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Comisión de Vivienda.
Publicación en GP:
Anexo III.
20 de abril de 2016. |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los
artículos 39, 44 y 55 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la
Vivienda para los Trabajadores.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
11:55 hrs. |
Término:
12:34 hrs |
Duración:
0:39 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los
Senadores María Elena Barrera Tapia, Joel Ayala Almeida, Angélica Araujo
Lara, Isaías González Cuevas, Jesús Casillas Romero, Hilda Flores
Escalera, Itzel Ríos de La Mora, Anabel Acosta Islas, Lilia Merodio
Reza, Cristina Díaz Salazar, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Silvia Garza
Galván, Javier Lozano Alarcón, Erika Ayala Ríos, César Octavio Pedroza
Gaitán, María Hilaria Domínguez Arvizu, María Lucero Saldaña Pérez,
Manuel Cárdenas Fonseca, Carmen Dorantes Martínez y Rosa Adriana Díaz
Lizama, integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, el 07 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda del
12 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos. Pasa a
la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII
Legislatura)
Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 12 de abril
de 2016. (LXIII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 19 de abril de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Establecer que la cantidad básica con la que se integrará
el interés anual para las subcuentas de vivienda se obtendrá con base en
las tasas aplicables a cada una de las denominaciones que integren los
activos financieros del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para
los trabajadores, la proporción asociada a los créditos hipotecarios
denominados en Salarios Mínimos, será la que resulte del incremento al
Salario Mínimo sin que pueda exceder la tasa de incremento porcentual a
la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para el mismo periodo; la
proporción asociada a los créditos hipotecarios denominado en Pesos,
será la tasa de interés nominal anual que resulte de promediar de manera
aritmética, los incrementos anuales que hubiese observado el Índice
Nacional de Precios al Consumidor durante los últimos cinco años
calendario; para la proporción asociada a los activos financieros se
aplicará el retorno del portafolio de referencia que haya aprobado para
tal fin el Consejo de Administración a través del Comité de Inversiones
o cualquier otro órgano colegiado designado para la gestión de las
inversiones del Instituto. Los créditos otorgados a los trabajadores en
veces salario mínimo, en el evento de que el salario mínimo se
incremente por encima de la Unidad de Medida y Actualización y el
Instituto no podrá actualizar el saldo en moneda nacional a una tasa que
supere el crecimiento porcentual de la Unidad de Medida y Actualización
durante el mismo año. El Instituto podrá otorgar, a solicitud del
trabajador, créditos en Unidad de Medida y Actualización. Las
infracciones que cometan los patrones en perjuicio de los trabajadores,
se castigarán con multas por el equivalente de tres a trescientas
cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización
vigente.
Intervenciones:
Por la Comisión: Dip. Alma Carolina Viggiano Austria
Para Fijar Postura de su Grupo Parlamentario:
Dip. Gonzalo Guízar Valladares (PES)
Dip. Mariano Lara Salazar (NA)
Dip. Refugio Trinidad Garzón Canchola (MC)
Dip. Roberto Guzmán Jacobo (MORENA)
Dip. Francisco Alberto Torres Rivas (PVEM)
Dip. Norberto Antonio Martínez Soto (PRD)
Dip. Nadia Haydee Vega Olivas (PAN)
Dip. José Luis Sáenz Soto (PRI) |
a)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 373 votos a
favor y 33 abstenciones.
b)
Pasa al
Ejecutivo Federal,
para los efectos
constitucionales. |
2 |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias.
Publicación en GP:
Anexo III.
20 de abril de 2016. |
Que adiciona un Título Séptimo con un Capítulo Único y
los artículos 145, 146 y 147 a la Ley Orgánica del Congreso General de
los Estados Unidos Mexicanos.
DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR |
Inicio:
12:44 hrs. |
Término:
13:26 hrs |
Duración:
0:42 hrs. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los
Senadores Arely Gómez González (PRI), Javier Corral Jurado (PAN),
Alejandro Encinas Rodríguez (PRD), Laura Angélica Rojas Hernández (PAN),
Zoé Robledo Aburto (PRD), Juan Gerardo Flores Ramírez (PVEM) y Manuel
Bartlett Díaz (PT), el 23 de julio de 2014. (LXII Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura del 04 de diciembre de 2014.
(LXII Legislatura)
Dictamen a Discusión del 10 de diciembre de 2014.
Proyecto de decreto aprobado por 81 votos. Pasa a la Cámara de Diputados
para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)
Minuta recibida el 3 de febrero de 2015. (LXII
Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 08 de diciembre de
2015. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Incluir en la Ley un Título denominado “De la
transparencia, acceso a la información pública, protección de datos
personales, archivo y apertura gubernamental”. Establecer que toda la
información del Congreso de la Unión y de cada una de sus Cámaras es
pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés
público y seguridad nacional, en los términos que fijan las leyes. Toda
persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su
utilización, tendrá acceso a la información pública del Congreso de la
Unión y de cada una de sus Cámaras, a sus datos personales o a la
rectificación de éstos. Establecer que para la conducción de las
actividades y políticas en materia del derecho de acceso a la
información pública, protección de datos personales, archivo,
transparencia y apertura gubernamental del Congreso de la Unión y cada
una de sus Cámaras, constituirán una Comisión Bicamaral de Acceso a la
Información, Protección de Datos Personales y Gobierno Abierto.
Intervenciones:
Por la Comisión: Dip. Jorge Triana Tena*
Para Fijar Postura de su Grupo Parlamentario:
Dip. José Alfredo Ferreiro Velazco (PES)
Dip. Soralla Bañuelos de la Torre (NA)
Dip. Macedonio Salomón Tamez Guajardo (MC)
Dip. Rogerio Castro Vázquez (MORENA)
Dip. Diego Valente Valera Fuentes (PVEM)
Dip. Omar Ortega Álvarez (PRD)
Dip. María Guadalupe Cecilia Romero Castillo (PAN)
Dip. Samuel Alexis Chacón Morales (PRI)
*Propuso modificación a nombre de la Comisión. |
a)
En
votación
económica
se aceptó la propuesta de modificación de la Comisión.
b)
Aprobado
en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 418 votos,
con las modificaciones aceptadas por la Asamblea.
a)
Se
devuelve a la Cámara de Senadores, para los efectos del Apartado E) del
artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |