Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1.     OFICIO

 

2.     CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

 

3.     MOVIMIENTO DE C. DIPUTADO

 

De solicitud de licencia

 

4.     MINUTA

 

Con proyecto de ley

 

5.     INICIATIVAS

6.     DICTAMEN A     DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto

 

7.     PROPOSICIONES

Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 13

   

 

 

4. MINUTA

Con proyecto de ley

 

No.

MINUTA

CONTENIDO

TURNO

1

Que expide la Ley Federal de Consulta Popular.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

05 de marzo de 2014.

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por los Dips. Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (PRI), José González Morfín (PAN) y Amalia Dolores García Medina (PRD), el 04 de diciembre de 2013. (LXII Legislatura).

Iniciativa suscrita por la Dip. Ruth Zavaleta Salgado (PVEM) el 05 de junio de2013 (LXII Legislatura)

Iniciativa suscrita por la Dip. Lizbeth Rosas Montero (PRD) el 14 de agosto de 2013 (LXII Legislatura)

Iniciativa presentada por el Dip. José Luis Esquivel Zalpa (PRD) el 21 de noviembre de 2013 (LXII Legislatura)

Iniciativa suscrita por los Dips. Amalia Dolores García Medina y Silvano Aureoles Conejo (PRD), el 03 de diciembre de 2013 (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 05 de diciembre de 2013. (LXII Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 10 de diciembre de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 431 votos a favor, 36 en contra y 1 abstención. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida en Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2013. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 25 de febrero de 2014. (LXII Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 26 de febrero de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 103 votos a favor, 10 en contra y 1 abstención. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular el procedimiento de la consulta popular, entendida como el mecanismo de participación por el cual los ciudadanos expresan su opinión respecto de uno o varios temas de trascendencia nacional. Determinar que los actos de carácter legislativo del Congreso de la Unión y los actos administrativos del Ejecutivo Federal, siempre que sean de trascendencia nacional, serán objeto de consulta popular. Definir los temas que serán considerados de trascendencia nacional. Establecer los requisitos de participación y los sujetos que podrán solicitar una consulta popular. Establecer los diferentes procedimientos para la convocatoria de la consulta popular, de acuerdo al sujeto que presente la petición. Establecer la responsabilidad del Instituto Federal Electoral de la organización y desarrollo de las consultas populares. Establecer que cuando el informe de dicho Instituto indique que la participación en la consulta popular corresponda, al menos al cuarenta por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, el resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales. Considerar al recurso de apelación, como medio de impugnación valido para la consulta popular.

Comisión de Gobernación, para dictamen.

 

 

 

 

 

 

 

                                                      

 

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