1.   COMUNICACIONES DE LA MESA DIRECTIVA

 

a) Dictámenes en sentido negativo de proposiciones.

 

b) Con modificación de turno de iniciativa.

 

2.   COMUNICACIONES

 

a) De C. Diputada.

 

b) De Coordinador de Grupo Parlamentario.

 

3.   OFICIOS

 

4.   CONTESTACIÓN A PUNTO DE ACUERDO

 

5.   SOLICITUDES DE DIPUTADOS

 

a) Para retirar iniciativas.

 

b) Para retirar proposiciones con puntos de acuerdo.

 

6.   COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES Y COMITÉ

 

7.   ACUERDO DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA PARA LA ELECCIÓN DE INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE

 

8.   ACUERDOS DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política.

 

9.   MINUTA

 

Con proyecto de decreto.

 

10. MINUTA A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto.

 

11.  INICIATIVAS

 

12.  DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

Con proyecto de decreto.

 

13.  DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto.

 

14.  PROPOSICIONES

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 29

   

 

 

 

13.  DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Gobernación

 

Publicación en GP:

Anexo V.

28 de abril de 2016.

Por el que se declara el año 2017 como “Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 12:49 hrs.

Término: 12:51 hrs

Duración: 0:02 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Maricela Contreras Julián (PRD), el 25 de febrero de 2016. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 21 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Declarar el año 2017 como “Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

 

Intervención: Por la Comisión: Dip. David Sánchez Isidoro

a)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 420 votos a favor,

b)  Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales.

2

Comisión de Trabajo y Previsión Social

 

Publicación en GP:

Anexo V.

28 de abril de 2016.

Que adiciona una fracción XXIX al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 13:03 hrs.

Término: 13:09 hrs

Duración: 0:06 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. José del Pilar Córdova Hernández (PRI), el 19 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 14 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir como obligación del patrón otorgar permiso por luto de cuando menos tres días hábiles con goce de sueldo, a las y los trabajadores por muerte de padres, hijos, hermanos, cónyuge, concubina o concubinario, estos días serán inmediatos al deceso. El trabajador deberá justificar el evento y dispondrá de quince días hábiles para presentar al patrón, o a quien este designe, el Acta de Defunción correspondiente.

 

Intervención: Por la Comisión: Dip. José del Pilar Córdova Hernández

a)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 428 votos a favor y 1 abstención.

b)  Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales.

3

Que reforma el párrafo segundo del artículo 3o. de la Ley Federal del Trabajo.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 13:03 hrs.

Término: 13:09 hrs

Duración: 0:06 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. Luz Argelia Paniagua Figueroa (PAN) el 03 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Señalar que no podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación en el ingreso, permanencia, promoción y ascenso entre los trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.

 

Intervención: Por la Comisión: Dip. José del Pilar Córdova Hernández

a) Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 428 votos a favor.

b)  Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales.

4

Comisión de Justicia

 

Publicación en GP:

Anexo X.

28 de abril de 2016.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 13:25 hrs.

Término: 13:28 hrs

Duración: 0:03 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Arely Gómez González (PRI), Dolores Padierna Luna (PRD), María del Pilar Ortega Martínez (PAN), Teófilo Torres Corzo (PRI), Graciela Ortiz González (PRI), Ana Lilia Herrera Anzaldo (PRI), Marcela Guerra Castillo (PRI) y Blanca María Alcalá Ruiz (PRI), el 14 de diciembre de 2014 (LXII Legislatura).

Dictamen de Primera Lectura del 17 de marzo de 2016. (LXIII Legislatura)

Dictamen a Discusión del 17 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 74 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 31 de marzo de 2016. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Simplificar el juicio contencioso administrativo que garantice el principio de tutela judicial efectiva, implementar del mecanismo de aviso electrónico de las resoluciones contempladas en el boletín jurisdiccional; permitir la utilización de la firma electrónica avanzada para la presentación de demandas; y, reglamentar los términos de operación de dicha notificación y el boletín jurisdiccional.

 

Intervención: Por la Comisión: Dip. Gloria Himelda Félix Niebla

a) En votación económica se autorizó someterlo a discusión.

b) Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 433 votos a favor.

c)  Pasa al Ejecutivo, para los efectos constitucionales.

5

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

28 de abril de 2016.

