No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforman los artículos 121 y 135 de la
Ley General de Cultura Física y Deporte.
Publicación en GP:
Anexo I
05 de abril de 2016. |
Poder Ejecutivo Federal* |
Comisión de Deporte, para dictamen. |
Facultar al Comité Nacional Antidopaje, como única
autoridad deportiva facultada para recolectar muestras biológicas y en
su caso, iniciar la investigación para los resultados adversos o
atípicos. Explicitar que el laboratorio central antidopaje de denominará
Laboratorio Nacional de Prevención y Control del Dopaje. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Aduanera, del Impuesto sobre la Renta, del
Impuesto al Valor Agregado, y Federal de Derechos.
Publicación en GP:
Anexo I
05 de abril de 2016. |
Sen.
Silvia Guadalupe Garza Galván
(PAN)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Exentar del pago de los impuestos al comercio exterior
por la entrada al territorio nacional o la salida del mismo, al valor
agregado y del impuesto sobre la renta, a los vehículos cuya propulsión
sea a través de baterías eléctricas recargables, así como de aquellos
eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna, y
establecer que no estarán obligados al pago de los derechos de trámite
aduanero. |
3 |
Que reforma el artículo 146 de la Ley Federal del
Trabajo.
Publicación en GP:
Anexo I
05 de abril de 2016. |
Sens.
Jesús Casillas Romero y Carlos Romero Deschamps
(PRI)* |
Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de
Trabajo y Previsión Social, para dictamen. |
Garantizar el acceso a créditos para la vivienda a las
personas trabajadoras del hogar. |
4 |
Que expide la Ley del Instituto Mexicano del
Mariachi.
Publicación en GP:
Anexo I
05 de abril de 2016. |
Congreso de Jalisco* |
Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen, y a
la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión. |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de fomentar
y difundir la música vernácula y el Mariachi. Crear el Instituto
Mexicano del Mariachi como un organismo público descentralizado, con el
objetivo de promover y difundir los acervos culturales que acompañan e
incluyen al Mariachi, así como de establecer academias de mariachi.
Establecer las facultades y estructura del Instituto. |
5 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal.
Publicación en GP:
Anexo V.
05 de abril de 2016. |
Dip.
David Mercado Ruiz
(PRI) |
Comisión de Ganadería, para dictamen. |
Precisar el ámbito de aplicación de la Ley e incluir los
conceptos de bienestar animal, como el estado positivo en que el animal
tiene satisfechas sus necesidades innatas de comportamiento,
fisiológicas y de salud frente a cambios en su ambiente y libre de
sensaciones de dolor, miedo o desasosiego y el concepto de explotación. |
6 |
Que reforma el artículo 4o. de la Ley de Asistencia
Social.
Publicación en GP:
Anexo V
15 de marzo de 2016 |
Dip.
Kathia María Bolio Pinelo
(PAN) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Beneficiar a las madres solteras que no cuentan con
ningún apoyo para atender y cuidar a sus hijas o hijos con alguna
discapacidad. |
7 |
Que reforma diversas disposiciones de las Leyes
Federal del Trabajo; de Asistencia Social; Federal de los
Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B
del Artículo 123 Constitucional; del Seguro Social; y del
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del
Estado.
Publicado en GP:
Anexo V
29 de marzo de 2016
|
Diputada
Eva Florinda Cruz Molina
(PRD) |
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de
Seguridad Social, para dictamen. |
Incluir a las obligaciones de los patrones, proporcionar
a las mujeres embarazadas la protección que establece la Constitución,
asegurar que los centros de trabajo cuenten con lactarios y otorgar a
las mujeres un descanso para realizar la extracción manual de leche en
lactarios. Adicionar en los servicios básicos de salud en materia de
asistencia social, el apoyo a mujeres indígenas y en situación de
vulnerabilidad en períodos de gestación o lactancia. Fomentar la
lactancia materna como alimento exclusivo durante los primeros seis
meses y complementario hasta el segundo año de edad del infante. |
8 |
Que expide la Ley General de Transporte Urbano y
Suburbano, y reforma el artículo 2o.-A de la
Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Publicación en GP:
Anexo V.
