Datos
de la
LXI Legislatura

CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

1. ACUERDO

a) De la Mesa Directiva.

2. OFICIOS

3. OFICIO CON ACUERDO

4. COMUNICACIONES

a) De CC. Senadores.

5. INVITACIÓN A CEREMONIA CÍVICA

a) De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal.

6. MOVIMIENTO DE C. DIPUTADO

a) Solicitud de licencia.

7. PROPUESTAS DE NOMBRAMIENTOS

a) De Embajador Extraordinario y Plenipotenciario.

8. PERMISOS CONSTITUCIONALES

a) Para aceptar y usar condecoraciones.

b) Para prestar servicios.

9. INICIATIVAS

10. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) De permiso constitucional. Para desempeñar el cargo de Cónsul Honorario.

b) De permisos constitucionales. Para aceptar y usar condecoraciones.

c) De permisos constitucionales. Para prestar servicios.

11. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) De ratificación de nombramiento. De Embajador.

b) De ratificación de nombramientos. De Magistrados de Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

c) Con puntos de acuerdo.

12. PROPOSICIONES

13. PRONUNCIAMIENTO

14. PROTESTAS DE LEY

15. AGENDA POLÍTICA

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Comisión Permanente del Segundo Receso del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 14, del 27 de Julio de 2011.

 

                9. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Policía Federal, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y del Código Pena Federal.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Congreso del Estado de Chihuahua*

Comisiones Unidas de Seguridad Pública y de Estudios Legislativos Primera de la Cámara de Senadores

Faculta a la Policía Federal para ejercer atribuciones que en materia forestal y contará con unidades administrativas especializadas en atención al género de delitos, a sus formas de manifestación, así como a la naturaleza, complejidad e incidencia de los mismos, entre las cuales se encontrarán las relativas al terrorismo, al tráfico y contrabando, al secuestro y robo, a los delitos forestales y las demás que al efecto señale su reglamento. Señala que el servicio de carrera deberá de asegurar la adecuada capacitación y profesionalización permanente de sus integrantes. Propone que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales se coordine con la Policía Federal para la prevención de la comisión de faltas administrativas, así como de delitos contra la biodiversidad y demás relacionados con la materia forestal, para el diseño, coordinación e implementación de operativos de inspección y vigilancia, con el fin de mantener la seguridad en las zonas forestales, para la realización de patrullajes en zonas forestales, para la implementación de medidas necesarias para hacer efectiva la preservación de la seguridad en las zonas forestales.

2

Que adiciona la Ley General de Cultura Física y Deporte.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Congreso del estado de Morelos*

Comisiones Unidas de Juventud y Deporte, y de Estudios Legislativos  Primera,  de la Cámara de Senadores

Establecer que los tres órdenes de gobierno, en coordinación, deberán garantizar que en ciertos espacios públicos destinados al esparcimiento de la población, cuente con un profesional del deporte y acondicionamiento físico dispuesto para capacitar, instruir, enseñar y apoyar a las personas en la técnica para garantizar y potencializar el aprovechamiento de la actividad física y el correcto desempeño en la práctica deportiva.

Asimismo, pretende que el Ejército Mexicano y en general, las Fuerzas Armadas, instruyan a los mexicanos durante la prestación del servicio militar nacional de las nuevas clases o remisos, en las disciplinas deportivas y actividades físicas para acondicionarlos e inculcarles la importancia de mantener el cuerpo ejercitado y en forma.

3

Que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Sen.

Raúl Mejía González

(PRI)*

Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores

Retirarle a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la facultad sancionadora en la materia y otorgarle a la Comisión Federal de Telecomunicaciones, aquellas facultades suficientes para sancionar de manera directa, suficiente, eficiente y expedita a los operadores de telecomunicaciones que incumplan los estándares de calidad ante consumidores.

4

Que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Aduanera y de la Ley General de Población.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dips.

Baltazar Martínez Montemayor (PAN)y Eduardo Bailey Elizondo (PRI)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Excluir el requisito del permiso de importación temporal a los vehículos de mexicanos con residencia en el extranjero o que acrediten, mediante documentación oficial, estar laborando en el extranjero por un año o más, para su circulación por los Estados de Baja California, Baja California Sur, Sonora, Chihuahua, Nuevo León, Coahuila, y Tamaulipas.

5

Que adiciona un párrafo al artículo 46 y se reforma la fracción IV del artículo 59 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; y adiciona un párrafo segundo al artículo 19 y se reforma la fracción I del artículo 74 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dips.

