No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de octubre de 2010. |
Dip.
Jaime Fernando Cárdenas Gracia
(PT) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales |
Elegir por voto directo de los ciudadanos de
los ministros de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación y de los Magistrados
Electorales de la Sala Superior y de las
Salas Regionales. Suprimir las actuales
competencias del Senado y del Ejecutivo en
la nominación y designación de los Ministros
de la Suprema Corte, así como las facultades
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
y del Senado en la designación de
Magistrados Electorales de la Sala Superior
y de las Salas Regionales. Otorgar
competencias a la Cámara de Diputados en la
designación de Ministros y Magistrados
Electorales interinos, en la concesión de
licencias y en el conocimiento de las
renuncias de éstos por causas graves. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la
Ley de Promoción y
Desarrollo de los Bioenergéticos.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de octubre de 2010. |
Dip.
Emiliano Velázquez Esquivel
(PRD) |
Comisión de
Agricultura y
Ganadería |
Facultar a la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
Alimentación (SAGARPA) para impedir que se
usen los productos básicos y estratégicos de
origen nacional o importados para la
producción de biocombustibles. Facultar a
la Secretaría de Energía (SENER) para
observar que no se usen los productos
básicos y estratégicos para la producción de
bioenergéticos. La (SAGARPA) y la (SENER),
brindarán elementos para determinar las
condiciones en que debe realizarse la
producción de bioenergéticos, poniendo
atención en el balance energético y en el
grado de contaminación generada por los
insumos utilizados. |
3 |
Que reforma el artículo 76 Bis de la
Ley de Amparo, Reglamentaria de los
artículos 103 y 107 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de octubre de 2010. |
Dip.
Rosalina Mazari Espín
(PRI) |
Comisión de
Justicia |
Garantizar la suplencia procesal de amparo a
las víctimas que sean dañadas en su salud
por un delito. |
4 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley del Instituto
del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores y de la Ley del Instituto de
Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de octubre de 2010. |
Dip.
Laura Felicitas García Dávila (PRI)
A nombre propio y de los Dips. Armando
Neyra Chávez, Tereso Medina Ramírez, Amador
Monroy Estrada y Leobardo Soto Martínez
(PRI) |
Comisiones Unidas de
Vivienda
y de Trabajo
y Previsión Social |
Establecer que el derecho del trabajador y,
en su caso, de los beneficiarios, a recibir
los recursos de la subcuenta de vivienda,
será imprescriptible. Que los fondos de la
subcuenta de vivienda no aplicados, deberán
ser entregados directamente y en una sola
exhibición al trabajador o a sus
beneficiarios. Obligar al INFONAVIT a
entregar los recursos citados a más tardar
el segundo día hábil siguiente a la
presentación de la solicitud. |
5 |
Que expide la Ley del
Sistema Nacional de Capacitación Profesional
para el Trabajo.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de octubre de 2010. |
Dip.
Francisco Alberto Jiménez Merino
(PRI)
A nombre de los diputados del Estado de
Puebla y del Sector Agrario |
Comisión de Trabajo y Previsión Social,
con opinión de la Comisión de Presupuesto
y Cuenta Pública |
Crear un ordenamiento jurídico en el que se
instituya el Sistema Nacional de
Capacitación Profesional para el Trabajo (Sinacapt),
el cual tiene como objetivo proporcionar la
capacitación profesional intensiva y
acelerada de la mano de obra y de los mandos
medios que participan en las actividades
industriales, comerciales y de servicios,
sus actividades estarán orientadas a la
capacitación del personal en servicio,
incluyendo a aquel con aptitud de
incorporarse al mismo. |
6 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones del
Código Penal Federal
y del Código Federal de Procedimientos
Penales.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de octubre de 2010. |
Dip.
Agustín Castilla Marroquín
(PAN) |
Comisión de Justicia |
Sancionar a los servidores públicos que
estando autorizados para tratar bases de
datos personales y con ánimo de lucro,
provoquen una vulneración de seguridad a las
mismas, así como a aquel que con el fin de
alcanzar un lucro indebido, trate bases de
datos personales mediante el engaño.
