Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

1.   ACUERDO DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS

2.   COMUNICACIÓN

De C. Senadora

3.   OFICIOS

a) De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

b) De la Secretaría de Educación Pública

4.   INVITACIÓN A CEREMONIAS CÍVICAS

Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal

5.   MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADAS

De reincorporación

6.   INICIATIVAS

7.   PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

8.   PROPOSICIONES

9.   AGENDA POLÍTICA

10.   EFEMÉRIDES

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

COMISIÓN PERMANENTE - SEGUNDO RECESO DEL

SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

 

 Sesión 16

   

 

 

6.     INICIATIVAS

 

 

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que remite el proyecto de decreto que reforma el artículo 324 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Congreso del Estado de Chihuahua

Comisión de Salud, de la Cámara de Diputados.

Establecer que habrá consentimiento tácito del donante cuando no haya manifestado su negativa expresa a que su cuerpo o componentes sean utilizados para trasplantes. El escrito por el que la persona exprese no ser donador, podrá ser privado o público, y deberá estar firmado por éste, o bien, la negativa expresa podrá constar en alguno de los documentos públicos que para este propósito determine la Secretaría de Salud en coordinación con otras autoridades competentes. Señalar que la Secretaría de Salud deberá garantizar que la población esté plenamente informada acerca de los alcances del consentimiento tácito y de que disponga de un medio fácil para manifestar su oposición a donar sus órganos. Eliminar la supeditación que se hacía del donante supeditado al consentimiento de cualquiera del o la cónyuge, el concubinario, la concubina, los descendientes, los ascendientes, los hermanos, el adoptado o el adoptante que se encuentren presentes. Señalar que si se encontrara presente más de una de las personas mencionadas, se aplicará la prelación señalada en este artículo.

2

Que reforma el artículo 26 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Congreso del Estado de Jalisco

Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados.

Prever que para el trámite de licencias particulares de armas, para actividades deportivas, de tiro o cacería, el solicitante tendrá derecho a pedir un permiso provisional de hasta veinticuatro horas para el traslado del arma descargada, de su domicilio a las oficinas de la autoridad competente, a través de los mecanismos que la propia autoridad determine en el Reglamento.

3

Que reforma diversos artículos de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados.

Establecer que la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados, deberá contar con la participación de dependencias, asociaciones civiles, ciudadanos y miembros del Consejo Consultivo, todos ellos con derecho a voz y voto. Establecer que la Secretaría de Estado que cause daño a la salud humana por el uso o manejo indebido de organismos genéticamente modificados, deberá proceder a la inhabilitación de cualquier trámite en proceso negando cualquier autorización o permiso para cultivar, cosechar o diseminar cualquier tipo de organismo.

4

Que reforma el artículo 1067 del Código de Comercio.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Dip.

Martha Leticia Sosa Govea

(PAN)

 

A nombre de los Senadores del Grupo Parlamentario del PAN

Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial, y de Estudios Legislativos, de la Cámara de Senadores

Permitir que las autoridades en materia penal puedan trasladar los autos o documentos del juicio mercantil al lugar que consideren pertinente para la realización de alguna investigación de carácter penal. Proponer que cuando exista una investigación penal, el expediente podrá ser solicitado por la autoridad investigadora o por el juez penal y podrán trasladarse al lugar en que la autoridad considere pertinente para la realización de la investigación, aclarando que dichos documentos no podrán ser modificados o alterados por lo que deberán devolverse en las condiciones en las que fueron entregados a la autoridad.

5

Que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Administrativa de los Servidores Públicos.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Dip.

Dora María Guadalupe Talamante Lemas

(NA)

Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados

Actualizar la Ley Federal de Responsabilidad Administrativa de los Servidores Públicos, para que esté acorde a los cambios de denominación que han sufrido algunas instituciones y organismos. Modificar el catálogo de obligaciones a cargo de los servidores públicos, con el fin de situar nuevas conductas a los supuestos de la ley.

6

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Dip.

Leobardo Alcalá Padilla

(PRI)

 

A nombre del

Dip. Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Prever que las leyes generales que expida el Congreso de la Unión podrán establecer convenios de coordinación o traslado de atribuciones a los poderes locales. Dichos convenios deberán ser aprobados por la legislatura local.

