Comisión Permanente del Segundo Receso del
Primer Año de Ejercicio

 

 Sesión 03, del 12 de Mayo de 2010.

 

                5. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que expide la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Población.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

12 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

Anexo I

14 de mayo de 2010.

Ejecutivo Federal

Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la Cámara de Diputados

Regular la condición del refugiado y el otorgamiento de protección complementaria, así como establecer la bases para la atención y asistencia de los refugiados que se encuentran en territorio nacional, con la finalidad de garantizar el respeto a sus derechos humanos.   Establecer como principios y criterios para la aplicación de la ley, la no devolución, no discriminación, interés superior del niño, unidad familiar, la no sanción por ingreso irregular y la confidencialidad.

2

Que adiciona el artículo 4-C a la Ley de Coordinación Fiscal y reforma la fracción IV del artículo 11 de la Ley General del Equilibrio Ecológico la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

12 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

14 de mayo de 2010.

Congreso del Estado de México

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Crear el Fondo de Compensación por el Aprovechamiento de Acuíferos y Descargas de Aguas Residuales, conformado con el 1 % de la recaudación federal participable y el 40% del importe obtenido por los derechos de concesión, uso y aprovechamiento de aguas nacionales superficiales y de extracción del subsuelo, y los obtenidos por descargas de aguas residuales de uso doméstico, comercial e industrial, en términos de la Ley Federal de Derechos, a favor de los Estados y Municipios en cuyos territorios se encuentren los ecosistemas abastecedores del agua y/o las instalaciones de conducción, recepción y tratamiento de aguas residuales.   Establecer que la Federación, los gobiernos del Distrito Federal, de los Estados y de sus Municipios, deberán formular y ejecutar programas, obras y acciones para la protección, resguardo, conservación y recuperación de los ecosistemas de los ríos, cuencas, cauces y/o vasos hidrológicos abastecedores de agua para el uso doméstico, industrial y público en las ciudades; y para el establecimiento y mantenimiento de la infraestructura de conducción, recepción y tratamiento de aguas residuales.

3

Que adiciona la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

12 de mayo de 2010.

Sen.

Renán Cleominio Zoreda Novelo

(PRI)

 

A nombre del Sen. Adolfo Toledo Infanzón (PRI)

Comisiones Unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores

Obligar al Instituto Mexicano de la Juventud a remitir semestralmente al Congreso de la Unión los estudios e investigaciones relativos a la problemática y características juveniles relativos a la fracción V del artículo 4 de la Ley, para su análisis.

4

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

12 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

14 de mayo de 2010.

Dip.

Armando Ríos Piter

(PRD)

 

A nombre de la Dip. Claudia Edith Anaya Mota (PRD)

Comisión de la Función Pública de la Cámara de Diputados

Establecer que se entenderá como acoso laboral toda acción u omisión que manifieste abuso de poder, ejercida en el ámbito laboral o en el lugar de trabajo, por parte de un servidor público  a otro, con independencia de su nivel jerárquico,  que tenga como resultado una afectación en la dignidad, integridad física, sexual, psicológica o social de éste, mediante la alteración sensible de las condiciones de disfrute de los derechos derivados de la  relación laboral. Dicha conducta se manifiesta a través de amenazas, intimidación, maltrato, menosprecio, insultos, discriminación, imposición, inequidad salarial, entre otras.  Adicionar un Capítulo Tercero al Título Segundo, denominado “Del acoso  laboral”, con el objeto de regular las conductas consideradas como acoso laboral, de o hacia la o el servidor público afectado.

5

Que reforma y adiciona los artículos 11, 66, 109 y 110 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona un capitulo denominado “Del informe Anual de los Senadores” al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

12 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

14 de mayo de 2010.

Dip.

Pablo Escudero Morales

(PVEM)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados

Obligar a los senadores a rendir durante el Periodo de Receso, un informe anual de sus actividades a la mesa directiva del Senado de la República.  Sancionar con 300 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a los senadores que incumplan con la obligación de rendir el mencionado informe.  Adicionar en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, un capítulo denominado “Del Informe Anual de los Senadores”, con el objeto de regular la obligación de los senadores de la República a rendir un informe anual de actividades, así como establecer sanciones para su incumplimiento.

6

Que reforma la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

12 de mayo de 2010.

Sen.

Adolfo Toledo Infanzón

(PRI) *

Comisiones Unidas de Educación y de Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores

Fomentar actitudes que promuevan el respeto a los derechos de todos los grupos vulnerables de la sociedad en la educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios.

7

Que expide el Reglamento General de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

12 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

17 de mayo de 2010.

Dip.

Guadalupe Acosta Naranjo

(PRD)

 

A nombre propio y de  los Dips. José Luis Jaime Correa, Luis Felipe Eguía Pérez, José de Jesús Zambrano Grijalva, Mary Telma Guajardo Villarreal y Ángeles Nazares Jerónimo

(PRD)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados

Crear un ordenamiento jurídico reglamentario de las funciones de los diputados, diputadas y de los órganos de la Cámara de Diputados; normar la forma, intervalos y modo de proceder en las sesiones ordinarias, extraordinarias, solemnes y secretas; en las discusiones y votaciones; en las iniciativas y dictámenes. Regular las facultades y obligaciones de los diputados y diputadas, grupos parlamentarios y de los órganos de la Cámara; regular las asistencias e inasistencias de los legisladores y la justificación de las mismas; regular la organización y funcionamiento de las comisiones, comités y comparecencias; además de establecer los procedimientos internos que hagan eficiente su estructura y funcionamiento, de acuerdo con lo que determinan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás ordenamientos relativos.

8

Que reforma la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

12 de mayo de 2010

Sen.

Francisco Herrera León

(PRI) *

Comisiones Unidas de Población y Desarrollo y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores

Incluir el concepto de “vulnerabilidad” como indicador clave en el Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social.

9

Que adiciona un párrafo al artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

12 de mayo de 2010.

Sen.

Carlos Sotelo García

(PRD)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores

Establecer que nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que al momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, de acuerdo con la legislación vigente en la materia.

10

Que reforma el primer párrafo y adiciona un párrafo segundo al artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recorriéndose en el orden los subsecuentes.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

12 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

14 de mayo de 2010.

Dip.

Agustín Guerrero Castillo

(PRD)

 

A nombre de los Dips. Juventino Víctor Castro y Castro y Guadalupe Acosta Naranjo (PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Establecer que el laicismo al que debe sujetarse el Estado mexicano en sus relaciones con las agrupaciones religiosas, fundamenta el principio histórico de la separación del Estado y las asociaciones o prácticas gubernamentales religiosas; que los poderes de los Estados, se mantendrán ajenos a esas creencias y prácticas religiosas.

11

Que adiciona el artículo 115 Bis al Código Penal Federal.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

12 de mayo de 2010.

Sen.

Silvano Aureoles Conejo

(PRD)

Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores

Indicar que la acción penal y la ejecución de las sanciones serán imprescriptibles  tratándose de delitos cometidos contra personas menores de dieciocho años de edad, o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, o de personas que no tienen capacidad para resistirlo.

12

Que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal y reforma el artículo 25 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

12 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

14 de mayo de 2010.

Dip.

Elsa María Martínez Peña

(NA) *

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la Cámara de Diputados

Derogar lo referente a la adopción simple, con el objeto de establecer únicamente la adopción “plena”.

* Sin intervención en Tribuna.

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