05 de abril de 2016. |
Dip.
Sofía González Torres
(PVEM) |
Comisiones Unidas de Transporte y de Hacienda y Crédito Público, para
dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión. |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de fomentar
el transporte sustentable urbano y suburbano público para complementarlo
con otros medios de transporte amigables con el medio ambiente. Crear la
Comisión Nacional de Transporte Sustentable Urbano y Suburbano, como
instancia de coordinación de acciones entre los 3 órdenes de Gobierno.
Crear el Fondo Nacional de Inversiones para el Transporte Urbano y
Suburbano, como fideicomiso en el Banco Nacional de Obras y Servicios
Públicos. Establecer y prever regulaciones federales sobre dicho
transporte. |
9 |
Que reforma el artículo 2o. de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
31 de marzo de 2016. |
Dip.
Guillermo Rafael Santiago Rodríguez
(MORENA) |
Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen. |
Establecer el derecho de los pueblos indígenas a la
autonomía y el respeto del Estado en los ámbitos en que hagan valer su
autonomía diferenciada. Reconocer y garantizar la autonomía para
determinar sus formas internas de autogobierno y organización jurídica.
Obligar a las autoridades a garantizar el respeto y reconocimiento de
sus normas, instituciones y procedimientos y promover los principios de
planeación participativa, honradez, eficiencia, transparencia y
rendición de cuentas. |
10 |
Que reforma el artículo 324 de la Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo IV.
05 de abril de 2016. |
Dip.
Carlos Lomelí Bolaños
(MC) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Suprimir el consentimiento de terceros, para configurar
el consentimiento tácito del donante de órganos. |
11 |
Que reforma los artículos 87 y 95 de la Ley General
de Salud.
Publicación en GP:
Anexo IV.
05 de abril de 2016. |
Dip.
José Bernardo Quezada Salas
(NA) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Evitar comprometer la integridad física y mental de los
pasantes en relación con los ciclos de descanso de los mismos. Llevar a
cabo el servicio social todos los días del año, e incluir los inhábiles
y festivos, no exceder para cada pasante de 3 veces por semana con
intervalos de por lo menos dos días y de turnos de 12 horas continuas y
establecer que ningún pasante deberá cubrir dos turnos seguidos.
Precisar que en ningún caso las jornadas de pasantes de internado de
pregrado y residencias de especialización, podrán exceder de 16 horas
continuas. |
12 |
Que adiciona el artículo 321 Ter a la Ley General de
Salud.
Publicación en GP:
Anexo V.
05 de abril de 2016. |
Dip.
Martha Sofía Tamayo Morales
(PRI)
Suscrita por el Dip. César Octavio Camacho Quiroz
(PRI) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Facultar a la Secretaría de Salud para instruir que en
toda institución de salud, se solicite sistemáticamente por medio del
personal médico a todo paciente que exprese su voluntad para donar de
manera voluntaria y altruista sus órganos para que éstos sean utilizados
en trasplantes, o en caso contrario, para que conste su deseo de no
hacerlo. Lo anterior se hará constar por medio de un formato que al
efecto defina el Centro Nacional de Trasplantes, garantizándole en todo
momento su plena voluntad, libertad y confidencialidad. |
13 |
Que reforma los artículos 321, 322 y 324 de la Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo V.
05 de abril de 2016. |
Dip.
Elías Octavio Íñiguez Mejía
(PAN) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Prever que la donación expresa deberá constar por escrito
y ser amplia. Señalar que existirá consentimiento presunto del donante
cuando en vida no haya dejado constancia expresa de la manifestación de
su negativa a que después de su muerte su cuerpo o componentes sean
utilizados para trasplantes. |
14 |
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
31 de marzo de 2016. |
Dip.
