Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS


 

1. COMUNICACIONES

De CC. Senadores


2. OFICIO

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

3. PROPUESTA DE NOMBRAMIENTOS

a) De designaciones de Comisiones del Instituto Federal de Telecomunicaciones

b) De designaciones de Comisionados de la Comisión Federal de Competencia Económica

 

4. ACUERDO DE LA MESA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN PERMANENTE

 

5. INICIATIVAS


6. PROPOSICIONES


7. PRONUNCIAMIENTOS


8. EFEMÉRIDE

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Comisión Permanente del segundo Receso del
Primer Año de Ejercicio

 

SESIÓN 17

   

 

 

5. INICIATIVAS

 

 

 

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma, deroga y adiciona diversos ordenamientos  en materia de reforma integral del sector energético nacional.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013

Sen. Luis Miguel Barbosa Huerta y Dip. Silvano Aureoles Conejo

(PRD)

 

A nombre del

Grupo Parlamentario del PRD

Comisiones Unidas de Energía y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores

Modificar la Ley de Petróleos Mexicanos; la Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional en el materia de Petróleo; la Ley Federal de Derechos; la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la Ley Federal de Entidades Paraestatales; la Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos; la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética; la Ley General de Deuda Pública; la Ley de la Comisión Reguladora de Energía; la Ley de Instituciones de Crédito; y crear la Ley del Fondo de Excedentes Petroleros con el objeto de promover la modernización y

fortalecimiento mediante ordenamientos enfocados en el sector energético; transformar la estructura organizacional de Petróleos Mexicanos, sus atribuciones y regular sus elementos presupuestales y su gasto petrolero; facultades del Poder Ejecutivo; fortalecer a la Comisión Nacional de Hidrocarburos y a la Comisión Reguladora de Energía; actualizar la organización de la Comisión Federal de Electricidad; regular la acumulación y capitalización de las aportaciones excedentes en el Fondo de Excedentes Petroleros.

2

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la  Ley General de Salud, en materia de atención a víctimas de delitos y/o de violaciones graves a los derechos humanos.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Sen.

María Cristina Díaz Salazar

(PRI)

Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos, de la Cámara de Senadores

Reformar los artículos 3, 7, 13, 17, 37, 38, 188, 188 Bis, 188 Bis 1, 189, 189 Bis, 189 Bis 1, y 190 para proteger los derechos de las víctimas de delitos y/o violaciones graves a los derechos humanos, para acceder a los servicios de atención de urgencia o emergencia médica; mediante un sistema, programas y procedimientos de atención.

3

Que abroga la Ley a favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Sen.

Héctor Larios Cordova

(PAN)

 

A nombre de

Dip.

J. Jesús Oviedo Herrera

(PAN)

Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados

Abrogar la Ley en Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado, toda vez que se considera que ha concluido la finalidad por la cual fue creada.

4

Que adiciona un párrafo segundo a la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013

Dip.

Dora María Guadalupe Talamante Lemas

(NA)*

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados

Prever que las escuelas de educación básica del país establecerán estrategias de coordinación y vinculación con organismos del sector salud, a fin de que personal técnicamente capacitado coadyuve con la comunidad escolar en la promoción de la salud, brindando la asistencia, acompañamiento o capacitación en temas de alimentación saludable, nutrición y hábitos alimenticios.

5

Que reforma, deroga y adiciona diversos artículos  de la Ley General de Educación; crea la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, y crea la Ley General del Servicio Profesional Docente.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Legisladores del Grupo Parlamentario del PRD*

