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Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio
|
Sesión 29
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13.
DICTÁMENES A
DISCUSIÓN
Con proyecto de decreto.
No. |
ORIGEN |
DICTAMEN |
TRÁMITE |
1 |
Comisión de Gobernación
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de abril de 2016. |
Por el que se declara el año 2017 como “Año del
Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos”.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
12:49 hrs. |
Término:
12:51 hrs |
Duración:
0:02 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. Maricela Contreras
Julián (PRD), el 25 de febrero de 2016. (LXIII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 21 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Declarar el año 2017 como “Año del Centenario de la
Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos”.
Intervención:
Por la Comisión: Dip. David Sánchez Isidoro |
a)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 420 votos a
favor,
b)
Pasa a la
Cámara de Senadores, para los
efectos
constitucionales. |
2 |
Comisión de Trabajo y Previsión Social
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de abril de 2016. |
Que adiciona una fracción XXIX al artículo 132 de la Ley
Federal del Trabajo.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
13:03 hrs. |
Término:
13:09 hrs |
Duración:
0:06 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. José del Pilar Córdova
Hernández (PRI), el 19 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 14 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Incluir como obligación del patrón otorgar permiso por
luto de cuando menos tres días hábiles con goce de sueldo, a las y los
trabajadores por muerte de padres, hijos, hermanos, cónyuge, concubina o
concubinario, estos días serán inmediatos al deceso. El trabajador
deberá justificar el evento y dispondrá de quince días hábiles para
presentar al patrón, o a quien este designe, el Acta de Defunción
correspondiente.
Intervención:
Por la Comisión: Dip. José del Pilar Córdova Hernández |
a)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 428 votos a
favor y 1 abstención.
b)
Pasa a la
Cámara de Senadores, para los
efectos
constitucionales. |
3 |
Que reforma el párrafo segundo del artículo 3o. de la Ley
Federal del Trabajo.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
13:03 hrs. |
Término:
13:09 hrs |
Duración:
0:06 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por la Dip. Luz Argelia Paniagua
Figueroa (PAN) el 03 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Señalar que no podrán establecerse condiciones que
impliquen discriminación en el ingreso, permanencia, promoción y ascenso
entre los trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género,
edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión,
condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o
cualquier otro que atente contra la dignidad humana.
Intervención:
Por la Comisión: Dip. José del Pilar Córdova Hernández |
a)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 428 votos a
favor.
b)
Pasa a la
Cámara de Senadores, para los
efectos
constitucionales. |
4 |
Comisión de Justicia
Publicación en GP:
Anexo X.
28 de abril de 2016. |
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de
la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
13:25 hrs. |
Término:
13:28 hrs |
Duración:
0:03 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los
Senadores Arely Gómez González (PRI), Dolores Padierna Luna (PRD), María
del Pilar Ortega Martínez (PAN), Teófilo Torres Corzo (PRI), Graciela
Ortiz González (PRI), Ana Lilia Herrera Anzaldo (PRI), Marcela Guerra
Castillo (PRI) y Blanca María Alcalá Ruiz (PRI), el 14 de diciembre de
2014 (LXII Legislatura).
Dictamen de Primera Lectura del 17 de marzo de 2016. (LXIII
Legislatura)
Dictamen a Discusión del 17 de marzo de 2016. Proyecto de
decreto aprobado por 74 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los
efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)
Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 31 de marzo
de 2016. (LXIII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Simplificar el juicio contencioso administrativo que
garantice el principio de tutela judicial efectiva, implementar del
mecanismo de aviso electrónico de las resoluciones contempladas en el
boletín jurisdiccional; permitir la utilización de la firma electrónica
avanzada para la presentación de demandas; y, reglamentar los términos
de operación de dicha notificación y el boletín jurisdiccional.
Intervención:
Por la Comisión: Dip. Gloria Himelda Félix Niebla |
a)
En
votación
económica
se autorizó someterlo a discusión.
b)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 433 votos a
favor.
c)
Pasa al
Ejecutivo, para los
efectos
constitucionales. |
5 |
Comisión de Salud
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2016. |
Que adiciona una fracción XII al artículo 6o. de la Ley General de
Salud.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
13:34 hrs. |
Término:
13:37 hrs |
Duración:
0:03 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. José Refugio Sandoval
Rodríguez (PVEM), el 29 de octubre de 2015. (LXIII Legislatura)
Declaratoria
de Publicidad emitida el
28 de abril de 2016.
