Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1. COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA

 

Dictámenes en sentido negativo de proposiciones

 

2. SOLICITUD DE DIPUTADO

 

Para retirar iniciativa

 

3. CONTESTACIÓN A PUNTOS DE ACUERDO

 

4. OFICIO

5. OFICIOS CON PROPOSICIONES RELATIVAS AL PEF 2014

6. COMUNICACIÓN RELATIVA A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

7. ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Pólicitca

 

8. MINUTAS

 

Con proyecto de decreto

 


9. INICIATIVAS

 

10. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

Con proyecto de decreto

 


11. DICTAMEN A DISCUSIÓN

 

a) Con proyecto de decreto

 

b)Con puntos acuerdo

 


12. DICTÁMENES NEGATIVOS

 

a) De iniciativas

 


13. PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCUÓN

 

14. PROPOSICIONES

 

15. EFEMÉRIDE

 

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 25

   

 

 

11.      DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de decreto.

 

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

22 de octubre de 2013.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los Títulos Tercero Bis y Décimo Octavo de la Ley General de Salud.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 17 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que se entenderá por “Regímenes Estatales de Protección Social”, indicando la manera en que garantizarán la protección social en salud. Indicar la forma en que las entidades federativas aplicarán los recursos transferidos por la federación. Establecer que los gobiernos recabarán, custodiarán y conservarán por conducto del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, la documentación justificante de las erogaciones de recursos que les sean transferidos. Indicar lo mínimo que debe estipularse en los acuerdos de coordinación para la ejecución del Sistema de Protección Social en Salud. Indicar cuáles serán las bases a las que se sujetarán los Regímenes Estatales de Protección Social. Establecer la forma en que se deberán realizar las transferencias de recursos del gobierno federal a los gobiernos de las entidades federativas por concepto de cuota social y de aportación solidaria, indicando la sanción en caso de no haberlos destinado a esos fines, para lo cual habrá la debida supervisión. Obligar a las entidades federativas a llevar contabilidad e información financiera de dichos recursos conforme a lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Eliminar al Consejo Nacional de Protección Social en Salud. Sancionar con prisión de cuatro a siete años y con multa de mil a quinientos mil días de salario mínimo general vigente, a la persona que desvíe los recursos del objeto para el cual fueron entregados.

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. Isaías Cortés Berumén

 

Para presentar moción suspensiva:

Dip. Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT)

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Dora María Talamante Lemas (NA)

Dip. María del Carmen Martínez Santillán (PT)

Dip. Juan Ignacio Samperio Montaño (MC)

Dip. Carla Alicia Padilla Ramos (PVEM)

Dip. Eva Diego Cruz (PRD)

Dip. Marcelina Orta Coronado (PAN)

Dip. María de las Nieves García Fernández (PRI)

 

Para hablar en contra:

Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)

Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)

 

Para hablar a favor:

Dip. Leobardo Alcalá Padilla (PRI)

Dip. Antonio Sansores Sastré (PRD)

 

Para rectificación de hechos:

Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)

Dip. Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT)

Dip. Leobardo Alcalá Padilla (PRI)

 

Para responder alusiones personales:

Dip. Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT)

a)       Aprobados en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 390 votos en pro, 20 en contra y 25 abstenciones.

b)       En votación económica se desechó la propuesta de modificación de la Dip. Vargas Pérez (MC).

c)        En votación económica se desechó la propuesta de modificación de la Dip. Diego Cruz (PRD).

d)       En votación económica se desechó la propuesta de modificación de la Dip. Soto Martínez (MC).

e)       En votación económica se desechó la propuesta de modificación de la Dip. Durazo Montaño (MC).

f)        En votación económica se desechó la propuesta de eliminación de la Dip. Monreal Ávila (MC).

g)       Aprobados en lo general y en lo particular por 361 votos en pro, 32 en contra y 13 abstenciones, los artículos 77 Bis 5, 77 Bis 15, 77 Bis 18 77 BIS 22 y la eliminación del artículo 469 Bis en términos del dictamen.

h)       Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales.

 

Para proponer modificaciones:

Dip. Nelly del Carmen Vargas Pérez (MC)

Artículo 77 Bis 5, inciso A), fracción XVI

Dip. Eva Diego Cruz (PRD)

Artículo 77 Bis 15, párrafo segundo

Dip. José Soto Martínez (MC)

Artículo 77 Bis 18, párrafo primero

Dip. Alfonso Durazo Montaño (MC)

Artículo 77 Bis 22, párrafo primero

Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)

Eliminar Artículo 469 Bis.

 

2

Comisión de Seguridad Pública

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

22 de octubre de 2013.

Que reforma el artículo Tercero Transitorio y adiciona los artículos Décimo Tercero y Décimo Cuarto Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Omar Fayad Meneses, Teófilo Torres Corzo e Ivonne Liliana Álvarez García(PRI), Fernando Yunes Márquez y María del Pilar Ortega Martínez (PAN), y la Sen. Iris Vianey Mendoza (PRD),el 15 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

Se dispenso la Primera Lectura presentado el 17 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 17 de octubre de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos en pro y 1 en contra. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

Minuta recibida el 18 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 22 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Ampliar el plazo a doce meses para que los gobiernos de las entidades federativas certifiquen al cien por ciento a sus cuerpos policiacos; establecer la obligación del Gobierno Federal de hacer las previsiones presupuestales necesarias para su cumplimiento. El Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública deberá presentarse ante el Senado de la República para rendir un informe del avance del Programa a los seis meses de la entrada en vigor del presente Decreto.
Adiciona un último artículo transitorio para que los Gobiernos Estatales, consideren en su presupuesto, una partida especial que tendrá como objetivo único, el certificar al cien por ciento a sus cuerpos policiacos.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. Sergio Armando Chávez Dávalos

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Fernando Bribiesca Sahagún (NA)

Dip. Francisco Coronato Rodríguez (MC)

Dip. Felipe Arturo Camarena García (PVEM)

Dip. Lizbeth Eugenia Rosas Montero (PRD)

Dip. Consuelo Argüeyes Loya (PAN)

Dip. Ana Isabel Allende Cano (PRI)

 

Para hablar en contra:

Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)

Dip. Alfonso Duarzo Montaño (MC)

 

Para hablar a favor:

Dip. Víctor Emanuel Díaz Palacios (PRI)

 

Para responder alusiones personales:

Dip. Tomás Torres Mercado (PVEM)

Dip. Víctor Emanuel Díaz Palacios (PRI)

a)     Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 389 votos en pro, 22 en contra y 10 abstenciones.

b)    Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.

 

 

                                         

 

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