Que adiciona una fracción XII al artículo 6o. de la Ley General de Salud.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 13:34 hrs.

Término: 13:37 hrs

Duración: 0:03 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. José Refugio Sandoval Rodríguez (PVEM), el 29 de octubre de 2015. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que el Sistema Nacional de Salud deberá impulsar los servicios de salud para prevenir los embarazos no planeados en adolescentes, así como el contagio de infecciones de transmisión sexual.

 

Intervención: Por la Comisión: Dip. José Refugio Sandoval Rodríguez

a)  En votación económica se autorizó someterlo a discusión.

b)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 434 votos a favor, y 1 abstención.

c)  Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales.

6

Comisión de Economía

 

Publicación en GP:

Anexo V.

28 de abril de 2016.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 13:43 hrs.

Término: 13:47 hrs

Duración: 0:04 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por Senadores integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial el 12 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura del 03 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura)

Dictamen a Discusión del 14 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

Minuta recibida el 01 de febrero de 2016. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Crear un sistema de oposición en materia de solicitudes de propiedad industrial, para lo cual deberán publicarse las resoluciones definitivas emitidas en los procedimientos de declaración administrativa, así como las que modifiquen condiciones o alcance de patentes o registros concedidos, las solicitudes de propiedad, especificando los requerimientos para acreditar la personalidad en las solicitudes de registro de marca, marca colectiva, aviso comercial, renovaciones, inscripciones, cambios de domicilio y ubicación, entre otras.

 

Intervención: Por la Comisión: Dip. Juan Manuel Cavazos Balderas

a) Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 432 votos a favor.

b)  Pasa al Ejecutivo, para los efectos constitucionales.

7

Comisión de Puntos Constitucionales

 

Publicación en GP:

Anexo XII.

28 de abril de 2016.

Que reforma el párrafo segundo del artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de asilo y condición de refugiados.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 13:57 hrs.

Término: 14:00 hrs

Duración: 0:03 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Gabriela Cuevas Barrón, el 03 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura del 15 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura)

Dictamen a Discusión del 21 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

Minuta recibida el 25 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Reconocer el derecho de toda persona a la condición de refugiado o a solicitar el otorgamiento de asilo político.

 

Intervención: Por la Comisión: Dip. Alicia Barrientos Pantoja (MORENA)

a)  En votación económica se autorizó someterlo a discusión.

b)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 432 votos a favor.

c)  Pasa a las legislaturas de los estados, para los efectos del artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8

Comisión de Puntos Constitucionales

 

Publicación en GP:

Anexo XIV.

28 de abril de 2016.

Que adiciona un párrafo cuarto al apartado B, del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de vigilancia del interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 14:13 hrs.

Término: 14:16 hrs

Duración: 0:03 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Mónica Rodríguez Della Vecchia (PAN), el 15 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos deberá velar por que el Estado, salvaguarde y promueva la correcta aplicación y cumplimiento del principio de interés superior de la niñez, y observar que se respeten y garanticen los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Crear una Visitaduría Especial que vigile que en los Centros de Reclusión se garanticen los derechos fundamentales de todos los niños que ahí viven y se adecue su infraestructura para contribuir con su correcto desarrollo.

 

Intervención: Por la Comisión: Dip. Mónica Rodríguez Della Vecchia

a)  En votación económica se autorizó someterlo a discusión.

b)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 445 votos a favor.

c)  Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales.

9

Comisión de Puntos Constitucionales

 

Publicación en GP:

Anexo XV.

28 de abril de 2016.

Que adiciona la fracción XXIX-X al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para regular la atención a víctimas como materia concurrente.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 14:22 hrs.

Término: 14:24 hrs

Duración: 0:02 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Comisión Permanente por la Sen. Enrique Burgos García (PRI), el 27 de enero de 2016. (LXIII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura del 30 de marzo de 2016. (LXIII Legislatura)

Dictamen a Discusión del 31 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

Minuta recibida el 05 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Expedir la Ley General que establezca la concurrencia de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de las víctimas.

 

Intervención: Por la Comisión: Dip. María Candelaria Ochoa Avalos

a)  En votación económica se autorizó someterlo a discusión.

b)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 444 votos a favor.

c)  Pasa a las legislaturas de los estados, para los efectos del artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

10

Comisión de Puntos Constitucionales

 

Publicación en GP:

Anexo XVI.