(LXIII Legislatura)
Propuesta:
Establecer que el Sistema Nacional de Salud deberá
impulsar los servicios de salud para prevenir los embarazos no planeados
en adolescentes, así como el contagio de infecciones de transmisión
sexual.
Intervención:
Por la Comisión: Dip. José Refugio Sandoval Rodríguez |
a)
En votación económica se autorizó someterlo a discusión.
b)
Aprobado en
lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 434 votos a
favor, y 1 abstención.
c)
Pasa a la Cámara de Senadores,
para los
efectos
constitucionales. |
6 |
Comisión de Economía
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de abril de 2016. |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley
de la Propiedad Industrial.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
13:43 hrs. |
Término:
13:47 hrs |
Duración:
0:04 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por
Senadores integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial el
12 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura del 03 de diciembre de 2015.
(LXIII Legislatura)
Dictamen a Discusión del 14 de diciembre de 2015.
Proyecto de decreto aprobado por 77 votos. Pasa a la Cámara de Diputados
para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)
Minuta recibida el 01 de febrero de 2016. (LXIII
Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Crear un sistema de oposición en materia de solicitudes
de propiedad industrial, para lo cual deberán publicarse las
resoluciones definitivas emitidas en los procedimientos de declaración
administrativa, así como las que modifiquen condiciones o alcance de
patentes o registros concedidos, las solicitudes de propiedad,
especificando los requerimientos para acreditar la personalidad en las
solicitudes de registro de marca, marca colectiva, aviso comercial,
renovaciones, inscripciones, cambios de domicilio y ubicación, entre
otras.
Intervención:
Por la Comisión: Dip. Juan Manuel Cavazos Balderas |
a)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 432 votos a
favor.
b)
Pasa al
Ejecutivo, para los
efectos
constitucionales. |
7 |
Comisión de Puntos
Constitucionales
Publicación en GP:
Anexo XII.
28 de abril de 2016. |
Que reforma el párrafo segundo del artículo 11 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de
asilo y condición de refugiados.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
13:57 hrs. |
Término:
14:00 hrs |
Duración:
0:03 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la
Senadora Gabriela Cuevas Barrón, el 03 de septiembre de 2013. (LXII
Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura del 15 de diciembre de 2015.
(LXIII Legislatura)
Dictamen a Discusión del 21 de abril de 2016. Proyecto de
decreto aprobado por 85 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los
efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)
Minuta recibida el 25 de abril de 2016. (LXIII
Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Reconocer el derecho de toda persona a la condición de
refugiado o a solicitar el otorgamiento de asilo político.
Intervención:
Por la Comisión: Dip. Alicia Barrientos Pantoja (MORENA) |
a)
En votación económica se autorizó someterlo a discusión.
b)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 432 votos a
favor.
c)
Pasa a
las legislaturas de los estados, para los efectos del artículo 135 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
8 |
Comisión de Puntos
Constitucionales
Publicación en GP:
Anexo XIV.
28 de abril de 2016. |
Que adiciona un párrafo cuarto al apartado B, del
artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de vigilancia del interés superior de las niñas,
niños y adolescentes.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
14:13 hrs. |
Término:
14:16 hrs |
Duración:
0:03 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. Mónica Rodríguez Della
Vecchia (PAN), el 15 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Establecer que la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos deberá velar por que el Estado, salvaguarde y promueva la
correcta aplicación y cumplimiento del principio de interés superior de
la niñez, y observar que se respeten y garanticen los Derechos de las
Niñas, Niños y Adolescentes. Crear una Visitaduría Especial que vigile
que en los Centros de Reclusión se garanticen los derechos fundamentales
de todos los niños que ahí viven y se adecue su infraestructura para
contribuir con su correcto desarrollo.
