1.   COMUNICACIÓN

 

De la Junta de Coordinación Política.

 

2.   OFICIO

 

3.   CONTESTACIÓN A PUNTO DE ACUERDO

 

4.   SOLICITUDES DE DIPUTADOS

 

a) Para retirar iniciativas.

 

b) Para retirar proposiciones con puntos de acuerdo.

 

5.   COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

 

6.   INICIATIVAS

 

7.   INICIATIVA A DISCUSIÓN

 

8.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTAMEN

 

Con proyecto de decreto.

 

9.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

a) Con proyecto de ley.

 

b) Con proyecto de decreto.

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 28

   

 

 

6.     INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforman los artículos 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo I

27 de abril de 2016

Asamblea Legislativa del Distrito Federal*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para opinión.

Atribuir a la Asamblea Legislativa legislar los términos y condiciones de entrega de la cuenta pública y expedir disposiciones legales para organizar la hacienda pública. Establecer que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo se encargará de dirimir las controversias entre los particulares con autoridades de la Administración Pública local del Distrito Federal. Facultar a la Asamblea para legislar en materia de fiscalización y auditoría pública.

2

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social.

 

Publicación en GP:

Anexo VII

26 de abril de 2016

Dip.

J. Jesús Zúñiga Mendoza

(PRI)

Comisión de Desarrollo Social, para dictamen

Promover el desarrollo humano, adoptar medidas para aumentar la participación social en la vida económica, social, cultural y política, prohibir prácticas discriminatorias, excluyentes o nugatorias de derechos en la prestación de los bienes y servicios contenidos en los programas para el desarrollo social y sujetar el principio de enfoque de derechos e intercultural, además de promoverlos en los planes, políticas, programas y lineamientos destinados a eliminar la pobreza e incluir la vertiente entre el enfoque intercultural y el desarrollo humano a la política nacional de desarrollo social.

3

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

12 de abril de 2016.

Diputado

Luis Fernando Antero Valle

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Facultar al Congreso para expedir las normas que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, Estados, Municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus competencias, en materia de aplicación y mejora regulatoria. Disponer la obligación de los Poderes Legislativos de los Estados, de expedir leyes que rijan su corresponsabilidad en materia de mejora regulatoria.

4

Que expide la Ley General de Promoción e Impulso al Joven Emprendedor.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

12 de abril de 2016.

Diputado

Luis Fernando Antero Valle

(PAN)

Comisiones Unidas de Economía, y de Juventud, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer mecanismos para el desarrollo de la cultura emprendedora y empresarial en los jóvenes y promover la cultura y formación emprendedora mediante la cátedra transversal de emprendimiento, incorporar sus temas y contenidos en las actividades extracurriculares de los niveles educativos básico, medio superior y superior, en los sectores público y privado. Constituir el Fondo para el Joven Emprendedor y establecer incentivos fiscales y tributarios.

5

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código de Comercio y de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, así como de los Códigos Civil Federal, Federal de Procedimientos Civiles, Fiscal de la Federación, y Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo VI

26 de abril de 2016

Dip.

Ángel II Alanís Pedraza

(PRD)

Comisiones Unidas de Economía, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para opinión

Tratándose de préstamos de dinero, realizados mediante la suscripción de letras de cambio o pagarés, el comerciante además deberá estar inscrito en el Registro Público de Comercio, en el listado nacional respectivo, y observar lo dispuesto en el Capítulo Segundo, del Título I, y en los artículos 26, 27 y 27-A, del Código Fiscal de la Federación, sin lo cual estará impedido para exigir el pago de intereses convencionales.

6

Que reforma los artículos 4º, 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VIII

14 de abril de 2016

Dip.

Mario Ariel Juárez Rodríguez

(MORENA)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Prever que la producción de alimentos será considerada un área estratégica del Estado.

7

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de las Leyes Generales de Partidos Políticos, y de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo VII

26 de abril de 2016

Dip.

Manuel de Jesús Espino

(MC)

 

Suscrita por integrantes de su Grupo Parlamentario

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Eliminar el financiamiento público de los partidos políticos.

8

Que reforma el artículo 7° de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo VI

27 de abril de 2016

Dip.

Melissa Torres Sandoval

(PES)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

Establecer que la actividad física y práctica del deporte sea como mínimo de 2.5 horas a la semana.

9

Que reforma los artículos 17, 18 y 96 de la Ley Agraria.

 

Publicado en GP:

Anexo III.

25 de febrero de 2016.

Dips.

Alma Carolina Viggiano Austria y Francisco Javier Santillán Oceguera

(PRI)*

Comisión de Reforma Agraria, para dictamen

Establecer el derecho de avecindados y posesionarios con certificados parcelarios, a designar sucesores para cada certificado sobre sus derechos agrarios. Incluir a los avecindado o posesionarios para la transmisión de derechos agrarios, decidir la conservación de los derechos ejidales y repartir los derechos sobre las parcelas. Pagar la indemnización atendiendo a los derechos de avecindados o posesionarios.

10

Que expide la Ley para la Protección y Promoción de Buenas Prácticas Comerciales.

 

Publicado en GP:

Anexo V

29 de marzo de 2016

Comisión de Economía, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de proteger y promover las buenas prácticas comerciales competitivas, a lo largo del ciclo comercial y hasta la oferta de mercancías al consumidor final, con el fin de generar seguridad jurídica, facilitar la solución conciliada de conflictos entre éstos, sancionar las conductas contrarias a las prácticas comerciales competitivas y contribuir a la salvaguarda de los derechos de los consumidores finales.

11

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

 

Publicado en GP:

Anexo V

29 de marzo de 2016

Dip.

Alma Carolina Viggiano Austria

(PRI)*

 

Suscrita por integrantes de su Grupo Parlamentario

Comisión de Vivienda, para dictamen

Cambiar la denominación del “Comité de Transparencia y Acceso a la Información” por la de “Comité de Transparencia”. Aprobar la normatividad del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en materia de transparencia y acceso a la información pública conforme a la legislación general y federal aplicable. Garantizar la protección de los datos personales en posesión del Instituto y el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, corrección y oposición. Remitir una copia del informe anual de actividades del Comité al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

12

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y para regular las Sociedades de Información Crediticia.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

05 de abril de 2016.

Dip.

Alma Carolina Viggiano Austria

(PRI)*

Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Incluir un Capítulo Segundo “De los Registros de Deudores Alimentarios Morosos”, al Título Cuarto De la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes para proteger los derechos alimentarios, promover y garantizar su cumplimiento e integrar la base de datos de las Sociedades de información Crediticia con la información que le proporcione el Registro sobre las personas inscritas por haber incumplido sus obligaciones alimentarias, conservar los historiales por incumplimiento y eliminarlo después de setenta y dos meses de haberse reportado el cumplimiento pleno de la obligación.

 

* Sin intervención en Tribuna.

Turnos de las iniciativas 09 a 12 publicados en el Anexo X de la Gaceta Parlamentaria del 27 de abril de 2016.

 

 

 

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