Por el que se establece el tiempo para
llevar a cabo votaciones nominales
respecto de la discusión en lo
particular, del dictamen de las
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Gobernación, con
opinión de la Comisión de Participación
Ciudadana sobre la minuta del Senado de
la República con proyecto de decreto,
que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
en materia de reforma política.
Acuerdo:
PRIMERO.-
El tiempo máximo para cada votación
nominal será de tres minutos. Las
votaciones serán sucesivas, por lo que
el lapso entre una y otra será de dos
minutos. No habrá discusión alguna, dado
que la misma ya se produjo.
SEGUNDO.-
Publíquese en la Gaceta Parlamentaria. |