1.   OFICIOS

 

2.   CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

 

3.   SOLICITUD DE DIPUTADA

 

Para retirar iniciativa.

 

4.   COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

 

5.   MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

 

a) De reincorporación.

 

b) De solicitud de licencia.

 

6.   ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política.

 

7.   MINUTAS

 

Con proyecto de decreto.

 

8.   INICIATIVAS

 

9.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto.

 

10.   PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

 

11.   PROPOSICIONES

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 20

   

 

 

 

 

 

8.     INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforman los artículos 121 y 135 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

 

Publicación en GP:

Anexo I

05 de abril de 2016.

Poder Ejecutivo Federal*

Comisión de Deporte, para dictamen.

Facultar al Comité Nacional Antidopaje, como única autoridad deportiva facultada para recolectar muestras biológicas y en su caso, iniciar la investigación para los resultados adversos o atípicos. Explicitar que el laboratorio central antidopaje de denominará Laboratorio Nacional de Prevención y Control del Dopaje.

2

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Aduanera, del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto al Valor Agregado, y Federal de Derechos.

 

Publicación en GP:

Anexo I

05 de abril de 2016.

Sen.

Silvia Guadalupe Garza Galván

(PAN)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Exentar del pago de los impuestos al comercio exterior por la entrada al territorio nacional o la salida del mismo, al valor agregado y del impuesto sobre la renta, a los vehículos cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como de aquellos eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna, y establecer que no estarán obligados al pago de los derechos de trámite aduanero.

3

Que reforma el artículo 146 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo I

05 de abril de 2016.

Sens.

Jesús Casillas Romero y Carlos Romero Deschamps

(PRI)*

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

Garantizar el acceso a créditos para la vivienda a las personas trabajadoras del hogar.

4

Que expide la Ley del Instituto Mexicano del Mariachi.

 

Publicación en GP:

Anexo I

05 de abril de 2016.

Congreso de Jalisco*

Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de fomentar y difundir la música vernácula y el Mariachi. Crear el Instituto Mexicano del Mariachi como un organismo público descentralizado, con el objetivo de promover y difundir los acervos culturales que acompañan e incluyen al Mariachi, así como de establecer academias de mariachi. Establecer las facultades y estructura del Instituto.

5

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

05 de abril de 2016.

Dip.

David Mercado Ruiz

(PRI)

Comisión de Ganadería, para dictamen.

Precisar el ámbito de aplicación de la Ley e incluir los conceptos de bienestar animal, como el estado positivo en que el animal tiene satisfechas sus necesidades innatas de comportamiento, fisiológicas y de salud frente a cambios en su ambiente y libre de sensaciones de dolor, miedo o desasosiego y el concepto de explotación.

6

Que reforma el artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social.

 

Publicación en GP:

Anexo V

15 de marzo de 2016

Dip.

Kathia María Bolio Pinelo

(PAN)

Comisión de Salud, para dictamen.

Beneficiar a las madres solteras que no cuentan con ningún apoyo para atender y cuidar a sus hijas o hijos con alguna discapacidad.

7

Que reforma diversas disposiciones de las Leyes Federal del Trabajo; de Asistencia Social; Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional; del Seguro Social; y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

 

Publicado en GP:

Anexo V

29 de marzo de 2016

 

Diputada

Eva Florinda Cruz Molina

(PRD)

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, para dictamen.

Incluir a las obligaciones de los patrones, proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establece la Constitución, asegurar que los centros de trabajo cuenten con lactarios y otorgar a las mujeres un descanso para realizar la extracción manual de leche en lactarios. Adicionar en los servicios básicos de salud en materia de asistencia social, el apoyo a mujeres indígenas y en situación de vulnerabilidad en períodos de gestación o lactancia. Fomentar la lactancia materna como alimento exclusivo durante los primeros seis meses y complementario hasta el segundo año de edad del infante.

8

Que expide la Ley General de Transporte Urbano y Suburbano, y reforma el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

05 de abril de 2016.

Dip.

Sofía González Torres

(PVEM)

Comisiones Unidas de Transporte y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión. 

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de fomentar el transporte sustentable urbano y suburbano público para complementarlo con otros medios de transporte amigables con el medio ambiente. Crear la Comisión Nacional de Transporte Sustentable Urbano y Suburbano, como instancia de coordinación de acciones entre los 3 órdenes de Gobierno. Crear el Fondo Nacional de Inversiones para el Transporte Urbano y Suburbano, como fideicomiso en el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos. Establecer y prever regulaciones federales sobre dicho transporte. 

9

Que reforma el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

31 de marzo de 2016.

Dip.

Guillermo Rafael Santiago Rodríguez

(MORENA)

Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen.

