Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1.     COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA

 

Con dictámenes en sentido negativo de proposiciones.

 

2.     COMUNICACIÓN CON SOLICITUD

 

3.     OFICIO CON ACUERDO

 

4.     OFICIO

 

5.     SOLICITUDES DE DIPUTADOS

 

a) Para retirar iniciativas

 

b) Para retirar proposición con puntos de acuerdo

 

6.     CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

 

7.     COMUNICACIÓN RELATIVA A MOVIMIENTOS EN COMISIÓN PARLAMENTARIA

 

8.     MOVIMIENTO DE C. DIPUTADO

 

De solicitud de licencia

 

9.     ACUERDOS DE ÓRGANOS DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política.

 

10.   MINUTAS

 

Con proyecto de decreto

 

11.   INICIATIVAS

 

12.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

Con proyecto de Decreto

 

13.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

a) Con proyecto de decreto

 

b) Con puntos de acuerdo

 

14.     PROPOSICIONES

 

15.     PROTESTA DE LEY

 

16.     AGENDA POLÍTICA

 

Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 25

   

 

 

           

11.  INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

08 de abril de 2014.

Dip.

Alfredo Rivadeneyra Hernández

(PAN)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Adicionar el delito de enriquecimiento ilícito, como causa de extinción de dominio.

2

Que reforma el artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

27 de febrero de 2014.

Dip.

Felipe Arturo Camarena García

(PVEM)*

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Adicionar como atribución de la Junta de de Coordinación Política, la de remover al Presidente de la Comisión que no hubiere dictaminado o emitido opinión en los plazos establecidos, de una iniciativa o minuta turnada a dicho órgano legislativo. Establecer el procedimiento para la elección del nuevo Presidente de la Comisión.

3

Que reforma los artículos 69, 89 y 95 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

04 de marzo de

2014.

Dip.

Felipe Arturo Camarena García

(PVEM)*

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Se propone derogar la normatividad que permite a los presidentes de comisiones declinar en la formulación de una opinión; asimismo, si transcurre el plazo, sin que se formule el dictamen correspondiente, y la que da por precluida la facultad de la comisión para hacerlo.

4

Que reforma los artículos 12 y 13 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

06 de marzo de 2014.

Dip.

 Lucila Garfias Gutiérrez

(NA)*

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

Incluir el pago de servicios en los programas de gestión escolar que formule la autoridad educativa federal en el ámbito de sus atribuciones, así como  realizar las acciones necesarias para cubrir los gastos de operación de los planteles de educación pública básica.

5

Que reforma el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

25 de marzo de 2014.

Dips.

 Arturo Escobar y Vega y Felipe Arturo Camarena García

(PVEM)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Ampliar la fecha de término del segundo periodo ordinario de sesiones, estableciendo que no podrá prolongarse sino hasta el 30 de junio del mismo año.

6

Que reforma el artículo 36 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

25 de marzo de 2014.

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Adicionar los días miércoles a aquellos en que el Pleno de la Cámara de Diputados está obligado a celebrar Sesiones Ordinarias.

7

Que reforma el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

27 de marzo de 2014.

Dip.

Lucila Garfias Gutiérrez

(NA)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Incluir en las facultades y obligaciones del Presidente de la República, promocionar la sustentabilidad ambiental y la democracia en la dirección de la política exterior.

8

Que reforma el artículo 104 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

03 de abril de 2014.

Dip.

 Felipe Arturo Camarena García

(PVEM)*

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Establecer en la discusión en lo general de dictámenes con proyecto de ley o de decreto, que si hubiere el voto a favor de todos los grupos representados en la reunión de comisión donde se dictamine un asunto, el presidente de la junta directiva o en su caso, a quien designe de la comisión respectiva, deberá exponer los fundamentos del dictamen hasta por diez minutos; y únicamente cuando un grupo parlamentario manifieste su inconformidad, un integrante de cada grupo, en orden creciente, de acuerdo a su representatividad en la Cámara, podrá disponer de hasta cinco minutos para exponer su postura y señalar que el orador no podrá ser interrumpido por moción de cuestionamiento.

9

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

08 de abril de 2014.

Dip.

Lizbeth Loy Gamboa Song y Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza

(MC)*

 

Suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN. PRD, PVEM y Movimiento Ciudadano

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Prever que las diputadas en estado de gravidez o maternidad, contarán con un recurso excepcional para acreditar su voto y asistencia de manera telemática. Establecer el procedimiento para la emisión del voto telemático.

10

Que reforma los artículos 1055 Bis, 1168 y 1175 del Código de Comercio.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

08 de abril de 2014.

Dip.

Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez

(PRI)*

Comisión de Economía, para dictamen

Regular que cuando el crédito otorgado por cualquier persona física, moral u organismos encargados de financiar programas de vivienda, tenga garantía real, el acreedor, a su elección, podrá ejercitar sus acciones en juicio ejecutivo mercantil, ordinario, especial, sumario hipotecario o el que corresponda, de acuerdo a este Código, a la legislación mercantil o a la legislación civil aplicable, conservando la garantía real y su preferencia en el pago, aun cuando los bienes gravados se señalen para la práctica de la ejecución. Señalar dentro de la medida cautelar de retención de bienes que esta procederá cuando exista temor fundado de que los bienes que se hayan consignado como garantía o respecto de los cuales se vaya a ejercitar una acción real, se dispongan, oculten, dilapiden, enajenen, abandonen o sean insuficientes a cuyo efecto se entenderá por vivienda abandonada cuando ésta, se encuentre deshabitada y el propietario acreditado no pueda ser localizado. Asentar que el juez deberá decretar de plano la retención de bienes, cuando el que lo pide manifieste, bajo protesta de decir verdad, las razones por las cuales tenga temor fundado de que los bienes consignados como garantía o respecto de los cuales se vaya a ejercitar la acción real serán ocultados, dilapidados, dispuestos, abandonados o enajenados.

 

 

 

* Sin intervención en Tribuna.

Turnos de las iniciativas publicados en el Anexo VIII de la Gaceta Parlamentaria del 08 de abril de 2014.

 

 

 

 

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