El Presidente de la Mesa Directiva hizo
la siguiente declaración:
PRIMERO.-
La Cámara de Diputados del Honorable
Congreso de la Unión, en cumplimiento a
lo dispuesto por el artículo 30 de la
Ley General de Desarrollo Social hace la
declaratoria de las zonas de atención
prioritaria para el año 2012.
I.
Zonas de Atención Prioritaria Rurales,
las de los 849 municipios que se
encuentran en 22 entidades federativas,
de las cuales, 441 zonas son de muy alta
marginación y 408 son de alta
marginación, y registran una población
de 11 millones de habitantes, mismas que
se encuentran contenidas en el Anexo A
de esta Declaración; y
II.
Zonas de Atención Prioritaria Urbana,
las 335, 418 manzanas en 2,105
localidades urbanas de 1,259 municipios
cuya población registra índices de
pobreza y marginación y que se
encuentran definidas en el Anexo B de
esta Declaración.
SEGUNDO.-
Publíquese la presente Declaratoria en
el Diario Oficial de la Federación,
junto con el Presupuesto de Egresos de
la Federación para el Ejercicio Fiscal
2012.
Publicación en GP: Anexo III. 15 de
noviembre de 2011.
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