No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma diversos
artículos de la Ley de Aeropuertos.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010.
Publicación
en GP:
18 de junio
de 2010. |
Congreso
del Estado de Jalisco* |
Comisión de
Transportes de la Cámara de Diputados |
Establecer
que los títulos de concesión o permiso, según
sea el caso, deberán contener, entre otros,
los servicios que podrá prestar el
concesionario o permisionario inherentes a la
concesión, así como aquellas actividades
comerciales y servicios accesorios que por su
naturaleza complementen el servicio
concesionado, para los cuales se sujetaran a
las reglas tributarias y de operación del
Municipio o Delegación donde se encuentre; y
el pago de contribuciones Federales, Estatales
y Municipales que correspondan por los
servicios accesorios a la concesión, y en caso
de las mismas no sean cubiertas, dicha falta
será causa de revocación de las concesiones y
permisos. |
2 |
Que reforma y adiciona
dos párrafos al artículo 33 de la Ley de
Coordinación Fiscal.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010.
Publicación
en GP:
18 de junio
de 2010. |
Congreso
del Estado de Michoacán* |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público de la Cámara
de Diputados |
Establecer
que los mecanismos y criterios para la
aplicación del Fondo de Aportaciones para la
Infraestructura Social Municipal, serán
definidos en el Reglamento, el cual
establecerá un listado de los conceptos, obras
y acciones en los que se debe aplicar el
gasto. Establecer que la Auditoría Superior
de la Federación al fiscalizar la correcta
aplicación del Fondo de Aportaciones para la
Infraestructura Social Municipal, lo hará de
conformidad al Reglamento. |
3 |
Que reforma la fracción
V del artículo 15 de la
Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010.
Publicación
en GP:
18 de junio
de 2010. |
Dip.
Luis
Videgaray Caso
(PRI)
A nombre
propio y de diversos Diputados de su Grupo
Parlamentario |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público de la Cámara
de Diputados |
Exentar del
pago del impuesto al valor agregado por la
prestación del servicio público de transporte
ferroviario de pasajeros que se preste en
áreas suburbanas o en zonas metropolitanas. |
4 |
Que reforma del artículo
3° de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010.
Publicación
en GP:
18 de junio
de 2010. |
Dip.
Carlos
Alberto Pérez Cuevas
(PAN)
A nombre
propio y de la Dip.
Paz
Gutiérrez Cortina (PAN) |
Comisión de
Puntos Constitucionales de la Cámara de
Diputados |
Establecer
que los padres de familia tienen el derecho de
decidir sobre la educación de sus hijas e
hijos menores de edad, con base en sus
principios éticos y convicciones. |
5 |
Que reforma y adiciona
el artículo 6º de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010.
Publicación
en GP:
18 de junio
de 2010. |
Dip.
Ilich
Augusto Lozano Herrera
(PRD)* |
Transformar
al Instituto Federal de Acceso a la
Información Pública como organismo público
autónomo, con personalidad jurídica,
patrimonio propio y autonomía en sus
funciones, administración y presupuesto, y
responsable de garantizar el derecho a la
información, vigilar el cumplimiento de la
ley, de las obligaciones de transparencia,
proteger los datos personales y resolver las
controversias que se susciten entre los
sujetos obligados y los solicitantes.
Establecer que el IFAI estará integrado por un
consejero Presidente y cuatro consejeros, que
serán elegidos sucesivamente, con el voto de
las dos terceras partes de los miembros
presentes de la Cámara de Diputados o, en sus
recesos, por la Comisión Permanente, a
propuesta del titular del Poder Ejecutivo
Federal y durarán en su cargo siete años, al
término de los cuales podrán ser ratificados
por un periodo de siete años más. La Cámara de
Diputados conocerá y aprobará las licencias,
renuncias y sustituciones de los consejeros,
así como el informe de su gestión y
desempeño. Establecer que en la
interpretación y aplicación de la legalidad
deberán privilegiarse los principios de
publicidad y de interés público para conocer
la información en posesión de los sujetos
obligados, sin detrimento de la protección de
los datos de las personas físicas. Establecer
que las resoluciones del instituto serán
obligatorias y definitivas para todos los
poderes del Estado y sujetos obligados por la
ley, mismas que podrán ser impugnadas vía
judicial. |
6 |
Que reforma y adiciona
los artículos 6, 15 y 19 de la
Ley de la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010.
