Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1.     ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política.

 

2.     INICIATIVAS

 

 

3.     DICTAMEN A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto

 

4.        PROPOSICIONES

 

5.        AGENDA POLÍTICA

 

Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 18

   

 

 

2.     INICIATIVAS

 

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE

TURNO

SINOPSIS

1

Que adiciona el artículo 113 A, a la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

19 de marzo de 2014.

Sen.

Martín Orozco Sandoval

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Establecer que los contribuyentes cuyos ingresos no excedan de 750 mil pesos al año, tengan la facilidad de expedir comprobantes simplificados y cuando el importe de la operación sea menor a 100 pesos, no tengan la obligación de expedir comprobante,  tanto para las facturas como los pagos de sueldos en caso de que tengan empleados, eximiéndolos de la bancarización y facilitándoles la presentación de sus declaraciones de impuestos. Señalar  que estos contribuyentes presenten únicamente dos declaraciones semestrales definitivas, donde declaren sus ingresos obtenidos en el período y que tengan la posibilidad de acudir a las oficinas del SAT para que los apoyen en la emisión de una factura electrónica global semestral y en la elaboración de la declaración correspondiente, y así, puedan cumplir con sus obligaciones fiscales.

2

Que expide la Ley General en Materia de Delitos Electorales, y reforma el artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

19 de marzo de 2014.

Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD*

Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

Incorporar las figuras de los ministros de culto, notarios públicos, observadores electorales, líderes sindicales y la consulta popular, así como un aumento en las penalidades en la participación en la comisión de estos en las conductas típicas. Agregar nuevos tipos penales para castigar a aquél que realice, reciba o destine aportaciones en dinero o en especie superiores a los establecidos en la legislación electoral, así como el que abra o manipule los paquetes electorales sin causa justificada y, por ende, al que aporte fondos provenientes de actividades ilícitas o recursos provenientes del extranjero para el apoyo de candidatos o partidos políticos. Establecimiento del tipo penal de manipulación del secreto del voto, que se acreditaría cuando se haga la solicitud de pruebas de la emisión del sufragio mediante el uso de teléfonos celulares, cámaras fotográficas, de video u otros instrumentos análogos o realice el cambio de domicilio de dos o más personas para que migren hacia distinta sección electoral con la finalidad de favorecer e influir en los resultados electorales. Considerar como documentales públicas los documentos que se utilizan en la jornada electoral tales como los listados nominales, los nombramientos de los representantes de los partidos políticos y candidatos, las boletas electorales, los escritos de protesta e incidentes, así como las actas de escrutinio y cómputo y que actualmente se encuentran ausentes en la definición de documentos electorales. Señalar un apartado para la Fiscalía Especializada en Atención de Delitos Electorales como un organismo operador y especializado de la Fiscalía General de la República responsable de la investigación y persecución de los delitos electorales; establecer que su titular será nombrado y removido libremente por el Fiscal General de la República.

3

Que adiciona un artículo 234 Bis al Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

18 de febrero de 2014.

Dips.

Tomás Torres Mercado, Ana Lilia Garza Cadena y Antonio Cuéllar Steffan

(PVEM)*

Comisión de Justicia, para dictamen

Considerar como atenuante del delito de falsificación, a quien haga uso o distribuya moneda falsa, siempre y cuando, no exista evidencia de que, quien realice la conducta, sea integrante de un grupo de la delincuencia organizada, o sea copartícipe de la falsificación.

4

Que reforma los artículos 11, 12 y 17 de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

04 de marzo de

2014.

Dip.

Érick Marte Rivera Villanueva

(PAN)*

Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para dictamen

Se propone utilizar la caña de azúcar para producir bioenergéticos, la Secretaria de Energía expedirá los criterios para las adquisiciones de los bioenergéticos por las empresas productivas del Estado. Igualmente se propone que sea el Ejecutivo Federal a través de las entidades de la administración pública federal y de las empresas productivas del Estado, quien incentivará a la producción y adquisición de bioenergéticos conforme lo establece la Ley.

5

Que reforma el artículo 3o. y adiciona el 3o. Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

18 de marzo de

2014

Dip.

Elvia María Pérez Escalante

(PRI)*

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

Incluir en las definiciones de ley, el de violencia contra las personas adultas mayores, modalidades de violencia, víctima y agresor. Señalar y definir los tipos de violencia contra las personas adultas mayores.

6

Que expide la Ley General para la Atención y Protección a Personas con Trastornos del Espectro Autista.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

19 de marzo de 2014.

Dip.

María de la Paloma Villaseñor Vargas

(PRI)

 

Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PVEM

Comisiones Unidas de Salud, y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de impulsar la plena integración e inclusión a la sociedad de las personas en la condición de los trastornos del espectro autista, mediante la protección de sus derechos y necesidades fundamentales que les son reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales, sin perjuicio de los derechos tutelados por otras leyes u ordenamientos. Crear el Instituto Nacional para la Atención de los Trastornos del Espectro Autista, como un órgano descentralizado de la Secretaría de Salud, que deberá atender a las personas que se encuentren en la condición de los trastornos del espectro autista y con domicilio en la ciudad de México.

7

Que reforma los artículos 55, 82, 91 y 95 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

19 de marzo de 2014.

Diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar

(PAN)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Agregar a los requisitos para ser Presidente, Secretario del Despacho, Diputado y Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no tener adicción a drogas u otras sustancias prohibidas en la ley, debiendo presentar los resultados de un examen practicado por una institución pública de salud ante el Instituto Federal Electoral para poder acreditarlo.

8

Que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

19 de marzo de 2014.

Diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila

(MC)*

Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

Considerar como tipo de violencia contra las mujeres, la trata de personas.

 

 

 

* Sin intervención en Tribuna.

Turnos de las iniciativas 2 a 8 publicados en el Anexo VI de la Gaceta Parlamentaria del 19 de marzo de 2014.

 

 

 

 

 

 

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