28 de abril de 2016.

Que reforma el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se adicionan sendos artículos 1-Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, en materia de protección al ambiente.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 14:30 hrs.

Término: 14:33 hrs

Duración: 0:03 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Isaura Ivanova Pool Pech (PRD), el 14 de octubre de 2015. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir los principios de atendiéndose los principios generales de derecho ambiental precautorio, preventivo, de obligatoriedad, para la restauración de daños y de participación informada a efecto de preservar y restaurar el equilibrio ecológico. Añadir diversos principios rectores que servirán de marco para el desarrollo normativo de protección ambiental.

 

Intervención: Por la Comisión: Dip. Isaura Ivanova Pool Pech

a)  En votación económica se autorizó someterlo a discusión.

b)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 446 votos a favor.

c)  Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales.

11

Comisión de Puntos Constitucionales

 

Publicación en GP:

Anexo XIII.

28 de abril de 2016.

Que reforma el artículo 102, apartado B, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de autonomía de organismos estatales de derechos humanos.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 14:41 hrs.

Término: 14:46 hrs

Duración: 0:05 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Lía Limón García (PRD), el 04 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Dotar de autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios a los organismos estatales de derechos humanos de las entidades federativas.

 

Intervención: Por la Comisión: Dip. Lía Limón García

a)  En votación económica se autorizó someterlo a discusión.

b)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 446 votos a favor.

c)  Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales.

12

Comisión de Derechos de la Niñez

 

Publicación en GP:

Anexo V.

28 de abril de 2016.

Que reforma la fracción XXVII del artículo 4, recorriéndose las subsecuentes y los artículos 98 y 99, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 14:56 hrs.

Término: 15:42 hrs

Duración: 0:46 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. Rafael Hernández Soriano (PRD) el 15 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 28 de abril de 2016. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que por Sistema Municipal de Protección se entenderá como el Sistema de Protección de Niñas, niños y adolescentes de cada Municipios. En caso de que los Sistemas DIF identifiquen mediante una evaluación inicial, a niñas, niños o adolescentes extranjeros que sean susceptibles de reconocimiento de condición de refugiado o de asilo, lo comunicará al Instituto Nacional de Migración, quien en colaboración con la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, adoptarán medidas de protección especial. El Instituto Nacional de Migración y en su caso la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, deberán proporcionar la información y colaborar con el Sistema Nacional DIF para efectos de brindar dicha protección especial.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. Jesús Salvador Valencia Guzmán*

 

Para Fijar Postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Norma Edith Martínez Guzmán (PES)

Dip. Carmen Victoria Campa Almaral (NA)

Dip. Jorge Álvarez Maynez (MC)

Dip. Ariadna Montiel Reyes (MORENA)

Dip. Daniela de los Santos Torres (PVEM)

Dip. Rafael Hernández Soriano (PRD)

Dip. Rocío Matensanz Santamaría (PAN)

Dip. Alicia Guadalupe Gamboa Martínez (PRI)

 

*Propuso modificación a nombre de la Comisión.

**Para este y el siguiente dictamen.

a)  En votación económica se autorizó someterlo a discusión.

b)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 441 votos a favor.

c)  Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales.

13

Comisión de Derechos de la Niñez

 

Publicación en GP:

Anexo V.

28 de abril de 2016.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 14:56 hrs.

Término: 15:42 hrs

Duración: 0:46 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por los Diputados Alicia Guadalupe Gamboa Martínez (PRI), Rocío Matesanz Santamaría (PAN), Norma Edith Martínez Guzmán (PES), Daniela de los Santos Torres (PVEM) y Jesús Salvador Valencia Guzmán (PRD), el 29 de marzo de 2016. (LXIII Legislatura).

Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Fortalecer los derechos de los infantes. Establecer que será derecho de niñas, niños y adolescentes el adecuado desarrollo evolutivo de la personalidad. Prever que los tres órdenes de gobierno deberán establecer políticas de fortalecimiento familiar para evitar la separación de infantes de su entorno familiar. Precisar que el DIF, en coordinación con las Procuradurías de Protección, deberán otorgar medidas especiales de protección cuando éstos se encuentren en desamparo familiar. Prever el procedimiento que deberá seguirse en caso de que los centros de asistencia social reciban a un infante en situación de indefensión o desamparo familiar. Establecer los criterios relativos al proceso de adopción.

a)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 431 votos a favor.

b)  Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales.

