No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el artículo 3o. de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de abril de 2016. |
Dip.
Guadalupe Acosta Naranjo
(PRD)* |
Comisión de
Puntos Constitucionales,
para dictamen |
Eliminar del texto constitucional, “la permanencia” en el
servicio profesional docente que fijará la Ley reglamentaria en la
materia. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley de Aguas Nacionales.
Publicación en GP:
Anexo VII
14 de abril de 2016 |
Dip.
Alex Le Barón González
(PRI) |
Comisión de
Recursos Hidráulicos,
para dictamen |
Establecer que la CONAGUA se organizará a nivel regional,
en direcciones locales. Establecer que la prórroga de las concesiones o
asignaciones en la materia, se podrán solicitar hasta un día antes del
vencimiento de la vigente. |
3 |
Que reforma el artículo 5o. del Código Fiscal de la
Federación.
Publicación en GP:
Anexo VII.
12 de abril de 2016. |
Dip.
Minerva Hernández Ramos
(PAN) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen |
Establecer una norma general anti elusión. Incluir
elementos que permitan afrontar aquellas conductas abusivas de los
contribuyentes que tengan como finalidad disminuir sus cargas fiscales. |
4 |
Que reforma y adiciona el artículo 7o. de la Ley
General de Educación.
Publicación en GP:
Anexo VII.
12 de abril de 2016. |
Dip.
Evelyn Parra Álvarez
(PRD) |
Comisión de
Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen |
Facultar a las autoridades educativas para promover y
fomentar la lectura y el libro. En ese sentido se promoverá y fomentará
la oratoria como materia optativa. |
5 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del
Código Penal Federal.
Publicación en GP:
Anexo IV.
10 de marzo de 2016. |
Dip.
Jesús Gerardo Izquierdo Rojas
(PVEM)
Suscrita por diputados de su
Grupo Parlamentario |
Comisión de Justicia, para dictamen |
Tipificar diversas conductas con la finalidad de inhibir
el uso indebido de los recursos públicos destinados a los programas
sociales por parte de los servidores públicos o personas físicas y
morales encargados de la ejecución de los programas; así como establecer
la sanción con prisión y penas pecuniarias. |
6 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores del Estado.
Publicación en GP:
Anexo IV.
05 de abril de 2016. |
Dip.
Norma Xochitl Hernández Colín
(MORENA) |
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de
Seguridad Social,
para dictamen |
Suprimir los supuestos en que un cónyuge supérstite no
tendrá derecho a pensión del trabajador. Eliminar el precepto que otorga
10 años para solicitar los recursos de la cuenta individual del seguro
de retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, del trabajador. |
7 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del
Código Civil Federal.
Publicado en GP:
Anexo V
29 de marzo de 2016 |
Dip.
Rene Cervera García
(MC) |
Comisión de Justicia, para dictamen |
Dotar a los animales de una figura jurídica que los
separe de los objetos inanimados y que constituya un estatus jurídico
que les permita un trato digno y respetuoso de sus derechos. |
8 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Publicación en GP:
Anexo VII
14 de abril de 2016 |
Dip.
Angélica Reyes Ávila
(NA) |
Comisión de
Derechos de la Niñez,
para dictamen |
Establecer el derecho de acceso a las tecnologías de la
información y comunicación, incluido el de banda ancha e Internet, en un
capítulo al igual que los otros diecinueve derechos de la infancia y la
adolescencia. |
9 |
Que reforma el artículo 5o. de la Ley Federal de
Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad
Civil.
Publicado en GP:
Anexo VI
07 de abril de 2016 |
Dip.
Ana Guadalupe Perea Santos
(PES)
A
nombre de su
Grupo Parlamentario |
Comisión de
Gobernación,
para dictamen |
Adicionar como actividad de las organizaciones de la
sociedad civil, la capacitación para el desarrollo de conocimientos y
habilidades empresariales. |
10 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley
Federal del Trabajo, de la Ley del Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley del
Seguro Social, de la Ley General de Salud, de la Ley
Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del
Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, de la Ley General de Acceso
de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de la Ley del
Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de abril de 2016. |
Dip.
