Decreto por el que la Comisión Permanente convoca a la Cámara de
Senadores del Congreso de la Unión a celebrar sesiones extraordinarias.
Proceso:
Oficio de la Junta de Coordinación Política de la Cámara
de Senadores recibido el 16 de julio de 2014. (LXII Legislatura)
Decreto:
ARTÍCULO PRIMERO.-
Con fundamento en los artículos 67 y 78, fracción IV, de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión
Permanente del H. Congreso de la Unión que funciona durante el Segundo
Receso del Segundo Año de Ejercicio de la LXII Legislatura, convoca a la
Cámara de Senadores a celebrar Sesiones Extraordinarias.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
Las Sesiones Extraordinarias a que se refiere el presente
Decreto se realizarán a partir del jueves 17 de julio de 2014. La
apertura de las mismas, se efectuará a las 10:00 horas del mismo día.
ARTÍCULO TERCERO.-
Durante las Sesiones Extraordinarias, la Cámara de
Senadores se ocupará de los siguientes asuntos:
1.
Dictamen de las Comisiones Unidas de Energía, y de Estudios
Legislativos, Primera con proyecto de decreto por el que se expide la
Ley de Hidrocarburos y se reforman diversas disposiciones de la Ley de
Inversión Extranjera; Ley Minera y Ley de Asociaciones Público Privadas.
2.
Dictamen de las Comisiones Unidas de Energía, y de Estudios
Legislativos, Primera con proyecto de decreto por el que se expiden la
Ley de la Industria Eléctrica y la Ley de Energía Geotérmica, y se
adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de Aguas
Nacionales.
3.
Dictamen de las Comisiones Unidas de Energía, y de Estudios
Legislativos, Primera con proyecto de decreto por el que se expiden la
Ley de Petróleos Mexicanos y la Ley de la Comisión Federal de
Electricidad, y se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley
Federal de las Entidades Paraestatales; la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas
y Servicios Relacionados con las Mismas.
4.
Dictamen de las Comisiones Unidas de Energía, y de Estudios
Legislativos, Primera con proyecto de decreto por el que se expide la
Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, se
reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal y se expide la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad
Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.
5.
Minutas con proyecto de decreto que remita la Cámara de Diputados, a
partir de las iniciativas que apruebe, relativas a la materia
energética, derivadas de la reforma constitucional publicada el 20 de
diciembre de 2013.
6.
Protesta de Senadores suplentes.
7.
Acuerdos de los Órganos de Gobierno.
ARTÍCULO CUARTO.
Los proyectos de decreto a que se refiere el Artículo
Tercero del presente Decreto, están sujetos al procedimiento y
previsiones del artículo 72 constitucional, por lo que en caso de que
sean devueltos por la Cámara de Diputados, la Mesa Directiva de la
Cámara de Senadores dictará de inmediato los turnos correspondientes
para su trámite legislativo, a fin de que se desahoguen durante las
Sesiones Extraordinarias.
ARTÍCULO QUINTO.
La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de
Senadores convocará a sesiones en las fechas que sean necesarias a fin
de atender los asuntos previstos en el Artículo Tercero del presente
Decreto.
ARTÍCULO SEXTO.
La Cámara de Senadores realizará la correspondiente
clausura de las Sesiones Extraordinarias, una vez que tenga conocimiento
de lo resuelto a los proyectos de Decreto motivo de esta convocatoria,
en términos de lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
ARTÍCULO SÉPTIMO.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo Sexto del presente
Decreto, la declaratoria de clausura podrá realizarse mediante
notificación del Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de
Senadores, dirigida a los senadores de la República.
ARTÍCULO OCTAVO.
De conformidad con el artículo 72, inciso j), párrafo
último de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
publíquese el presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación.
Intervenciones:
Para hablar en contra:
Dip. Alejandro Jesús Encinas Rodríguez (PRD)
Dip. Fernando Belaunzarán Méndez (PRD)
Sen. Armando Ríos Piter (PRD) Dip.
Fernando Zárate Salgado (PRD)
Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC) Dip.
Agustín Miguel Alonso Raya (PRD)
Dip. Lilia Aguilar Gil (PT) |