No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley General de
Educación.
Publicación en GP:
Anexo II.
20 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Vicario Portillo Martínez
(PRD) |
Comisión de
Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen |
Incluir al bachillerato dentro de los
servicios educativos que el Estado está
obligado a prestar. Incorporar la
educación bilingüe e intercultural de
los pueblos originarios del país, dentro
de los tipos y modalidades educativas
que contempla la Ley. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
20 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Fernando Belaunzarán Méndez
(PRD) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales,
para dictamen |
Establecer los requisitos y los
procedimientos electorales que deberán
instaurarse para la elección del
Presidente de la República en la primera
y en su caso, segunda vuelta. Asentar
que en la elección para Presidente de la
República se requiere haber obtenido más
de 50 por ciento de los votos emitidos
en la elección. Dotar al Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la
Federación de facultades para calificar
la elección presidencial tanto en la
primera como en la segunda vuelta. |
3 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
20 de septiembre de 2012. |
Dip.
Aleida Alavez Ruiz
(PRD) |
Considerar al Procurador General de la
República en lo que concierne a los
asuntos de su competencia, para iniciar
leyes o decretos. Suprimir la facultad
del Senado de República de ratificar el
nombramiento del Procurador General de
la República. Facultar al Senado de la
Republica, o en sus recesos a la
Comisión Permanente, para nombrar al
Procurador General de la República.
Facultar al Presidente de la República
para presentar a consideración del
Senado, la terna para la designación del
Procurador General de la República.
Establecer que la Procuraduría General
de la República es un órgano del Estado
Mexicano, dotado de autonomía e
independencia en el ejercicio de sus
atribuciones, personalidad jurídica y
patrimonio propio, estará representada
por un Procurador General de la
República. Prever el procedimiento para
nombrar al Procurador General de la
República.
|
4 |
Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Salvador Ortiz García
(PRI) |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias,
para dictamen |
Crear la Comisión Ordinaria de
Agroindustria en la Cámara de Diputados. |
5 |
Que reforma el artículo 1 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal
y adiciona un artículo 8 Bis a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Gubernamental.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Carlos Alberto García González
(PAN) |
Comisión de la
Función Pública,
para dictamen |
Establecer que las comisiones Federal de
Competencia; Federal de
Telecomunicaciones; y Reguladora de
Energía, podrán diseñar sus propios
sistemas de servicio profesional de
carrera priorizando la transparencia y
el acceso a la información. Asentar que
las mismas comisiones deben hacer
pública la información relativa a
declaración Patrimonial de sus mandos de
forma bianual; asistencias de mandos;
argumentos o elementos bajo los cuales
adopten determinado sentido en las
resoluciones que se consideren en
términos de sus propias legislaciones de
mayor complejidad o relevancia; motivos
y elementos que justifiquen un
incremento en el sueldo de funcionarios
a su cargo, dentro de su servicio civil
de carrera y , los vínculos familiares o
de negocios; todo ello mediante un
documento redactado de la manera más
sencilla a la comprensión de las
personas no familiarizadas con sus
funciones. |
6 |
Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Carol Antonio Altamirano
(PRD) |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias,
para dictamen |
Crear la Comisión Ordinaria de
“Desarrollo Regional Sur-Sureste” de la
Cámara de Diputados. |
7 |
Que reforma los artículos 162
de la Ley Agraria y 6
de la Ley General de Bienes
Nacionales.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Gabriela Medrano Galindo
(PVEM) |
Comisión de
Gobernación,
para dictamen |
Asentar jurídicamente que no podrán ser
enajenados, ni desincorporados del
régimen de dominio público de la
Federación los terrenos nacionales o
baldíos que se localicen dentro del
territorio insular mexicano, que
dependan directamente del gobierno de la
Federación. |
8 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Ricardo Mejía Berdeja
(MC) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales,
para dictamen |
Establecer la revocación de mandato a
los cargos públicos representativos
conferidos en elecciones libres y
auténticas, así como los términos y
condiciones constitucionales en que se
realizara la consulta sobre el mismo.
