No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el
artículo 403, en su fracción XIII, del
Código Penal Federal.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Dip.
Carlos Flores Rico
(PRI) |
Comisión de Justicia de la Cámara de
Diputados |
Disminuir de 8 a 3 días previos a la
elección, la prohibición para publicar y
difundir por cualquier medio los
resultados de las encuestas o sondeos de
opinión que den a conocer las
preferencias de los ciudadanos. |
2 |
Que expide la
Ley que crea la Agencia Mexicana de
Mares y Costas.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Sen.
Carlos Sotelo García
(PRD)
A nombre propio y del Sen. Francisco
Javier Castellón Fonseca (PRD) |
Comisiones Unidas de Medio Ambiente y
Recursos Naturales y Pesca y de Estudios
Legislativos, de la Cámara de Senadores. |
Crear la Agencia Mexicana de Mares y
Costas como organismo público
descentralizado, con personalidad
jurídica y patrimonio propio y con
autonomía técnica y de gestión, que será
coordinada por la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
Tendrá por objeto: formular y proponer a
la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales las líneas generales
de la Política Nacional de Mares y
Costas, así como el Programa Nacional de
Actividades en Mares y Costas; ejecutar
la Política Nacional de Mares y Costas,
a través de la elaboración y aplicación
del Programa Nacional de Actividades en
Mares y Costas; promover el efectivo
desarrollo de las actividades
relacionadas con los mares y las costas
de México, para ampliar las capacidades
del país en las ramas productiva,
educativa, industrial, científica y
tecnológica en materia de mares y
costas; desarrollar la capacidad
científico-tecnológica del país a través
de la articulación de los sectores
involucrados en todos los campos de la
actividad costera.
Contará con los siguientes órganos de
gobierno y administración: Junta de
Gobierno; Dirección General; Órgano de
Vigilancia, y las estructuras técnicas y
administrativas que se establezcan en el
Estatuto Orgánico.
La vigilancia y control de la Agencia
estará a cargo del Gobierno Federal, por
conducto de un Comisario Público
propietario y un suplente, designados
por la Secretaría de la Función Pública. |
3 |
Que reforma el
artículo 18 de la Ley de la
Comisión Nacional de los Derechos
Humanos.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Sen.
Ludivina Menchaca Castellanos
(PVEM) |
Comisiones Unidas de Derechos Humanos y
de Estudios Legislativos, de la Cámara
de Senadores. |
Establecer que la comisión
correspondiente de la Cámara de
Senadores, previa auscultación a los
sectores sociales, propondrá a los
candidatos para ocupar el cargo o, en su
caso, la ratificación de los consejeros,
garantizando que ninguno de los dos
géneros ocupe más del 60% del consejo. |
4 |
Que reforma la
fracción I del artículo 34 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Senadores Julián Güitrón Fuentevilla
(MC)
A nombre propio y de los Senadores Dante
Delgado Rannauro, Ericel Gómez Nucamendi,
Francisco Alcibíades García Lizardi,
Eugenio Guadalupe Govea Arcos (MC) y
Yeidckol Polevnsky Gurwitz (PRD) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Estudios
Legislativos, de la Cámara de Senadores. |
Modificar a 16 años para el
reconocimiento de ciudadano de la
República y tener calidad de mexicanos. |
5 |
Que reforma los
artículos 375 y 377 del Código
Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Dip.
Jaime Fernando Cárdenas Gracia
(PT) |
Comisión de Gobernación de la Cámara de
Diputados |
Establecer que las quejas en materia de
fiscalización son autónomas de los
dictámenes consolidados relativos a los
informes sobre el origen, gasto y
destino de los recursos de los partidos
y agrupaciones políticas nacionales y
tendrán la incidencia que estime la
autoridad electoral en los dictámenes
correspondientes. Prescribir que las
quejas podrán presentarse por cualquier
persona y en cualquier tiempo antes del
plazo de prescripción de 5 años, que
cuenta a partir de que se tenga
conocimiento de los hechos que dieron
lugar a las mismas. Asentar que las
quejas que sean presentadas durante el
proceso electoral, deberán resolverse
antes de la declaración de validez de
las elecciones correspondientes y fuera
de los procesos electorales, en los
casos que justifiquen la ampliación del
plazo, la Unidad de Fiscalización
dictará los acuerdos necesarios e
informará al Consejo General. |
6 |
Que reforma el
primer párrafo de la fracción I y el
sexto y octavo párrafos del artículo
32-A del
Código Fiscal de
la Federación.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Dip.
