Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS


 

1. COMUNICACIONES

De CC. Legisladores


2. OFICIOS

a) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

b) De la Cámara de Diputados

 

3. INVITACIÓN A CEREMONIAS CÍVICAS

De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal


4. MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

De reincorporación


5. PERMISOS CONSTITUCIONALES

Para prestar servicios

 

6. PROPUESTAS DE NOMBRAMIENTOS

a) De Embajador Extraordinario y Plenipotenciario

b) De Cónsul General

 

7. ACUERDO DE LA MESA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN PERMANENTE


8. INICIATIVAS

9. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) De permiso Constitucional. Para aceptar y usar condecoración

b) De permisos Constitucionales. Para prestar servicios

c) Con punto de acuerdo

 


10. PROPOSICIONES


11. EXCITATIVA

Para dictaminar proposición con punto de acuerdo

 

12. EFEMÉRIDES


13. AGENDA POLÍTICA

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Comisión Permanente del segundo Receso del
Primer Año de Ejercicio

 

SESIÓN 12

   

 

 

8. INICIATIVAS

 

 

 

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma el artículo 109 del Código Fiscal de la Federación.

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Congreso del Estado de Jalisco*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados.

Establecer que cuando el autor de un delito sea el titular o responsable de una entidad pública y el delito se cometa en el ejercicio de sus funciones, las penas podrán duplicarse y el servidor público responsable será inhabilitado hasta por seis años para ejercer cualquier cargo público. Prever que para quien se beneficie sin derecho de un subsidio o estímulo fiscal, la denuncia podrá ser presentada además, por las personas a quienes les fue retenida la contribución no enterada.

2

Que reforma el artículo 6 y adiciona el artículo 10 de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Congreso del Estado de Jalisco*

Agregar a los requisitos para ser beneficiarios de los apoyos a que se refiere el ordenamiento, acreditar haber sido trabajadores migratorios mexicanos con uno o más de los siguientes documentos originales o copias debidamente certificadas ante notario público o autoridad competente: tarjeta de identificación Consular (en plástico o papel); certificado de identidad o tarjeta de identificación (entregados por la Secretaría de Gobernación o por el patrón); identificación que expida la Secretaría de Relaciones Exteriores o la Secretaría de Gobernación; huellas digitales tomadas por el gobierno norteamericano bajo el Programa Bracero con el fin de determinar si el Trabajador Migratorio tenía antecedentes penales; y otros documentos probatorios otorgados por el gobierno mexicano o norteamericano que genere certidumbre de su condición como ex trabajador migratorio. Establecer la instalación de mesas receptoras con el fin de realizar un proceso de acreditación permanente y brindar atención e información a los ex trabajadores migratorios.

3

Que reforma los artículos 1, 25, 41, 51, 57, 99,115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. **

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Sen.

 Lucero Saldaña Pérez

(PRI)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos Primera de la Cámara de Senadores.

Establecer que para garantizar la igualdad sustantiva, en la Constitución y en las leyes, se crearán acciones afirmativas de carácter temporal en favor de los grupos sociales en situación de discriminación, exclusión o vulnerabilidad.  Establecer que las fórmulas electorales que se propongan para ambas cámaras del Congreso deberán estar integradas por propietarios y suplentes del mismo sexo.
Señala que la postulación de la totalidad de candidatos a las presidencias municipales a nivel estatal, se realizará conforme a los principios de paridad de género.

4

Que reforma los artículos 24, 27, 49, 55, 56, 78, 110, 219 y 220 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; 187, 190, 192 y 196 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y 37, 120 y 132 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. **

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Sen.

Lucero Saldaña Pérez

(PRI)

Comisiones Unidas de Gobernación y  Estudios Legislativos Segunda de la Cámara de Senadores.

Establecer como requisito para que una organización de ciudadanos se registre como partido político nacional, el que garantice que en sus procesos internos de selección de candidatos se cumplirá con las cuotas de género establecidas en la Constitución y el COFIPE. Señala que el IFE generará las condiciones de acceso y las garantías para la participación igualitaria y de paridad de género.
Propone que las transmisiones de mensajes en cada estación de radio y canal de televisión se distribuirán con un mínimo de 30% de espacios para mujeres pre candidatas y candidatas de los procesos electorales federales. Será obligación de los partidos políticos asegurar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a partir de una distribución equilibrada de los gastos, tanto para candidaturas como precandidaturas.

Señala que en caso de que con motivo de una designación la mayoría del Consejo del IFE sean hombres, en la siguiente renovación, sea total o parcial, la mayoría deberá ser mujeres. Asimismo, si el Consejero Presidente designado es hombre, la siguiente designación deberá recaer en una mujer, a menos que haya reelección.
Propone que las listas de representación proporcional se integrarán de forma alternada por sexo, en forma tal que dos personas del mismo sexo no puedan estar en forma consecutiva. En la designación de magistrados federales electorales se observaran los principios de paridad de género y alternancia.
Establece que la postulación de candidatos a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal por ambos principios se realizará atendiendo a los principios de paridad de género y alternancia.