Adicionar un capítulo que trate los delitos
cometidos contra la privacidad de las
personas, en donde se sancione a toda
persona que sin derecho o autorización de
quien deba darla, sustraiga, transmita, use,
difunda, publique, reproduzca, ponga a
disposición del público o comercialice bases
de datos personales en posesión del Estado o
de particulares. Incorporar al catálogo de
delitos graves los delitos cometidos en
contra de la privacidad de las personas. |
7 |
Que reforma el artículo 4 de la
Ley
General de Protección Civil.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de octubre de 2010. |
Dip.
Víctor Manuel Báez Ceja
(PRD) |
Comisión de Gobernación |
Facultar al Ejecutivo Federal para promover
y desarrollar una cultura de protección
civil en las escuelas, universidades,
estados, municipios y comunidades rurales y
zonas de riesgo producidas por agentes
perturbadores. Establecer que el Ejecutivo
Federal deberá entregar un informe
trimestral a las Comisiones Unidas de
Seguridad y de Cultura de la Cámara de
Diputados, sobre el avance social y
financiero de la actividad de difusión,
preparación cultural y educacional de
protección civil; asimismo, deberá invertir
en ciencia y tecnología para prevenir y
combatir los agentes perturbadores, y
presentará de igual forma, un informe
financiero trimestral sobre el proyecto de
inversión. |
8 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley de
Asentamientos Humanos.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de octubre de 2010. |
Dip.
Alejandro Del Mazo Maza
(PVEM) |
Comisión de Desarrollo Social |
Definir el concepto de Zonas de Riesgo
(aquella en donde la presencia de un agente
perturbador, fenómeno natural o generado por
el hombre, que tenga la probabilidad de
ocasionar daños a un sistema afectable tales
como asentamientos humanos, infraestructura,
plantas productivas). Facultar a la
Secretaria de Desarrollo Social, para que
promueva medidas e información que mitiguen
y eviten el uso de zonas de riesgo para
asentamientos humanos, que pongan en peligro
a la población. |
9 |
Que adiciona un párrafo cuarto a la fracción
V del artículo 41 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
y un párrafo segundo al numeral 5 del
artículo 110, y reforma el párrafo primero,
numeral 2, del artículo 111 del Código
Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de octubre de 2010. |
Dip.
Elsa María Martínez Peña
(NA) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Gobernación |
Establecer que los Grupos Parlamentarios
garantizarán una participación equitativa
entre hombres y mujeres, en la formulación
de sus propuestas para elegir al consejero
Presidente y a los ocho consejeros
electorales, con el objeto de que ninguno de
los géneros exceda las dos terceras partes
de estos cargos. Asimismo, en caso, de
sustituir a un consejero, éste deberá ser
del mismo género que el sustituido. |
10 |
Que expide la
Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental, y se abroga la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental.
Publicación en GP:
Anexo II.
13 de octubre de 2010. |
Dip.
Marcos Pérez Esquer
(PAN) |
Comisión de Función Pública, con
opinión de la Comisión de Presupuesto y
Cuenta Pública |
Crear un ordenamiento jurídico,
reglamentario del segundo párrafo del
artículo 6o. constitucional, con el objeto
de: regular y garantizar el derecho
fundamental de acceso, de cualquier persona,
a la información pública; proveer lo
necesario para que toda persona pueda tener
acceso gratuito a la información pública así
como a sus datos personales mediante
procedimientos sencillos, gratuitos y
expeditos; transparentar el ejercicio de la
función pública a través de un flujo de
información oportuno, veri¬ficable,
inteligible, relevante e integral, a fin de
impulsar la contraloría ciudadana y el
combate a la corrupción; garantizar una
adecuada y oportuna rendición de cuentas de
los sujetos obligados a través de la
generación y publicación de información
sobre sus indicadores de gestión y el
ejercicio de los recursos públicos de manera
completa, veraz, oportuna y comprensible;
garantizar la protección de los datos
personales en posesión de los sujetos
obligados; mejorar la organización,
clasificación, archivo y uso de la
información pública; asegurar que los
sujetos obligados preserven los documentos
que obran en sus archivos administrativos y
mantengan de ellos un registro actualizado;
mejorar los niveles de participación
ciudadana en la toma de decisiones públicas
y en la evaluación de las políticas
públicas; y contribuir a mejorar la
rendición de cuentas, la consolidación de la
democracia, y la plena vigencia del Estado
de derecho en México. Abroga la Ley Federal
de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental y todas las leyes
estatales que sobre estas materias hubieran
sido expedidas, así como en su caso los
reglamentos municipales que igualmente
hubieran sido expedidos. |
11 |
Que reforma los artículos 76 y 89 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo I.