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados

Ley General de Educación. Establecer la prohibición de condicionar la prestación de los servicios educativos a cargo del Estado a la entrega de cualquier tipo de contraprestación en numerario, bienes o servicios. Suprimir al Consejo Nacional Técnico de la Educación del sistema educativo nacional. Crear el Sistema Nacional de Evaluación Educativa y el Sistema Nacional de Información y Gestión Educativa, e incorporarlos al sistema educativo nacional. Eliminar la atribución de la autoridad educativa federal de realizar en forma periódica, exámenes de evaluación para certificar a educadores y autoridades educativas. Adicionar como atribución de las autoridades federal y locales de manera concurrente, establecer escuelas de tiempo completo; regular el Servicio Profesional Docente; y realizar las inspecciones que estimen convenientes a los planteles educativos, entre otras. Establecer que las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, constituirán los institutos de profesionalización docente. Crear el Servicio Profesional Docente que deberá garantizar la debida transparencia y objetividad en la evaluación de los méritos, e idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. Facultar a la Secretaría de Educación Pública para establecer los lineamientos p expendio y distribución de los alimentos y bebidas dentro de las escuelas. Crear el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, con el objeto de coordinar el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, así como de evaluar la calidad, el desempeño y los resultados de éste. Establecer como objetivo del Sistema Nacional de Evaluación Educativa contribuir a garantizar la calidad de los servicios educativos prestados por el Estado. Establecer que en ningún caso, la prestación de servicios educativos podrá ser condicionada a la entrega de aportaciones o cuotas. Considerar como infracciones de quienes prestan servicios educativos, realizar o permitir

cualquier acto que condicione el acceso a los servicios educativos a cambio de la entrega de aportaciones o cuotas; y el incumplir con las medidas correctivas derivadas de las visitas de inspección.

Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y los mecanismos de participación social en materia de evaluación educativa. Establecer los principios para la observancia y aplicación de la presente Ley. Establecer los fines del Sistema Nacional de Evaluación Educativa, así como los elementos que lo integran. Establecer las obligaciones de las autoridades escolares. Prever la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación Educativa. Establecer el objeto y atribuciones del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

Ley General del Servicio Profesional Docente. Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer los principios y fines del Servicio Profesional Docente; definir los sujetos del Servicio Profesional Docente; y determinar la estructura y funcionamiento del Servicio Profesional Docente, entre otros. Establecer la distribución de competencias de las autoridades educativas federal y locales. Regular el ingreso, formación, evaluación, promoción y permanencia en el Sistema. Establecer los perfiles requeridos en la educación básica y media superior. Crear el Instituto Nacional del Servicio Profesional Docente, con el objeto de coordinar y ser el responsable de la implementación de los procesos que conforman el Servicio Profesional Docente y coadyuvar a mejorar el desempeño profesional de los sujetos de este servicio. Establecer la estructura del Instituto Nacional del Servicio Profesional Docente.

6

Que adiciona los artículos 45 bis, 45 ter, 55 bis, 55 ter, 55 quarter y 55 quinquies de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Dip.

Fernando Alfredo Maldonado Hernández

(PRI)*

Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados

Prever el procedimiento por el cual la autoridad competente pueda disponer de los vehículos abandonados que no son reclamados por quienes tienen derechos a los mismos. Establecer el mecanismo de notificación que la autoridad tiene que llevar a cabo frente a los particulares de vehículos retirados de la circulación.

7

Que adiciona la Base V del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de vigilancia y fiscalización electoral.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Sen.

José Rosas Aispuro Torres

(PAN)*

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores.

Crear una Oficialía Electoral, dependiente del Instituto Federal Electoral y regular sus atribuciones y funciones.

8

Que reforma y adiciona el artículo 61 de la Ley General de Salud, en materia de derechos reproductivos de la mujer, no violencia obstétrica y derechos de la niñez.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Sen.

Diva Hadamira Gastélum Bajo

(PRI)*

Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores

Fomentar los derechos reproductivos de la mujer, la no violencia obstétrica y los derechos de la niñez. Considera instrumentos internaciones en los que México sea parte.

9

Que reforma y adiciona diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de vigilancia y fiscalización electoral

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Sen.

José Rosas Aispuro Torres

(PAN)*

Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores.

Crear y regular la Dirección de Oficiales Electorales, determinar sus facultades, atribuciones y obligación de los partidos políticos  de permitir la actuación de los oficiales electorales, la práctica de auditorías y verificaciones por los órganos del Instituto Federal Electoral respecto a sus ingresos y egresos; modificar los artículos 36, 38, 82, 84, 133 Bis, 212 y 238 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

10

Que reforma el artículo 37 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Dip.

