No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el artículo 28 de la Ley General de Acceso
de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Publicación en GP:
Anexo VI
03 de febrero de 2016 |
Dip.
María Gloria Hernández Madrid
(PRI) |
Comisión de Igualdad de Género, para dictamen. |
Ampliar el margen de duración de las órdenes de
protección de emergencia y preventivas a fin de que permanezcan vigentes
hasta que cesen las causas que las motiven y la víctima de violencia
deje estar expuesta al riesgo y expedirse en forma inmediata al
conocimiento de los hechos que las generan. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y del Código
Nacional de Procedimientos Penales.
Publicación en GP:
Anexo IV.
23 de febrero de 2016. |
Dip.
María Gloria Hernández Madrid
(PRI) |
Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez, y de Justicia,
para dictamen. |
Establecer que las medidas de protección de la víctima u
ofendido, consideradas en el Código Nacional de Procedimientos Penales,
podrán ser solicitadas por cualquier persona y no sólo por el Ministerio
Público, a fin de salvaguardar la integridad física de menores de edad. |
3 |
Que reforma los artículos 40, 77 y 78 de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Publicación en GP:
Anexo IV
15 de marzo de 2016 |
Dip.
Claudia Edith Anaya Mota
(PRI)* |
Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para
dictamen. |
Prever que los licitantes o contratistas que infrinjan
las disposiciones de la ley, serán sancionados por la Secretaría de la
Función Pública en los términos que para los efectos establezca la Ley
Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas. Facultar a la
Secretaría de la Función Pública para sistematizar y actualizar
mensualmente la información en el Directorio de Proveedores y
Contratistas Sancionados, que deberá vincular con CompraNet con la
finalidad de que los proveedores y contratistas sancionados sean
rechazados de manera automática por el sistema. |
4 |
Que expide la Ley del Salario Mínimo y deroga diversas
disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
Publicado en GP:
Anexo V
29 de marzo de 2016 |
Dip.
Moisés Guerra Mota
(NA)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y
a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión. |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de definir
el salario mínimo, establecer los casos en que podrá ser objeto de
compensación, descuento o deducción, e integrar la comisión técnica de
salario mínimo. Eliminar las disposiciones relativas al salario mínimo
del Capítulo VI de la Ley Federal del Trabajo. |
5 |
Que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del
Trabajo.
Publicación en GP:
Anexo V
15 de marzo de 2016 |
Dip.
Joaquín Jesús Díaz Mena
(PAN) |
Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen. |
Establecer que el trabajador que sea padre o tutor de un
menor de edad que se encuentre con una enfermedad en fase terminal,
enfermedad aguda, o accidente grave que ponga en peligro la vida, tendrá
el derecho a solicitar entre tres y siete días de permiso con goce de
sueldo; para obtener dicho derecho acreditará la tutela del menor y la
enfermedad, discapacidad o accidente mediante constancia médica. |
6 |
Que reforma el artículo 38 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VI
17 de marzo de 2016 |
Dip.
Lucía Virginia Meza Guzmán
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Dejar de suspender derechos o prerrogativas de los
ciudadanos por estar sujeto a un proceso criminal (siempre que se
establezca su culpabilidad), por vagancia, ebriedad consuetudinaria o
por ser prófugo de la justicia. |
7 |
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VI
17 de marzo de 2016 |
Dip.
Omar Noé Bernardino Vargas
(PVEM) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que
tengan como fin establecer la concurrencia del gobierno federal, de los
gobiernos de las entidades y de los municipios en el ámbito de sus
respectivas competencias, en cuanto a la garantía del derecho a la
alimentación. |
8 |
Que reforma los artículos 3o., 55 y 59 de la Ley
General de Educación.
Publicado en GP:
Anexo V
29 de marzo de 2016 |
Dip.
Daniel Adrián Sosa Carpio
(MC) |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen. |
Establecer la obligación del Estado a satisfacer las
condiciones higiénicas, de seguridad, climatológicas y pedagógicas en
los servicios educativos. |
9 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley de Ahorro y Crédito Popular.
Publicación en GP:
Anexo II
30 de marzo de 2016 |
Dip.
