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Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la
Ley Federal del Trabajo.
Publicación en GP:
Anexo II.
04 de septiembre de 2012.
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Ejecutivo Federal*
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Cámara de Diputados
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Destacan los siguientes temas:
Incorporar la noción de trabajo decente
que promueve la Organización
Internacional del Trabajo. Incluir como
nuevas modalidades de contratación, los
períodos de prueba, los contratos de
capacitación inicial y para el trabajo
de temporada. Regular la
subcontratación de personal u
outsourcing. Señalar expresamente que
en todo caso los patrones y los
intermediarios serán responsables
solidarios en las obligaciones
contraídas con los trabajadores.
Tipificar como delito el trabajo de
menores de 14 años fuera del círculo
familiar. Regular la contratación
laboral de los casos de los trabajadores
mexicanos que son contratados en
territorio nacional para un empleo
concreto en el exterior. Replantear el
mecanismo para comunicar los avisos de
rescisión de la relación de trabajo.
Incluir una nueva causal de rescisión de
la relación de trabajo sin
responsabilidad para el trabajador,
consistente en que el patrón le exija la
realización de actos, conductas o
comportamientos que menoscaben o atenten
contra su dignidad. Prohibir
expresamente: la discriminación por
cuestiones de género y la realización de
actos de hostigamiento o acoso sexual.
Prohibir la práctica de exigir
certificados médicos de ingravidez para
el ingreso, permanencia y ascenso en el
empleo. Permitir que las mujeres
trabajadoras puedan distribuir las
semanas de descanso pre y postnatal.
Incluir la figura de la licencia de
paternidad. Prever el pago de salarios
a través de medios electrónicos o de
depósito en cuenta bancaria.
Establecer como límite a la generación
de salarios vencidos hasta por un
periodo máximo de doce meses.
Impulsar la multihabilidad de los
trabajadores, previendo recompensar su
participación con el ajuste salarial
respectivo. Establecer como obligación
patronal el tener que afiliar el centro
de trabajo al Instituto del Fondo
Nacional para el Consumo de los
Trabajadores. Fortalecer la coordinación
institucional para proteger la seguridad
y salud de los trabajadores.
Exceptuar al patrón de pagar el reparto
adicional de utilidades, si obtuvo de la
Junta de Conciliación y Arbitraje la
suspensión correspondiente. Adecuar
las instalaciones de aquellos centros de
trabajo que tengan más de 50
trabajadores, a fin de facilitar el
acceso y desarrollo de actividades de
las personas con discapacidad.
Rediseñar los objetivos y las tareas que
tendrían a su cargo las Comisiones
Mixtas de Productividad, Capacitación y
Adiestramiento y los Comités Nacionales
de Productividad y Capacitación.
Diagnosticar los requerimientos
necesarios para elevar la productividad
y la competitividad de las empresas.
Vincular los salarios a la calificación
y competencias adquiridas. Privilegiar
a la productividad de los trabajadores
como el principal criterio para acceder
a plazas vacantes definitivas o
provisionales de más de treinta días y a
puestos de nueva creación. Propiciar
condiciones laborales dignas a favor de
los trabajadores del campo (registro
especial de los trabajadores eventuales
o de temporada, expedición de
constancias de labores y percepciones a
los trabajadores eventuales, pago
proporcional de prestaciones devengadas,
proporcionar agua potable a los
trabajadores durante su jornada de
trabajo, así como en forma gratuita
transporte cómodo y seguro desde las
zonas habitacionales hasta los lugares
de trabajo y viceversa e intérpretes
cuando los trabajadores no hablen
español).
Mejorar las condiciones de trabajo de
los empleados domésticos. Se propone
regular con mayor precisión la duración
de su jornada laboral. Regular los
trabajos que se realicen en las minas.
Prohibir expresamente el trabajo en
tiros verticales de carbón. Incluir
sanciones y penas privativas de
libertad, a los patrones que dolosamente
o por culpa grave omitan implementar las
medidas de seguridad previstas en la
normatividad, cuando la omisión produzca
la muerte de uno o varios trabajadores.
Reconocer el teletrabajo, es decir,
aquel que se realiza a distancia,
utilizando tecnologías de la información
y la comunicación. Prever el voto
libre, directo y secreto en la elección
de la directiva sindical. Fortalecer la
rendición de cuentas por parte de las
directivas de los sindicatos, así como
establecer sanciones en caso de omisión.
Facultar a los trabajadores para
tramitar ante la Junta de Conciliación y
Arbitraje la suspensión de pago de las
cuotas sindicales. Establecer como
obligación patronal, fijar visiblemente
y difundir en los lugares donde se
preste el trabajo, las disposiciones
conducentes de los reglamentos y las
normas oficiales mexicanas en materia de
seguridad, salud y medio ambiente de
trabajo, así como el texto íntegro del o
los contratos colectivos de trabajo que
rijan en la empresa. Suprimir la
denominada “cláusula de exclusión por
separación”. Prever como causa para
negar el trámite a un emplazamiento a
huelga para la celebración de contrato
colectivo de trabajo, el hecho de que
previamente exista otro en trámite cuyo
objeto sea el
mismo. Incrementar el monto de la indemnización por
muerte del trabajador. Fortalecer las
medidas para proteger la seguridad e
higiene en los centros de trabajo.
