Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1. OFICIO

2. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

3. ACUERDOS DE ÓRGANO DE GOBIERNO

De la Junta de Coordinación Política

 

4. MINUTAS

 

Con proyecto de decreto

 


5. INICIATIVAS

6. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto

 

 

7. PROPOSICIONES

Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 06

   

 

 

5. INICIATIVAS

 

 

 

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE

TURNO

SINOPSIS

1

Que adiciona un artículo 189 Ter de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

11de febrero de 2014.

Dip.

Fernando Bribiesca Sahagún

(NA)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

 

Otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al monto que, en el ejercicio fiscal de que se trate, aporten a proyectos de inversión en la creación de obra literaria, la producción de artes plásticas, artes visuales y artes audiovisuales, contra el impuesto sobre la renta que tengan a su cargo en el ejercicio en el que se determine el crédito. El estímulo no podrá exceder del 10% del impuesto sobre la renta a su cargo en el ejercicio inmediato anterior al de su aplicación.

 

2

Que reforma el artículo 109 de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

11 de febrero de 2014.

Dip.

José Angelino Caamal Mena

(NA)*

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, para dictamen.

 

Garantizar al asegurado que quede privado de trabajo remunerado, siempre y cuando haya cubierto inmediatamente antes de tal privación cotizaciones semanales ininterrumpidas entre ocho y doce semanas, la conservación del número de semanas cotizadas según corresponda, hasta un máximo de doce semanas posteriores a la desocupación.

 

3

Que reforma el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

12 de febrero de 2014.

Dip.

René Ricardo Fujiwara Montelongo

(NA)*

Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

 

Establecer que, en materia de contrataciones o adquisiciones del Estado, de madera, muebles y suministros de oficina fabricados con madera, deberán requerirse certificados otorgados por terceros previamente registrados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que garanticen la entera cadena de suministro de la madera, desde el origen y el manejo sustentable de los aprovechamientos forestales en el territorio nacional de donde proviene dicha madera, hasta el transporte, almacenamiento, transformación, distribución y comercialización de la madera. En cuanto a los suministros de oficina fabricados con madera, se estará a lo dispuesto en el Reglamento de la presente Ley.

 

* Sin intervención en Tribuna.

Turnos de las iniciativas publicados en el Anexo IV de la Gaceta Parlamentaria del 12 de febrero de 2014.

 

 

                                                      

 

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