Intervención:
Por la Comisión: Dip. Mónica Rodríguez Della Vecchia |
a)
En votación económica se autorizó someterlo a discusión.
b)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 445 votos a
favor.
c)
Pasa a la
Cámara de Senadores, para los
efectos
constitucionales. |
9 |
Comisión de Puntos
Constitucionales
Publicación en GP:
Anexo XV.
28 de abril de 2016. |
Que adiciona la fracción XXIX-X al artículo 73 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para regular la
atención a víctimas como materia concurrente.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
14:22 hrs. |
Término:
14:24 hrs |
Duración:
0:02 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Comisión Permanente por la
Sen. Enrique Burgos García (PRI), el 27 de enero de 2016. (LXIII
Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura del 30 de marzo de 2016. (LXIII
Legislatura)
Dictamen a Discusión del 31 de marzo de 2016. Proyecto de
decreto aprobado por 87 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los
efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)
Minuta recibida el 05 de abril de 2016. (LXIII
Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Expedir la Ley General que establezca la concurrencia de
la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, en el ámbito
de sus respectivas competencias, en materia de derechos de las víctimas.
Intervención:
Por la Comisión: Dip. María Candelaria Ochoa Avalos |
a)
En votación económica se autorizó someterlo a discusión.
b)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 444 votos a
favor.
c)
Pasa a
las legislaturas de los estados, para los efectos del artículo 135
de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. |
10 |
Comisión de Puntos
Constitucionales
Publicación en GP:
Anexo XVI.
28 de abril de 2016. |
Que reforma el párrafo tercero del artículo 27 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se adicionan
sendos artículos 1-Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente, y a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental,
en materia de protección al ambiente.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
14:30 hrs. |
Término:
14:33 hrs |
Duración:
0:03 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. Isaura Ivanova Pool
Pech (PRD), el 14 de octubre de 2015. (LXIII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Incluir los principios de atendiéndose los principios
generales de derecho ambiental precautorio, preventivo, de
obligatoriedad, para la restauración de daños y de participación
informada a efecto de preservar y restaurar el equilibrio ecológico.
Añadir diversos principios rectores que servirán de marco para el
desarrollo normativo de protección ambiental.
Intervención:
Por la Comisión: Dip. Isaura Ivanova Pool Pech |
a)
En votación económica se autorizó someterlo a discusión.
b)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 446 votos a
favor.
c)
Pasa a la
Cámara de Senadores, para los efectos
constitucionales. |
11 |
Comisión de Puntos
Constitucionales
Publicación en GP:
Anexo XIII.
28 de abril de 2016. |
Que reforma el artículo 102, apartado B, párrafo quinto
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia
de autonomía de organismos estatales de derechos humanos.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
14:41 hrs. |
Término:
14:46 hrs |
Duración:
0:05 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. Lía Limón García (PRD),
el 04 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Dotar de autonomía de gestión y presupuestaria,
personalidad jurídica y patrimonio propios a los organismos estatales de
derechos humanos de las entidades federativas.
Intervención:
Por la Comisión: Dip. Lía Limón García |
a)
En
votación económica
se autorizó someterlo a discusión.
b)
Aprobado en
lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 446 votos a
favor.
c)
Pasa a la Cámara de Senadores, para los
efectos
constitucionales. |
12 |
Comisión de Derechos de la Niñez
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de abril de 2016. |
Que reforma la fracción XXVII del artículo 4,
recorriéndose las subsecuentes y los artículos 98 y 99, de la Ley
General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
14:56 hrs. |
Término:
15:42 hrs |
Duración:
0:46 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Rafael Hernández Soriano
(PRD) el 15 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el
28
de abril de 2016.
(LXII Legislatura)
Propuesta:
Establecer que por Sistema Municipal de Protección se
entenderá como el Sistema de Protección de Niñas, niños y adolescentes
de cada Municipios. En caso de que los Sistemas DIF identifiquen
mediante una evaluación inicial, a niñas, niños o adolescentes
extranjeros que sean susceptibles de reconocimiento de condición de
refugiado o de asilo, lo comunicará al Instituto Nacional de Migración,
quien en colaboración con la Coordinación General de la Comisión
Mexicana de Ayuda a Refugiados, adoptarán medidas de protección
especial. El Instituto Nacional de Migración y en su caso la
Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados,
deberán proporcionar la información y colaborar con el Sistema Nacional
DIF para efectos de brindar dicha protección especial.