14

Comisión de Cultura y Cinematografía

 

Publicación en GP:

Anexo V.

28 de abril de 2016.

 

Que se adiciona un artículo 213 Bis y reforma el artículo 215 de la Ley Federal del Derecho de Autor.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 15:59 hrs.

Término: 16:07 hrs

Duración: 0:08 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Araceli Guerrero Esquivel (PRI) el 15 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 20 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que los titulares de los derechos de autor, sus representantes o las sociedades de gestión colectiva que los representen podrán solicitar a los tribunales federales o estatales el otorgamiento y ejecución de medidas precautorias para prevenir, impedir o evitar la violación a los derechos patrimoniales, tales como la suspensión de la representación, comunicación o ejecución; el embargo de las entradas o ingresos que se obtengan ya sea antes o durante la representación, comunicación o ejecución; el aseguramiento cautelar de los instrumentos, materiales, equipos o insumos utilizados en la representación, comunicación o ejecución; y embargo de la negociación mercantil.

 

Intervención: Dip. María Angélica Mondragón Orozco

 

a)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 433 votos a favor.

b)  Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales.

 

15

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

 

Publicación en GP:

Anexo V.

28 de abril de 2016.

 

Que reforma los artículos 4, fracción III y 10 fracción VII de la Ley del Fomento para la Lectura y el Libro.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 16:14 hrs.

Término: 16:17 hrs

Duración: 0:03 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Matías Nazario Morales (PRI), el 10 de noviembre de 2015. (LXIII Legislatura).

Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer dentro de los objetivos de la Ley del Fomento para la Lectura y el Libro, el fomentar y apoyar el establecimiento y desarrollo de librerías, bibliotecas tradicionales y virtuales, corresponde a la Secretaría de Educación Pública promover el acceso y distribución de libros, en formato físico y digital.

 

a)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 425 votos a favor.

b)  Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales.

 

 

1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

De la Comisión de Justicia.

 

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales; del Código Penal Federal; de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal; de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; de la Ley Federal de Defensoría Pública; del Código Fiscal de la Federación y de la Ley de Instituciones de Crédito.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL

Inicio: 16:35 hrs.

Término: 17:47 hrs.

Duración: 01:12 hrs.

DISCUSIÓN EN LO PARTICULAR

Inicio: 17:58 hrs.

Término: 18:25 hrs

Duración: 00:27 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Arely Gómez González y Roberto Gil Zuarth (PAN), el 21 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura del 04 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

Dictamen a discusión del 09 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 98 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

Minuta recibida en Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura).

Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que durante todo el proceso penal, se podrán utilizar los medios electrónicos en todas las actuaciones para facilitar su operación, incluyendo el informe policial, también se podrán instrumentar para la presentación de denuncias o querellas en línea que permitan su seguimiento. El Juez de control resolverá la solicitud de orden de aprehensión exclusivamente con la presencia del Ministerio Público, para el caso de la solicitud de comparecencia el Juez de Control deberá resolver dentro de un plazo máximo de veinticuatro horas, siguientes al momento en que se haya recibido la solicitud. No se considerará dilación indebida en la puesta a disposición de los detenidos cuando por cuestiones de seguridad o atendiendo las características del hecho investigado, se realice ante el Ministerio Público distinto al del lugar de la comisión de los hechos, siempre y cuando exista el registro inmediato de su detención y de su traslado La prisión preventiva no podrá exceder de dos años, salvo que su prolongación se deba al ejercicio del derecho de defensa del imputado cuando éste o su defensor gestionen incidencias evidentemente dilatorias, con el fin de prolongar el proceso para que transcurra el tiempo para dictar sentencia; cuando el imputado o su defensor manifieste o el juzgador advierta la existencia de tortura y esta deba resolverse primeramente; durante el tiempo en que el proceso penal esté suspendido a causa de un mandato judicial, o cuando el proceso se encuentre suspendido o se aplace por impedimento o por inasistencia del imputado o su defensor. Para las Entidades federativas se considerarán delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, el de homicidio doloso, violación, delitos cometidos con medios violentos como armas de fuego y explosivos, aquellos delitos graves contra el libre desarrollo de la personalidad, que determine su legislación penal. En caso que el imputado notificado no comparezca injustificadamente a la audiencia a la que fue citado, el Ministerio Público deberá solicitar la orden de aprehensión. En caso de que el imputado sea sorprendido incumpliendo flagrantemente una medida cautelar, inmediatamente será puesto a disposición del Juez de Control, quien convocará a las partes a una audiencia para la revisión de dicha medida. La Autoridad de supervisión de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso, tendrá por objeto realizar la evaluación de riesgo del imputado, así como llevar a cabo el seguimiento de las medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso, y se podrá auxiliar de la instancia policial correspondiente para el desarrollo de sus funciones. Los registros de la investigación, así como todos los documentos, independientemente de su contenido o naturaleza, los objetos, los registros de voz e imágenes o cosas que le estén relacionados, son estrictamente reservados, por lo que únicamente las partes, podrán tener acceso a los mismos. La intervención de comunicaciones privadas, abarca todo sistema de comunicación, o programas que sean resultado de la evolución tecnológica, que permitan el intercambio de datos, informaciones, audio, video, mensajes, así como archivos electrónicos que graben, conserven el contenido de las conversaciones o registren datos que identifiquen la comunicación, los cuales se pueden presentar en tiempo real. Tratándose de una víctima menor de doce años, se observará el principio de interés superior de la niñez.

