Secretaría General |
Dirección General de Apoyo Parlamentario |
Comisión Permanente de la LIX Legislatura/Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio/Julio 14, 2004. |
13 INICIATIVAS
No. |
Iniciativa |
Origen |
Turno o Trámite |
Materia |
Propuesta |
1 |
Con Proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Congreso del Estado de Sinaloa |
Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados. |
Hacienda |
Modificar el marco jurídico para fortalecer financieramente a Estados y Municipios, en el ámbito de sus contribuciones referentes a tasas adicionales sobre propiedad inmobiliaria y acuerdos con la Federación. Señalar que Estados y Municipios queden exentos de contribuciones referentes a tasas adicionales sobre propiedad inmobiliaria en su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora, así como las que tengan por base el cambio de valor de inmuebles. |
2 |
Con Proyecto de decreto que reforma el artículo 106, fracción II, inciso e) de la Ley Aduanera. |
Senador Rubén Zarazúa Rocha (PRI) |
a) Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores. b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates. |
Aduanera |
Ampliar el plazo de seis a doce meses para el régimen de importación temporal de vehículos, a fin de reducir el alto porcentaje de vehículos que ilegalmente se encuentren en territorio nacional. Señalar que para el caso de importación temporal de vehículos, deba ampliarse el termino de seis a doce meses y autorizar la internación de dos vehículos en cada periodo de doce meses. |
3 |
Con Proyecto de decreto que reforma los párrafos primero y tercero del artículo 3 Bis de la Ley de Amparo. |
Diputado Jorge Uscanga Escobar (PRI) |
Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados. |
Amparo |
Determinar que las multas previstas en la Ley de Amparo sean impuestas con base en el cálculo del salario mínimo general vigente en la zona geográfica a que corresponda, al momento de realizarse la conducta que sea sancionada. Precisar que los juzgadores sólo deban aplicar las multas establecidas en la Ley de Amparo con base al salario mínimo general vigente en la zona geográfica que corresponda, al momento de presentarse la demanda de amparo o de interponerse un recurso. |
4 |
Con Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 277 D y 286 K de la Ley del Seguro Social. |
Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI) A nombre propio y de 150 Legisladores Federales integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN, PVEM y Convergencia |
Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social de la Cámara de Diputados. |
Seguridad Social |
Reorientar el destino de las aportaciones de seguridad social, manteniendo subsistente la prestación del régimen de Jubilaciones y Pensiones de los trabajadores, resguardando los derechos de los trabajadores jubilados y pensionados. Señalar que el Instituto Mexicano del Seguro Social no pueda destinar del Fondo para el cumplimiento de Obligaciones Laborales, a la cuenta especial de Régimen de Jubilaciones y Pensiones, recursos provenientes de las cuotas de los patrones y trabajadores. |
5 |
Con Proyecto de decreto para efectuar la interpretación auténtica del vigente artículo 107, fracciones XVI primer párrafo, y XVII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto evitar que la resolución dictada por el juez noveno de distrito en materia administrativa en el Distrito Federal, en el incidente de violación a la suspensión definitiva concedida en el juicio de amparo 862/2000 (caso el encino), se constituya en un precedente judicial que produzca la judicialización de la política mexicana y ponga en riesgo las instituciones democráticas del país. |
Diputada Cristina Portillo Ayala (PRD) |
Se turnó a la Cámara de Diputados. |
Judicial |
Realizar una interpretación del artículo 107, referente a considerar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación facultada para valorar excusable o inexcusable el incumplimiento en que haya incurrido una autoridad y decidir, en su caso, separarla o no de su cargo y consignarla o no ante el juez de Distrito que corresponda. Considerar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación posee atribuciones necesarias y únicas para permitir valorar el incumplimiento por parte de una autoridad, y decidir si éste es o no excusable, aplicable a la resolución dictada por el juez noveno de distrito en materia administrativa en el Distrito Federal, en el incidente de violación a la suspensión definitiva concedida en el juicio de amparo 862/2000 (caso el encino). |
6 |
Con Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Salud, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, con el objeto de incorporar la prevención, atención y control de las enfermedades de laringitis y disfonía ocasionadas por el ejercicio de la docencia consideradas enfermedades profesionales. |
Diputada María Esther Scherman Leaño (PRI) A nombre propio y de la Dip. Evelia Sandoval Urbán (PRI) |
Se turnó a las Comisiones de Salud y de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados. |
Salud |
Señalar que la Seguridad Social que se ha otorgado a los trabajadores deba cubrir la atención, prevención y control de las enfermedades de laringitis y disfonía ocasionadas por el ejercicio de la docencia consideradas enfermedades profesionales e incorporar los conceptos como riesgos del trabajo las enfermedades profesionales y las enfermedades de trabajo. Considerar como materia de Salubridad General y como servicios básicos de salud la prevención, atención y control de las enfermedades de laringitis y disfonía ocasionadas por el ejercicio de la docencia consideradas enfermedades profesionales. |
7 |
Con Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, para introducir de forma transversal la perspectiva de Género en la Legislación Laboral. |
Diputada.
Cristina Portillo Ayala A nombre propio y de la Dip. María Marcela Lagarde y de los
Ríos |
Se turnó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social con opinión de la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados. |
Laboral |
Introducir de forma transversal la perspectiva de género en la Legislación Laboral, a fin de imprimir seguridad y protección a las relaciones laborales acordadas entre las y los patrones y las y los trabajadores del hogar, de la industria maquiladora y de las trabajadoras rurales. Integrar principios de equidad, en la legislación laboral, a efecto de encontrar una equidad en las relaciones laborales de las trabajadoras, para fortalecer el principio de a trabajo igual salario igual; erradicar inequidades en la contratación y evitar la violencia física, moral, emocional o sexual. |