Comisión Permanente del Primer Receso del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión Núm. 5, del 18 de Enero de 2012.

 

                7. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma el artículo 23 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Dip.

Gloria Trinidad Luna Ruíz

(PAN) *

Comisión de la Función Pública, de la Cámara de Diputados, para dictamen

Establecer que los Comités Técnicos de Profesionalización y Selección de cada dependencia, en el procedimiento de selección para ocupar las plazas del primer nivel de ingreso al Sistema Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada, deberán considerar como experiencia profesional el servicio social que haya presentado el aspirante para obtener su título profesional o grado académico.

2

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Dip.

Nazario Norberto Sánchez

(PRD) *

Comisión de Transportes, de la Cámara de Diputados, para dictamen

Resarcir por parte del Estado, en caso de un accidente aéreo, los daños que se causen a terceros.  Como tercero se entenderá aquella persona que no se encuentra en la aeronave y ha sido afectada por la misma en cualquier circunstancia.  Tratándose de naves propiedad de la Nación, el Estado deberá cubrir las indemnizaciones por los daños causados.

3

Que reforma el artículo 216 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Dip.

Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez

(PRD) *

Comisión de Salud, de la Cámara de Diputados, para dictamen

Establecer que los alimentos o bebidas que se pretendan expender o suministrar al público en presentaciones que sugieran al consumidor que se trate de productos o substancias con características o propiedades terapéuticas, deberán en las etiquetas de los empaques o envases incluir la siguiente leyenda: “Este producto no sirve para diagnosticar, tratar, curar o prevenir ninguna enfermedad o padecimiento, ni síntoma asociado con la misma. No es un medicamento y por no tener estudios clínicos se desconocen los posibles efectos de su uso en la salud humana”, escrita con letra fácilmente legible y en colores contrastantes.

4

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Dip.

Caritina Saénz Vargas

(PVEM) *

Comisión de Puntos Constitucionales, de la Cámara de Diputados, para dictamen

Prever que la delincuencia organizada amenaza a la seguridad nacional y a la seguridad pública. Será investigada en sus formas de actuación, perseguida y combatida por los tres Poderes de la Unión para la preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio y para ello, dichos poderes establecerán las medidas necesarias para prevenirla y sancionarla. Incluir en las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores nombrar a su respectivo presidente de la Comisión Bicamaral ante el Consejo de Seguridad Nacional para que desempeñe una función de fiscalización de dicho Consejo. Facultar al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para determinar el proceso para la designación de los ministros que lo representarán ante el Consejo de Seguridad Nacional.

5

Que reforma el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Sen.

Manuel Velasco Coello

(PVEM) *

Comisión de Puntos Constitucionales, de la Cámara de Senadores

Cambiar la expresión “Todo hombre” por “Toda persona”.

6

Que reforma el artículo 62 de la Ley de Aviación Civil.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Dip.

Jorge Antonio Kahwagi Macari

(NA) *

Comisión de Transportes, de la Cámara de Diputados, para dictamen

Explicitar que para el pago de los daños sufridos por los pasajeros, el monto debe fijarse en forma individualizada, atendiendo la naturaleza del daño causado y las posibilidades de rehabilitación, el grado de invalidez de la víctima, su entorno económico, los servicios médicos y psicológicos, así como la retribución de medicamentos que se prescriban.

7

Que reforma el artículo 7 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Dip.

María del Pilar Torre Canales

(NA) *

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de la Cámara de Diputados, para dictamen

Incluir como fines de la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, el fomento y promoción de la educación sexual integral desde la perspectiva de los derechos humanos.

8

Que reforma el artículo 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de la Cámara de Diputados, para dictamen

Facultar al Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, en materia de certificación de la Infraestructura Física Educativa, para establecer los requisitos para el diseño, construcción, equipamiento mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción y habilitación de bebederos en la infraestructura física educativa para proveer agua purificada, para lo cual deberá tomar en consideración las características particulares de cada región del país, con base en su riqueza y diversidad.

