Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 


 

1. COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA

 

Con modificaciones de turnos de iniciativas

 

2. COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN GRUPOS DE AMISTAD Y COMISIÓN ESPECIAL.

3. SOLICITUDES DE DIPUTADOS

 

Para retirar iniciativas

 

4. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

5. OFICIOS

6. INICIATIVAS

7. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

a) Con proyecto de decreto

 

b) Con puntos de acuerdo

 


8. PROPOSICIONES

 

9. AGENDA POLÍTICA

 

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 14

   

 

 

 

6.      INICIATIVAS

 

 

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma los artículos 12, 17 y 18 de la Ley Agraria.

 

Publicación en GP:

Anexo V

19 septiembre de 2013.

Dip.

José Everardo Nava Gómez

(PRI)

Comisión de Reforma Agraria, para dictamen

Establecer la igualdad de condiciones de hombres y mujeres en calidad de titulares de derechos ejidales. Señalar que al sucesor o sucesores que reciban los derechos del ejidatario fallecido, corresponderá la obligación de proporcionar educación y alimentos a los hijos e hijas menores de 18 años no emancipados, hasta en tanto no cumplan la mayoría de edad, así como a los impedidos para trabajar por alguna discapacidad total, al padre o a la madre que dependan económicamente del fallecido y a la cónyuge, concubina o concubinario hasta no contraer nuevo matrimonio o concubinato.

2

Que reforma el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo V

05 de septiembre de 2013.

Dip.

Enrique Alejandro Flores Flores Zúñiga

(PAN)

 

Suscrita por el Dip. Xavier Azuara Zúñiga

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Establecer que el Estado mexicano reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida. Todo ser humano desde el momento de la fecundación entra bajo la protección de la ley y se le considera como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural. Establecer un plazo máximo de 6 meses, a partir del inicio de la vigencia de este decreto, para que las legislaturas de los estados hagan las adecuaciones que correspondan a sus Constituciones locales, así como a su legislación secundaria.

3

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

01 de octubre de 2013.

Dip.

José Valentín Maldonado Salgado

(PRD)

Comisión de Gobernación, para dictamen

Incluir a los espacios publicitarios de las salas de exhibición cinematográfica, dentro de los tiempos oficiales que los partidos políticos, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, en ningún momento podrán contratar o adquirir. Considerar a los gastos de propaganda en salas de exhibición cinematográfica y de propaganda encubierta, dentro de los topes de gastos de campaña. Considerar a los concesionarios y permisionarios exhibidores de cine, como sujetos de responsabilidad por infracciones cometidas a las disposiciones contenidas en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

4

Que reforma los artículos 60 y 64 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

02 de octubre de 2013.

Dip.

 Felipe Arturo Camarena García

(PVEM)

Comisión de Régimen Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Eliminar la actualización de la proyección del orden del día de las sesiones cada vez que el Pleno acuerde su modificación. Establecer el requisito de la aprobación de las modificaciones al orden del día por las dos terceras partes de los diputados presentes y la prohibición de hacerle modificaciones una vez aprobado por el pleno. Asentar que los grupos parlamentarios por medio de sus coordinadores o sus representantes en la Junta, no podrán modificar el orden de presentación de sus asuntos registrados en el orden del día; en el caso de solicitar una modificación, esta sólo la podrán notificar a la Mesa Directiva y a los demás grupos, antes del inicio de la sesión. Eliminar la posibilidad de intercambio de espacios entre asuntos registrados en el Orden del día de diferentes grupos con  aprobación de la Mesa Directiva.

5

Que expide la Ley General que crea el Sistema Nacional de Registro de Menores Desaparecidos y Sustraídos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

01 de octubre de 2013.

Dip.

José Francisco Coronato Rodríguez

(MC)

Comisiones Unidas de Justicia y de Derechos de la Niñez, con opinión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de instaurar el Sistema Nacional de Registro Menores Desaparecidos, disponible para la Procuraduría General de la República, así como las Procuradurías Generales de Justicia así como del Menor y la Familia de las Entidades Federativas, a efecto de facilitar el reconocimiento de menores y las investigaciones relacionadas en los casos de desaparición y sustracción de menores. Establecer que el Sistema será administrado por la Procuraduría General de la República permitiendo en todo momento que las Procuradurías de las Entidades Federativas y las Secretarias tengan a su disposición acceso al Sistema para la identificación de los menores desparecidos. Prever que la información disponible en el Sistema únicamente tendrá los usos de identificación y localización de los menores desaparecidos. Establecer las sanciones para los funcionarios que hagan uso indebido de los datos de los menores. Prever que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014 considerará partidas suficientes para la creación del Sistema Nacional de Registro de Menores Desparecidos.