 

Publicación en GP: Anexo VI. 28 de abril de 2016.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL

 

Intervenciones:

 

  Por la Comisión: Dip. Dip. Álvaro Ibarra Hinojosa*

 

  Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Melissa Torres Sandoval (PES)       

Dip. Soralla Bañuelos de la Torre (NA)   

Dip. Víctor Manuel Sánchez Orozco (MC)

Dip. Ernestina Godoy Ramos (MORENA)

Dip. Lia Limón García (PVEM)    

Dip. Arturo Santana Alfaro (PRD)          

Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN)

Dip. Martha Sofía Tamayo Morales (PRI)

 

Para hablar a favor:

Dip. Jonadab Martínez García (MC)

Dip. Manuel de Jesús Espino (MC)

Dip. Sofía González Torres (PVEM)

Dip. María Cristina Teresa García Bravo (PRD)

Para hablar a favor:

Dip. Afredo Basurto Román (MORENA)

 

 

 

*Propuso modificación a nombre de la Comisión.

 

En votación económica se aceptó la modificación presentada por la Comisión.

Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados del proyecto de decreto por 403 a favor y 24 abstenciones, con la modificación aceptada por la Asamblea.

Se reservaron para discusión en lo particular los artículos 22, 113, 151, 165, 174, 176, 196, 218, 222, 421, 422 y 423 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 11 y 11 BIS, del Código Penal Federal, y 42 y 92 del Código Fiscal de la Federación.

DISCUSIÓN EN LO PARTICULAR

 

Intervenciones para las reservas y trámite:

 

Dip. Juan Romero Tenorio (MORENA)

Modificación a los artículos 22, 113, 165, 174, 176, 196, 218, 222 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y los artículos 42 y 92 del Código Fiscal de la Federación.

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Dip. Alfredo Basurto Román (MORENA)

Modificación al artículo 151 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Dip. Víctor Manuel Sánchez Orozco (MORENA), para presentar propuesta de modificación al artículo 165, del Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Dip. Waldo Fernández González (MORENA), para presentar propuesta de modificación al artículo 421, 422 y 423, del Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Dip. Apolinar Casillas Gutiérrez (PAN), para presentar propuesta de modificación al artículo 11 y 11 BIS, del Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Aprobados en lo particular los artículos 22, 113, 151, 165, 174, 176, 196, 218, 222, 421, 422 y 423 del Código Nacional de Procedimientos Penales; artículos 11 y 11 Bis del Código Penal Federal; y los artículos 42 y 92 del Código Fiscal de la Federación, todos términos del dictamen, en términos del dictamen por 359 votos a favor, 47 en contra y 1 abstención

 

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales; del Código Penal Federal; de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal; de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; de la Ley Federal de Defensoría Pública; del Código Fiscal de la Federación y de la Ley de Instituciones de Crédito.

 

Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos la fracción E del artículo 72 constitucional.

 

 

 

 

 

 

 

 

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