Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

Sesión 4

 

                7. INICIATIVAS

 

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

 

Que reforma el artículo 23 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

06 de septiembre de 2012.

 

Dip.

Mónica García de la Fuente

(PVEM)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen**

Sustituye en el texto constitucional la palabra “delito” por “hecho delictivo”.

2

 

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

04 de septiembre de 2012.

 

Dip. Sebastián Alfonso De la Rosa Peláez

(PRD)*

 

A nombre propio y suscrita por diversos diputados integrantes de su Grupo Parlamentario

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen**

Crear un sistema Nacional de Reservas Alimentarias Estratégicas, obligando al Estado a recurrir prioritariamente en la producción nacional para garantizar el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos.

3

 

Que reforma los artículos 26, 32 Bis y adiciona un artículo 32 Ter a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

06 de septiembre de 2012.

 

Dip.

Alfonso Inzunza Montoya

(PRI)

Comisión de Gobernación, para dictamen**

Crear la Secretaría de Recursos Hidráulicos y transferirle las facultades que tenía la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en materia de recursos hidráulicos.

4

 

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

06 de septiembre de 2012.

 

Dip.

Juan Bueno Torio

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen**

Establecer que los recursos que corresponden a los municipios referentes al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social y al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, sean entregados de manera ágil y directa por la Federación a los municipios, sin tener que pasar por las haciendas estatales.  El cálculo de las distribuciones del Fondo para la Infraestructura Social Municipal deberá comunicarse a los gobiernos de los estados para efectos de su publicación en los órganos de difusión oficiales, a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal aplicable.   Eliminar la atribución de las entidades federativas de distribuir los recursos que correspondan a sus municipios o  demarcaciones territoriales.

5

 

Que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

06 de septiembre de 2012.

 

Dip. Fernando Belaunzarán Méndez

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen**

Establecer que el Presidente de la República comparecerá ante el Congreso al rendir el informe de gobierno; que deberá incluir en este informe un balance de las políticas públicas implementadas en el periodo, escuchar en este acto las intervenciones de los legisladores y responder a los cuestionamientos que le formulen, de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley del Congreso.

6

Que reforma el artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

06 de septiembre de 2012.

Dip.

Tomás Torres Mercado

(PVEM)

Comisión de Justicia, para dictamen**

 

Facultar a los órganos jurisdiccionales cuyos titulares tengan conocimientos especializados sobre aspectos reglamentarios y legales que normen a las Fuerzas Armadas, para conocer de los casos en que se involucre a un integrante de las Fuerzas Armadas en hechos probablemente delictivos que no guarden relación exacta con la disciplina militar. Prever que el órgano jurisdiccional o, en su caso, el órgano facultado para la ejecución de sentencias, podrán ordenar que las medidas cautelares, prisión preventiva o penas de prisión relativas a dichos casos se cumplan en centros penitenciarios militares, si así se consideran pertinente y con la posibilidad de que escuchen a los vinculados a proceso o sentenciados.  Facultar al Consejo de la Judicatura Federal, para emitir lineamientos normativos o acuerdos generales que desarrollen las reglas relativas al establecimiento de los órganos jurisdiccionales con conocimientos especializados en las Fuerzas Armadas.

 

7

 

Que reforma el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

06 de septiembre de 2012.

 

Dip.

Ricardo Monreal Ávila

(MC)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen**

Especificar que las universidades y demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía y que reciban recursos públicos, además de tener la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas, tendrán el carácter de educación gratuita.

8

 

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

06 de septiembre de 2012.

 

Dip.

Héctor Hugo Roblero Gordillo

(PT)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen**

Crear la Comisión Ordinaria de Trabajadores Ex Braceros Mexicanos de la Cámara de Diputados.

9

 

Que reforma los artículos 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 117 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

06 de septiembre de 2012.

 

Dip. Fernando Bribiesca Sahagún

(NA)

 

 A nombre propio y de los  diputados integrantes del Grupo Parlamentario

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Gobernación, para opinión**

Establecer que en la integración de la Comisión Permanente se deberá incluir a legisladores de los grupos parlamentarios que cuenten con representación en alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión.

10

 

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

06 de septiembre de 2012.

 

Dip.

Homero Ricardo Niño de Rivera Vela

(PAN)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen**

Eliminar la representación proporcional de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, estableciendo un sistema de representación mayoritaria directa para la Cámara de Diputados con un total de 300 diputados, y un sistema mixto en el Senado de la República con un total de 96 Senadores, 64 electos por el principio de mayoría relativa y 32 por el principio de primera minoría.   Eliminar la figura del fuero constitucional.  En el marco de responsabilidades de los servidores públicos, se elimina la figura de “declaración de procedencia”, y se estipula que podrán ser sujetos de procedimiento y proceso penal los servidores públicos a que se refiere el primer párrafo del artículo 108, por la comisión de delitos durante el tiempo de su encargo, en cuyo caso el inculpado quedará a disposición de las autoridades competentes para que actúen con arreglo a la ley.

11

 

Que adiciona un artículo 412 Bis al Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

06 de septiembre de 2012.

 

Dip.

Julio César Moreno Rivera

(PRD)*

Comisión de Justicia, para dictamen**

Tipificar la solicitud, proporción, recepción, obtención, utilización o aportación de recursos económicos provenientes de operaciones con recursos de procedencia ilícita o del extranjero para el apoyo de un precandidato, candidato, partido político o coalición, por sí o por interpósita persona; establecer como sanción a esas conductas de mil a seis mil días multa y prisión de cinco a quince años y disponer el incremento de las penas en una mitad, cuando se trate de funcionario partidista, servidor público, precandidato o candidato.

12

 

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

06 de septiembre de 2012.

 

Dip.

Marcos Rosendo Medina Filigrana

(PRD)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen**

Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes de carácter general que establezcan la concurrencia de la Federación, las entidades federativas y los municipios, en materia de acceso, disposición y saneamiento de agua.

13

 

Que reforma el artículo 237 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

06 de septiembre de 2012.

 

Dips.

 Gerardo Villanueva Albarrán y  Martí Batres Guadarrama

(PRD)

Comisión de Gobernación, para dictamen**

Prohibir para las personas físicas o morales que pretendan llevar a cabo encuestas y sondeos de opinión, el publicar o difundir por cualquier medio las preferencias electorales de los ciudadanos o las tendencias de las votaciones durante todo el período de campaña, los tres días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas que se encuentren en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional.

*Sin intervención en tribuna.

** Se conservarán en la Dirección General de Proceso Legislativo, en tanto se integran la Comisiones.

 

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