9

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Diputados Rigoberto Salgado Vázquez, Armando Ríos Piter, Mauricio Toledo Gutiérrez y Lizbeth García Coronado

(PRD) *

Comisión de Trabajo y Previsión Social, de la Cámara de Diputados, para dictamen

Adicionar un Capítulo XVIII denominado “Trabajo de los jóvenes” al Título Sexto, con el objeto de regular las relaciones de trabajo de los jóvenes entre los dieciséis y los veintinueve años de edad.  Establecer que por lo menos la quinta parte de su plantilla laboral de toda empresa o establecimiento se deberá integrar por jóvenes.  Incluir como obligaciones de los patrones: Respetar los derechos humanos laborales de los jóvenes; garantizarles un medio ambiente libre de violencia laboral; fomentar entre los jóvenes la salud sexual y reproductiva; y facilitarles la continuación de sus estudios, inclusive en el marco de los programas de capacitación.  Establecer como obligaciones a cargo del Estado: Aplicar programas para impulsar la capacitación y empleo de los jóvenes y, establecer estímulos fiscales de carácter permanente; y dedicar recursos para programas especiales a fin de impulsar el empleo de los jóvenes, incluidos los pasantes y profesionistas, equivalentes mínimamente al 2 por ciento del Presupuesto de Egresos de la Federación respectivo.  Prohibir que los jóvenes laboren en trabajos peligrosos e insalubres. Sancionar al patrón y a los servidores públicos que violen las normas que rigen el trabajo de los jóvenes, con una multa por el equivalente de 3 a 5,000 veces el salario mínimo general.

10

Que reforma los artículos 31 y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Dip.

Juan Gerardo Flores Ramírez

(PVEM) *

Comisión de Gobernación, de la Cámara de Diputados, para dictamen

Facultar a la Secretaría de Energía a través de la Comisión Reguladora de Energía, con la opinión de las dependencias competentes para determinar las tarifas para el suministro y la venta de energía eléctrica.

11

Que reforma el artículo 4 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Sen.

Ricardo Monreal Ávila

(PT) *

Comisión de Gobernación, de la Cámara de Senadores

Especificar que el votar en las elecciones constituye además de un derecho un deber y una facultad de todo ciudadano mexicano.

12

Que reforma el artículo 11 del Estatuto de las Islas Marías.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Sen.

Adolfo Toledo Infanzón

(PRI) *

Comisión de Seguridad Pública, de la Cámara de Senadores

Indicar que La Comisión Nacional de Derechos Humanos asignará un visitador adjunto encargado de velar por el respeto a los derechos humanos de los sentenciados.

13

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Sen.

Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez

(PAN) *

Comisión de Trabajo y Previsión Social, de la Cámara de Senadores

Cambiar la denominación del Capítulo XIII del Título Sexto a “Trabajadores del Hogar”.

Dar protección laboral a los trabajadores y trabajadoras del hogar, a partir del establecimiento de modalidades de trabajo del hogar, condiciones de jornadas laborales, pago de tiempo extra, días de descanso obligatorios, derecho a la indemnización por despido, salario mínimo aplicable, obligaciones reforzadas de los empleadores. Incluirlos en los esquemas de seguridad social y evitar tratos discriminatorios.

14

Que reforma el artículo 17 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de enero de 2012.

Dip.

Lizbeth García Coronado

(PRD) *

Comisión de Transportes, de la Cámara de Diputados, para dictamen

Establecer como causa de revocación de las concesiones y permisos el hecho de no presentar denuncia ante las autoridades competentes dentro de un plazo máximo de 24 horas naturales siguientes, cuando durante la prestación del servicio hubiera ocurrido evento o siniestro que pusiera en peligro la seguridad, la vida, los bienes o la libertad de los usuarios.

* Sin intervención en Tribuna.

Iniciativas 2 a 14 turnos publicados en Gaceta Parlamentaria: Anexo VI, 18 de enero de 2011.

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