Facilitar la actualización de las tablas
de enfermedades de trabajo y de
valuación de las incapacidades
permanentes. Ampliar la competencia de
las autoridades federales, mediante una
nueva interpretación y alcance del
concepto de “concesión federal”.
Fortalecer las facultades y objetivos
del Servicio Nacional del Empleo.
Establecer un régimen de certificación
laboral, para acreditar conocimientos,
habilidades o destrezas, que requiere un
individuo para la ejecución de una
actividad productiva. Eliminar las
Juntas Federales y Locales de
Conciliación. Incorporar el principio
de la conciliación en el proceso
laboral, de manera que, durante todo el
procedimiento y hasta antes de dictarse
el laudo, las Juntas puedan intentar que
las partes resuelvan los conflictos
mediante la conciliación. Establecer un
servicio profesional de carrera especial
para el ingreso, promoción, permanencia,
evaluación de desempeño, separación y
retiro de los servidores públicos de la
Junta Federal de Conciliación y
Arbitraje. Modificar la estructura de
la primera audiencia en el procedimiento
ordinario.
Establecer: las reglas de competencia de
las Juntas Especiales de la Federal de
Conciliación y Arbitraje; los requisitos
de las demandas de este tipo de
conflictos; los elementos de los
dictámenes médicos en los casos de
riesgos de trabajo; las reglas para el
desahogo de esta prueba y que los
peritos médicos se encuentren
registrados ante la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje. Incrementar
los montos de las correcciones
disciplinarias, medios de apremio y
multas para sancionar la interposición
notoriamente improcedente del recurso de
revisión y de reclamación contra los
actos de ejecución. Prever que cuando
un conflicto de huelga se prolongue por
más de sesenta días, tratándose de
patrones que tengan a su cargo la
prestación de servicios públicos, o más
de ciento veinte días en cualquier otro
caso, sin que los trabajadores lo hayan
sometido a la decisión de la Junta, el
patrón o los terceros que acrediten su
interés podrán solicitar por escrito se
inicie el arbitraje en cualquier
momento. Establecer una vía incidental
para que los terceros de buena fe puedan
ejercitar acciones de restitución de la
posesión de bienes de su propiedad, en
caso de huelgas estalladas. Incorporar
como causal de inexistencia de la
huelga, que el sindicato no cumpla con
los requisitos que contemplen sus
propios estatutos para formular el
emplazamiento. Combatir los
denominados “contratos de protección”.
Establecer nuevas reglas para la
tramitación de las demandas de
titularidad de contrato colectivo de
trabajo o administración de contrato
ley. Prever el voto libre, directo y
secreto para el desahogo de la prueba
del recuento de los trabajadores, en los
conflictos de huelga y titularidad de
contrato colectivo de trabajo y
administración de contrato ley.
Incrementar el monto de las sanciones a
quienes infringen las disposiciones de
la Ley Federal del Trabajo.
Establecer las reglas para armonizar la
información financiera del ciclo
hacendario, relativa a la programación,
presupuesto, ejercicio seguimiento,
evaluación y rendición de cuantas de los
recursos públicos así como para los
procesos de implantación y operación del
Presupuesto Basado en Resultados y del
Sistema de Evaluación del Desempaño. |
2 |
Que reforma y
adiciona la Ley General de
Contabilidad Gubernamental, para
transparentar y armonizar la información
financiera relativa a la aplicación de
los recursos públicos en los distintos
órdenes de Gobierno.
Publicación en GP de la Cámara de
Senadores:
04 de septiembre de 2012. |
Ejecutivo Federal* |
Cámara de Senadores |
Especificar la información de deben
incluirlos entes públicos en sus leyes
de ingreso y presupuestos de egresos,
tales como sus fuentes de ingresos, sus
obligaciones de deuda pública, sus
principales programas, proyectos, los
pagos efectuados a sus servidores
públicos por concepto de remuneraciones;
los pagos por pensiones, gastos de
inversión, así como sus proyectos de
asociaciones público privadas y
proyectos de prestación de servicios, el
listado de programas que serán sometidos
a evaluación del desempeño, así como sus
indicadores estratégicos y de gestión
aprobados. Toda información financiera
deberá difundirse en Internet en un
lenguaje sencillo y plasmarse en un
formato accesible. Otorga acceso a los
sistemas de información a la Auditoria
superior de la federación e instancias
de fiscalización, de control y
evaluación de las entidades federativas,
dentro del marco de sus respectivas
atribuciones, para comprobar el
cumplimiento en la entrega de la
información relacionas con la aplicación
de los recursos federales y sus
resultados. Incluir dentro de las
obligaciones de la secretaría de
Desarrollo Social del Gobierno Federal
de remitir trimestralmente la
información sobre la aplicación de los
recursos del Fondo de Aportaciones para
la Infraestructura Social a la Cámara de
Diputados y de ponerla a disposición del
público en general a través de su página
de Internet, señalando asimismo que debe
actualizarse con la misma periodicidad. |