6

Que reforma el artículo 237 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

01 de octubre de 2013.

Dip.

Fernando Bribiesca Sahagún

(NA)

Comisión de Gobernación, para dictamen

Establecer que las encuestas por muestreo para dar a conocer las preferencias electorales, se someterán a la aplicación de un Índice de Confiabilidad que emitirá el Consejo General del Instituto Federal Electoral, quién publicará periódicamente el ranking de casas encuestadoras. Establecer que la publicación de los resultados de encuestas sobre preferencias electorales,  deberá ser acompañada por la ficha técnica-metodológica con la que se efectuó el estudio.

7

Que reforma el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

24 de septiembre de 2013.

Dip.

José Luis Muñoz Soria

(PRD)

 

Suscrita por el Dip. Roberto López Suárez (PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Agregar el derecho de toda persona al suministro de energía eléctrica suficiente y de calidad, así como imponer la obligación al Estado de  promover, respetar, proteger y garantizar el suministro de la energía eléctrica, a través de una tarifa social justa.

8

Que reforma los artículos 7 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

5 de septiembre de 2013.

Dip.

Fernando Alejandro Larrazabal Bretón

(PAN)

Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Gobernación, para dictamen

Agregar a las atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes: expedir las normas oficiales mexicanas en materia de telecomunicaciones, de aquellas relacionadas con el acceso seguro a internet por parte de niñas, niños y adolescentes, en establecimientos públicos; así como vigilar en coordinación con las autoridades de los estados, del Distrito Federal, de los municipios y de los órganos político-administrativos, el cumplimiento de las leyes y normas oficiales mexicanas en esta materia, y en su caso imponer las sanciones correspondientes.

9

Que adiciona el artículo 34 Bis 2 a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

01 de octubre de 2013.

Dip.

Brenda María Inzontli Alvarado Sánchez

(PRI)

 

A nombre propio y del Dip. Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (PRI)

Comisión de

Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Establecer que la convocatoria para la designación de los titulares de las Contralorías Internas de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones deberá contener, al menos: el proceso de designación para el que se convoca, los requisitos legales que deben satisfacer los aspirantes y los documentos que deben presentar para acreditarlos; las reglas y los plazos para consultar, según el caso, a la ciudadanía o a las instituciones públicas de educación superior; el órgano o la comisión que se encargará de la integración de los expedientes, revisión de documentos, entrevistas, procesos de evaluación y formulación del dictamen que contenga los candidatos aptos para ser votados por la Cámara; convocar a las instituciones públicas de educación superior, para que realicen sus propuestas; los criterios específicos con que se evaluará a los aspirantes y procurará la inclusión paritaria de hombres y mujeres.

 

 

 

 

Señalar que la elección se hará por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara y podrá realizarse por cédula o utilizando el sistema de votación electrónica.

10

Que reforma los artículos 3 y 5 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

24 de septiembre de 2013.

Dip.

Marcos Aguilar Vega

(PAN)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Agregar a los requisitos para que sea acreditable el impuesto al valor agregado, tratándose de ingresos obtenidos por el cumplimiento de las actividades de las instituciones y asociaciones civiles con fines no lucrativos y de asistencia a grupos vulnerables y en general, a través de uno de los siguientes dos mecanismos: en el caso de que el impuesto al valor agregado sea mayor al monto acreditable, la diferencia será entregada a la Federación a través de la autoridad fiscal correspondiente; y si el impuesto al valor agregado acreditable es mayor que el impuesto trasladado, se determinará el saldo a favor y se podrá solicitar la devolución correspondiente en términos de lo que establece la Ley.

11

Que reforma los artículos 9, 15 y 41de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

24 de septiembre de 2013.

Dip.

Marcos Aguilar Vega

(PAN)

 

Suscrita por el Dip. Diego Sinhué Rodríguez Vallejo

(PAN)*

Eliminar la salvedad de pagar el impuesto en la enajenación de billetes y demás comprobantes que permitan participar en loterías, rifas, sorteos o juegos con apuestas y concursos de toda clase, así como los premios respectivos, a que se refiere la Ley del Impuesto sobre la Renta.  Exentar del pago del impuesto, por la presentación de espectáculos públicos en restaurantes, bares, cabarets, salones de fiesta o de baile y centros nocturnos.

