No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma la Fracción II del artículo 3 de la Ley
del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos, y reforma la
fracción I y adiciona una fracción IV, recorriéndose las subsecuentes
del Artículo Único del Decreto por el que se establece el Horario
Estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
14 de octubre de 2015. |
Congreso del Estado de Chihuahua |
Comisión de Energía, para dictamen. |
Incluir el Estado de Chihuahua a la Zona Pacífico y
aplicar el horario estacional a partir de las dos horas del primer
domingo de abril, terminando a las dos horas del último domingo de
octubre de cada año al Estado de Chihuahua, sujeto al meridiano 90 grado
por ubicación y 90 grados por horario estacional. |
2 |
Que reforma el artículo 83 de la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
Publicación en GP:
Anexo II
06 de octubre de 2015. |
Dip.
Daniel Torres Cantú
(PRI) |
Comisión de Gobernación, para dictamen. |
Establecer como requisito para ser integrante de la mesa
directiva de casilla, ser residente del distrito electoral federal que
comprenda a la casilla. |
3 |
Que reforma el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto
al Valor Agregado.
Publicación en GP:
Anexo II.
29 de septiembre de 2015. |
Diputado
Federico Döring Casar
(PAN) |
Comisión d Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Eliminar el cálculo del impuesto aplicando tasa 0 a la
enajenación de alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas
especies, utilizadas como mascotas en el hogar. |
4 |
Que expide la Ley Federal para la Erradicación de la
Desigualdad y el Fomento de la Igualdad Económica entre Hombres y
Mujeres.
Publicación en GP:
Anexo III
06 de octubre de 2015. |
Dip.
Héctor Javier García Cháve(PRD) |
Comisión de Igualdad de Género, para dictamen y a la
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión. |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reconocer
como un derecho humano de las mujeres la no discriminación que se
expresa en el ámbito económico, como el acceso, control y decisión de
recursos financieros que el Estado Mexicano oferta para favorecer el
impulso económico de las mujeres emprendedoras para alcanzar la igualdad
económica entre hombres y mujeres. Financiar las iniciativas
individuales o asociativas que las mujeres presenten ante las entidades
públicas encargadas de su ejecución. Otorgar recursos económicos,
tecnológicos, educativos y productos específicos que formen parte de los
programas y fondos y prohibir utilizar los recursos derivados de los
programas o fondos con fines partidistas o de promoción de la imagen de
algún candidato, partido o servidor público. |
5 |
Que reforma el artículo 71 de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Javier Octavio Herrera Borunda
(PVEM) |
Comisión de Transparencia y
Anticorrupción, para dictamen. |
Publicar los Informes Trimestrales de Rendición de
Cuentas, que registren los conceptos de ingresos de los recursos
públicos municipales, estatales y federales, y su correspondiente
aplicación en los rubros de obra pública y de adquisición de bienes
destinados a la prestación de servicios públicos. |
6 |
Que reforma los artículos 25 y 28 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip
Blandina Ramos Ramírez
(MORENA) |
Comisión de Puntos Constitucionales,
para dictamen. |
Incluir la producción de alimentos, en las áreas
estratégicas que ejerza el Estado de manera exclusiva que no
constituirán monopolios. |
7 |
Que reforma los artículos 64 y 115 de la Ley General
de Salud.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Claudia Sofía Corichi García
(MC) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Establecer que en la organización y operación de los
servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, las
autoridades sanitarias competentes establecerán acciones de seguimiento
y apoyo nutricional específico, durante todo el embarazo, informando en
todo momento la importancia que tiene este aspecto durante esta etapa.
Señalar que la Secretaría de Salud deberá normar el valor nutritivo y
características específicas de la alimentación en mujeres embarazadas,
en función de las normas internacionales existentes para ello y tendrá a
su cargo establecer las necesidades nutritivas que deban satisfacer los
cuadros básicos de alimentos. Indicar que tratándose de las harinas
industrializadas de trigo y de maíz, se exigirá la fortificación
obligatoria de éstas, indicándose los nutrientes y las cantidades que
deberán incluirse. |
8 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo II
06 de octubre de 2015. |
Dip.
Ariadna Montiel Reyes
(Sin partido) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Crear el Fondo de Aportaciones para la Atención de los
Costos de Capitalidad, administrado por el gobierno del Distrito Federal
y determinado anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación
con recursos federales. Ejercer las aportaciones federales con cargo al
Fondo de Aportaciones para la Atención de los Costos de Capitalidad para
seguridad pública, movilidad, medio ambiente, servicios públicos,
infraestructura y espacio público. |
9 |
Que reforma los artículos 18 y 19 de la Ley para el
Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Jorge Enrique Dávila Flores
(PRI) |
Comisión de Competitividad, para dictamen. |
Integrar al presidente del Instituto Nacional del
Emprendedor en el Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro,
Pequeña y Mediana Empresa y precisar que el Consejo contará con un
secretario técnico a cargo del presidente del Instituto. |
10 |
Que reforma el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación.
Publicación en GP:
Anexo II
06 de octubre de 2015. |
Dip.
Carlos Alberto de la Fuente Flores
(PAN) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Reestablecer el dictamen fiscal, estipular sus casos y procedimiento. |
11 |
Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, y adiciona los artículos 1-Bis a la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y a la
Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.
Publicación en GP:
Anexo III
06 de octubre de 2015. |
Dip.
