1 |
Que adiciona un inciso d) a la fracción IV del
artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo I.
25 de marzo de 2015. |
Sen.
Raúl Aarón Pozos Lanz
(PRI)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer dentro de los bienes, contribuciones e
ingresos que integran la hacienda de los municipios, los derechos por la
prestación del servicio de alumbrado público para cuya determinación se
podrá utilizar como base el consumo de energía eléctrica. Señalar que la
tasa de esos derechos en ningún caso podrá ser superior a 7 por ciento
del importe del consumo particular de cada usuario. |
2 |
Que adiciona el capítulo V, “De los Estímulos Fiscales
a la Investigación y Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación”,
con el artículo 190 Bis, al título VIII de la Ley del Impuesto sobre la
Renta y se reforma el artículo 29 de la Ley de Ciencia y Tecnología.
Publicación en GP:
Anexo I.
25 de marzo de 2015. |
Sen.
Francisco Salvador López Brito
(PAN)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Incluir un Capítulo V “De los inversionistas en
investigación y desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación”, con
el objeto de incorporar estímulos fiscales a las personas físicas y
morales que se asocien con universidades o centros de investigación para
realizar investigación y desarrollo. |