Olga Luz Espinosa Morales y Claudia Edith Anaya Mota

(PRD)*

Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados

Establecer que los concesionarios y permisionarios del servicio ferroviario otorguen un descuento del 50 por ciento permanente en las tarifas de transporte a las personas con discapacidad; asimismo, los permisionarios del autotransporte federal de pasajeros, deberán otorgar un descuento del 50 por ciento permanente en las tarifas de transporte a las personas con discapacidad.

6

Que adiciona la fracción VII al artículo 2 de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dip.

Juan Carlos Natale López

(PVEM)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Eximir del pago del Impuesto a los Depósitos en Efectivo las personas físicas y morales que acrediten ante la institución del sistema financiero en la que realicen el o los depósitos en efectivo, que se encuentran debidamente inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes, y el depósito provenga para efectos de constituir el ahorro mensual familiar.

7

Que adicionan dos párrafos al artículo 25 de la Ley General de Educación, se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior y se modifica la denominación de ésta por Ley para la Coordinación y el Financiamiento de la Educación Superior.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dip.

Alfonso Navarrete Prida

(PRI)*

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados

Destinar un gasto público de, al menos, el equivalente al 1.5% del Producto Interno Bruto a las instituciones públicas de educación superior, entendiéndose por gasto público para las instituciones públicas de educación superior, la suma del gasto federal más el que realizan las entidades federativas y los municipios.  Financiar por parte de la Federación la educación superior pública mediante programas plurianuales. Los municipios dentro de sus posibilidades presupuestales, apoyarán el financiamiento de la educación superior pública. Los recursos asignados por el Estado –Federación, entidades federativas y municipios a las instituciones públicas de educación superior, no podrán ser inferiores, en términos reales, a los asignados en el ejercicio fiscal anterior y no podrán disminuirse en el transcurso del ejercicio de que se trate.  Fincar responsabilidades administrativas, civiles y penales a quienes no se sujeten al calendario aprobado sobre las ministraciones de los recursos ordinarios.

8

Que adiciona una fracción I Bis al artículo 5º de la Ley de Impuesto Empresarial a Tasa Única.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dip.

Norma Sánchez Romero

(PAN)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Deducir por parte de los contribuyentes, la depreciación acelerada de la maquinaria y equipo de generación de energía proveniente de fuentes renovables.

9

Que expide la Ley Federal para el Fomento, Desarrollo y Promoción de la Actividad Artesanal.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dip. Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez y el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD)*

Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto proteger y fomentar la actividad artesanal, que asegure al artesano sus procesos de producción, distribución y consumo; apoyar a los artesanos para integrarse en organizaciones altamente productivas, así como sensibilizar a los grupos de artesanos acerca de las ventajas de trabajar en equipo y como empresas legalmente constituidas, de acuerdo a sus tradiciones y costumbres; propiciar la coordinación con instituciones federales, estatales, municipales y organismos privados y sociales afines; salvaguardar, fomentar y desarrollar el patrimonio cultural tangible e intangible representado por las artesanías, que se identifican en las diferentes comunidades, localidades, regiones, pueblos indígenas y centros urbanos de México; fomentar la producción artesanal bajo parámetros de sustentabilidad; impulsar la comercialización artesanal considerando los parámetros que marcan los mercados nacional e internacional; crear el Instituto Mexicano de las Artesanías, como el organismo de vanguardia acorde a las necesidades del sector artesanal, para proteger el patrimonio tangible e intangible que poseen las artesanías mexicanas.  En la Ley  Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, se suprime lo relativo a la actividad artesanal, así como las definiciones de empresas microindustriales y de artesanía.

10

Que reforma, adiciona, deroga y abroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dip.

Gerardo Sánchez García

(PRI)*

 

 A nombre propio y de diversos diputados de su Grupo Parlamentario

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Actualizar año con año la aplicación de las cuotas a la venta final al público en general en territorio nacional de gasolinas y diesel de acuerdo al índice de inflación que registre el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Esta actualización entrará en vigor a partir del primero de enero del 2012. 

11

Que reforma el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se modifica la fracción v del artículo 29 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dip.

Nazario Norberto Sánchez

(PRD)*

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Establecer que los ministros de Culto Religioso deberán abstenerse de toda clase de opiniones, ofensas o agravios respecto a las decisiones o determinaciones políticas emanadas por los órganos de gobierno o de cualquier otra institución pública.

12

Que reforma el artículo 4º de la Ley de Asistencia Social.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Sen.

Ricardo Pacheco Rodríguez

(PRI)*

Comisiones Unidas de Desarrollo Social; y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores

Establecer que los dependientes de personas desaparecidas serán sujetos a asistencia social, teniendo derecho a servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar.

