1 |
Que reforma el artículo 234 del Código Penal
Federal.
Publicación en GP:
Anexo
I.
10 de
febrero de 2015. |
Congreso del
Estado de Jalisco |
Comisión de
Justicia, para dictamen. |
Imponer de 4 a
8 años de prisión y hasta trescientos días multa, a la persona que se le
demuestre plenamente que tenía conocimiento de la falsificación e
hiciera uso de la moneda. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Ley del Servicio Exterior Mexicano.
Publicación en GP:
Anexo
V.
10 de
febrero de 2015 |
Dip.
Carlos Fernando
Angulo Parra
(PAN)* |
Comisión de
Relaciones Exteriores, para dictamen. |
Establecer que
para cumplir con las funciones de capacitación permanente, el Servicio
Exterior Mexicano deberá contar con un plan rector de
profesionalización, que pueda ser verificable y que se encuentre abierto
al público usuario, orientado a que toda aquella persona del propio
servicio que desee capacitarse cuente con los elementos necesarios para
hacerlo. Crear el Sistema Integral de Información de Personal del
Servicio Exterior Mexicano (SIIPSEM), diseñado para funcionar como
gestor de recursos humanos. |
3 |
Que reforma el artículo 7° de la Ley General en
Materia de Delitos Electorales.
Publicación en GP:
Anexo
V.
10 de
febrero de 2015. |
Dip.
Carlos Fernando
Angulo Parra
(PAN)* |
Comisión de
Gobernación, para dictamen. |
Sancionar al
que reciba dádiva a cambio de emitir su voto en determinado sentido, así
como al que, el día de la jornada electoral, disponga de espacios
físicos para la entrega de dicha dádiva. |
4 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Publicación en GP:
Anexo
V.
10 de
febrero de 2015. |
Dip.
Martha Leticia
Sosa Govea
(PAN)* |
Comisión de
Gobernación, para dictamen. |
Eliminar el
requisito de tener menos de setenta años al día de la elección, para ser
funcionario de casilla en las elecciones federales. Establecer que los
funcionarios de casilla deben recibir capacitación exhaustiva y completa
para el desempeño de su encargo. Señalar las obligaciones de los
presidentes de los consejos distritales de entregar a los presidentes de
las mesas directivas de casilla, tanto ordinarias como especiales, la
documentación y medios informáticos necesarios para el día de la
votación. Asentar que los secretarios de las mesas directivas de la
casilla recibirán capacitación electoral y técnica para el uso de los
medios informáticos. Obligar a la publicación de la lista de ubicación
de las casillas especiales aprobadas, a más tardar el 15 de abril del
año de la elección. Señalar que sólo el secretario o en su caso el
presidente de la mesa directiva de la casilla, podrán manejar los medios
informáticos previa capacitación. |
5 |
De Decreto por el que se establecen las
características de la moneda conmemorativa del 100 aniversario de la
Batalla de Celaya en 1915.
Publicación en GP:
Anexo
V.
10 de
febrero de 2015. |
Dip.
J. Jesús Oviedo
Herrera
(PAN)* |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Establecer las
características de la moneda conmemorativa del 100 aniversario de la
Batalla de Celaya en 1915. |
6 |
Que abroga la Ley en Favor de los Veteranos de la
Revolución como Servidores del Estado.
Publicación en GP:
Anexo
V.
10 de
febrero de 2015. |
Comisión de
Defensa Nacional, para dictamen. |
Abrogar la Ley
en Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado,
por haber concluido la finalidad por la cual fue creada. |
7 |
Que reforma el artículo 16 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo
V.
10 de
febrero de 2015. |
Dip.
María Guadalupe
Mondragón González
(PAN)* |
Comisión de
Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer que
el juez que tenga conocimiento de la causa, revisará en primer término
que la detención del imputado haya sido legal. Señalar que el imputado
puede solicitar en cualquier tiempo el levantamiento de la medida
cautelar y ofrecer pruebas, de las cuales el tribunal desahogará las que
resulten pertinentes y resolverá antes de que concluya el plazo del
arraigo. Apuntar que el juez tomará las medidas que considere prudentes
para garantizar que la persona no sea víctima de tortura y ejerza
plenamente su derecho a la defensa
Disminuir de 40
a 20 días la duración máxima del arraigo domiciliario del indiciado
tratándose de delitos graves en tanto entra en vigor el sistema procesal
acusatorio. |
8 |
Que reforma el artículo 17 de la Ley de los
Derechos de las Personas Adultas Mayores.
Publicación en GP:
Anexo
V.
10 de
febrero de 2015. |
Dip.
Elvia María
Pérez Escalante
(PRI)* |
Comisión de
Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen. |
Adicionar que
la SEP garantizará la inducción de una cultura de respeto de los
derechos humanos fundamentales de las personas adultas mayores. |
9 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo
V.
10 de
febrero de 2015. |
Dip.
Heberto Neblina
Vega
(PAN)
suscrita por el
Dip.
Damián Zepeda
Vidales
(PAN)* |
Comisión de
Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer la
revocación del mandato y consecuentemente la elección extraordinaria,
como derechos del ciudadano. Reglamentar las causas y mecanismos de esta
revocación de mandato y los pasos para la elección extraordinaria. |
10 |
Que adiciona el artículo 380 Bis de la Ley General
de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Publicación en GP:
Anexo
VI.
03 de
febrero de 2015. |
Dip.
José Francisco
Coronato Rodríguez
(MC)* |
Comisión de
Gobernación, para dictamen. |
Establecer que
los aspirantes que en ese momento tengan el carácter de representantes
populares, sin excepción alguna, tienen la obligación legal de completar
todo el periodo para el cual fueron electos por la ciudadanía. Solamente
por razones graves como la incapacidad física o mental certificadas,
serán motivos de impedimento para concluir con su función. |
11 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo
V.
10 de
febrero de 2015. |
Dip.
José Francisco
Coronato Rodríguez
(MC)* |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Permitir el
pago del impuesto sobre la renta en los términos del Régimen de
Incorporación Fiscal a: personas físicas cuyos ingresos propios de su
actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no
excedan la cantidad de cuatro millones de pesos; disminuir los impuestos
conforme a los porcentajes y años que tengan tributando. Implementar la
opción de incorporarse al Régimen “cuota bimestral incrementable” a las
personas físicas que realicen actividades empresariales, que enajenen
bienes o presten servicios por los que no se requiera título
profesional, esta cuota deberá pagarse durante todo el año la parte
proporcional que se establezca; las autoridades fiscales podrán hacer
visitas domiciliarias para verificar los ingresos mensuales declarados. |
12 |
Que reforma los artículos 26, 78 y 83 de la Ley
General del Servicio Profesional Docente.
Publicación en GP:
Anexo
V.
10 de
febrero de 2015. |
Dip.
Dora María
Guadalupe Talamante Lemas
(NA)* |
Comisión de
Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen. |
Eliminar el
requisito de haber ejercido al menos dos años como docente para aspirar
a cargos con funciones de dirección y de supervisión. Facultar al
Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para conocer los conflictos
individuales de carácter laboral que se susciten entre la SEP y los
docentes sujetos a esta Ley. Establecer que los conflictos individuales
de carácter laboral entre las autoridades educativas locales y los
organismos descentralizados, con sus trabajadores docentes sujetos a
esta ley, serán competencia de los tribunales y órganos jurisdiccionales
en materia laboral que determinen las correspondientes leyes aplicables. |