12

Que reforma los artículos 32 y 42 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

24 de septiembre de 2013.

Dip.

Marcos Aguilar Vega

(PAN)*

Aumentar los montos de deducción de inversión en automóviles e inversión en aviones, así como los montos permitidos para gastos de viaje y viático, pagos por alimentación y arrendamiento.

13

Que reforma el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

24 de septiembre de 2013.

Dip.

Esther Quintana Salinas

(PAN)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Establecer la obligación de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones del Distrito Federal, en el ejercicio de sus atribuciones de control y supervisión, de informar al Pleno del Consejo Nacional de Seguridad Pública acerca de los recursos de los Fondos de Aportaciones para la Seguridad Pública que no han sido aplicados a los fines que señala la Ley.

14

Que reforma el artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

24 de septiembre de 2013.

Dip.

Fernando Alejandro Larrazábal Bretón

(PAN)*

Comisión de Deporte, para dictamen

Establecer dentro de las finalidades generales de la ley, el garantizar a todas las personas sin distinción de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales o estado civil, la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implementen.

15

Que reforma los artículos 41, 77 y 114 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

24 de septiembre de 2013.

Dip.

Pedro Porras Pérez

(PRD)*

Comisión de Presupuesto y cuenta Pública, para dictamen

Prever que para la distribución del Presupuesto de Egresos de la Federación, todos los conceptos de gasto deberán de contener el rubro en que se ejercerá el recurso indicado y no podrá determinarse monto alguno, sin que exista la especificación del concepto o programa en que se aplicará el gasto público. Sancionar a los Servidores Públicos que reporten subejercicios en la ejecución del gasto público en los rubros, conceptos y programas que les corresponden mayores al 50 por ciento en la evaluación correspondiente al quinto bimestre y mayores al 10 por ciento en la evaluación correspondiente al sexto bimestre del año de ejercicio presupuestal correspondiente.

16

Que reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

24 de septiembre de 2013.

Dip.

Leslie Pantoja Hernández

(PAN)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Incrementar de “$0.35” a “$0.90” la cuota por cigarro enajenado o importado.

17

Que reforma los artículos 28, 38 y 59 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

24 de septiembre de 2013.

Dip.

Esther Quintana Salinas

(PAN)*

Comisión de Transportes, para dictamen

Establecer que los concesionarios en coordinación con la Secretaría, realizarán la instalación, conservación y mantenimiento de señalamientos como semáforos, barreras y campanas electrónicas en los cruces con otras vías de comunicación. Asentar que los concesionarios que presten el servicio público de transporte ferroviario deberán respetar los límites máximos y establecidos para la emisión de ruido y los horarios para el uso de silbato establecido en el reglamento respectivo.

18

Que expide la Ley del Seguro Nacional de Desempleo.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

26 de septiembre de 2013.

Dip.

Carlos Humberto Castaños Valenzuela

(PAN)*

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social, para dictamen

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de implementar el Seguro Nacional de Desempleo, que formará parte de las prestaciones de seguridad social para hacer frente a las necesidades básicas de los trabajadores en desempleo. El beneficio será para los ciudadanos mexicanos que hayan laborado en el territorio nacional, que formaron parte de la población económicamente activa y sean demandantes de empleo en activo. Prever que el seguro otorgará apoyo económico equivalente a 2.7 veces el salario cotizado ante el IMSS, así como apoyo alimentario, inscripción al Seguro Popular, servicio de guarderías, distintos cursos de capacitación para que se pueda reintegrar con la mayor brevedad a la actividad productiva, así como ser candidato preferencial en el Programa Empleo de Temporal. Establecer que el recurso para asegurar el empleo de los trabajadores deberá ser contemplado en el gasto público. Prever la temporalidad y condiciones del Seguro Nacional de Desempleo. Crear el Programa Nacional para la Atención Integral al Desempleo, con el objeto de generar y resguardar información estadística que permita elaborar diagnósticos sobre la situación que guarda el desempleo en México. Dicha información será administrada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; y tendrá como fin principal la búsqueda de soluciones del desempleo.

19

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

01 de octubre de 2013.

Dip.

Rocío Adriana Abreu Artiñano

(PRI)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Agregar un capítulo encaminado al fomento del empleo de personas de 40 años y más.

Establecer la deducción adicional del impuesto sobre la renta, como un incentivo a los patrones que contraten a trabajadores de 40 años y más.