13

Que adiciona y reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Diputados de diversos Grupos Parlamentarios*

Comisión de Salud de la Cámara de Diputados

Considerar como materia de salubridad general a la salud sexual y reproductiva.  Faculta a la Secretaría de Salud para tomar las medidas necesarias para armonizar las estrategias y servicios de salud acordes con la nueva evidencia científica, así como a los tratados, acuerdos, resoluciones y declaraciones de las que México sea parte, con el fin de mejorar las condiciones de salud de la población; asimismo, para fomentar y establecer vínculos y acciones de colaboración y acuerdos de coordinación con organizaciones locales de la sociedad civil, con representantes de poblaciones en situación de mayor vulnerabilidad y riesgo.  Considerar como servicio básico de salud, a la salud sexual y reproductiva.  Prever la detección temprana del VIH y otras infecciones de transmisión sexual durante el embarazo y dar tratamiento oportuno tanto a la mujer como al niño o niña.

14

Que reforma el artículo 2° de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dip.

Gerardo Sánchez García

(PRI)*

 

 A nombre propio y de diversos diputados de su Grupo Parlamentario

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Elevar del 20% al 25%, la proporción de la recaudación federal participable destinada a constituir el Fondo General de Participaciones a distribuir entre las entidades federativas.

15

Que adiciona el artículo 43 Ter a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Sens.

Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (PRI)y Jaime Rafael Díaz Ochoa (PAN)*

Comisiones Unidas de Vivienda; y de Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores

Establecer que el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores podrá celebrar convenios con las instituciones de seguridad social para definir los procedimientos de transferencia de las aportaciones acumuladas en la subcuenta de vivienda de los trabajadores que por cuestiones laborales o de contratación cambien de sistema.

16

Que adiciona un artículo 230 Bis a la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dips.

Arturo Zamora Jiménez y Héctor Guevara Ramírez

(PRI)*

Comisión de Salud de la Cámara de Diputados

Considerar que para garantizar la integridad de los productos de origen biológico o substancias análogas semisintéticas que para su adecuada conservación requieran mantener una cadena de frío, deberán almacenarse, transportarse y mantenerse utilizando sistemas de refrigeración que permitan conservar la temperatura adecuada distribuida de manera homogénea, realizando el monitoreo y registro de la misma; asimismo, los refrigeradores y cámaras frías que se utilicen para el efecto, deberán contar con sistemas para la conservación de la temperatura ante un eventual fallo en el suministro de energía, y un mecanismo de alerta que permita tomar las medidas pertinentes para evitar pérdidas.

17

Que reforma el artículo 6º de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Sen.

Adolfo Toledo Infanzón

(PRI)*

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores

Propone que el programa anual que elabore el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, deberá tomar en consideración los indicadores del desarrollo económico y social del país que emita el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, como una medida preventiva que obligará a sus directivos a atender la realidad de la población.

18

Que reforma la fracción XX del artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dip.

Canek Vázquez Góngora

(PRI)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Disminuir del 87.5% al 25% la no deducibilidad de los consumos en restaurantes.

19

Que reforma la fracción I del artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Sen.

Carlos Jiménez Macías

(PRI)*

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores

Incluir dentro de las acciones por las que prescribe el contrato de seguro, que los beneficios adicionales diseñados para disfrutar en vida contemplados en una póliza de seguro de vida, prescriban en cinco años; la prescripción correrá a partir de que conjuntamente coexistan tanto el siniestro, como el dictamen correspondiente.

20

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dip.

Jorge Carlos Ramírez Marín

(PRI)*

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Establecer que no se requerirá declaración de procedencia de la Cámara de Diputados cuando se trate de delincuencia organizada, delitos graves y aquellos cometidos en flagrancia, por los diputados y senadores que integran el Congreso de la Unión.

21

Que reforma la fracción II del artículo 17 bis y adiciona una fracción II al artículo 313 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dip.

María del Pilar Torre Canales

(NA)*

Comisión de Salud de la Cámara de Diputados

Facultar a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios para proponer al Secretario de Salud la política nacional de técnicas de reproducción asistida.  Facultar a la Secretaría de Salud llevar el control sanitario de las técnicas de reproducción asistida de seres humanos, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

22

Que reforma el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Comisión Permanente:

27 de julio de 2011.

Dip.

Jorge A. Kahwagi Macari

(NA)*

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Responsabilizar al Estado por aquellos errores judiciales que se presenten en la administración de justicia, dando derecho al afectado para que reciba una indemnización por perjuicio patrimonial y una disculpa pública por daño moral.

* Sin intervención en Tribuna.

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