Facultar al Congreso de la Unión para
legislar en materia de iniciativa
ciudadana y consultas populares y
revocación de mandato. |
9 |
Que reforma el artículo 183 y adiciona
un artículo 183 Bis a la Ley de
Desarrollo Rural Sustentable,.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Araceli Torres Flores
(PT) |
Comisión de Desarrollo Rural, para
dictamen |
Establecer que el Gobierno Federal
impulsará en las zonas productoras un
programa nacional para cumplir con los
requerimientos de la seguridad y
soberanía alimentaria, para lo cual
promoverá una política de fomento de la
innovación y la transferencia
tecnológica involucrando a las
universidades e institutos tecnológicos,
buscando interacciones con los
productores otorgando los recursos
económicos necesarios para la
elaboración y ejecución de un plan
nacional para garantizar la seguridad y
soberanía alimentaria. |
10 |
Que reforma el artículo 205 de la Ley del Seguro Social.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Sonia Rincón Chanona
(NA) |
Comisión de
Seguridad
Social,
para dictamen |
Eliminar la enumeración de los
derechohabientes con servicio de
guardería en el Instituto Mexicano del
Seguro Social para dejarlo sólo como
“las madres y los padres de los
asegurados”. Eliminar la enumeración de
los turnos (matutino y vespertino) del
servicio de guardería. |
11 |
Que reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012.
|
Dip.
María Carmen López Segura
(PRI) |
Comisión de
Hacienda y
Crédito Público,
para dictamen |
Establecer que no se considerará que un
residente en el extranjero tiene un
establecimiento permanente en el país,
derivado de las relaciones de carácter
jurídico o económico que mantengan con
empresas que lleven a cabo operaciones
de maquila o que operen con programa de
albergue autorizado por la Secretaría de
Economía, utilizando activos
proporcionados, directa o
indirectamente, por el residente en el
extranjero o cualquier empresa
relacionada, siempre que México haya
celebrado, con el país de residencia del
residente en el extranjero, un tratado
para evitar la doble imposición y se
cumplan los requisitos del tratado. |
12 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
y del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos
Electorales.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Fernando Rodríguez Doval
(PAN) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de
Gobernación,
para dictamen |
Cambiar el requisito de 2 a 4 % de la
votación nacional emitida, para obtener
y conservar el registro como partido
político nacional. |
13 |
Que reforma el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Oscar Eduardo Ramírez Aguilar
(PVEM) |
Comisión de Energía, para dictamen |
Establecer que la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público, con la participación
de las secretarías de Energía y de
Economía y a propuesta de la Comisión
Federal de Electricidad, podrá fijar
tarifas especiales de electricidad en
horas de demanda máxima, demanda mínima,
una combinación de ambas o por
temporadas del año cuando las
condiciones climáticas en las entidades
federativas sean causa del aumento en la
demanda. Asimismo se podrán fijar
tarifas especiales en aquellas entidades
que tengan la mayor aportación en
generación de energía eléctrica a partir
de fuentes renovables, incluyendo a los
ayuntamientos en este beneficio como
usuarios potenciales del servicio de
energía eléctrica. |
14 |
Que reforma los artículos 26 de la
Ley del Banco de México y 18
Bis 3 de la Ley para la
Transparencia y Ordenamiento de los
Servicios Financieros.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Dora María Guadalupe Talamante Lemas
(NA)
|
Comisión de
Hacienda y
Crédito Público,
para dictamen |
Establecer que el Banco de México
promoverá mecanismos que les permitan
obtener tasas de interés preferencial
conforme al riesgo de crédito en
beneficio de los usuarios de servicios
financieros que cuenten con un historial
de crédito positivo en las sociedades de
información crediticia. Asimismo que la
tasa de interés ordinaria que reflejen
los estados de cuenta que reciban los
clientes de las entidades en las
operaciones de créditos, préstamos o
financiamientos revolventes asociados a
una tarjeta podrán variar sin necesidad
de notificación o aviso alguno al
cliente, por el historial de crédito
positivo que se reporte en las
sociedades de información crediticia, en
cuyo caso se accederá a una tasa de
interés preferencial conforme al riesgo
de crédito. |
15 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
y de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012. |
Dip.
Isaías Cortés Berumen
(PAN) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de la Función Pública,
para dictamen |
Crear un organismo autónomo en materia
de Acceso a la Información y Protección
de Datos, el cual contará con autonomía
de gestión y presupuestaria,
personalidad jurídica y patrimonio
propios, y será la autoridad responsable
encargada de promover y difundir el
ejercicio del derecho de acceso a la
información; resolver de forma sencilla
y expedita las solicitudes de acceso a
la información en poder de sus
dependencias y entidades. Sus
resoluciones tendrán el carácter de
definitivo e inatacable garantizando en
todo momento la protección de los datos
personales. Establecer que el Consejo
General será su órgano superior de
dirección y se integrará por un
Comisionado Presidente y cuatro
comisionados, asentar que el comisionado
presidente durará cuatro años sin
posibilidad de reelección, mientras que
los comisionados durarán en su cargo
nueve años, serán renovados en forma
escalonada y no podrán ser reelectos y
según sea el caso, uno y otros serán
elegidos sucesivamente por el voto de
las dos terceras partes de los miembros
presentes de la Cámara de Diputados, a
propuesta de los grupos parlamentarios,
previa realización de una amplia
consulta a la sociedad. Facultar al
Congreso para expedir la ley que
garantice el derecho de acceso a la
información en la Federación, estados,
municipios y el Distrito Federal, así
como para regular a cualquier persona
física o moral, pública o privada que
reciba recursos públicos.
|
16
|
Que reforma los artículos 13 y 14 de la
Ley para el Desarrollo de la
Competitividad de la Micro, Pequeña y
Mediana Empresa.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012. |
Dip.
