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Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
Publicado en GP:
Anexo III
12 de octubre de 2016. |
Que expide la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento
Territorial y Desarrollo Urbano; reforma y adiciona el artículo 40 de la
Ley Federal sobre Metrología y Normalización y reforma el artículo 3o.
de la Ley de Planeación.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por los senadores Francisco Búrquez Valenzuela
(PAN), Fernando Herrera Ávila (PAN), Emilio Gamboa Patrón (PRI), Miguel
Barbosa Huerta (PRD), Víctor Hermosillo y Celada (PAN), Alejandro
Encinas Rodríguez (PRD), Zoé Robledo Aburto (PRD), Armando Ríos Piter (PRD),
Juan Carlos Romero Hicks (PAN), Ernesto Ruffo Appel (PAN), Héctor Larios
Córdova (PAN), Jesús Casillas Romero (PRI), Enrique Burgos García (PRI),
Daniel Amador Gaxiola (PRI), Carlos Romero Deschamps (PRI), Roberto
Albores Gleason (PRI), Miguel Romo Medina (PRI), Ismael Hernández Deras
(PRI), Jorge Luis Lavalle Maury (PAN), Ernesto Cordero Arroyo (PAN),
Daniel Ávila Ruiz (PAN) y Héctor
David Flores Ávalos (PAN); y las senadoras Angélica Araujo Lara (PRI),
Lorena Marín Moreno (PRI), Cristina Díaz Salazar, Marcela Torres
Peimbert (PAN), Carmen Dorantes Martínez (PRI), Yolanda de la Torre
Valdez (PRI), Lisbeth Hernández Lecona (PRI), Ma. del Rocío Pineda Gochi
(PRI), Margarita Flores Sánchez (PRI), Ivonne Álvarez García (PRI),
Graciela Ortiz González (PRI), el 13 de septiembre de 2016. (LXIII
Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 29 de
septiembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos a favor y
1 abstención. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del
Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)
Minuta recibida el 04 de octubre de 2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Crear la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial
y Desarrollo Urbano, cuyo objeto es fijar normas básicas e instrumentos
de gestión de observancia general, para ordenar el uso del territorio y
los asentamientos humanos en el país, con pleno respeto a los derechos
humanos, así como el cumplimiento de las obligaciones que tiene el
Estado para promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos
plenamente; y establecer la concurrencia de los tres órdenes de gobierno
en la planeación, ordenación y regulación de los asentamientos humanos
en el territorio nacional, mismas que deberán conducirse bajo los
principios de política pública: derecho a la ciudad, equidad e
inclusión, derecho a la propiedad urbana, coherencia y racionalidad,
participación democrática y transparencia, productividad y eficiencia,
protección y progresividad del espacio público, resiliencia, seguridad
urbana y riesgos, sustentabilidad ambiental y accesibilidad universal y
movilidad. Establecer dentro de las finalidades de las NOMs establecer
los lineamientos, criterios, especificaciones técnicas y procedimientos
que deberán observar los tres órdenes de gobierno para garantizar las
medidas adecuadas para el ordenamiento territorial y el desarrollo
urbano y metropolitano en los términos de la Ley. |
Se cumple con la Declaratoria de Publicidad (Art. 87 RCD) |