Julio Castellanos Ramírez
(PAN) * |
Comisión de Hacienda y Crédito Público
de la Cámara de Diputados |
Disminuir la referencia de los ingresos
de $34,803,950.00” a “20,000,000.00”,
respecto a la obligación que tienen las
personas físicas con actividad
empresarial y las personas morales que
se encuentren bajo ciertos supuestos,
para que se dictaminen sus estados
financieros del ejercicio inmediato
anterior a través de contador público
autorizado, cuando los ingresos
acumulables sean superiores a esa
cantidad. Ampliar el plazo para que los
contribuyentes presenten el dictamen
fiscal, extendiendo la fecha de
presentación para que se realice a más
tardar el 31 de julio del año inmediato
posterior a la terminación del ejercicio
de que se trate. Ampliar de “diez días”
a “tres meses” posteriores a la
presentación del dictamen, el plazo para
que los contribuyentes cubran las
diferencias determinadas por el contador
público en su revisión, lo anterior
deberá presentarse mediante declaración
complementaria en las oficinas
autorizadas. |
7 |
Que reforma el
artículo 9 Bis y adiciona un tercer
párrafo al artículo 20 de la Ley
de Ciencia y Tecnología.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Dip.
Ana Georgina Zapata Lucero
(PRI) * |
Comisión de Ciencia y Tecnología de la
Cámara de Diputados |
Incrementar del 1% al 2% el monto mínimo
del producto interno bruto del país,
destinado a las actividades de
investigación científica y desarrollo
tecnológico. |
8
|
Que reforma,
adiciona y deroga diversas disposiciones
del Código de Comercio, de
la Ley General de Sociedades
Mercantiles, de la Ley de
Sociedades de Inversión, de la
Ley General de Títulos y Operaciones de
Crédito y de la Ley
Orgánica de la Administración Pública
Federal.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012.
|
Dip.
Norma Sánchez Romero
(PAN) *
|
Comisión de Economía de la Cámara de
Diputados
|
Código de Comercio. Derogar la
obligación que tienen los comerciantes
de publicar por medio de la prensa su
calidad mercantil, así como el deber que
tienen de participar la apertura del
establecimiento o despacho de su
propiedad, por los medios de
comunicación que sean idóneos, en las
plazas en que tengan domicilio,
sucursales, relaciones o corresponsables
mercantiles. Se establece que las
publicaciones que deban realizarse
conforme a las leyes mercantiles se
realizarán a través del sistema
electrónico que para tal propósito
establezca la Secretaría de Economía,
tal es el caso de la propuesta de
reforma a la Ley de Sociedades de
Inversión y a la Ley General de Títulos
y Operaciones de Crédito que se
presentan en la iniciativa. Establecer
que en todos los juicios mercantiles se
reconoce como prueba la información
generada o comunicada que conste en
medios digitales, ópticos o en cualquier
otra tecnología.
Ley General de Sociedades Mercantiles.
Se modifican las disposiciones en las
que se hace referencia exclusivamente a
los “notarios” para establecer que serán
los “fedatarios públicos”, respecto a
las facultades para realizar
determinados actos jurídicos. Establecer
que los administradores, agentes y
funcionarios de las sociedades
desempeñarán su cargo procurando la
creación de valor en beneficio de la
sociedad, sin favorecer a un determinado
socio, accionista o grupo de socios o
accionistas. Ampliar los datos que
deberán contener la escritura
constitutiva o
póliza de la sociedad anónima.
Establecer que la responsabilidad de los
administradores será solidaria entre los
responsables que hayan adoptado la
decisión y será exigible como
consecuencia de los daños o perjuicios
ocasionados, estableciendo una serie de
particularidades. Establecer que los
accionistas de las sociedades anónimas
podrán convenir entre ellos los derechos
y obligaciones que establezcan opciones
de compra o venta de las acciones
representativas del capital social de la
sociedad, las enajenaciones y demás
actos jurídicos relativos al dominio,
disposición o ejercicio del derecho de
preferencia, los acuerdos para el
ejercicio del derecho de voto en
asambleas de accionistas, y los acuerdos
para la enajenación de sus acciones en
oferta pública.
Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal. Establecer como
atribución de la Secretaría de economía,
determinar y operar el sistema
electrónico en el que deberán realizarse
las publicaciones que establezcan las
leyes mercantiles. |
9 |
Que reforma el
artículo 15, en sus fracciones I a VII;
adiciona con la fracción IV el artículo
27 y con la fracción VII el artículo 28
de la Ley Federal de Seguridad
Privada.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Sen.
