Datos
de la
LXI Legislatura

CONCENTRADO
DE
ASUNTOS ABORDADOS

1. ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO

a) De la Junta de Coordinación Política.

2. COMUNICACIÓN

a) De la Mesa Directiva.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión 27, del 12 de Noviembre de 2011.

 

                1. ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO

                           a) De la Junta de Coordinación Política.

No.

ACUERDO

TRÁMITE

1

Que establece las reglas para la discusión y votación del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012.

 

Acuerdo:

PRIMERA.- El objeto único del presente acuerdo es determinar la forma y los términos en que se discutirá y votará en sesión del pleno de la Cámara de Diputados el dictamen con proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012.

SEGUNDA.- El dictamen se hará del conocimiento del Pleno en el momento en que se publique en la versión electrónica de la Gaceta Parlamentaria dentro del sitio de Internet de la Cámara de Diputados, podrá ser incorporado al orden del día de la sesión en que se presente, recibir dispensa de trámites y someterse a discusión de inmediato. Si hubiere voto particular, se estará a lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

TERCERA.- La discusión en lo general se llevará a cabo conforme a lo siguiente:

a) El presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública o uno de sus integrantes podrá exponer los fundamentos del dictamen hasta por cinco minutos.

b) Podrá hacer uso de la palabra para fijar su posición, hasta por cinco minutos, un orador por cada grupo parlamentario, en orden creciente.

c) Para hablar en contra o en pro del dictamen se abrirá una ronda de intervenciones de hasta tres oradores en cada sentido, quienes harán uso de la palabra hasta por tres minutos cada uno. Al término de la ronda, el presidente preguntará si el asunto está suficientemente discutido, después de leer la lista de oradores aún inscritos en ambos sentidos. Si la respuesta fuere negativa, se abrirá una nueva ronda de hasta tres oradores en cada sentido. Al término de la discusión se procederá a votar el dictamen en lo general.

d) Las reservas tendrán que presentarse por escrito y se registrarán ante la Mesa Directiva, indicando con claridad si se reservan artículos y anexos, o ambos, del dictamen para su discusión. En este caso, los diputados deberán precisar con exactitud el párrafo, fracción o inciso de los artículos, o el rubro, ramo, programa, partida o concepto de los anexos que reservaren, o bien, los artículos que se pretendieran adicionar al proyecto de decreto, conforme a lo siguiente:

1. Todas las propuestas de modificación o de adición a artículos o anexos considerados en el proyecto de decreto deberán entregarse a la Mesa Directiva en hoja membretada, sin tachaduras ni enmendaduras, firmadas por su autor o autora. De ninguna manera se admitirán reservas manuscritas o en fotocopia de la Gaceta Parlamentaria.

2. Se deberá resaltar en negrillas el texto o cantidades por modificar o adicionar. Si se trata de anexos, deberá precisarse el número de los mismos, el ramo o rubro, así como el programa a que hagan referencia.

3. En el supuesto de que la reserva implique la creación o incremento de erogación, el diputado que la presente deberá señalar la correspondiente fuente de financiamiento, identificando el programa específico al cual deberá reducirse la asignación prevista en el dictamen para cubrir el nuevo gasto, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

4. La recepción de las propuestas de modificación o de adición se hará desde el inicio de la sesión y hasta que concluya el apartado de fijación de posiciones de los grupos parlamentarios en la discusión en lo general del dictamen.

5. Una vez que se haya verificado que las reservas reúnen los requisitos señalados en este inciso, serán rubricadas por los secretarios en funciones que en su oportunidad defina la Mesa Directiva durante la sesión, a efecto de proseguir su trámite en los términos del presente acuerdo.

6. Asimismo, se entregará el acuse de recibo respectivo, debidamente rubricado por los secretarios que en su oportunidad defina la Mesa Directiva durante la sesión, al diputado que realice la reserva.

7. La Mesa Directiva únicamente registrará para su discusión las reservas integradas debidamente y deberá rechazar el registro de las que no satisfagan lo establecido en el presente acuerdo.

8. Una vez que la Mesa Directiva hubiere registrado las modificaciones que se pretendan realizar a los artículos y anexos o ambos, para su discusión en lo particular, se procederá a la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos o anexos no impugnados del proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012.

e) Si el dictamen hubiera sido aprobado en lo general por la mayoría de los votos de los diputados presentes, se procederá a la discusión en lo particular de los artículos y anexos o ambos reservados.

CUARTA.- La discusión en lo particular se llevará a cabo de la siguiente manera:

a) Harán uso de la palabra, hasta por tres minutos cada uno, los diputados que hubieren reservado artículos y anexos o ambos.

b) Luego de la intervención del diputado que hubiere reservado el artículo o anexo y presentada la propuesta de modificación o de adición, se consultará a la asamblea en votación económica si se admite a discusión la propuesta.

c) Si la respuesta es negativa, la propuesta se tendrá por desechada y el artículo o anexo en cuestión se reservará para su votación nominal en conjunto en los términos del dictamen, al final de la discusión en lo particular.

d) Si la respuesta es afirmativa, podrán hablar un orador en pro y otro en contra de la propuesta, hasta por tres minutos cada uno.

e) Luego de las intervenciones anteriores, la Secretaría consultará a la asamblea en votación económica si se acepta la modificación o la adición propuesta; si la respuesta fuera negativa, se tendrá por desechada, pero si fuera afirmativa, el artículo o anexo de referencia se reservará para su votación nominal en conjunto, con la modificación o la adición aceptada, al término de la discusión en lo particular de los artículos reservados.

f) La consulta a la asamblea para determinar si se aceptan o rechazan las modificaciones o adiciones propuestas se realizará en votación económica.

g) Cuando hubiere duda fundada, a juicio del presidente, se procederá a votación nominal.

h) Agotada la discusión en lo particular, el presidente dará lectura a la lista de los artículos reservados que se votarán en conjunto en los términos del dictamen y la Secretaría recogerá la votación nominal correspondiente; a continuación dará lectura a la lista de los que se votarán en conjunto con la modificación o la adición aceptada, y la Secretaría recogerá la votación nominal respectiva. No habrá discusión alguna dado que la misma ya se produjo.

i) De conformidad con el artículo 108, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se podrá solicitar la votación por separado de un artículo o anexo reservado.

QUINTA.- Si durante la discusión en lo general y en lo particular del dictamen se presentara un asunto no previsto en este acuerdo, será resuelto por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

SEXTA.- La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a través de su junta directiva, será la responsable de hacer las correcciones al decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado por la Cámara y realizará sólo las adecuaciones de estilo, cálculo, ajustes de cifras y cantidades que sean necesarias, las cuales deberán estar en plena correspondencia con las modificaciones o adiciones aprobadas por el pleno. La Mesa Directiva vigilará que se cumpla, antes de remitir el proyecto.

 

Intervenciones:

 

Para hablar en contra:

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Pablo Escudero Morales (PVEM). Desde su curul.

Aprobado en votación nominal por 303 votos en pro, 13 en contra y 4 abstenciones.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

12 de noviembre de 2011.

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