Juan Manuel Celis Aguirre
(PVEM)
Suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios
del PVEM y del PRI |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Prever que toda persona tiene derecho al acceso y la
utilización de la energía eléctrica suficiente. El Estado garantizará
este derecho en su uso equitativo y sustentable e implementará programas
de ahorro de la misma. |
15 |
Que reforma los artículos 22 y 41 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Publicación en GP:
Anexo IV
15 de marzo de 2016 |
Dip.
Rafael Hernández Soriano
(PRD) |
Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para
dictamen. |
Precisar las excepciones a la licitación pública y
contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios, sin sujetarse al
procedimiento de licitación pública, a través de los procedimientos de
invitación o de adjudicación directa, cuando se haya declarado desierta
dos veces consecutivas una licitación pública y eliminar el supuesto en
que derivado de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible obtener
bienes o servicios mediante el procedimiento de licitación pública en el
tiempo requerido para atender la eventualidad de que se trate. |
16 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia.
Publicación en GP:
Anexo V.
05 de abril de 2016. |
Comisión de Igualdad de Género, para dictamen. |
Conceder a la SEDESOL, SEP, STPS, SEDATU y a las
entidades federativas, diversas atribuciones en materia de apoyo a
mujeres residentes en los refugios para las víctimas de violencia. |
17 |
Que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia.
Publicación en GP:
Anexo V.
05 de abril de 2016. |
Dip.
Rafael Hernández Soriano
(PRD) |
Comisión de Igualdad de Género, para dictamen. |
Considerar a la violencia obstétrica como violencia
contra las mujeres, entendida como cualquier acción u omisión por parte
del personal médico que cause un daño físico o psicológico a la mujer
durante el embarazo, parto o puerperio, que se exprese en la falta de
acceso a servicios de salud sexual o reproductiva. |
18 |
Que reforma el artículo 66 de la Ley General de
Salud.
Publicación en GP:
Anexo IV.
31 de marzo de 2016. |
Dip.
Mariana Trejo Flores
(MORENA) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Establecer y promover el servicio médico escolar
permanente en el interior de las escuelas, la revisión periódica
nutricional, la promoción correcta de la alimentación y la cultura de la
salud física, biopsicosocial y sexual reproductiva, adecuada a la edad
de las niñas, niños y adolescentes. |
19 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de las
Leyes Federal del Trabajo, y General de
Desarrollo Social.
Publicación en GP:
Anexo IV.
31 de marzo de 2016. |
Dip.
Jorge Álvarez Máynez
(MC) |
Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen. |
Fijar los salarios mínimos de manera que alcancen a la
línea de bienestar mínimo establecida por el Consejo Nacional de
Evaluación de la Política de Desarrollo Social, para adquirir la canasta
alimentaria básica y en consistencia con la productividad laboral media.
Establecer que el Consejo podrá proponer la revisión de los salarios en
cualquier momento a la Comisión de los Salarios Mínimos. |
20 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones
de las Leyes Generales del Servicio Profesional Docente, y
de Educación.
Publicación en GP:
Anexo IV.
05 de abril de 2016. |
Dip.
Carlos Gutiérrez García
(NA) |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen. |
Garantizar la suficiencia presupuestal para los procesos
de formación y profesionalización docente. |
21 |
Que reforma los artículos 73, 74 y 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV
08 de marzo de 2016. |
Dip.
Héctor Javier García Chávez
(PRD)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Facultar al Congreso de la Unión, para aprobar los
tratados internacionales que presente el Ejecutivo en materia económica.
Facultar a la Cámara de Diputados, para emitir Dictamen de Opinión a la
Cámara de Senadores sobre el impacto que tendría la aprobación de
tratados internacionales en materia económica. |
22 |
Que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo IV.
10 de marzo de 2016. |
Dip.