Salvador Romero Valencia
(PRI)
|
Comisión de Economía, para dictamen
|
Facultar a la Secretaría de Economía
para promover la participación del
sector público y de los sectores para la
consecución de los objetivos de esta
Ley, a través de estimular la
contratación preferente de personal
directivo y de mano de obra residente en
las localidades de alta y muy alta
marginación, en donde se instalen Mipyme,
fortaleciendo el desarrollo humano y la
economía local, mediante un fondo
especial de recursos con dicha
finalidad específica, así como los
incentivos fiscales que se consideren
pertinentes; y para propiciar de manera
coordinada una mejora regulatoria que
mediante la simplificación de trámites y
estímulos administrativos, propicie el
establecimiento de Mipyme en aras de
lograr una mejora regulatoria que
impulse el desarrollo de las diferentes
regiones de país y el fomento de la
economía local, mediante el desarrollo
de mano de obra y personal directivo, a
través de una cultura empresarial que
vincule las actividades productivas y la
contratación preferentemente local de
sus recursos humanos. |
17 |
Que reforma los artículos 6, 7, 27 y 73
de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012. |
Dip.
Francisco Alfonso Durazo Montaño
(MC)
|
Comisión de
Puntos
Constitucionales,
para dictamen |
Reconocer y garantizar los derechos
universales a la información y a la
libre expresión y el que toda persona
tenga la libertad de acceder, buscar,
recibir y difundir informaciones de
cualquier tipo y por cualquier medio de
comunicación, sin previa censura y con
responsabilidad ulterior, de acuerdo a
lo que disponga la ley. Señalar que los
medios de comunicación electrónica son
de servicio público, que estos
procurarán el respeto y promoción de los
derechos humanos y los valores
democráticos consagrados en el artículo
3 de la Constitución; que sus contenidos
deben reflejar pluralidad y diversidad.
Asentar que el espectro radioeléctrico
es propiedad de la nación, inalienable e
imprescriptible al que podrán acceder,
en igualdad de condiciones, a su
explotación, uso o aprovechamiento las
entidades públicas, educativas, privadas
y comunitarias, y ninguna de ellas podrá
concentrar más de 25 por ciento de las
frecuencias. Facultar al Congreso para
expedir leyes sobre radio, televisión,
telecomunicaciones y uso del espectro
radioeléctrico y asignar a un organismo
público autónomo de participación
ciudadana creado por el Congreso de la
Unión, la administración y vigilancia de
las concesiones y permisos de la
radiodifusión, televisión y
telecomunicaciones de este espectro.
|
18 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley Federal
del Trabajo, de la Ley del
Seguro Social, de la Ley
Federal de los Trabajadores al Servicio
del Estado, Reglamentaria del Apartado
B) del Artículo 123 Constitucional,
de la Ley del Instituto de
Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado y de la
Ley del Instituto de Seguridad Social
para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Damián Zepeda Vidales
(PAN)
|
Comisión de
Trabajo y
Previsión Social,
para dictamen |
Establecer el derecho a los hombres
trabajadores para que disfruten de un
permiso de paternidad de 10 días con
goce de sueldo, por el nacimiento de sus
hijos. En caso de adopción el permiso se
otorgara tanto a los padres y madres
adoptivas a partir de la fecha en que
sea legalmente otorgada la misma. |
19 |
Que reforma el artículo 348 de la Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de septiembre de 2012.
|
Dip.
Ricardo Monreal Ávila
(MC)* |
Comisión de Salud, para dictamen |
Establecer que para inhumar, incinerar o
embalsamar cadáveres de personas
conocidas, se requerirá consentimiento
por escrito del cónyuge, concubina o
concubinario, ascendientes,
descendientes, de los hermanos o del
tutor; asimismo, la autoridad deberá
verificar la veracidad de dicho
consentimiento y, en su caso, denunciar
cualquier irregularidad ante la
autoridad sanitaria y el Ministerio
Público Federal. |