosa Elva Soriano Sánchez
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer que los derechos fundamentales
son oponibles a todo acto u omisión de entes
públicos y privados que lesione, restrinja,
altere o amenace en cualquier medida a la
Constitución y a las disposiciones legales
que emanen de ella, así como a los tratados
internacionales celebrados. |
10 |
Que adiciona un artículo 189 Bis y reforma
el Capítulo IV del Título Sexto del
Código Penal Federal.
Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008. |
Dip.
Miguel Ángel Arellano Pulido
(PRD) |
Comisión de Justicia |
Tipificar la agresión contra agentes de la
autoridad, como el ataque a un elemento de
los cuerpos de seguridad pública,
procuración de justicia, de los centros de
reclusión o del Ejército Mexicano, con la
finalidad de evitar su detención o evadirse
de la misma, estableciendo de 1 a 3 años de
prisión si la agresión fuere sólo física y
sin uso de ningún tipo de arma, de 1 a 8
años si se utilizaré arma y de 3 a 15 años,
cuando se utilicen armas de fuego o
explosivos, independientemente de aquellas
que merezcan por la comisión de otros
delitos que pudieren producirse o ya se
hubieren producido. |
11 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Ley del Seguro Social.
Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008. |
Dip.
Irene Aragón Castillo
(PRD) |
Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito
Público y de Seguridad Social |
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