Alberto Martínez Urincho
(PRD)*
Suscrita por integrantes de su Grupo Parlamentario
|
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen. |
Establecer que el Ejecutivo Federal, por conducto de la
Secretaría de Hacienda, podrá solicitar autorización a la Cámara de
Diputados para realizar erogaciones adicionales a las aprobadas en el
Presupuesto de Egresos. Adicionar que los ingresos excedentes que
resulten de la ley de ingresos, se destinarán a inversión en
infraestructura pública, social y de equipamiento, priorizando a
entidades federativas y municipios con menor desarrollo económico y
social. |
23 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Publicación en GP:
Anexo IV.
31 de marzo de 2016. |
Dip.
Juan Fernando Rubio Quiroz
(PRD)* |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para
dictamen. |
Establecer que en la formulación de los programas
sectoriales y especiales, el gobierno federal aplicará la evaluación
estratégica de impacto ambiental, que garantice la inclusión de las
consideraciones ambientales, sociales, culturales de las obras y
proyectos programados. |
24 |
Que reforma el artículo 51 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo IV.
05 de abril de 2016. |
Dip.
Alberto Martínez Urincho
(PRD)* |
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen. |
Atribuir al Ejecutivo Federal, por conducto de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, disponer que los fondos y
pagos correspondientes a las entidades, se manejen, temporal o
permanentemente de manera centralizada en la Tesorería de la Federación,
suspender, diferir o determinar reducciones en la ministración de los
recursos y reportar al respecto en los informes trimestrales. |
25 |
Que reforma los artículos 56 de la Ley de
Instituciones de Crédito, 45 de la Ley de Uniones de Crédito
y 201 de la Ley del Mercado de Valores.
Publicación en GP:
Anexo IV.
05 de abril de 2016. |
Dip.
Cándido Ochoa Rojas
(PVEM)*
Suscrita por integrantes de su Grupo Parlamentario |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Establecer que en caso de fallecimiento del titular de
una cuenta, se entregará el importe correspondiente a las personas
señaladas en el testamento, sin importar a los beneficiarios que el
titular haya señalado. |
26 |
Que reforma el artículo 31 Bis 1 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.
Publicación en GP:
Anexo IV.
05 de abril de 2016. |
Dips.
Claudia Edith Anaya Mota (PRI) y Omar Noé Bernardino
Vargas (PVEM)* |
Comisión de Transportes, para dictamen. |
Establecer que los concesionarios ferroviarios, en
coordinación con la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario que
administra el Fondo Nacional de Seguridad para Cruces Viales
Ferroviarios, deberán invertir recursos suficientes y establecer medidas
como radares de velocidad y demás mecanismos que garanticen la seguridad
en las zonas urbanas y metropolitanas por las que cruzan los
ferrocarriles. Además, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes,
deberá supervisar permanentemente que dichas acciones se cumplan. |
27 |
Que reforma los artículos 10 y 51 Bis 1 de la Ley
General de Salud y 11 de la Ley General de los Derechos
Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.
Publicación en GP:
Anexo IV.
05 de abril de 2016. |
Integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI y PVEM* |
Comisiones Unidas de Salud y de Asuntos Indígenas, para
dictamen. |
Incorporar a personal que preste servicios como
intérprete o traductor de lengua o lenguas indígenas para garantizar la
atención médica a la población indígena. |
28 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil.
Publicación en GP:
Anexo IV.
05 de abril de 2016. |
Dip.
Claudia Edith Anaya Mota
(PRI)* |
Comisión de Protección Civil, para dictamen. |
Incluir como atribución de la Coordinación Nacional de
Protección Civil, la de requerir a las autoridades en materia de
servicio ferroviario, la información necesaria de las rutas que pasan
por zonas urbanas o metropolitanas para que sean contempladas en los
Atlas de riesgo federal, estatal y municipal. |
29 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las
Leyes del Impuesto al Valor Agregado, y General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo V.
05 de abril de 2016. |
Dip.
Héctor Javier García Chávez
(PRD)* |
Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de
Salud, para dictamen. |
Incentivar el aprovechamiento de los alimentos envasados
en acciones de combate al hambre. |