Relativo a las minutas pendientes de dictamen,
recibidas antes del 1 de septiembre de 2012.
Acuerdo:
PRIMERO.-
Se declara finalizado el proeceso legislativo a que se refiere el
artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
de las minutas de ley o decreto referidas en el anexo al presente
acuerdo y que fueron recibidias antes del 1 de septiembre de 2012.
Archívense como asunto total y definitivamente conclidos
y actualícense los registros parlamentarios.
SEGUNDO.-
Se instruye a la Secretaría de Servicios Parlamentarios
actualizar los registros y bases de datos legislativos, e informar de lo
anterior a las comisiones a efecto de que se descarguen los asuntos de
sus invenatrios.
TERCERO.-
Comuniquese lo anterior a la Cámara de Senadores, con
objeto de que proceda en consecuencia y actualice sus registros
parlamentarios.
CUARTO.-
Publiquese el acuerdo y su anexo en la Gaceta
Parlamentaria e incorporese al Diario de los Debates. |