Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 Sesión 13 del 9 de Marzo de 2010.

 

                5. MINUTA

                           a) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

MINUTA

TURNO

1

Que reforma y adiciona el artículo 67 de la Ley General de Vida Silvestre.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

9 de marzo de 2010.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Jorge Legorreta Ordorica (PVEM), a nombre propio y de los senadores de su Grupo Parlamentario, el 13 de diciembre de 2007. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de diciembre de 2009.

Proyecto de decreto aprobado el 04 de marzo de 2010 por 50 votos en pro y 28 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Agregar que se podrán establecer áreas de refugio para proteger especies acuáticas para ejemplares con características específicas, de poblaciones, especies o grupos de especies nativas de la vida silvestre que se desarrollen en medio acuático, que sean afectados en forma negativa por contaminación física, química o acústica, o por colisiones con embarcaciones. Asimismo, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, podrá solicitar la opinión de las dependencias de la Administración Pública Federal competentes, previo a la expedición del acuerdo, para elaborar los estudios justificativos.

Comisión de Medio Ambiento y Recursos Naturales

 

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