Luis Alfredo Valles Mendoza
(NA) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Regular, promover y facilitar la coordinación de las
Sociedades Financieras Populares, Sociedades Financieras Comunitarias;
Organismos de Integración Financiera Rural; con el Consejo Nacional de
Inclusión Financiera y el Comité de Educación Financiera. Establecer los
límites de operación por cliente o socio, promover la educación
financiera y registrar los agentes promotores. Eliminar la posibilidad
de las sociedades financieras populares de recibir depósitos de los
Gobiernos Federal, Estatales o Municipales. |
10 |
Que reforma los artículos 12, 13 y 19 de la Ley
General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y
Desarrollo Integral Infantil.
Publicación en GP:
Anexo II
30 de marzo de 2016 |
Dip.
Norma Edith Martínez Guzmán
(PES) |
Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen. |
Prever que la Política Nacional en materia de Prestación
de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil,
promoverá mecanismos de participación de quienes ejerzan la patria
potestad, tutela o guarda y custodia en el diseño, implementación,
monitoreo y evaluación de los Centros de Atención. Establecer que
quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, tendrán
derecho a participar y a ser orientados sobre el cuidado y educación que
reciben sus hijos. |
11 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del
Código Nacional de Procedimientos Penales.
Publicación en GP:
Anexo III.
09 de febrero de 2016. |
Dip.
Christian Joaquín Sánchez Sánchez
(PRI) |
Comisión de Justicia, para dictamen. |
Establecer juzgados de primera instancia en los
municipios con población indígena, a fin de hacer efectivos los derechos
consagrados en el artículo 2o. Constitucional, regulando el acceso a la
justicia de pueblos y comunidades indígenas. Difundir en medios de
comunicación como la radio indígena, los derechos de las personas y
comunidades indígenas. Establecer reglas especiales para procesar a un
miembro de un pueblo indígena, cuando en el lugar no exista un tribunal
que conozca los sistemas normativos y lengua natural del procesado. |
12 |
Que reforma el artículo 4o. de la Ley Federal de
Consulta Popular.
Publicación en GP:
Anexo III.
09 de febrero de 2016. |
Comisión de Gobernación, para dictamen. |
Promover la participación de los pueblos y comunidades
indígenas en las consultas populares. |
13 |
Que reforma el artículo 2o. de la Ley de la Comisión
Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
Publicación en GP:
Anexo III.
09 de febrero de 2016. |
Comisión de Asuntos Indígenas, para dictamen. |
Incluir a las funciones de la Comisión Nacional para el
Desarrollo de los Pueblos Indígenas, elaborar, en coordinación con las
entidades federativas, el Padrón Nacional de Comunidades Indígenas y
determinar la información que debe contener. |
14 |
Que reforma los artículos 20 y 21 de la Ley Federal de
Cinematografía.
Publicación en GP:
Anexo III
03 de marzo de 2016. |
Dip.
Christian Joaquín Sánchez Sánchez
(PRI) |
Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen. |
Prever que los exhibidores no podrán restringir al
público asistente el ingreso de alimentos y bebidas a las salas
cinematográficas, con excepción de bebidas alcohólicas, o cualquier otro
producto que afecte la seguridad o tranquilidad del establecimiento, de
sus clientes o de las personas discapacitadas; asimismo, se deberá
informar al público sobre la hora de inicio de la proyección de la
película, tomando en cuenta la publicidad transmitida, la cual por
ningún motivo podrá exceder de 10 minutos por película. |
15 |
Que reforma el artículo 280 de la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
Publicación en GP:
Anexo IV.
10 de marzo de 2016. |
Dip.
Gustavo enrique Madero Muñoz
(PAN) |
Comisión de Gobernación, para dictamen, y a la Comisión
de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión. |
Suprimir la prohibición de permitir el acceso a las
casillas a personas que se encuentren privadas de sus facultades
mentales. |
16 |
Que reforma el artículo 102 de la Ley del Seguro
Social.
Publicado en GP:
Anexo V
29 de marzo de 2016 |
Dip.
Julio Saldaña Morán
(PRD) |
Comisión de Seguridad Social, para dictamen. |
Reducir el requerimiento de treinta cotizaciones a veinte
cotizaciones semanales en el periodo de doce meses anteriores a la fecha
en que debiera comenzar el pago del subsidio durante el embarazo y el
puerperio. |
17 |
Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
30 de marzo de 2016 |
Dip.
Lorena Corona Valdés
(PVEM) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Facultar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para
conocer de las acciones de inconstitucionalidad entre la Comisión
Federal de Competencia Económica, contra leyes de carácter federal y
local y tratados internacionales que vulneren el derecho a la libre
competencia y concurrencia en los mercados. |
18 |
Que reforma los artículos 4o., 6o. y 62 de la Ley de
Vivienda.