María Hadad Castillo
(PRI) |
Comisión de
Puntos Constitucionales
, para
dictamen, y a las Comisiones de Marina y de Defensa Nacional,
para opinión |
Ampliar las licencias de maternidad y paternidad,
establecer el derecho de las mujeres a gozar forzosamente de cuatro
semanas de descanso antes de la fecha fijada aproximadamente para el
parto y de veinticuatro semanas después del mismo y otorgar al padre un
periodo de descanso de seis semanas posteriores al parto. Otorgar
asistencia médica y obstétrica, de medicinas, de ayudas para la
lactancia, del servicio de guarderías infantiles y en el periodo de
lactancia de veinticuatro semanas de descanso para amamantar a sus
hijos. |
11 |
Que reforma el artículo 539 de la Ley Federal del
Trabajo.
Publicación en GP:
Anexo VII.
12 de abril de 2016. |
Dip.
Héctor Barrera Marmolejo
(PAN) |
Comisión de
Trabajo y Previsión Social
, para
dictamen |
Otorgar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
facultades de verificación a los empleadores para que no incurran en
actos de discriminación al momento de realizar publicaciones en búsqueda
de postulantes para las actividades de empleo que ofertan al público en
medios electrónicos, impresos y gacetas oficiales. |
12 |
Que reforma el artículo 61 Bis de la Ley General de
Salud.**
Publicación en GP:
Anexo IV.
31 de marzo de 2016. |
Dip.
Maricela Contreras Julián
(PRD) |
Comisión de Salud, para dictamen |
Facultar a las autoridades sanitarias para establecer
medidas a fin de evitar que el personal de salud, a través de acciones u
omisiones, ocasionen un daño físico o psicológico a la mujer durante la
atención del embarazo, parto y puerperio, que se exprese en la falta de
acceso a servicios de salud, un trato cruel, inhumano o degradante, o
una inadecuada prescripción de medicamentos, y afecte la capacidad de
decidir de manera libre e informada sobre dichos procesos
reproductivos. A los responsables de infringir dichas medidas se les
impondrán las sanciones administrativas correspondientes. |
13 |
Que adiciona el artículo 20 Bis a la Ley General de
Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.**
Publicación en GP:
Anexo IV
08 de marzo de 2016. |
Comisión de Igualdad de Género, para dictamen |
Constituir como violencia institucional, cualquier acción
u omisión por parte del personal del Sistema Nacional de Salud que cause
un daño físico o psicológico a la mujer durante el embarazo, parto y
puerperio. |
14 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley Federal de Derechos.
Publicación en GP:
Anexo VIII.
21 de abril de 2016. |
Dip.
Virgilio Mendoza Amezcua
(PVEM)
Suscrita por diputados de su
Grupo Parlamentario |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen |
Establecer los mecanismos y procedimientos para la
creación del Fondo de Infraestructura y Mejoramiento Ambiental para
estados y municipios, así como los lineamientos y reglas de operación
que regirán a los comités de desarrollo regional de las zonas portuarias
para la aplicación eficiente, oportuna y comprometida de los recursos
captados por dicho fondo. |
15 |
Que reforma el artículo 48 de la Ley General de Educación.
Publicado en GP:
Anexo IV
18 de febrero de 2016 |
Dip.
Guillermo Rafael Santiago Rodríguez
(MORENA) |
Comisión de
Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen |
Atribuir a las instituciones de educación media superior
y superior formular, diseñar y actualizar los planes y programas de
estudio, establecer mecanismos de participación y consulta estudiantil
vinculantes, que hagan posible incorporar la opinión de los educandos en
la conformación de los contenidos curriculares y en la determinación del
modelo educativo del que son sujetos. |
16 |
Que reforma los artículos 3o. y 3o. Bis de la Ley
del Instituto Mexicano de la Juventud.**
Publicación en GP:
Anexo IV.
31 de marzo de 2016. |
Dip.
Daniel Adrián Sosa Carpio
(MC) |
Comisión de Juventud, para dictamen |
Prever que el Instituto Mexicano de la Juventud promoverá
la capacitación, inclusión y desarrollo laboral de los jóvenes. |
17 |
Que reforma el artículo 4o. de la Ley General de
Educación.**
Publicación en GP:
Anexo VII.
19 de abril de 2016. |
Comisión de
Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen |
Establecer que todos los habitantes del país deben cursar
la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior.
|
18 |
Que reforma el artículo 4 de la Ley del Instituto
Mexicano de la Juventud.
