No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Energía para
el Campo y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Publicación en GP:
Anexo II
05 de noviembre de 2015. |
Dip.
Alex Le Baron
González
(PVEM)* |
Comisiones
Unidas de Energía, y de Gobernación, para dictamen. |
Facultar a la SAGARPA en coordinación con la Secretaría de Energía, para
establecer los precios y tarifas de estímulo de los energéticos
agropecuarios, considerando las condiciones económicas y sociales
prevalecientes en el ámbito nacional e internacional. Prever que la
solicitud de cuota energética deberá hacerse por cada sitio productivo y
será determinada y entregada por la SAGARPA a la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público a más tardar el 30 de junio de cada año, para que ésta
a su vez la incluya en el presupuesto que el ejecutivo entrega al
legislativo. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la
Inclusión de las Personas con Discapacidad.
Publicación en
GP:
Anexo IV
27 de octubre de 2015. |
Dip.
Gianni Raúl
Ramírez Ocampo
(PRI) |
Comisión de
Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen. |
Precisar los conceptos de Cédula Única de Discapacidad y de Registro
Nacional de Personas con Discapacidad. Establecer el derecho a poseer la
Cédula y formar parte del Registro. Facultar al Sistema Nacional para el
Desarrollo Integral de la Familia para expedir la Cédula y llevar el
Registro. Determinar las funciones del Registro
Nacional
de Personas con Discapacidad y establecer la obligación de las
instituciones de salud pública y privada, de notificar al Sistema
Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, del nacimiento de
niñas o niños que hayan nacido con alguna discapacidad, a fin conformar
el Registro Nacional de Personas con Discapacidad, y establecer
políticas públicas para las personas discapacitadas desde su nacimiento. |
3 |
Que expide la Ley Federal de Consulta a los Pueblos y Comunidades
Indígenas.
Publicación en GP:
Anexo II
04 de noviembre de 2015.
|
Dip.
Juan Alberto Blanco Zaldívar
(PAN)
|
Comisiones
Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas, para dictamen y a la
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión |
Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de establecer los
lineamientos que garanticen a los pueblos y comunidades indígenas el
derecho de consulta para dar cumplimiento a las disposiciones
establecidas en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, así como los tratados internacionales en la materia de
los que México sea parte. |
4 |
Que reforma el artículo 17 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a
una Vida Libre de Violencia.
Publicación en GP:
Anexo IV.
15 de octubre de 2015. |
Dip.
Erika Irazema Briones Pérez
(PRD) |
Comisión de
Igualdad de Género, para dictamen. |
Implementar diversas acciones a cargo de los tres órdenes de gobierno a
fin de garantizar a las mujeres la erradicación de la violencia, como
son: transporte público una forma segura; identificar los actos
constitutivos de delito; crear un banco de datos sobre las órdenes de
protección y de las personas sujetas a ellas. |
5 |
Que
reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Vivienda, de
los Derechos de las Personas Adultas Mayores, y General para la
Inclusión de las Personas con Discapacidad.
Publicación en GP:
Anexo II
04 de noviembre de 2015. |
Dip.
Juan
Manuel Celis Aguirre
(PVEM) |
Comisiones
Unidas de Vivienda, y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen. |
Ley de Vivienda:
Convenir lo que se entiende por vivienda adaptada. Incluir dentro de los
lineamientos de la ley el promover que los proyectos urbanos y
arquitectónicos de vivienda, así como sus procesos productivos y la
utilización de materiales se adecuen a los rasgos culturales y locales
para procurar su identidad y diversidad; así como a las condiciones y
necesidades físicas de las personas adultas mayores y personas con
discapacidad. Establecer como uno de los elementos del Programa Nacional
de Vivienda las estrategias y líneas de acción para facilitar el acceso
al financiamiento público y privado para construcción y mejoramiento de
vivienda para pueblos y comunidades rurales indígenas; así como para la
adaptación de la misma, de acuerdo con las condiciones y necesidades
físicas de sus habitantes. Incluir en las tareas de la Comisión Nacional
de Vivienda el establecer vínculos institucionales, convenios de
asistencia técnica, innovación arquitectónica y tecnológica e
intercambio de información con gobiernos nacionales y organismos
nacionales e internacionales, en coordinación con las autoridades
competentes.
Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores: Establecer como
tarea que corresponde a las instituciones públicas de vivienda de
interés social, garantizar las acciones necesarias a fin de concretar
programas de vivienda que permitan a las personas adultas mayores la
obtención de créditos accesibles para adquirir una vivienda propia o
remodelarla y adaptarla en caso de ya contar con ella. Incluir a la
Comisión Nacional de Vivienda dentro del Consejo Directivo del INAPAM.
Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad: Asentar
que los programas de vivienda del sector público o sector privado
deberán incluir proyectos arquitectónicos
de construcciones que consideren sus necesidades de accesibilidad. Las
instituciones públicas de vivienda otorgarán facilidades para recibir
créditos o subsidios para la adquisición, redención de pasivos y
construcción, remodelación o adaptación de vivienda. Incluir a la
Comisión Nacional de Vivienda en el Consejo Nacional para el Desarrollo
y la Inclusión de las Personas con Discapacidad. |
6 |
Que expide la Ley de Amnistía, en favor de los sentenciados por delitos
relacionados con el consumo o posesión de Cannabis Sativa, Índica o
Marihuana.
Publicación en GP:
Anexo II
05 de noviembre de 2015. |
Dip.
Jorge Álvarez Maynez
(MC)
A nombre propio y del Dip. Víctor Manuel Sánchez Orozco (MC) |
Comisión de
Justicia, para dictamen. |
Crear un ordenamiento
jurídico que decreta la amnistía en favor de quienes se haya ejercitado
o pudiere ejercitarse acción penal ante los tribunales del orden
federal, por los delitos cometidos con motivo del consumo o posesión de
cannabis sativa, índica y americana o marihuana, así como el
psicotrópico “tetrahidrocannabinol” y sus variantes estereoquímicas.
Conceder los mismos beneficios a quienes se encuentren sustraídos de la
acción de la justicia. |
7 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la
Inclusión de las Personas con Discapacidad.
Publicación en GP:
Anexo II
05 de noviembre de 2015. |
Dip.
Abdies Pineda Morín
(PES) |
Comisión de
Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen. |
Incluir el concepto de
“Progresividad” como la obligación del Estado de generar una mayor y
mejor protección y garantía de los derechos de las personas con
discapacidad y considerar el principio de progresividad en las políticas
públicas. Brindar facilidades administrativas para la constitución de
organismo integrados por personas con discapacidad. Atribuir a la
Secretaria de Salud la atención prioritaria a los adultos mayores con
discapacidad. Elaborar un padrón nacional de asistencia pública y
privada en la prestación de los servicios dirigidos a las personas con
discapacidad para procurar su plena inclusión. |
8 |
Que reforma el
artículo 130 de la Ley del Seguro Social.
Publicación en
GP:
Anexo III
27 de octubre
de 2015. |
Dip.
Óscar Valencia García
(PRI)
A nombre propio y de los Diputados Álvaro Rafael Rubio y Edith Yolanda
López Velasco (PRI) |
Comisión de
Seguridad Social, para dictamen. |
Aplicar el derecho a la
pensión de viudez en los mismos términos para el viudo o concubinario de
la trabajadora asegurada o pensionada por invalidez. |
9 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto
sobre la Renta y de la Ley de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo II
05 de noviembre de 2015. |
Dip.
J. Apolinar Casillas Gutiérrez
(PAN) |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Ley del Impuesto sobre
la Renta: Posibilitar que los contribuyentes puedan optar por pagar el
impuesto sobre la renta en el régimen de incorporación fiscal, RIF, o
reincorporarse al régimen de los pequeños contribuyentes. Dar Impulso
administrativo y capacitación a los pequeños contribuyentes. Establecer
la obligación de que la autoridad fiscal envíe cartas informativas a los
contribuyentes cuando se implementen cambios. Permitir que los
adquirientes de negocios, activos, gastos y cargos diferidos, puedan
decidir el régimen en que deseen tributar.
Ley de Coordinación
Fiscal: Permitir que las autoridades adheridas al Sistema Nacional de
Coordinación Fiscal, participen al 100 por ciento de la recaudación que
se obtenga del impuesto sobre la renta que se entere a la federación,
correspondiente al Fondo de Compensación del Régimen de Pequeños
Contribuyentes. |
10 |
Que adiciona el artículo 2o. de la Ley de la Comisión Nacional para el
Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
Publicación en GP:
Anexo III
06 de octubre de 2015. |
Dip.
Victoriano
Wences Real
(PRD) |
Comisión de
Asuntos Indígenas, para dictamen. |
Consultar a los pueblos
indígenas sobre diversos proyectos que pretendan modificar el entorno de
las comunidades indígenas. |
11 |
Que adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
05 de noviembre de 2015. |
Dip.