Publicado en GP:
Anexo V
29 de marzo de 2016 |
Dip.
René Cervera García
(MC) |
Comisión de Vivienda, para dictamen. |
Registrar el aspecto demográfico y el físico de la
vivienda, en el cálculo del rezago habitacional por municipio.
Considerar en la Política Nacional de Vivienda las metas anuales
municipales contra el rezago habitacional, de vivienda nueva y de
mejoramientos, observar el grado de abatimiento, con el propósito de ser
un instrumento del desarrollo urbano y el ordenamiento de los
asentamientos humanos. Otorgar subsidios a personas con capacidades
diferentes bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda. |
19 |
Que reforma el artículo 25 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
30 de marzo de 2016 |
Dip.
Ángel García Yañez
(NA) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Precisar el concepto de desarrollo humano sustentable y
de competitividad. Establecer que el Estado velará que las actividades
económicas dentro del territorio nacional se realicen con pleno respeto
del medio ambiente y del entorno social y observar el principio de
desarrollo humano sustentable en el Plan Nacional de Desarrollo, los
planes estatales y municipales. |
20 |
Que reforma el artículo 33 y adiciona el 34 Bis a la
Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Publicado en GP:
Anexo V
29 de marzo de 2016 |
Dip.
Martha Lorena Covarrubias Anaya
(PRI) |
Comisión de Igualdad de Género, para dictamen. |
Considerar como objetivo de la Política Nacional de
Igualdad entre Mujeres y Hombres, la igualdad de oportunidades para las
mujeres. Garantizar el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y
hombres con relación a los derechos reales de propiedad, así como del
derecho fundamental a la no discriminación en materia agraria. |
21 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las
Leyes Federal del Trabajo, y del Instituto del Fondo Nacional de la
Vivienda para los Trabajadores.
Publicado en GP:
Anexo V
29 de marzo de 2016 |
Dip.
Leticia Amparano Gámez
(PAN) |
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, para
dictamen, |
Establecer que cuando el trabajador perciba un salario
menor al que percibía al momento de contratar un crédito para ante el
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, los
intereses se ajustarán al salario que reciba. Otorgar facilidades al
trabajador para cambiar el crédito contratado a pesos con una tasa de
interés ajustada a su capacidad de pago. |
22 |
Que reforma los artículos 25 y 73 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
10 de marzo de 2016. |
Dip.
José Santiago López
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Crear la Defensoría del Micro, Pequeño y Mediano
Empresario, como un organismo público descentralizado, con autonomía
técnica, operativa y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio
propio, con el objeto de incentivar y promover el desarrollo de estas
unidades económicas, y proteger los derechos de los particulares ante
las autoridades. En su integración se considerará la participación de
organizaciones empresariales, sociedad civil organizada e instituciones
de educación superior. Facultar al Congreso de la Unión para legislar en
la materia. |
23 |
Que reforma los artículos 56 y 57 de la Ley General de
Desarrollo Forestal Sustentable.
Publicación en GP:
Anexo II
30 de marzo de 2016 |
Dip.
José de Jesús Galindo Rosas (PVEM) |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para
dictamen |
Prever que la gestión forestal debe tener un enfoque
integral y automatizado, mediante un proceso sustentado en los
principios rectores de la política nacional en materia forestal, que
facilite el manejo coordinado de información de los recursos forestales.
Lo anterior deberás realizarse a través de la coordinación del Estado
con los sujetos forestales y las organizaciones de la sociedad civil
interesadas en promover e instrumentar el desarrollo forestal
sustentable. Facultar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales para publicar dentro de los primeros tres meses de cada tres
años, el informe sobre la situación del sector forestal, que podrá ser
consultada a través del Sistema Nacional de Información Forestal. |
24 |
Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de
Turismo.
Publicación en GP:
Anexo VI
17 de marzo de 2016 |
Dip.
María Antonieta Cárdenas Mariscal (MORENA) |
Comisión de Turismo, para dictamen. |
Facultar a la Secretaría de Turismo para diseñar e
implementar programas y políticas públicas para desalentar el turismo
sexual, a través de campañas de sensibilización, capacitación y cursos
al personal, así como promover esquemas para prevenir y desalentar el
turismo sexual. |
25 |
Que reforma los artículos 27, 28 y 148 de la Ley del
Impuesto sobre la Renta.
