Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1. SOLICITUD DE DIPUTADO

 

Para retirar iniciativa

 


2. ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO

De la Junta de Coordinación Política


3. MINUTA CON DISPENSA DE TRÁMITES

 

Con proyecto de decreto

 


4. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

a) Con proyecto de ley

 

b)Con proyecto de decreto

 


5. DICTAMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de ley

 

 

6. PROPOSICIONES

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 40

   

 

 

2. ACUERDO DE ÓRGANOS DE GOBIERNO

De la Junta de Coordinación Política.

 

No.

ACUERDO

TRÁMITE

1

 

 

 

 

Por el que se instruye al Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados, para que presente una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativa a las reformas al Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, publicada el 23 de octubre de 2013.

 

Acuerdo:

PRIMERO. En ejercicio de la atribución establecida en el artículo 23, inciso 1), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Presidente de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados interpondrá la siguiente controversia constitucional en contra de:

a) Reformas al Reglamento de la Ley Federal de Juegos y  Sorteos, publicada el pasado 23 de octubre, en específico el artículo 3o, fracción XXVI Bis, 92, capítulo 3o, artículo 137 Bis, 137 Ter y 137 Quáter de dicho Reglamento, por considerarse que los mismos exceden la facultad reglamentaria del Ejecutivo y pretenden innovar la materia de la ley, invadiendo las facultades de esta Cámara, pretendiendo que se facilite la operación de las llamadas máquinas tragamonedas bajo el nombre de sorteos de número y símbolos a través de máquinas.

SEGUNDO. Esta controversia constitucional deberá ser presentada antes del 6 de diciembre ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el propio Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara o por la persona en quien el presidente haya delegado esta responsabilidad, en términos del inciso 1) del artículo 23 del ordenamiento antes citado.

TERCERO. La mencionada controversia deberá presentarse con el texto propuesto para este efecto por el Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano.

a)     Aprobado en votación económica.

b)    Comuníquese.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

05 de diciembre de 2013.

 

Intervenciones:

 

Para hablar en pro:

Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)

Dip. Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez (PAN)

Dip. Agustín Barrios Gómez Segués (PRD)

 

 

 

 

 

                                                      

 

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