Eduardo Francisco Zenteno Núñez
(PVEM) |
Comisión de
Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Facultar a los
municipios, en los términos de las leyes federales y estatales
relativas, para elaborar y mantener actualizados sus propios planes y
programas en materia de protección civil. |
12 |
Que reforma los artículos 7o. y 48 de la Ley General de Educación.
Publicación en GP:
Anexo II
04 de noviembre de 2015. |
Dip.
María Elena Orantes López
(MC) |
Comisión de
Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen. |
Establecer dentro de los
fines de la educación que impartan el Estado, sus organismos
descentralizados y los particulares con autorización o con
reconocimiento de validez oficial, el promover mediante la enseñanza el
conocimiento de la pluralidad lingüística de la Nación, el respeto a los
derechos lingüísticos de los pueblos indígenas y la perspectiva
pluricultural de nuestra nación. Asentar que los ayuntamientos, electos
mediante usos y costumbres, podrán proponer a las autoridades educativas
locales y al Consejo Estatal Técnico de Educación, la incorporación
conceptos, materias, métodos y materiales de enseñanza en los planes y
programas de estudio, siempre que no contravengan leyes mexicanas
vigentes y que estén relacionados con la reafirmación la esencia
pluricultural de nuestra nación. |
13 |
Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de
los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
05 de noviembre de 2015. |
Dip.
Melissa Torres Sandoval
(PES)
A nombre del Dip. Alejandro González Murillo (PES) |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Crear la Comisión
ordinaria de “Familia” en la Cámara de Diputados. |
14 |
Que reforma
los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en
GP:
Anexo III
27 de octubre
de 2015. |
Dip.
Julio Saldaña
Morán
(PRD) |
Comisión de
Puntos Constitucionales, para dictamen |
Considerar al Presidente
de la República como servidor público, establecer su responsabilidad por
violaciones a la Constitución y a las leyes federales, por el manejo y
aplicación indebidos de fondos y recursos federales, y podrá ser acusado
por faltas administrativas graves, actos de corrupción, daño patrimonial
al Estado y por conflicto de intereses. Incluir al Presidente de la
República como sujeto de juicio político. |
15 |
Que
reforma el artículo 32 de la Ley General de Asentamientos Humanos.
Publicación en GP:
Anexo II
04 de noviembre de 2015. |
Dip.
Delia Guerrero Coronado
(PRI) |
Comisión de
Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen. |
Establecer en la
legislación estatal de desarrollo urbano, las disposiciones para la
regulación de los estacionamientos, la cual deberá contemplar, al menos,
las tarifas aplicables a los estacionamientos públicos, la gratuidad del
servicio para los clientes de centros comerciales y garantizar
condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad y
cuestiones que atiendan al interés público. |
16 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización
y Rendición de Cuentas de la Federación.
Publicación en GP:
Anexo II
06 de octubre de 2015. |
Dip.
Luis Gilberto
Marrón Agustín
(PAN) |
Comisión de
Transparencia y Anticorrupción, para dictamen. |
Fiscalizar las
participaciones federales con motivo de: el ejercicio de las
atribuciones de la Auditoría Superior de la Federación; la fiscalización
de la Cuenta Pública; y la revisión del Programa para la Fiscalización
del Gasto Federalizado. |
17 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto
sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo II.
29 de septiembre de 2015. |
Dip.
Claudia Sofía
Corichi García
(MC)* |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Establecer que el patrón
que otorgue previsión social a sus trabajadores, de acuerdo a lo
establecido en el Artículo 7, párrafo quinto, podrá acceder a un crédito
en razón del 53 por ciento del impuesto sobre la renta a los recursos
destinados a previsión social en el ejercicio fiscal de que se trate. |
18 |
Que reforma el
artículo 6o. de la Ley General de Educación.
Publicación en GP:
Anexo II
04 de
noviembre de 2015. |
Dip.
José Clemente
Castañeda Hoeflich
(MC)* |
Comisión de
Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen. |
Establecer que el
servidor público que impida o condicione la prestación del servicio
educativo a los educandos, condicione la inscripción, el acceso a la
escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de
documentación a los educandos o afectar en cualquier sentido la igualdad
en el trato a los alumnos, al pago de contraprestación alguna, cometerá
el delito de abuso de autoridad y le serán aplicadas las sanciones
previstas en el Código Penal Federal. |