Publicado en GP:
Anexo V
29 de marzo de 2016 |
Dip.
Germán Ernesto Ralis Cumplido
(MC) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Deducir el 100 por ciento en los consumos en restaurantes
para las personas morales. |
26 |
Que reforma los artículos 7o. y 33 de la Ley General
de Educación.
Publicado en GP:
Anexo V
29 de marzo de 2016 |
Dip.
Waldo Fernández González
(PRD) |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen. |
Promover la enseñanza de la Lengua de Señas Mexicana para
los educandos de forma optativa. |
27 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley
de Aviación Civil.
Publicación en GP:
Anexo II
30 de marzo de 2016 |
Dip.
Enrique Zamora Morlet
(PVEM) |
Comisión de Transportes, para dictamen. |
Prohibir a los concesionarios o permisionarios de
transporte aéreo de pasajeros, expedir y vender boletos que excedan los
límites de capacidad de la aeronave. |
28 |
Que reforma el artículo 2o. de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicado en GP:
Anexo V
29 de marzo de 2016 |
Dip.
Virgilio Dante Caballero Pedraza
(MORENA) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Considerar como nacionales, al español y a las lenguas
que se hablan en todo el territorio. |
29 |
Que reforma el artículo 115 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV
11 de febrero de 2016. |
Dip.
María Elena Orantes López
(MC)* |
Facultar a los municipios, para tener a su cargo las
funciones y servicios públicos de protección civil y la gestión integral
del riesgo. |
30 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Publicación en GP:
Anexo III.
01 de marzo de 2016. |
Comisión de Gobernación, para dictamen. |
Establecer la obligación para las dependencias y
entidades de la administración pública federal en el ámbito de sus
atribuciones, para que participen en coordinación con los tres órdenes
de gobierno en materia de protección civil y con los sectores social y
privado, en la consecución de los objetivos de la ley. |
31 |
Que reforma el artículo 28 de la Ley General de
Desarrollo Social.
Publicación en GP:
Anexo IV
11 de febrero de 2016. |
Dip.
Pedro Luis Noble Monterrubio
(PRI)* |
Comisión de Desarrollo Social, para dictamen. |
Adicionar en la leyenda destinada a la publicidad de
programas de desarrollo social, “o intereses de promoción política
personal”. |
32 |
Que reforma el artículo 123 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
10 de marzo de 2016. |
Dip.
Luz Argelia Paniagua Figueroa
(PAN) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Prohibir cualquier tipo de discriminación para el
ingreso, permanencia, promoción y ascenso en el empleo. |
33 |
Que adiciona los artículos 42 y 49 de la Ley General
de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Publicación en GP:
Anexo VI
17 de marzo de 2016 |
Dip.
Maricela Contreras Julián
(PRD) |
Comisión de Igualdad de Género, para dictamen. |
Atribuir a las entidades federativas y al Distrito
Federal la creación de Centros de Justicia para Mujeres con servicios
multidisciplinarios para mujeres, adolescentes y niñas víctimas de
violencia, para hijas e hijos de las víctimas y a la Secretaría de
Gobernación, impulsar su creación y fortalecimiento, de acuerdo a los
lineamientos de operación y modelo de atención que emita. |
34 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las
Leyes General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y de
Coordinación Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo VI
17 de marzo de 2016 |
Dip.
Tomás Roberto Montoya Díaz
(PRI) |
Comisiones Unidas de Seguridad Pública y de Hacienda y
Crédito Público, para dictamen. |
Facultar al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública, para conocer infracciones administrativas e
imponer las sanciones previstas en la ley. Adicionar un título que
considere las sanciones aplicables a esta ley. |
35 |
Que reforma el artículo 123 de la Ley General de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Publicado en GP:
Anexo V
29 de marzo de 2016 |
Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen. |
Prever que las autoridades educativas, en el ámbito de
sus competencias deberán notificar a la Procuraduría de Protección
correspondiente los casos de inasistencia irregular, abandono y
deserción escolar que se identifiquen en atención al seguimiento de la
asistencia de su población en cada uno de los centros educativos. Tal
denuncia deberá detonar en un procedimiento, así como la activación de
las instancias jurisdiccionales necesarias a fin de garantizar los
derechos de las niñas, niños y adolescentes. |