7

Que modifica y adiciona la Ley General de Salud, en materia de salud reproductiva.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Diputadas

María de las Nieves García Fernández (PRI), Martha Lucía Mícher Camarena (PRD), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (NA) y Ruth Zavaleta Salgado (PVEM)*

Comisión de Salud de la Cámara de Diputados

Incluir a la salud reproductiva y a la anticoncepción, como materia de salubridad general. Considerar a la salud reproductiva como servicios básicos de salud. Establecer el concepto de salud reproductiva, entendido como el estado de bienestar que trasciende la mera ausencia de dolencias o enfermedades en todo lo relacionado con la actividad sexual y el sistema reproductivo. Crear el Consejo Nacional para la Salud Reproductiva, como instancia de coordinación para contribuir al mejoramiento de las políticas públicas en la materia. Establecer el concepto de embarazo, entendido como el proceso de reproducción humana que comienza con la implantación del conceptus usualmente en el endometrio y termina con el nacimiento. Establecer que las instituciones que integran el Sistema Nacional de Salud, deberán ofrecer pruebas del VIH en los casos de violencia familiar, sexual y de género, así como proveer servicios antirretrovirales, de anticoncepción de emergencia y de interrupción legal del embarazo.

8

Que deroga el artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Diputados Ricardo Monreal Ávila, Alfonso Durazo Montaño y Ricardo Mejía Berdeja

(MC)*

Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados

Eliminar la disposición que establece la prescripción del derecho del trabajador y, en su caso, de los beneficiarios, a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda a favor del Fondo Nacional de la Vivienda a los diez años de que sean exigibles.

9

Que reforma la Ley de Planeación, en materia de protección a los derechos de las personas con discapacidad.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Sen.

Hilda Esthela Flores Escalera (PRI)*

Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de Estudios Legislativos, Primera, de la Cámara de Senadores

Determinar que la planeación deberá basarse en el principio de inclusión de los derechos de las personas con discapacidad.

10

Que modifica el artículo 9 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en materia gratuidad de la información pública.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Dip.

Carlos Humberto Castaños Valenzuela

(PAN)*

Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados

Establecer que las dependencias y entidades deberán garantizar medios gratuitos para que el solicitante que desee acceder a información pública gubernamental, pueda recibir la información solicitada.

11

Que adiciona un artículo 309 Bis al Código Penal Federal y se reforma el numeral 1) de la fracción I del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Dip.

Verónica Beatriz Juárez Piña

(PRD)*

Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados

Código Penal Federal. Establecer que cuando por culpa se cause homicidio de dos o más personas, se impondrá pena de seis a veinte años de prisión, cuando por motivo de tránsito de vehículos, el agente conduzca en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes o psicotrópicos u otras substancias que produzcan efectos similares; o cuando exista concurrencia en un establecimiento cerrado o lugar abierto. Adicionar a esta pena la destitución e inhabilitación por igual periodo para obtener empleo, cargo o comisión de la misma naturaleza si el agente es servidor público.

Código Federal de Procedimientos Penales. Calificar como delito grave el homicidio cometido en términos del párrafo anterior.

12

Que adiciona los artículos 8 y 71 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila

(MC)*

Comisión de Derechos de la Niñez de la Cámara de Diputados

Incluir el concepto de “Registro de estancia y desarrollo”. Considerar como causal de suspensión temporal en la prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, el mal manejo, manipulación, alteración o falsificación de los registros de estancia ya sea ingreso o salida, así como de los avances de los menores.

13

Que reforma los artículos 44 y 45 bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Sen.

Ricardo Barroso Agramont

(PRI)*

Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Estudios Legislativos, de la Cámara de Senadores

Fortalecer los derechos de los propietarios, poseedores o titulares de derechos sobre tierras, aguas y bosques comprendidos dentro de áreas naturales protegidas. Determinar que, en caso de establecer decretos por lo que se constituyan áreas naturales protegidas, se deberá consultar a la población local interesada, incluyendo a las comunidades campesina y nativa, con el fin de no afectarlos; y garantizar, mediante alternativas formales, las actividades económicas y sustentabilidad de los propietarios.

14

Que reforma el artículo 20 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Dip.

Carlos Humberto Castaños Valenzuela

(PAN)*

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados

Establecer que las Sesiones de la Cámara de Diputados no podrán prolongarse más allá de las 12 de la noche del día en que haya iniciado. Eliminar la atribución de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para expedir la convocatoria para la designación del Consejero Presidente, de los consejeros electorales y del Contralor General del Instituto Nacional Electoral.

15

Que reforman los artículos 19, 20 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

13 de agosto de 2014.

Sen.

Angélica de la Peña Gómez

(PRD)*

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Derechos Humanos, y de Estudios Legislativos, Primera, de la Cámara de Senadores.

Fortalecer el delito de tortura en el texto constitucional. Establecer que el juez podrá ordenar la prisión preventiva, oficiosa en dicho delito, resguardar la identidad y otros datos personales cuando se trate del delito en comento; y facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de tortura.

* Sin intervención en Tribuna. 

 

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