5

Que reforma los artículos 17, 43, 62 y 85 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. **

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Practicas Parlamentarias y Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores.

Establecer la incorporación de los principios de paridad de género y alternancia, en la integración de las Mesas Directivas de las cámaras del Congreso de la Unión y la Comisión Permanente. Y de la misma forma se establecer reformas para que el principio de paridad se observe en la integración de las comisiones legislativas como en sus presidencias.

6

Que reforma y adiciona la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Sen.

 María del Pilar Ortega Martínez

(PAN)

 

Suscrita por la Sen. Luisa María Calderón Hinojosa (PAN)

Comisiones Unidas de Gobernación y Estudios Legislativos Primera de la Cámara de Senadores.

Establecer la obligación de contar dentro de las respectivas estructuras orgánicas de la Administración Pública Federal, del Poder Judicial de la Federación y del Poder Legislativo Federal, unidades integrales de género, como órganos auxiliares encargados de establecer e implementar al interior de cada poder, las acciones necesarias tendientes a garantizar las condiciones de acceso, permanencia, promoción y condiciones de igualdad de oportunidades para mujeres y hombres dentro la carrera judicial, parlamentaria así como de la administración pública federal, así como lograr la eliminación de brechas y desventajas de género.

7

Que reforma el artículo 13 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Dip.

Fernando Cuellar Reyes (PRD)

 

A nombre del Dip. Fernando Zárate Salgado

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Crear tribunales especializados en materia penal militar, dentro de la estructura orgánica del Poder Judicial de la Federación, para los delitos que atenten contra la disciplina militar. Eliminar del texto Constitucional, el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar. Eliminar la competencia de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Marina, la administración de justicia militar. Establecer que la Procuraduría General de la República contará con unidades especializadas para la investigación y persecución de delitos que atenten contra la disciplina militar. Establecer que los agentes de la policía militar, serán auxiliares suplementarios del Ministerio Público de la Federación.

Crear los juzgados penales militares. Facultar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para conocer el recurso de revisión contra sentencias pronunciadas por los juzgados penales militares. Facultar a los Tribunales Colegiados de Circuito para conocer los recursos que procedan contra los autos y resoluciones que pronuncien los jueces de distrito, juzgados penales militares, tribunales unitarios de circuito o el superior del tribunal responsable. Adicionar al Código Penal Federal, un Título Vigésimo Séptimo denominado “Delitos cometidos en contra de las fuerzas armadas o de la disciplina militar”, en el que se contemplan entre otros delitos, los siguientes: traición a la patria, espionaje, rebelión, sedición, falsificación, deserción, insumisión, ultrajes y violencia contra la policía, insubordinación, abuso de autoridad, desobediencia, asonada, contra el honor militar.

8

Que reforma el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Dip.

 Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara

(PT)

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Incluir a los representantes de elección popular, dentro de los enumerados para recibir una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.

Establecer la obligación de los servidores públicos de elección popular, con mandos de dirección o que administren recursos y bienes de las entidades, a publicar su declaración patrimonial a partir de la fecha en que asuman su encargo o comisión, la que será verificada por el órgano de control que corresponda.

9

Que adiciona los artículos 31 y 71 de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Dip.

 Ricardo Monreal Ávila

(MC)

Comisión de Comunicaciones de la Cámara de Diputados.

Establecer que la instalación, operación o explotación de estaciones terrenas transmisoras se hará conforme a criterios específicos a saber: queda prohibida la  instalación de antenas de telefonía móvil a menos de 600 metros del suelo urbano, viviendas escuelas, hospitales, espacios públicos como parques u otros y las antenas de telefonía móvil sólo podrán ser colocadas en carreteras y zonas despobladas.

Reclasificar la infracción de no cumplir con las obligaciones o condiciones establecidas en los títulos de concesión o permiso, estableciendo que la multa será del rango de “ 10,000 a 100,000” salarios mínimos, y no de “ 4,000 a 40,000” como se establece actualmente. 

10

Que reforma los artículos 402, 403, 405, 406, 407, 409, 411 y 412 del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila

(MC)*

Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.

Incrementar las penas que se establecen para los delitos electorales.

11

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Dips.

 Jorge Terán Juárez y Lourdes Eulalia Quiñones Canales

(PRI)*

Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados.