Establecer el derecho de los pueblos indígenas a la autonomía y el respeto del Estado en los ámbitos en que hagan valer su autonomía diferenciada. Reconocer y garantizar la autonomía para determinar sus formas internas de autogobierno y organización jurídica. Obligar a las autoridades a garantizar el respeto y reconocimiento de sus normas, instituciones y procedimientos y promover los principios de planeación participativa, honradez, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas.

10

Que reforma el artículo 324 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

05 de abril de 2016.

Dip.

Carlos Lomelí Bolaños

(MC)

Comisión de Salud, para dictamen.

Suprimir el consentimiento de terceros, para configurar el consentimiento tácito del donante de órganos.

11

Que reforma los artículos 87 y 95 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

05 de abril de 2016.

Dip.

José Bernardo Quezada Salas

(NA)

Comisión de Salud, para dictamen.

Evitar comprometer la integridad física y mental de los pasantes en relación con los ciclos de descanso de los mismos. Llevar a cabo el servicio social todos los días del año, e incluir los inhábiles y festivos, no exceder para cada pasante de 3 veces por semana con intervalos de por lo menos dos días y de turnos de 12 horas continuas y establecer que ningún pasante deberá cubrir dos turnos seguidos. Precisar que en ningún caso las jornadas de pasantes de internado de pregrado y residencias de especialización, podrán exceder de 16 horas continuas.

12

Que adiciona el artículo 321 Ter a la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

05 de abril de 2016.

Dip.

Martha Sofía Tamayo Morales

 (PRI)

 

Suscrita por el Dip. César Octavio Camacho Quiroz

(PRI)

Comisión de Salud, para dictamen.

Facultar a la Secretaría de Salud para instruir que en toda institución de salud, se solicite sistemáticamente por medio del personal médico a todo paciente que exprese su voluntad para donar de manera voluntaria y altruista sus órganos para que éstos sean utilizados en trasplantes, o en caso contrario, para que conste su deseo de no hacerlo. Lo anterior se hará constar por medio de un formato que al efecto defina el Centro Nacional de Trasplantes, garantizándole en todo momento su plena voluntad, libertad y confidencialidad.

13

Que reforma los artículos 321, 322 y 324 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

05 de abril de 2016.

Dip.

Elías Octavio Íñiguez Mejía

(PAN)

Comisión de Salud, para dictamen.

Prever que la donación expresa deberá constar por escrito y ser amplia. Señalar que existirá consentimiento presunto del donante cuando en vida no haya dejado constancia expresa de la manifestación de su negativa a que después de su muerte su cuerpo o componentes sean utilizados para trasplantes.

14

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

31 de marzo de 2016.

Dip.

Juan Manuel Celis Aguirre

(PVEM)

 

Suscrita por  integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y del PRI

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Prever que toda persona tiene derecho al acceso y la utilización de la energía eléctrica suficiente. El Estado garantizará este derecho en su uso equitativo y sustentable e implementará programas de ahorro de la misma.

15

Que reforma los artículos 22 y 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

15 de marzo de 2016

Dip.

 Rafael Hernández Soriano

(PRD)

Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen. 

Precisar las excepciones a la licitación pública y contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, a través de los procedimientos de invitación o de adjudicación directa, cuando se haya declarado desierta dos veces consecutivas una licitación pública y eliminar el supuesto en que derivado de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible obtener bienes o servicios mediante el procedimiento de licitación pública en el tiempo requerido para atender la eventualidad de que se trate.

16

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

05 de abril de 2016.

Comisión de Igualdad de Género, para dictamen. 

Conceder a la SEDESOL, SEP, STPS, SEDATU y a las entidades federativas, diversas atribuciones en materia de apoyo a mujeres residentes en los refugios para las víctimas de violencia.

17

Que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

05 de abril de 2016.

Dip.

 Rafael Hernández Soriano

(PRD)

Comisión de Igualdad de Género, para dictamen. 

Considerar a la violencia obstétrica como violencia contra las mujeres, entendida como cualquier acción u omisión por parte del personal médico que cause un daño físico o psicológico a la mujer durante el embarazo, parto o puerperio, que se exprese en la falta de acceso a servicios de salud sexual o reproductiva.

18

Que reforma el artículo 66 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

31 de marzo de 2016.

Dip.

Mariana Trejo Flores

(MORENA)

Comisión de Salud, para dictamen.

Establecer y promover el servicio médico escolar permanente en el interior de las escuelas, la revisión periódica nutricional, la promoción correcta de la alimentación y la cultura de la salud física, biopsicosocial y sexual reproductiva, adecuada a la edad de las niñas, niños y adolescentes.

19

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de las Leyes Federal del Trabajo, y General de Desarrollo Social.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

31 de marzo de 2016.

Dip.

