1.   OFICIO

 

2.   SOLICITUDES DE DIPUTADOS

 

Para retirar iniciativas.

 

3.   INICIATIVAS

 

4.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTAMEN

 

Con proyecto de decreto.

 

5.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto.

 

6.   PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 25

   

 

 

 

 

5.     DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Vivienda.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

20 de abril de 2016.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 39, 44 y 55 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 11:55 hrs.

Término: 12:34 hrs

Duración: 0:39 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores María Elena Barrera Tapia, Joel Ayala Almeida, Angélica Araujo Lara, Isaías González Cuevas, Jesús Casillas Romero, Hilda Flores Escalera, Itzel Ríos de La Mora, Anabel Acosta Islas, Lilia Merodio Reza, Cristina Díaz Salazar, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Silvia Garza Galván, Javier Lozano Alarcón, Erika Ayala Ríos, César Octavio Pedroza Gaitán, María Hilaria Domínguez Arvizu, María Lucero Saldaña Pérez, Manuel Cárdenas Fonseca, Carmen Dorantes Martínez y Rosa Adriana Díaz Lizama, integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, el 07 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda del 12 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 12 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 19 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que la cantidad básica con la que se integrará el interés anual para las subcuentas de vivienda se obtendrá con base en las tasas aplicables a cada una de las denominaciones que integren los activos financieros del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores, la proporción asociada a los créditos hipotecarios denominados en Salarios Mínimos, será la que resulte del incremento al Salario Mínimo sin que pueda exceder la tasa de incremento porcentual a la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para el mismo periodo; la proporción asociada a los créditos hipotecarios denominado en Pesos, será la tasa de interés nominal anual que resulte de promediar de manera aritmética, los incrementos anuales que hubiese observado el Índice Nacional de Precios al Consumidor durante los últimos cinco años calendario; para la proporción asociada a los activos financieros se aplicará el retorno del portafolio de referencia que haya aprobado para tal fin el Consejo de Administración a través del Comité de Inversiones o cualquier otro órgano colegiado designado para la gestión de las inversiones del Instituto. Los créditos otorgados a los trabajadores en veces salario mínimo, en el evento de que el salario mínimo se incremente por encima de la Unidad de Medida y Actualización y el Instituto no podrá actualizar el saldo en moneda nacional a una tasa que supere el crecimiento porcentual de la Unidad de Medida y Actualización durante el mismo año. El Instituto podrá otorgar, a solicitud del trabajador, créditos en Unidad de Medida y Actualización. Las infracciones que cometan los patrones en perjuicio de los trabajadores, se castigarán con multas por el equivalente de tres a trescientas cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. Alma Carolina Viggiano Austria

 

Para Fijar Postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Gonzalo Guízar Valladares (PES)

Dip. Mariano Lara Salazar (NA)

Dip. Refugio Trinidad Garzón Canchola (MC)

Dip. Roberto Guzmán Jacobo (MORENA)

Dip. Francisco Alberto Torres Rivas (PVEM)

Dip. Norberto Antonio Martínez Soto (PRD)

Dip. Nadia Haydee Vega Olivas (PAN)

Dip. José Luis Sáenz Soto (PRI)

a)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 373 votos a favor y 33 abstenciones.

b)  Pasa al Ejecutivo Federal, para los efectos constitucionales.

2

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

20 de abril de 2016.

Que adiciona un Título Séptimo con un Capítulo Único y los artículos 145, 146 y 147 a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR

Inicio: 12:44 hrs.

Término: 13:26 hrs

Duración: 0:42 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Arely Gómez González (PRI), Javier Corral Jurado (PAN), Alejandro Encinas Rodríguez (PRD), Laura Angélica Rojas Hernández (PAN), Zoé Robledo Aburto (PRD), Juan Gerardo Flores Ramírez (PVEM) y Manuel Bartlett Díaz (PT), el 23 de julio de 2014. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura del 04 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

Dictamen a Discusión del 10 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

Minuta recibida el 3 de febrero de 2015. (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 08 de diciembre de 2015. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir en la Ley un Título denominado “De la transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales, archivo y apertura gubernamental”. Establecer que toda la información del Congreso de la Unión y de cada una de sus Cámaras es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijan las leyes. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso a la información pública del Congreso de la Unión y de cada una de sus Cámaras, a sus datos personales o a la rectificación de éstos. Establecer que para la conducción de las actividades y políticas en materia del derecho de acceso a la información pública, protección de datos personales, archivo, transparencia y apertura gubernamental del Congreso de la Unión y cada una de sus Cámaras, constituirán una Comisión Bicamaral de Acceso a la Información, Protección de Datos Personales y Gobierno Abierto.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. Jorge Triana Tena*

 

Para Fijar Postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. José Alfredo Ferreiro Velazco (PES)

Dip. Soralla Bañuelos de la Torre (NA)

Dip. Macedonio Salomón Tamez Guajardo (MC)

Dip. Rogerio Castro Vázquez (MORENA)

Dip. Diego Valente Valera Fuentes (PVEM)

Dip. Omar Ortega Álvarez (PRD)

Dip. María Guadalupe Cecilia Romero Castillo (PAN)

Dip. Samuel Alexis Chacón Morales (PRI)

 

*Propuso modificación a nombre de la Comisión.

a)  En votación económica se aceptó la propuesta de modificación de la Comisión.

b)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 418 votos, con las modificaciones aceptadas por la Asamblea.

a)  Se devuelve a la Cámara de Senadores, para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

 

 

 

 

 

 

 

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