Publicación en GP:
Anexo VIII.
21 de abril de 2016. |
Dip.
Mariano Lara Salazar
(NA) |
Comisión de Juventud, para dictamen |
Incluir a las atribuciones del Instituto, elaborar el
Programa Nacional de Juventud que tendrá por objeto orientar la política
nacional en materia de juventud e impulsar programas para la primer
colocación laboral de jóvenes y contribuir a la obtención de un trabajo
digno dentro del sector formal acorde con su preparación académica. |
19 |
Que reforma el artículo 47 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes.
Publicación en GP:
Anexo IV
07 de marzo de 2016. |
Dip.
Ana María Boone Godoy
(PRI) |
Comisión de
Derechos de la Niñez,
para dictamen |
Prevenir, atender y sancionar contenidos artísticos,
audiovisuales, gráficos, sonoros o electrónicos que contengan violencia
para niñas, niños o adolescentes. |
20 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del
Código Penal Federal.
Publicación en GP:
Anexo VIII
14 de abril de 2016 |
Dip.
Martha Cristina Jiménez Márquez
(PAN) |
Comisión de Justicia, para dictamen |
Imponer la medida de seguridad consistente en la
prohibición de ir a lugar determinado hasta por un término igual al de
la sanción privativa de la libertad impuesta o la publicación especial
de sentencia, a quien cometa el delito de tráfico de menores y los
delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad, cuando la víctima
sea menor de edad. |
21 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Publicación en GP:
Anexo IV.
31 de marzo de 2016. |
Dip.
Daniel Ordoñez Hernández
(PRD)*
Suscrita por diputados de su
Grupo Parlamentario |
Comisiones Unidas de
Gobernación,
y de Justicia, para dictamen |
Considerar a los votos en blanco como votación
válidamente emitida, para lo cual se otorgará un espacio en la boleta
electoral. Establecer que si el voto en blanco obtiene el primer lugar
en el 20% de las casillas instaladas, deberá repetirse la elección.
Definir el voto en blanco. |
22 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones
de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Publicación en GP:
Anexo VII
14 de abril de 2016 |
Dip.
Daniel Ordoñez Hernández
(PRD)* |
Comisión de Gobernación, para dictamen |
Precisar que las fórmulas de candidaturas independientes
podrán estar integradas por personas de diverso género. Contener en la
cédula de respaldo cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos
equivalente al 1% de votación válidamente emitida en la elección
inmediata anterior y que se encuentren en la lista nominal de electores,
para la candidatura de Presidente, del 2% para fórmulas de senadores de
mayoría relativa y estar integrada por ciudadanos de por lo menos la
mitad de las secciones electorales que sumen cuando menos el 1% de
ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores para fórmulas de
diputados de mayoría relativa. Eliminar el requisito de acompañar copias
de la credencia para votar vigente para computar las firmas. |
23 |
Que reforma los artículos 17 y 116 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
31 de marzo de 2016. |
Dip.
Víctor Manuel Sánchez Orozco
(MC) |
Comisión de
Puntos Constitucionales
, para
dictamen |
Crear el Instituto Nacional de Defensoría Pública
Electoral con el objeto de implementar el Sistema Nacional de Defensoría
Pública, para garantizar la plena vigencia y eficacia de los derechos
humanos y las garantías individuales en materia de acceso a la justicia,
previstas en esta Constitución y en los tratados internacionales, a
través de la asistencia necesaria y representación de las personas, con
la debida calidad y excelencia, cuando ésta sea requerida. |
24 |
Que reforma el artículo 41 de la Ley General de
Educación.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de abril de 2016. |
Dip.
Carlos Gutiérrez García
(NA) |
Comisión de
Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen |
Establecer que para la identificación y atención
educativa de los alumnos con capacidades y aptitudes sobresalientes, la
autoridad educativa federal, con base en sus facultades, establecerá un
modelo educativo, curricular y pedagógico, flexible, no limitante y
acorde a sus necesidades educativas y capacidades cognitivas
individualizadas; los medios y materiales educativos básicos para estos
alumnos y los mecanismos de detección oportuna. |
25 |
Que reforma los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IX
14 de abril de 2016 |
Dip.
Araceli Damián González
(MORENA)
A nombre propio y de la Dip. Norma Xóchitl Hernández
Colín (MORENA) |
Comisión de
Puntos Constitucionales
, para
dictamen |
Establecer como derecho de toda persona a tener un
“ingreso ciudadano universal”, para lo cual, el Estado garantizará su
cumplimiento a través de transferencias monetarias, Facultar al Congreso
para expedir leyes sobre ingreso ciudadano universal. |
26 |
Que reforma el artículo 18 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VII
14 de abril de 2016 |
Dip.
Cecilia Guadalupe Soto González
(PRD) |
Prever que tendrá derecho a indemnización, conforme lo
disponga la ley, quién sea privado de su libertad sin causa justificada
o si se excede los límites fijados por la ley para la prisión
preventiva. |
27 |
Que expide la Ley de Aeronaves pilotadas a
Distancia.
Publicación en GP:
Anexo VIII
14 de abril de 2016 |
Dip.
Claudia Edith Anaya Mota
(PRI)* |
Comisión de Transportes, para dictamen y a la Comisión de
Presupuesto y Cuenta Pública para opinión. |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular
la operación, registro, responsabilidades, establecer sanciones y uso
adecuado de las aeronaves pilotadas a distancia de carácter recreativo y
comercial, con el fin de garantizar la seguridad pública y la aviación
civil. |
28 |
Que reforma el artículo 7o. de la Ley General para
la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
Publicación en GP:
Anexo VIII.
21 de abril de 2016. |
Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen. |
Facultar a la Secretaría de Salud para que implemente
acciones de atención a niños, niñas y adolescentes con discapacidad que
se encuentren albergados en alguna institución de asistencia social,
mismas que incluirán servicios de rehabilitación física, terapias
psicológicas, educación especial y asesoría jurídica; así como para
desarrollar programas enfocados para niños, niñas y adolescentes con
discapacidad, para garantizar su derecho a vivir en familia, orientando
y apoyando a sus padres para su cuidado y desarrollo. |
29 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley de Asistencia Social y de la Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo VIII.
21 de abril de 2016. |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Ampliar los sectores de la población que son sujetos de
asistencia social, como son personas con discapacidad física o
intelectual, con trastornos psicosociales, refugiados, carecer de
cuidados parentales, y niñas, niños, adolescentes. |
30 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley General de Partidos Políticos.
Publicación en GP:
Anexo VIII.
21 de abril de 2016. |
Comisión de Gobernación, para dictamen. |
Contener en la declaración de principios la obligación de
promover y garantizar la participación política, en igualdad de
condiciones a las personas con discapacidad y destinar anualmente, el
uno por ciento del financiamiento público ordinario de los partidos
políticos, para la capacitación, promoción, inclusión y el desarrollo
del liderazgo político de las personas con discapacidad. |
31 |
Que reforma el artículo 4o. de la Ley de
Nacionalidad.
Publicación en GP:
Anexo VII.
12 de abril de 2016. |
Diputado
Salomón Majul González
(PRI)* |
Comisión de Gobernación, para dictamen. |
Considerar a la matrícula consular como identificación
oficial. |
32 |
De decreto, por el que se declara el 10 de agosto
como Día Nacional de las y los Jóvenes Indígenas de México.
Publicación en GP:
Anexo VII.
12 de abril de 2016. |
Diputado
Luis de León Martínez Sánchez
(PAN)* |
Comisión de Gobernación, para dictamen. |
Declarar el 10 de agosto como Día Nacional de las y los
Jóvenes Indígenas de México. |
33 |
Que expide la Ley de Productos Ecológicos y
Sustentables.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de abril de 2016. |
Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM* |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para
dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión. |
Crear un ordenamiento jurídica, con el objeto de promover
y regular los criterios y/o requisitos para la producción,
procesamiento, elaboración, preparación, almacenamiento, identificación,
empaque, etiquetado, comercialización, verificación y certificación de
productos ecológicos y/o sustentables. Establecer las prácticas a las
cuales deberán sujetarse los productos que hayan sido obtenidos
respetando el medio ambiente y cumpliendo con criterios de
sustentabilidad. Prever los requerimientos mínimos de verificación y
certificación ecológica y/o sustentable. Establecer las
responsabilidades de los involucrados en el proceso de certificación.
Facilitar la identificación por parte de los consumidores de los
productos que cumplen con los criterios de producción ecológica y/o
sustentable. |