Intervenciones:
Por la Comisión: Dip. Jesús Salvador Valencia Guzmán*
Para Fijar Postura de su Grupo Parlamentario:
Dip. Norma Edith Martínez Guzmán (PES)
Dip. Carmen Victoria Campa Almaral (NA)
Dip. Jorge Álvarez Maynez (MC)
Dip. Ariadna Montiel Reyes (MORENA)
Dip. Daniela de los Santos Torres (PVEM)
Dip. Rafael Hernández Soriano (PRD)
Dip. Rocío Matensanz Santamaría (PAN)
Dip. Alicia Guadalupe Gamboa Martínez (PRI)
*Propuso modificación a nombre de la Comisión.
**Para
este y el siguiente dictamen. |
a)
En
votación
económica
se autorizó someterlo a discusión.
b)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 441 votos a
favor.
c)
Pasa a la
Cámara de Senadores, para los efectos
constitucionales. |
13 |
Comisión de Derechos de la Niñez
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de abril de 2016. |
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de
los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
14:56 hrs. |
Término:
15:42 hrs |
Duración:
0:46 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por los Diputados Alicia Guadalupe
Gamboa Martínez (PRI), Rocío Matesanz Santamaría (PAN), Norma Edith
Martínez Guzmán (PES), Daniela de los Santos Torres (PVEM) y Jesús
Salvador Valencia Guzmán (PRD), el 29 de marzo de 2016. (LXIII
Legislatura).
Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Fortalecer los derechos de los infantes. Establecer que
será derecho de niñas, niños y adolescentes el adecuado desarrollo
evolutivo de la personalidad. Prever que los tres órdenes de gobierno
deberán establecer políticas de fortalecimiento familiar para evitar la
separación de infantes de su entorno familiar. Precisar que el DIF, en
coordinación con las Procuradurías de Protección, deberán otorgar
medidas especiales de protección cuando éstos se encuentren en desamparo
familiar. Prever el procedimiento que deberá seguirse en caso de que los
centros de asistencia social reciban a un infante en situación de
indefensión o desamparo familiar. Establecer los criterios relativos al
proceso de adopción. |
a)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 431 votos a
favor.
b)
Pasa a la
Cámara de Senadores, para los efectos
constitucionales. |
14 |
Comisión de Cultura y Cinematografía
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de abril de 2016.
|
Que se adiciona un artículo 213 Bis y reforma el artículo
215 de la Ley Federal del Derecho de Autor.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
15:59 hrs. |
Término:
16:07 hrs |
Duración:
0:08 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. Araceli Guerrero
Esquivel (PRI) el 15 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 20 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Establecer que los titulares de los derechos de autor,
sus representantes o las sociedades de gestión colectiva que los
representen podrán solicitar a los tribunales federales o estatales el
otorgamiento y ejecución de medidas precautorias para prevenir, impedir
o evitar la violación a los derechos patrimoniales, tales como la
suspensión de la representación, comunicación o ejecución; el embargo de
las entradas o ingresos que se obtengan ya sea antes o durante la
representación, comunicación o ejecución; el aseguramiento cautelar de
los instrumentos, materiales, equipos o insumos utilizados en la
representación, comunicación o ejecución; y embargo de la negociación
mercantil.
Intervención:
Dip. María Angélica Mondragón Orozco
|
a)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 433 votos a
favor.
b)
Pasa a la
Cámara de Senadores, para los efectos
constitucionales.
|
15 |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de abril de 2016.
|
Que reforma los artículos 4, fracción III y 10 fracción
VII de la Ley del Fomento para la Lectura y el Libro.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
16:14 hrs. |
Término:
16:17 hrs |
Duración:
0:03 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Matías Nazario Morales
(PRI), el 10 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura).
Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Establecer dentro de los objetivos de la Ley del Fomento
para la Lectura y el Libro, el fomentar y apoyar el establecimiento y
desarrollo de librerías, bibliotecas tradicionales y virtuales,
corresponde a la Secretaría de Educación Pública promover el acceso y
distribución de libros, en formato físico y digital.
|
a)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 425 votos a
favor.
b)
Pasa a la
Cámara de Senadores, para los efectos
constitucionales.
|
1
|
De la Comisión de Justicia.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del
Código Nacional de Procedimientos Penales; del Código Penal Federal; de
la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; de la Ley
Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el
Procedimiento Penal; de la Ley General para Prevenir y Sancionar los
Delitos en materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del
artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
de la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación; de la Ley Federal de
Defensoría Pública; del Código Fiscal de la Federación y de la Ley de
Instituciones de Crédito.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL |
Inicio:
16:35 hrs. |
Término:
17:47 hrs. |
Duración:
01:12 hrs. |
DISCUSIÓN EN LO PARTICULAR |
Inicio:
17:58 hrs. |
Término:
18:25 hrs |
Duración:
00:27 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los
Senadores Arely Gómez González y Roberto Gil Zuarth (PAN), el 21 de
noviembre de 2014. (LXII Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura del 04 de diciembre de 2014.
(LXII Legislatura)
Dictamen a discusión del 09 de diciembre de 2014.
Proyecto de decreto aprobado por 98 votos. Pasa a la Cámara de Diputados
para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)
Minuta recibida en Cámara de Diputados el 10 de diciembre
de 2014. (LXII Legislatura).
Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Establecer que durante todo el proceso penal, se podrán
utilizar los medios electrónicos en todas las actuaciones para facilitar
su operación, incluyendo el informe policial, también se podrán
instrumentar para la presentación de denuncias o querellas en línea que
permitan su seguimiento. El Juez de control resolverá la solicitud de
orden de aprehensión exclusivamente con la presencia del Ministerio
Público, para el caso de la solicitud de comparecencia el Juez de
Control deberá resolver dentro de un plazo máximo de veinticuatro horas,
siguientes al momento en que se haya recibido la solicitud. No se
considerará dilación indebida en la puesta a disposición de los
detenidos cuando por cuestiones de seguridad o atendiendo las
características del hecho investigado, se realice ante el Ministerio
Público distinto al del lugar de la comisión de los hechos, siempre y
cuando exista el registro inmediato de su detención y de su traslado La
prisión preventiva no podrá exceder de dos años, salvo que su
prolongación se deba al ejercicio del derecho de defensa del imputado
cuando éste o su defensor gestionen incidencias evidentemente
dilatorias, con el fin de prolongar el proceso para que transcurra el
tiempo para dictar sentencia; cuando el imputado o su defensor
manifieste o el juzgador advierta la existencia de tortura y esta deba
resolverse primeramente; durante el tiempo en que el proceso penal esté
suspendido a causa de un mandato judicial, o cuando el proceso se
encuentre suspendido o se aplace por impedimento o por inasistencia del
imputado o su defensor. Para las Entidades federativas se considerarán
delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, el de homicidio
doloso, violación, delitos cometidos con medios violentos como armas de
fuego y explosivos, aquellos delitos graves contra el libre desarrollo
de la personalidad, que determine su legislación penal. En caso que el
imputado notificado no comparezca injustificadamente a la audiencia a la
que fue citado, el Ministerio Público deberá solicitar la orden de
aprehensión. En caso de que el imputado sea sorprendido incumpliendo
flagrantemente una medida cautelar, inmediatamente será puesto a
disposición del Juez de Control, quien convocará a las partes a una
audiencia para la revisión de dicha medida. La Autoridad de supervisión
de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso, tendrá
por objeto realizar la evaluación de riesgo del imputado, así como
llevar a cabo el seguimiento de las medidas cautelares y de la
suspensión condicional del proceso, y se podrá auxiliar de la instancia
policial correspondiente para el desarrollo de sus funciones. Los
registros de la investigación, así como todos los documentos,
independientemente de su contenido o naturaleza, los objetos, los
registros de voz e imágenes o cosas que le estén relacionados, son
estrictamente reservados, por lo que únicamente las partes, podrán tener
acceso a los mismos. La intervención de comunicaciones privadas, abarca
todo sistema de comunicación, o programas que sean resultado de la
evolución tecnológica, que permitan el intercambio de datos,
informaciones, audio, video, mensajes, así como archivos electrónicos
que graben, conserven el contenido de las conversaciones o registren
datos que identifiquen la comunicación, los cuales se pueden presentar
en tiempo real. Tratándose de una víctima menor de doce años, se
observará el principio de interés superior de la niñez.