Publicación
en GP:
18 de junio
de 2010. |
Dip.
Pablo
Escudero Morales
(PVEM) |
Comisión de
Derechos Humanos de la Cámara de
Diputados |
Incluir en
las atribuciones de la Comisión Nacional de
los Derechos Humanos la de conocer e
investigar hechos que constituyan violaciones
graves de derechos humanos cuando así lo
juzgue conveniente o lo pidiera el Ejecutivo
Federal, alguna da las Cámaras del Congreso de
la Unión, el Gobernador de un Estado, el Jefe
de Gobierno del Distrito Federal o las
Legislaturas de las Entidades Federativas; y
expedir reglas generales para el ejercicio de
las facultades de conocimiento e investigación
de hechos que constituyan violaciones graves
de derechos humanos. Facultar al Presidente
de la Comisión de iniciar las investigaciones
de hechos que constituyan violaciones graves
de derechos humanos y la obligación de
presentar un informe preliminar al Consejo
Consultivo de la Comisión, en el que se
relaciones los hechos y elementos de prueba,
que generen convicción sobre la posible
violación de derechos humanos. Facultar al
Consejo Consultivo de la Comisión Nacional
para pronunciarse sobre la suficiencia de la
investigación, determinar si existieron
violaciones graves a las garantías
individuales, señalar a las autoridades
involucradas en dichas violaciones y
determinar los órganos y autoridades
competentes para actuar en el caso, así como
hacerse llegar de los elementos que los
consejeros consideren necesarios para emitir
el pronunciamiento. |
7 |
Que deroga la
Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010.
Publicación
en GP:
18 de junio
de 2010. |
Sen.
Luis
Maldonado Venegas
(Convergencia) |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público de la Cámara
de Diputados |
Derogar la
Ley del Impuesto al Valor Agregado. |
8 |
Que adiciona el artículo
8 bis a la
Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010. |
Sen.
Renán
Cleominio Zoreda Novelo
(PRI) |
Comisiones
Unidas de Gobernación y de Estudios
Legislativos Segunda de la Cámara de
Senadores |
Especificar
las reglas en cuanto a las denuncias internas
que las Secretarías de Gobierno o las
contralorías de cada dependencia debiendo
establecer formas de denuncia mediante
sistemas de comunicación que protejan la
confidencialidad del denunciante; así como
medidas preventivas de protección al servidor
público denunciante, con el fin de que no sea
afectado laboralmente. Se establecerán medidas
de compensación si el denunciante fue afectado
laboralmente, en este caso si el denunciante
no recibe la compensación puede exigir la
reparación del daño conforme a la Ley Federal
de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
Se sancionarán a los servidores públicos que
tomen acciones de represalia contra el
denunciante. |
9 |
Que reforma y adiciona
el artículo 37 de la
Ley
Reglamentaria del Servicio Ferroviario.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010.
Publicación
en GP:
18 de junio
de 2010. |
Dip.
Óscar Saúl
Castillo Andrade
(PAN) |
Comisión de
Transportes de la Cámara de Diputados |
Establecer
que el servicio público de transporte
ferroviario deberá ser de pasajeros y de
carga. |
10 |
Que deroga las
fracciones II y V del artículo 38 de la
Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010.
Publicación
en GP:
18 de junio
de 2010. |
Dip.
Agustín
Guerrero Castillo
(PRD)
A nombre
propio y del Dip.