13
de octubre de 2010. |
Dip.
Eric Rubio Barthell
(PRI) |
Comisión de Puntos
Constitucionales |
Facultar al Senado para ratificar los
nombramientos realizados por el Presidente
de la República de los comisionados de los
organismos reguladores de la Administración
Pública Federal que tengan el carácter de
órganos desconcentrados u organismos
descentralizados. |
12 |
Que reforma el artículo 116 de la
Ley
Federal de Protección al Consumidor.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de octubre de 2010. |
Dip.
Francisco Saracho Navarro
(PRI)
A nombre propio y de diversos diputados de
su Grupo Parlamentario |
Comisión de Economía |
Dejar a salvo los derechos de las partes en
el procedimiento conciliatorio,
independientemente de que se dé inicio al
procedimiento de infracciones a la ley. |
13 |
Que reforma el artículo 32 de la
Ley
del Impuesto Sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de octubre de 2010. |
Dip.
Cristabell Zamora Cabrera
(PRI) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Incrementar la deducibilidad fiscal en
diversos conceptos: Gastos de viaje
destinados a la alimentación, de $750.00 a
$1,500.00 diarios por cada beneficiario
cuando se eroguen en territorio nacional, de
$1,500.00 a $3,000.00 cuando se gasten en el
extranjero. Gastos de viaje destinados al
uso o goce temporal de automóviles y gastos
relacionados, de $850.00 a $950.00 diarios,
cuando se eroguen en territorio nacional o
en el extranjero. Gastos de viaje
destinados al hospedaje, de $3,850.00 a
$4,550.00 diarios. Disminuir el porcentaje
de los consumos en restaurantes que podrán
ser deducibles de 87.5% a 50%. |
14 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y de
la Ley Orgánica de la Procuraduría
General de la República.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de octubre de 2010. |
Dip.
Miguel Ángel García Granados
(PRI) |
Comisiones Unidas de Gobernación y de
Justicia |
Ampliar las atribuciones del Procurador
General de la República y otorgarle tareas
de coordinación en materia de seguridad, con
facultades para reunir, aglutinar,
encabezar, diseñar y coordinar la política
de combate al crimen, que abarca desde la
prevención del delito, hasta la ejecución de
las penas; el mando de la Policía Federal;
la articulación de los esfuerzos federales,
estatales, del Distrito Federal y
municipales en torno a la seguridad pública,
a través del Sistema Nacional de Seguridad
Pública, en los términos que apruebe el
Congreso de la Unión; las unidades
especializadas en el combate al narcotráfico
y el lavado de dinero relacionado con éste,
la investigación policial de campo de los
delitos contra la salud y otros igualmente
graves relacionados con éstos; el Sistema de
Inteligencia Civil, responsable de
identificar los riegos y amenazas a la
seguridad nacional; el Sistema Penitenciario
Federal con la política penitenciaria de la
Federación; organizar y dirigir los
servicios de inspección aduanera; la
coordinación de las acciones en materia de
protección civil; y las atribuciones de
inspección y vigilancia en materia de pesca
furtiva y delitos contra el ambiente.
Suprimir a la Secretaría de Seguridad
Pública, otorgándole al Procurador General
de la República el despacho de los asuntos
de la misma, y adoptando así un modelo de
seguridad pública sustentado en la unidad de
mando. Fusionar a las secretarías de la
Defensa Nacional, y la de Marina, Armada de
México, en una secretaría denominada:
Secretaría de Defensa y Marina. Eliminar de
las atribuciones de la Secretaría de
Gobernación, aquellas vinculadas con
funciones operativas de seguridad pública. |