Establecer como derecho humano y asunto de seguridad nacional y alimentaria para la Nación, el agua, cuya preservación es tarea de los tres órdenes de gobierno y prioridad para el Estado mexicano. Fijar los criterios para establecer la política hídrica implementada por el Estado: sostenibilidad en la planeación, diseño e implantación; transversalidad para la instrumentación de políticas públicas con enfoque interdisciplinario; responsabilidad en el impulso y cumplimento de los tres niveles de gobierno en materia de agua potable y saneamiento; profesionalización para promover la especialización del personal directivo y técnico de los organismos operadores de agua y saneamiento, en todo el territorio; evaluación permanente; servicio de calidad; e impacto de la disponibilidad, cantidad y calidad de agua. Obligar al Estado a garantizar que no exista disparidad de género en el acceso del recurso hídrico, así como que sea considerado como un factor determinante en el combate a la pobreza.

12

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Sen.

 Luisa María Calderón Hinojosa

(PAN)*

Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y  Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores.

Establecer que los modelos de atención, prevención y sanción que establezcan la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios deberán tomar en consideración favorecer la instalación, el mantenimiento y coordinación de una Red Nacional de los Refugios para las víctimas y sus hijas e hijos.

Incluir la un informe anual sobre los avances del Programa, ante el Congreso de la Unión;  para vigilar que los medios de comunicación no promuevan imágenes estereotipadas de mujeres y hombres, y eliminen patrones de conducta generadores de violencia; y desarrollar todos los mecanismos necesarios para el cumplimiento de la ley en la materia.

Integrar el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres.

13

Que reforma y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Población.

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Dip.

 Lorenia Iveth Valles Sampedro

(PRD)*

Comisión de Población de la Cámara de Diputados.

Especificar que se considerará emigrante al mexicano o extranjero que se desplace desde México con la intención de cambiar de residencia dentro del territorio nacional o país. Facultar a la Secretaría de Gobernación para diseñar programas de apoyo a las familias de los emigrantes nacionales que se encuentren en territorio nacional; así como para formular, ejecutar y vigilar el Fondo de Apoyo a Migrantes y sus Familiares y el Programa de Apoyo a la Reinserción Integral de los Migrantes y sus Familiares. Establecer que la Secretaría de Gobernación propiciará la construcción de sistemas de microcrédito y finanzas populares, y promoverá el apoyo técnico para la producción y comercialización de los proyectos productivos de los migrantes.

14

Que adiciona un numeral al artículo 2 y se reforma el numeral IV del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Dip.

 Javier Filiberto Guevara González

(PRI)*

Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados.

Establecer que las autoridades Estatales y Municipales podrán aplicar la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en el ámbito de su competencia.  Prever que para el caso de servidores públicos que hayan concluido su cargo, que por cualquier razón hubieran tenido bajo su responsabilidad la captación, recaudación, manejo, administración, control, resguardo, custodia, ejercicio, o aplicación de  recursos, fondos, bienes o valores públicos municipales,  estatales o federales, deberán atender los requerimientos de información hasta que se apruebe la cuenta pública correspondiente.

15

Que reforma la fracción VIII del artículo 134 y el artículo 144 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Dip.

Víctor Hugo Velasco Orozco

(PRI)*

Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.

Incluir el virus del papiloma humano en las enfermedades de las que la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas realizarán actividades de vigilancia, prevención y control.  Establecer la vacuna contra esta enfermedad como obligatoria.

16

Que  adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Sen.

 María Verónica Martínez Espinoza

(PRI)*

Comisiones Unidas de Gobernación y  Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores.

Establecer dentro del derecho de cancelación de todos los usuarios de servicios digitales y redes sociales, el solicitar la eliminación definitiva de los datos y contenidos que así lo manifiesten y que se encuentren en los servidores de los prestadores de servicios cibernéticos. Especifica que la eliminación de una cuenta de cualquier red social implica la revocación de todos los permisos conferidos al responsable digital para el tratamiento de los datos personales del usuario. Tratándose de información personal en las redes, los responsables digitales no podrán dejar copias de seguridad, una vez solicitada por parte del titular la eliminación de la cuenta deberá eliminarse toda la información y contenido almacenado en cookies y cachés del servidor. La eliminación deberá ser completa e inmediata cuando el usuario así lo solicite explícitamente sin dejar periodos de recuperación o plazos para recapacitación.

17

Que adiciona la fracción XIII del artículo 42 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

 

Publicación en GP:

17 de julio de 2013.

Dip.

Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez

(PRI)*

Comisión del Distrito Federal de la Cámara de Diputados.

Establecer como facultad de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal el normar la Defensoría de Oficio. Señalar que esta defensoría será otorgada a través de un organismo autónomo que cuente con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo titular será designado por la Asamblea Legislativa mediante una terna propuesta por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal.

  *Sin intervención en Tribuna.
** Presentadas en una sola intervención.
Turnos de las iniciativas 10 a 17 publicados en la
Gaceta Parlamentaria del 17 de julio de 2013.

 

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