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Comisión de Justicia
Publicación en GP:
Pendiente |
Que se reforma el primer párrafo del artículo 420 del
Código Penal Federal, y se adiciona una fracción X al artículo 2 de la
Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Antonio López
Rodríguez (PAN), el 15 de marzo de 2016. (LXIII Legislatura)
Iniciativa suscrita por el Dip. Arturo Alvarez Angli (PVEM),
el 14 de septiembre de 2016. (LXIII Legislatura)
Iniciativa suscrita por la Dip. María Cristina Teresa
García Bravo (PRD), 12 de octubre de 2016. (LXIII Legislatura)
Declaratoria de publicidad el 07 de diciembre de 2016. (LXIII
Legislatura).
Propuesta:
Imponer pena de dos a dieciocho años de prisión y por el
equivalente de trescientos a tres mil días de multa a quien ilícitamente
de manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o
comercie, camarón, dentro o fuera de los periodos de veda, sin contar
con la autorización que corresponda. Sancionar penalmente a quien
capture, transforme, acopie, transporte o dañe ejemplares de la especie
Totoaba Macdonaldi dentro o fuera de los periodos de veda como. |
Se cumple con la Declaratoria de Publicidad (Art. 87 RCD) |
2 |
Comisión de Justicia
Publicación en GP:
Pendiente |
Que adiciona el artículo 419 Bis al Código Penal Federal.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Jesús Sesma Suárez (PVEM),
e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 24 de noviembre de
2016. (LXIII Legislatura).
Iniciativa suscrita por los diputados Clemente Castañeda
Hoeflich, Verónica Delgadillo García (MC) y Elías Octavio Íñiguez Mejía
(PAN), el 29 de noviembre de 2016. (LXIII Legislatura).
Declaratoria de publicidad el 07 de diciembre de 2016. (LXIII
Legislatura).
Propuesta:
Incluir las peleas de
perros como delitos. Sancionar con seis meses a cinco años de prisión y
el equivalente de doscientos a dos mil días de multa a quien posea, crie
o entrene un perro con el propósito de hacerlo participar en actividades
que involucre una pelea entre dos o más perros; a quien organice,
promueva, patrocine o venda entradas para asistir a peleas de perros; a
quien posea o administre una propiedad donde se realicen peleas de
perros; a quien ocasione que menores de edad presencien peleas de
perros, y a quien con fines de lucro las realice; incrementándose la
sanción hasta en una mitad cuando se trate de servidores públicos. Se
impondrá un tercio de la pena en el caso de espectadores o asistentes a
peleas de perros. |
3 |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias
Publicación en GP:
Pendiente |
Que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
de la Ley Federal de Competencia Económica, de la Ley de la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos, de la Ley Federal de
Telecomunicaciones y Radio Difusión, de la Ley del Sistema Nacional de
Información, Estadística y Geografía, de la Ley General de Instituciones
y Procedimientos Electorales, de la Ley del Instituto Nacional para la
Evaluación de la Educación, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso
a la Información Pública y de la Ley Orgánica del Congreso General de
los Estados Unidos Mexicanos en materia de nombramiento de los titulares
de los órganos internos de control de los organismos constitucionales
autónomos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. Ivonne Aracelly Ortega
Pacheco (PRI), el 01 de marzo de 2016. (LXIII Legislatura)
Iniciativa suscrita por la Diputada Ruth Noemí Tiscareño
Agoitia (PRI), el 20 de abril de 2016. (LXIII Legislatura).
Iniciativa presentada por la Dip. María Cecilia Guadalupe
Romero Castillo (PAN), el 29 de septiembre de 2016. (LXIII Legislatura)
Iniciativa presentada por el Dip. José Clemente Castañeda
Hoeflich (MC), el 15 de noviembre de 2016. (LXIII Legislatura)
Iniciativa presentada por la Dip. Sharon María Teresa
Cuenca Ayala (PVEM), el 24 de noviembre de 2016. (LXIII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 07 de diciembre de
2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Cambiar las denominaciones de “Contraloría Interna” por
la de “Órgano Interno de Control”; y la de “Contralor Interno” por la de
“Titular del órgano Interno de Control” en los órganos constitucionales
autónomos. Adicionar causales por las que los titulares de los órganos
internos de control de éstos órganos constitucionales podrán ser
destituidos y normar sus atribuciones. Establecer el procedimiento para
su designación, remoción y rendición de cuentas. Adicionar un Capítulo
Octavo al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos denominado “De la designación de los titulares
de los Órganos Internos de Control de los Órganos Constitucionales
Autónomos”. |