20

Que reforma el artículo 9 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

01 de octubre de 2013.

Dips.

Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja

(MC)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Eliminar la disposición según la cual las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluyendo sus organismos descentralizados y autónomos que se hubieran adherido al “Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del impuesto sobre la renta, de derechos y aprovechamientos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 2008, se les extendería el beneficio de la Condonación del total de los adeudos, incluyendo sus accesorios, que tengan por la omisión total o parcial del entero del impuesto sobre la renta a cargo de sus trabajadores, correspondientes a los ejercicios fiscales de 2005 y anteriores, hasta el ejercicio fiscal de 2012 y anteriores.

21

Que reforma el artículo 41 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

01 de octubre de 2013.

Dip.

Jorge Terán Juárez

(PRI)*

Comisión de Vivienda, para dictamen

Establecer que el INFONAVIT deberá notificar en el domicilio del trabajador acreditado, el inicio, estatus y vigencia de la prórroga que solicite por concepto de sus pagos pendientes, misma que quedará sin efecto en cuanto el trabajador vuelva a tener empleo o ésta se haya vencido.  Ampliar de “24” a “36” meses, el plazo máximo de las prórrogas que otorgue el INFONAVIT.

22

Que expide la Ley Federal sobre Iniciativas Ciudadanas, Reglamentaria de los Artículos 35, Fracción VII, y 71, Fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

01 de octubre de 2013.

Dip.

María del Carmen Martínez Santillán

(PT)*

Comisión de Gobernación, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico que reglamente los artículos 35, fracción VII, y 71, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de garantizar el derecho a presentar iniciativas ciudadanas, establecer los principios, normas y el fomento para la presentación de las mismas, así como establecer requisitos y  procedimiento que ha de seguir, limitar y fijar como número mínimo de ciudadanos que deben presentar una iniciativa de ley o decreto, el 0.13% de la lista nominal de electores registrada ante el Instituto Federal Electoral.

23

Que reforma los artículos 75 y 79 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

01 de octubre de 2013.

Dip.

Lilia Aguilar Gil

(PT)*

Comisión de Justicia, para dictamen

Eliminar la obligación del órgano jurisdiccional de recabar oficiosamente las pruebas rendidas ante la autoridad responsable, así como las actuaciones que ésta estime necesarias para la resolución del asunto.

24

Que reforma los artículos 2 y 13 de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

01 de octubre de 2013.

Dips.

Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila

(MC)

Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen

Incluir el concepto de “Apátrida”, como toda persona que no sea considerada como nacional por ningún estado, conforme a su Legislación. Considerar como personas refugiadas a todo extranjero que se encuentre en territorio nacional debido a fundados temores por preferencias sexuales, embarazo, edad y profesión, así como por la delincuencia organizada, conflictos internos que originen desplazamientos, cambio climático, crecimiento poblacional, escasez de agua y otras que afecten y alteren gravemente el orden público y paz social.

25

Que reforma el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

01 de octubre de 2013.

Dip.

José Antonio León Mendívil

(PRD)*

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen

Establecer para el caso de los proyectos que deben presentar las dependencias de cada sector a las Secretarías de Estado, referente a las reglas de operación bajo las cuales se regirán los programas que otorgan subsidios, el siguiente procedimiento: al día siguiente de su recepción, la Secretaria hará llegar dichos proyectos a la Cámara de Diputados para su conocimiento, revisión y opinión respectiva; dicha opinión la emitirá la Cámara a través de la comisión ordinaria que en razón de su competencia corresponda, la cual deberá estar fundada y motivada.

26

Que reforma el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

02 de octubre de 2013.

Dip.

Ricardo Monreal Ávila

(MC)*

Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

Asentar que en la contratación de obra pública para la construcción y operación de tramos carreteros, se establezca como condición de las bases, la construcción adicional de centros de servicio para los usuarios cada setenta kilómetros, que cuenten con sanitarios gratuitos e higiénicos, centro médico y una red de comunicaciones gratuita con los servicios de emergencia.

27

Que reforma el artículo 5o. de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

02 de octubre de 2013.

Dips.

 Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila

(MC)*

Comisión de Justicia, para dictamen

Considerar como autoridad responsable a los particulares cuando realicen actos equivalentes a los de autoridad, que afecten derechos sin que se requiera que esas funciones “estén determinadas por una norma general”.

 

* Sin intervención en Tribuna.
Turnos de las iniciativas 10 a 27 publicados en el Anexo VII del 02 de octubre de 2013.

 

 

                                         

 

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