Publicación en GP:
Anexo VI. 28 de abril de 2016.
|
DISCUSIÓN EN LO GENERAL |
Intervenciones:
Por la Comisión: Dip. Dip. Álvaro Ibarra Hinojosa*
Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:
Dip. Melissa Torres Sandoval (PES)
Dip. Soralla Bañuelos de la Torre (NA)
Dip. Víctor Manuel Sánchez Orozco (MC)
Dip. Ernestina Godoy Ramos (MORENA) |
Dip. Lia Limón García (PVEM)
Dip. Arturo Santana Alfaro (PRD)
Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN)
Dip. Martha Sofía Tamayo Morales (PRI) |
Para hablar a favor:
Dip. Jonadab Martínez García (MC)
Dip. Manuel de Jesús Espino (MC)
Dip. Sofía González Torres (PVEM)
Dip. María Cristina Teresa García Bravo (PRD) |
Para hablar a favor:
Dip. Afredo Basurto Román (MORENA)
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*Propuso modificación a nombre de la Comisión. |
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En votación económica se aceptó la modificación
presentada por la Comisión.
Aprobado en lo general y en lo particular los artículos
no reservados del proyecto de decreto por 403 a favor y 24 abstenciones,
con la modificación aceptada por la Asamblea. |
Se reservaron para discusión en lo particular los
artículos
22, 113, 151, 165, 174, 176, 196, 218, 222, 421, 422 y
423 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 11 y 11 BIS, del
Código Penal Federal, y 42 y 92 del Código Fiscal de la Federación. |
DISCUSIÓN EN LO PARTICULAR |
Intervenciones para las reservas y trámite:
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Dip. Juan Romero Tenorio (MORENA)
Modificación a los artículos 22, 113, 165, 174, 176, 196,
218, 222 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y los artículos
42 y 92 del Código Fiscal de la Federación.
Trámite: En votación económica se desecharon. |
Dip. Alfredo Basurto Román (MORENA)
Modificación al artículo 151 del Código Nacional de
Procedimientos Penales.
Trámite: En votación económica se desecharon. |
Dip. Víctor Manuel Sánchez Orozco (MORENA), para
presentar propuesta de modificación al artículo 165, del Código Nacional
de Procedimientos Penales.
Trámite: En votación económica se desecharon. |
Dip. Waldo Fernández González (MORENA), para presentar
propuesta de modificación al artículo 421, 422 y 423, del Código
Nacional de Procedimientos Penales.
Trámite: En votación económica se desecharon. |
Dip. Apolinar Casillas Gutiérrez (PAN), para presentar
propuesta de modificación al artículo 11 y 11 BIS, del Código Nacional
de Procedimientos Penales.
Trámite: En votación económica se desecharon. |
Aprobados en lo particular los artículos 22, 113, 151,
165, 174, 176, 196, 218, 222, 421, 422 y 423 del Código Nacional de
Procedimientos Penales; artículos 11 y 11 Bis del Código Penal Federal;
y los artículos 42 y 92 del Código Fiscal de la Federación, todos
términos del dictamen, en términos del dictamen por 359 votos a favor,
47 en contra y 1 abstención
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de
decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones
del Código Nacional de Procedimientos Penales; del Código Penal Federal;
de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; de la Ley
Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el
Procedimiento Penal; de la Ley General para Prevenir y Sancionar los
Delitos en materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del
artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
de la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación; de la Ley Federal de
Defensoría Pública; del Código Fiscal de la Federación y de la Ley de
Instituciones de Crédito.
Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos la
fracción E del artículo 72 constitucional. |
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