Juventino
Víctor Castro y Castro
(PRD) |
Comisión de
Puntos Constitucionales de la Cámara de
Diputados |
Derogar los
supuestos según los cuales los derechos o
prerrogativas de los ciudadanos se suspenden
para los ciudadanos que se encuentran sujeto a
un proceso criminal por delito que merezca
pena corporal, a contar desde la fecha del
auto de formal prisión o por estar prófugo de
la justicia, desde que se dicte la orden de
aprehensión hasta que prescriba la acción
penal. |
11 |
Que adiciona los
artículos 61 y 164 de la
Ley Federal del Trabajo.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010. |
Sen.
Ericel
Gómez Nucamendi
(Convergencia)* |
Comisiones
Unidas de Trabajo y Previsión Social y
de Estudios Legislativos Segunda de la
Cámara de Senadores |
Establecer
que la jornada de trabajo para las mujeres con
hijos de hasta 12 años de edad, será: 7 horas
la diurna, 6 horas la nocturna y 6 horas y
media la mixta, de tal forma que para la
asignación de esta jornada especial, al
momento de la contratación el empleador podrá
solicitar que la aspirante al puesto de
trabajo acredite legalmente dicha situación. A
la renovación del contrato de trabajo el
empleador podrá requerir la documentación
oficial que acredite la edad de los hijos para
que, en su caso, la trabajadora continúe con
la jornada de trabajo en caso de no
acreditarlo las mujeres trabajadoras estarán
sujetas a la jornada normal de trabajo. |
12 |
Que reforma la fracción
XXVI del párrafo segundo del artículo 39 de la
Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010.
Publicación
en GP:
18 de junio
de 2010. |
Dip.
Jorge
Carlos Ramírez Marín
(PRI)*
A nombre
propio y de los diputados integrantes de la
Comisión de Pesca |
Comisión de
Régimen Reglamentos y Practicas
Parlamentarias de la Cámara de Diputados |
Modificar
la denominación de la Comisión Ordinaria de
Pesca, por la de Pesca y Acuacultura. |
13 |
Que adiciona la
Ley de Energía para el Campo.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010. |
Sen.
Adolfo
Toledo Infanzón
(PRI) |
Comisiones
Unidas de Energía y de Estudios
Legislativos de la Cámara de Senadores |
Publicar en
el Diario Oficial de la Federación la
asignación de la cuota energética al inicio de
cada ciclo productivo y el listado de los
beneficiarios de la misma, así como el de las
solicitudes desechadas. |
14 |
Que reforma el artículo
356 de la
Ley Federal
del Trabajo.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010.
Publicación
en GP:
18 de junio
de 2010. |
Dips.
José del
Pilar Córdova Hernández y suscrita por el Dip.
Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias
(PRI)* |
Comisión de
Trabajo y Previsión Social de la Cámara
de Diputados |
Establecer
que los bienes muebles, inmuebles y cuotas
sindicales no serán objeto de embargo. |
15 |
Que adiciona un segundo
párrafo al artículo 64 de la
Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010. |
Sen.
Francisco
Herrera León
(PRI)* |
Comisiones
Unidas de Desarrollo Rural y de
Estudios Legislativos Segunda de la Cámara
de Senadores |
Incluir
dentro del objeto de distribución de los
recursos que el Ejecutivo Federal aporta para
el desarrollo rural que estos deberán
realizarse de manera eficiente, garantizando
la entrega total del monto asignado a sus
beneficiarios de acuerdo a los criterios de
distribución establecidos en las leyes y
programas en la materia. |
16 |
Que reforma los
artículos 78 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos y el
117 de la
Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación
en GP de la Cámara de Senadores:
16 de junio
de 2010.
Publicación
en GP:
18 de junio
de 2010. |
Dip.
Cora
Cecilia Pinedo Alonso
(NA)* |
Comisión de
Puntos Constitucionales de la Cámara de
Diputados |
Establecer
que los legisladores integrantes de la
Comisión Permanente, serán nombrados de
conformidad con los Grupos Parlamentarios
representados en las respectivas Cámaras. |