PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión Núm. 4, de Septiembre 17, 2008.

 

                9. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO O TRÁMITE

SINOPSIS

1

Que adiciona un inciso j) a la fracción I del artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

Publicación en GP:

17 de septiembre de 2008.

Sen.

Alfonso Elías Serrano

(PRI) *

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que a las computadoras personales, de escritorio o portátiles, cuyo precio de venta al público sea menor a 120 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, se les aplicará la tasa del 0% para el cálculo del impuesto al valor agregado.

2

Que reforma los artículos 44 y 50 de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP: Anexo I.

9 de septiembre de 2008.

Dip.

Samuel Aguilar Solís

(PRI) *

Establecer que el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y el Distrito Federal se calculará anualmente por un monto equivalente a 1% de la recaudación federal participable según la estimación que se realice en el propio Presupuesto de Egresos de la Federación, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio.

3

Que reforma el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo I.

9 de septiembre de 2008.

Dip.

Gerardo Octavio Vargas Landeros

(PRI) *

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Crear el Centro de Estudios sobre Seguridad Pública.

4

Que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP: Anexo I.

9 de septiembre de 2008.

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Incluir dentro de los derechos de las madres trabajadoras, que en los casos de adopción disfrutarán de 6 semanas posteriores al día en que reciban al menor, contadas a partir de que cause estado la sentencia de adopción. Asimismo, en el caso de que el recién nacido o el adoptado tenga algún tipo de discapacidad, el periodo posnatal o el considerado para la adopción podrá aumentarse hasta por 3 semanas más.

5

Que reforma el artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

 

Publicación en GP: Anexo I.

9 de septiembre de 2008.

Comisiones Unidas  de Trabajo y Previsión Social y de Vivienda

Establecer que los créditos otorgados a los trabajadores por el concepto de la adquisición, reparación, ampliación, mejoras de habitaciones, la construcción de vivienda o por el pago de pasivos adquiridos por cualquiera de los conceptos anteriores, devengarán un interés anual sobre saldos insolutos que se calculará con base en la tasa de interés interbancaria de equilibrio a 28 días vigente al momento de la firma del contrato, permaneciendo fija durante todo el plazo del otorgamiento del crédito, entendiéndose que dichos créditos serán otorgados en pesos y no en veces salario mínimo.

* Sin Intervención en Tribuna.

 

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