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Que adiciona diversas disposiciones de la
Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas,
y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia.
Publicación en GP:
Anexo I.
04 de diciembre de
2014. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Isidro Pedraza Chávez (PRD) a nombre propio y de
los Senadores Angélica de la Peña Gómez (PRD), Eviel Pérez Magaña (PRI),
Juana Leticia Herrera Ale (PRI) y Teófilo Torres Corzo (PRI), el 28 de
noviembre de 2013. (LXII Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura del 27 de
noviembre de 2014. (LXII Legislatura)
Dictamen a discusión del 02 de diciembre
de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos. Pasó a la Cámara de
Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII
Legislatura)
Propuesta:
Establecer que la Comisión Nacional para
el Desarrollo de los Pueblos Indígenas coadyuve con el Sistema Nacional
para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las
Mujeres establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia, y dar seguimiento a las acciones de las
autoridades federales, estatales, del Distrito Federal y municipales
para la prevención, protección, sanción y erradicación de todas las
formas de discriminación cometidas contra las mujeres y niñas indígenas.
Incluir al titular del Instituto Nacional de las Mujeres en la Junta de
Gobierno de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos
Indígenas. |
Comisiones Unidas
de Asuntos Indígenas y de Igualdad de Género, para dictamen. |
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Que reforma el artículo 8 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Publicación en GP:
Anexo I.
04 de diciembre de 2014. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. José
Alberto Benavides Castañeda (PT), el 26 de septiembre de 2013. (LXII
Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 22
de abril de 2014. (LXII Legislatura)
Dictamen a
Discusión del 18 de septiembre de 2014. Proyecto de Decreto aprobado por
340 votos. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A
del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.(LXII Legislatura)
Minuta recibida en la Cámara de Senadores
el 23 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura del 27 de
noviembre de 2014 (LXII Legislatura).
Dictamen a
discusión del 02 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por
85 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E
del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Establecer que la Secretaría de Economía
dictará las reglas derivadas de programas que tengan por objeto promover
la participación de empresas nacionales, así como las sociedades
cooperativas y las demás formas de organización social que conforman el
sector social de la economía, de acuerdo a los establecido en la Ley de
la Economía Social y Solidaria, en materia de adquisiciones,
arrendamientos y servicios del sector público. |
Comisión de Transparencia y
anticorrupción, para dictamen |