Jorge Álvarez Máynez

(MC)

Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen.

Fijar los salarios mínimos de manera que alcancen a la línea de bienestar mínimo establecida por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, para adquirir la canasta alimentaria básica y en consistencia con la productividad laboral media. Establecer que el Consejo podrá proponer la revisión de los salarios en cualquier momento a la Comisión de los Salarios Mínimos.

20

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Generales del Servicio Profesional Docente, y de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

05 de abril de 2016.

Dip.

Carlos Gutiérrez García

(NA)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

Garantizar la suficiencia presupuestal para los procesos de formación y profesionalización docente.

21

Que reforma los artículos 73, 74 y 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

08 de marzo de 2016.

Dip.

Héctor Javier García Chávez

(PRD)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Facultar al Congreso de la Unión, para aprobar los tratados internacionales que presente el Ejecutivo en materia económica. Facultar a la Cámara de Diputados, para emitir Dictamen de Opinión a la Cámara de Senadores sobre el impacto que tendría la aprobación de tratados internacionales en materia económica.

22

Que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

10 de marzo de 2016.

Dip.

Alberto Martínez Urincho

 (PRD)*

 

Suscrita por  integrantes de su Grupo Parlamentario

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

Establecer que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda, podrá solicitar autorización a la Cámara de Diputados para realizar erogaciones adicionales a las aprobadas en el Presupuesto de Egresos. Adicionar que los ingresos excedentes que resulten de la ley de ingresos, se destinarán a inversión en infraestructura pública, social y de equipamiento, priorizando a entidades federativas y municipios con menor desarrollo económico y social.

23

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

31 de marzo de 2016.

Dip.

Juan Fernando Rubio Quiroz

(PRD)*

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

Establecer que en la formulación de los programas sectoriales y especiales, el gobierno federal aplicará la evaluación estratégica de impacto ambiental, que garantice la inclusión de las consideraciones ambientales, sociales, culturales de las obras y proyectos programados.

24

Que reforma el artículo 51 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

05 de abril de 2016.

Dip.

Alberto Martínez Urincho

(PRD)*

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

Atribuir al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, disponer que los fondos y pagos correspondientes a las entidades, se manejen, temporal o permanentemente de manera centralizada en la Tesorería de la Federación, suspender, diferir o determinar reducciones en la ministración de los recursos y reportar al respecto en los informes trimestrales.

25

Que reforma los artículos 56 de la Ley de Instituciones de Crédito, 45 de la Ley de Uniones de Crédito y 201 de la Ley del Mercado de Valores.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

05 de abril de 2016.

Dip.

Cándido Ochoa Rojas

(PVEM)*

 

Suscrita por integrantes de su Grupo Parlamentario

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Establecer que en caso de fallecimiento del titular de una cuenta, se entregará el importe correspondiente a las personas señaladas en el testamento, sin importar a los beneficiarios que el titular haya señalado.

26

Que reforma el artículo 31 Bis 1 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

05 de abril de 2016.

Dips.

Claudia Edith Anaya Mota (PRI) y Omar Noé Bernardino Vargas (PVEM)*

Comisión de Transportes, para dictamen.

Establecer que los concesionarios ferroviarios, en coordinación con la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario que administra el Fondo Nacional de Seguridad para Cruces Viales Ferroviarios, deberán invertir recursos suficientes y establecer medidas como radares de velocidad y demás mecanismos que garanticen la seguridad en las zonas urbanas y metropolitanas por las que cruzan los ferrocarriles. Además, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, deberá supervisar permanentemente que dichas acciones se cumplan.

27

Que reforma los artículos 10 y 51 Bis 1 de la Ley General de Salud y 11 de la Ley General de los Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

05 de abril de 2016.

Integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI y PVEM*

Comisiones Unidas de Salud y de Asuntos Indígenas, para dictamen.

Incorporar a personal que preste servicios como intérprete o traductor de lengua o lenguas indígenas para garantizar la atención médica a la población indígena.

28

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

05 de abril de 2016.

Dip.

Claudia Edith Anaya Mota

(PRI)*

Comisión de Protección Civil, para dictamen.

Incluir como atribución de la Coordinación Nacional de Protección Civil, la de requerir a las autoridades en materia de servicio ferroviario, la información necesaria de las rutas que pasan por zonas urbanas o metropolitanas para que sean contempladas en los Atlas de riesgo federal, estatal y municipal.

29

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto al Valor Agregado, y General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

05 de abril de 2016.

Dip.

Héctor Javier García Chávez

(PRD)*

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Salud, para dictamen.

Incentivar el aprovechamiento de los alimentos envasados en acciones de combate al hambre.

 

 

 

*Sin intervención en tribuna.

 

 

 

 

 

 

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