José Valentín Maldonado Salgado

(PRD)*

Comisión del Distrito Federal de la Cámara de Diputados.

Establecer que en ningún caso un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Asamblea, que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación total emitida en el Distrito Federal. Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total de la Asamblea, superior a la suma del porcentaje de su votación total emitida más el ocho por ciento.

11

Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General para el Control del Tabaco.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Sen.

Gabriela Cuevas Barrón

(PAN)*

Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores

Reducir el consumo de tabaco en los menores de 21 años; señalar al interior de un establecimiento las leyendas sobre la prohibición de comercio, venta, distribución o suministro a menores de 21 años y exigir acreditación de mayoría de la edad; los paquetes de productos de tabaco, empaquetado y etiquetado serán en color verde olivo e incluirán la marca y el fabricante, sin logotipos ni otros rasgos distintivos aparte de las advertencias sanitarias, con materiales estandarizados;

reformar los artículos 5, 15, 17, 18, 23 de la Ley General de Tabaco.

12

Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Dip.

Paloma Villaseñor Vargas

(PRI)*

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados

Prever que los servicios educativos procurarán la inclusión educativa de todos los individuos y asegurará una educación de calidad, que debe responder a la diversidad sin discriminación. Establecer que la educación especial para la inclusión comprende los Servicios Escolarizados y los Servicios de Apoyo a Escuelas de Educación Regular. Considerar como infracción de quienes prestan servicios educativos, negar la inscripción, aislar o segregar por motivos de discriminación a las personas con discapacidad. Facultar a las autoridades educativas para realizar los lineamientos para orientar la implementación del currículo nacional en la educación especial para la inclusión.

13

Que reforma el cuarto párrafo del artículo 2 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Dip.

Juan Jesús Aquino Calvo

(PAN)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.

Incluir al Estado de Chiapas en las entidades consideradas como región fronteriza para efectos y aplicación de la tasa de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

14

Que reforma el primer párrafo del artículo 4 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Sen.

Sofío Ramírez Hernández (PRD)*

Comisiones Unidas de Educación y de Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores

La iniciativa tiene por objeto precisar que todos los habitantes del país deben cursar la educación media superior.

15

Que reforma el artículo 219 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Dip.

Celia Isabel Gauna Ruiz de León

(PRI)*

Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados.

Prever que las fórmulas para Diputados y Senadores, tanto de mayoría relativa como de representación proporcional, de propietarios y suplentes deberán integrarse por candidatos del mismo género. En ningún caso incluirían más del 60% de candidatos propietarios de un mismo género. Facultar a los Congresos de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para expedir las disposiciones legales necesarias para garantizar la equidad de género, con el objeto de armonizar las legislaciones estatales.

16

Que reforma los artículos 109 y 158 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Dip.

J. Jesús Oviedo Herrera

(PAN)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.

Simplificar el esquema de tributación de los recursos provenientes de las subcuentas para el retiro, gravando como ingresos por intereses los rendimientos generados por la inversión de los recursos existentes en la subcuenta SAR IMSS, SAR ISSSTE y/o RCV (Retiro, Cesantía y Vejez) según corresponda y liberando las aportaciones efectuadas por el trabajador, el patrón y el Gobierno Federal del pago de impuestos en razón de no integrar salario para el trabajador.

17

Que reforma y adiciona los artículos 273 de la Ley del Seguro Social; 214 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado y 5 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

 

Publicación en GP:

20 de agosto de 2013.

Sen.

Fernando Enrique Mayans Canabal (PRD)*

Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores.

Vigilar e informar al Congreso de la Unión sobre la situación financiera del Instituto Mexicanos del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

* Sin intervención en Tribuna.

Turnos de las iniciativas 6 a 17 publicados en la Gaceta Parlamentaria del 20 de agosto de 2013.

 

 

 

 

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