Isaura Ivanova Pool Pech
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Incluir los principios de atendiéndose los principios generales de
derecho ambiental precautorio, preventivo, de obligatoriedad, para la
restauración de daños y de participación informada a efecto de preservar
y restaurar el equilibrio ecológico.
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente. Incluir diversos principios rectores que servirán de marco
para el desarrollo normativo de protección ambiental. |
12 |
Que reforma el artículo 41 de la Ley General de
Educación.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Daniela De Los Santos Torres
(PVEM) |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para
dictamen |
Impartir la educación especial en los planteles de
educación obligatoria de manera individualizada y brindar apoyo y
acompañamiento psicopedagógico, coordinar la impartición de educación
especial e incluir la orientación a los compañeros de clase de los
planteles escolares. |
13 |
Que reforma el artículo 7o. de la Ley General en
materia de Delitos Electorales.
Publicación en GP:
Anexo II.
24 de septiembre de 2015. |
Dip.
Cuitláhuac García Jiménez
(MORENA) |
Comisión de Gobernación, para dictamen. |
Prever que en el caso de que sea utilizado el servicio
público de transporte para el acarreo de votantes, se cancelará la
concesión otorgada para prestar dicho servicio, cuando se acredite la
comisión del delito. |
14 |
Que
reforma el artículo 73 de la Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo II
06 de octubre de 2015. |
Dip.
Flor Estela Rentería Medina
(PRI) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Establecer dentro de las acciones de promoción de la salud mental y la
atención de las personas con trastornos mentales y del comportamiento a
cargo de la Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los
gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las
autoridades competentes, la terapia psicológica obligatoria en el caso
de cáncer de mama como parte del tratamiento, y de así determinarlo el
médico o la Institución de Salud, incluir la cirugía reparadora o
reconstructiva del seno, con o sin prótesis, según la indicación médica. |
15 |
Que adiciona la fracción IX al artículo 151 de la Ley
del Impuesto sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo III
22 de septiembre de 2015. |
Dip.
César Augusto Rendón García
(PAN) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Deducir los pagos por servicios de enseñanza correspondientes a los
tipos de educación básica, medio superior y superior a las personas
físicas que obtengan determinados ingresos. |
16 |
Que reforma el artículo 40 de la Ley de Migración
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Miguel Alva y Alva
(MORENA) |
Comisión de Asuntos Migratorios |
Presentar la visa de tránsito para ingresar al país y
permanecer en el territorio nacional por un tiempo ininterrumpido no
mayor a sesenta días contados a partir de la fecha de entrada y
establecer que los extranjeros que no cumplan con el plazo y sean
deportados, no serán elegibles para el otorgamiento de una nueva visa de
tránsito. |
17 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo II
06 de octubre de 2015. |
Dip.
Beatriz Vélez Núñez
(PRI) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Adicionar un capítulo a la Ley denominado “Atención
ambulatoria para la prevención, diagnóstico y control del cáncer de
mama”, a través del cual se otorga carácter prioritario a las acciones
de control del cáncer de mama por medio de establecimientos móviles en
todo el territorio nacional. |
18 |
Que reforma el artículo 21 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III
22 de septiembre de 2015. |
Dip.
Jisela Paes Martínez.
(PAN) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer el reconocimiento constitucional al derecho
humano de las personas a la seguridad pública y a participar en las
acciones que se realicen para la prevención social contra la violencia y
la delincuencia. |
19 |
Que reforma los artículos 52 a 54 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
06 de octubre de 2015. |
Dip.
Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda
(PRI) |
Disminuir de 200 a 100 el número de diputados por el principio de
representación proporcional. Disminuir el umbral de máxima
representación (número máximo de diputados que algún partido puede tener
por ambos principios), pasando de 300 a 200. |
20 |
Que reforma los artículos 189 y 190 de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo III
22 de septiembre de 2015. |
Dip.
Santiago Taboada Cortina
(PAN) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes que aporten proyectos de
inversión de artes plásticas, danza, obras literarias y música.
|
22 |
Que reforma los artículos 28 y 151 de la Ley del
Impuesto sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo II
10 de septiembre de 2015. |
Dip.
Minerva Hernández Ramos
(PAN) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Establecer que no serán deducibles los pagos de
contribuciones en la parte subsidiada o que originalmente correspondan a
terceros, excepto las aportaciones pagadas al Instituto Mexicano del
Seguro Social, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo
y eliminar de este supuesto los pagos que a su vez sean ingresos exentos
para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el
factor de 0.53 al monto de dichos pagos y suprimir el monto total de las
deducciones que podrán efectuar los contribuyentes. |
21 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Armando Luna Canales
(PRI) |
Comisión de Seguridad Pública, para dictamen. |
Facultar a la Conferencia Nacional de Secretarios de
Seguridad Pública para formular los lineamientos para que la federación
y las entidades federativas cumplan con la obligación de adquirir,
instalar y mantener en operación equipos de videograbación en las
patrullas y vehículos utilizados por los elementos de las Instituciones
Policiales. Atribuir a la Federación, el Distrito Federal, los Estados y
los Municipios solicitar la colaboración de los prestadores de servicios
de telecomunicaciones, para adquirir, instalar y mantener en operación
los equipos de videograbación y adjuntar al informe policial las
videograbaciones registradas por los equipos instalados en las patrullas
y vehículos utilizados por los integrantes de las instituciones
policiales. |