1 |
Comisión de Defensa Nacional.
Publicación en GP:
Anexo II.
07 de octubre de 2014. |
Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones
de la Ley Orgánica del Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos
Proceso legislativo:
Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal el 04 de
junio de 2014. (LXII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 30 de septiembre de
2014. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Adicionar el servicio de informática como servicio del
Ejército y Fuerza Aérea, de tal forma que se establecen las funciones
específicas que dicho servicio tendrá a su cargo, así mismo se define el
perfil profesional que deberá cubrir su titular y se determinarán los
escalafones y grados que lo comprenden. Precisa que la baja por recisión
del contrato de enganche o de la renovación aplicara para soldados y
cabos.
Intervenciones:
Para Fundamentar por la Comisión:
Dip. José Alejandro Montano Guzmán
Para Fijar Postura de su Grupo Parlamentario:
Dip. Dora María Guadalupe Talamante Lemas (NA)
Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Dip. Víctor Manuel Manríquez González (PRD)
Dip. Victor Emanuel Díaz Palacios (PRI)
En pro:
Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC) |
a)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 373 votos en
pro y 8 abstenciones.
b)
Pasa a la
Cámara de Senadores para sus efectos
Constitucionales. |
2 |
Comisión de Seguridad Pública.
Publicación en GP:
Anexo II.
07 de octubre de 2014. |
Que reforma diversas disposiciones de las Leyes General
del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y de la Policía Federal.
Proceso legislativo:
Iniciativas presentadas por el Dip. José Alberto
Rodríguez Calderón (PRI), el 01 de abril de 2014. (LXII Legislatura).
Declaratoria de Publicidad emitida el 02 de septiembre de
2014. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Establecer que los integrantes de las Instituciones de
Seguridad Pública, en el desempeño de sus funciones, deberán respetar
los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales.
Intervenciones:
Para Fijar Postura de su Grupo Parlamentario:
Dip. Sonia Rincón Chanona (NA)
Dip. Loretta Ortíz Ahlf (PT)
Dip. Francisco Coronato Rodríguez (MC)
Dip. Felipe Arturo Camarena García (PVEM)
Dip. Catalino Duarte Ortuño (PRD)
Dip. Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (PAN)
Dip. Ma. Elena Cano Ayala (PRI)
En pro:
Dip. Fernando Belaunzarán Méndez (PRD)
Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC) |
a)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 395 votos en
pro y 1 abstención.
b)
Pasa a la
Cámara de Senadores para sus efectos
Constitucionales. |
3 |
Comisión de Reforma Agraria.
Publicación en GP:
Anexo II.
07 de octubre de 2014. |
Que reforma el artículo 71 y adiciona un octavo párrafo
al artículo 108 de la Ley Agraria.
Proceso legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. María Fernanda
Schroeder Verdugo (PRI) el 07 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 02 de septiembre de
2014. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Establecer la Unidad Agrícola Industrial de la Mujer con
objeto de realizar y coordinar actividades productivas, de asistencia,
de aprovechamiento de recursos y actividades para el desarrollo
económico y social de las mujeres mayores de dieciséis años dentro del
núcleo agrario. Las mujeres podrán organizarse para conformar esta
Unidad, y esta a su vez en uniones.
Intervenciones:
Para Fundamentar por la Comisión:
Dip. Guillermo Sánchez Torres.
Para Fijar Postura de su Grupo Parlamentario:
Dip. Fernando Bribiesca Sahagún (NA).
Dip. Héctor Hugo Roblero Gordillo (PT).
Dip. Martha Beatriz Córdova Bernal (MC).
Dip. Jazmín Copete Zapot (PRD)
Para referirse al Tema:
Dip. María Fernanda Schroeder Verdugo (PRI).
Para proponer modificación:
Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC) Artículo 71 de la Ley
Agraria |
a)
Aprobado en lo general y en lo particular el artículo 108 del proyecto
de decreto por 382 votos en pro y 1 Abstención.
b)
En votación económica se desechó la propuesta del Dip.
Monreal Ávila.
c)
Aprobado el artículo 71 del Proyecto de Decreto, por 347 votos en pro,
17 en contra y 4 Abstenciones, en los términos del dictamen.
d)
Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos Constitucionales. |