Ricardo Monreal Ávila
(PT) * |
Comisiones Unidas de Seguridad Pública y
de Estudios Legislativos, de la Cámara
de Senadores. |
Establecer que el personal operativo que
brinde servicios de seguridad privada a
personas o traslado de bienes o valores
debe tener estudios de nivel medio
superior o equivalente, y deberán
aprobar la capacitación y exámenes que
imparta la Secretaria de acuerdo con el
reglamento correspondiente; tratándose
de seguridad de bienes será suficiente
con el nivel de secundaria a excepción
de seguridad aeroportuaria.
En relación al personal operativo que
brinda servicios de alarmas y de
monitoreo electrónico, así como el
personal que brinda seguridad en la
Información, se establece la obligación
de acreditar estudios de nivel medio
superior con especialidad técnica en la
materia, así como aprobar la
capacitación y exámenes que imparta la
Secretaria.
Establecer una serie de requisitos que
deberán cumplir en el desempeño de sus
funciones, los directores,
administradores, gerentes y personal
administrativo de los prestadores de
servicios. |
10 |
Que reforma y
adiciona el artículo 6 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Dip.
Agustín Carlos Castilla Marroquín
(PAN)* |
Comisión de Puntos Constitucionales de
la Cámara de Diputados |
Establecer el Instituto Federal de
Acceso a la Información y Protección de
Datos, como un organismo público
autónomo, dotado de personalidad
jurídica y patrimonio propios,
responsable de la protección y promoción
del derecho a la información en poder de
los órganos estatales federales, con
autonomía técnica, de gestión y
presupuestaria cuyos principios rectores
son certeza, independencia, legalidad,
imparcialidad, transparencia, publicidad
y objetividad. Establecer su
integración, los requisitos para ser su
presidente y los que debe reunir su
contralor. |
11 |
Que reforma los
artículos 167 y 179 de la Ley del
Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores del Estado.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Sen.
Fernando Jorge Castro Trenti
(PRI) * |
Comisiones Unidas de Seguridad Social y
de Estudios Legislativos, de la Cámara
de Senadores. |
Eliminar la restricción de que los
trabajadores podrán acceder durante su
vida laboral a un solo crédito con
garantía hipotecaria. |
12 |
Que reforma la
fracción XV del artículo 7 y la fracción
VII del 12 de la Ley General de
Educación.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Dip.
Jorge Antonio Kahwagi Macari
(NA) * |
Comisión de Educación Pública y
Servicios Educativos de la Cámara de
Diputados |
Considerar en los fines de la Educación
que imparte el Estado, el principio del
interés superior de la niñez. |
13 |
Que adicionan los
artículos 150 Bis y 150 Ter de la
Ley de Amparo.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Dip.
Jorge Antonio Kahwagi Macari
(NA)
|
Comisión de Justicia de la Cámara de
Diputados |
Reconocer en la Ley como medios de
prueba los documentos públicos,
documentos privados, dictámenes
periciales, el reconocimiento o
inspección judicial, los testigos, las
fotografías, escritos y notas
taquigráficas, y, en general, todos
aquellos elementos aportados por los
descubrimientos de la ciencia, y las
presunciones, estableciendo las
características y peculiaridades que en
cada caso corresponden. Establecer que
el Tribunal gozará de la más amplia
libertad para hacer el análisis de las
pruebas rendidas, para determinar el
valor de las mismas y para fijar el
resultado final de dicha valuación
contradictoria. |
14 |
Que reforma el
artículo 17 de la Ley Orgánica de
los Tribunales Agrarios.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Dip.
Jorge Antonio Kahwagi Macari
(NA) * |
Comisión de Reforma Agraria de la Cámara
de Diputados |
Asentar que los magistrados de los
Tribunales Agrarios que hayan concluido
el periodo de 6 años para el que fueron
designados, puedan ser ratificados con
la misma categoría por otros tres
periodos de la misma duración, sin que
rebasen veinticuatro años de servicio
atendiendo a su eficiente desempeño en
el cargo conferido |
15 |
Que adiciona un
segundo párrafo a la fracción III del
artículo 8 de la Ley General de
Educación.
Publicación en GP de la Comisión
Permanente:
15 de agosto de 2012. |
Dip.
Karla Daniella Villarreal Benassini
(NA) * |
Comisión de Educación Pública y
Servicios Educativos de la Cámara de
Diputados |
Facultar a las autoridades de los tres
órdenes de gobierno, en el ámbito de su
competencia, para fomentar campañas de
difusión que transmitan la importancia
de una convivencia democrática y libre
de violencia en los ámbitos familiar,
educativo y comunitario, haciendo uso
también de las tecnologías de la para
fomentar una cultura de la paz en el
entorno información escolar. Para ello,
desarrollarán modelos de atención
integral de las personas receptoras y
generadoras de violencia en el entorno
escolar y de maltrato escolar, así como
para las receptoras indirectas de la
misma. |