Secretaría General

Dirección General de Apoyo Parlamentario

DATOS RELEVANTES DE LA SESIÓN

SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO  

SESIÓN N° 7 Febrero 22, 2005.

10. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA IV. ASUNTOS NO ABORDADOS

11. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

No.

Origen

Dictamen

Turno o Trámite

Intervenciones

1

Comisiones Unidas de Gobernación y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos y adiciona un Libro Noveno al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Proceso Legislativo.

Iniciativa presentada por la Dip. Laura Elena Martínez Rivera (PRI), a nombre propio y de los Diputados David Hernández Pérez, Claudia Ruiz Massieu Emilio Badillo Ramírez, Jaime Fernández Saracho, Heliodoro Carlos Díaz Escárraga y Omar Bazán Flores del Grupo Parlamentario del PRI en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 9 de noviembre de 2004.

Iniciativas consideradas por la Comisión:

1. Iniciativa presentada por el Dip. Lázaro Cárdenas Batel (PRD) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 30 de abril de 1998 (LVII Legislatura).

2. Iniciativa presentada por los Diputados Rafael Castilla Peniche y Javier Algara Cossio del Grupo Parlamentario del PAN en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 15 de abril de 1999 (LVII Legislatura).

3. Iniciativa presentada por el Dip. Rafael Alberto Castilla Peniche (PAN) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 17 de noviembre de 1998

4. Iniciativa presentada por los Dip. Pablo Gómez Álvarez (PRD), Dip. Carlos Medina Plascencia (PAN), Dip. Jorge Emilio González Martínez (PVEM) y Dip. Marcelo Ebrard Casaubón (Ind.) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 22 de abril de 1999.

5. Iniciativa presentada por el Dip. Felipe de Jesús Preciado Coronado (PAN) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 27 de abril del 2000.

6. Iniciativa presentada por el Dip. Sergio Acosta Salazar (PRD) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 6 de septiembre del 2001 (LVIII Legislatura).

7. Iniciativa presentada por el Dip. Gregorio Urías Germán (PRD) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 4 de octubre del 2001.

8. Iniciativa presentada por el Dip. Irma Piñeyro Arias (PRI) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 18 de marzo del 2003.

9. Iniciativa presentada por el Diputado Eduardo Rivera Pérez en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 28 de abril del 2003.

10. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 15 de junio de 2004.

11. Iniciativa presentada por el Dip. Juan José García Ochoa (PRD) en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 14 de septiembre de 2004.

12. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 14 de diciembre de 2004.

Materia: Electoral

Propuesta:

1. Permitir que los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero tengan posibilidad de emitir voto, a efecto de participar en las elecciones para Presidente de la República.

2. Otorgar al Consejo General las atribuciones para ordenar a la Junta General Ejecutiva hacer los estudios y formular los proyectos a fin de determinar para la elección de Presidente de la Republica, los países donde se votara, así como el establecimiento de las Delegaciones Locales en el Extranjero respectivamente.

3. Designar a los funcionarios que durante los procesos electorales actuarán como presidentes de los Consejos Locales en el Extranjero y Locales Extraordinarios en el Extranjero.

4. Expedir el Reglamento de Sesiones de los Consejos Locales en El Extranjero, Consejos Extraordinarios en el Extranjero.

5. Adiciona un Libro Noveno para establecer las Juntas Locales Ejecutivas en el Extranjero y los consejos locales en el extranjero, así como su integración y funcionamiento.

6. Se establece la credencialización en el extranjero a partir del 2006.

7. Formación del Catalogo y del Padrón Electoral en el Extranjero

8. Realizar una campaña de fotocredencialización en territorio nacional y en el extranjero, con el objeto de ampliar el universo de electores potenciales.

9. Llevar a cabo campañas electorales en el extranjero vigilando que los partidos políticos no podrán contratar tiempo en los medios electrónicos, radio y televisión, de propiedad de extranjero y en el extranjero, sujetándolos solo a los medios nacionales y sus repetidoras tanto en territorio nacional como en el extranjero.

Modificaciones suscritas por el Dip. David Hernández Pérez (PRI), Dip. Claudia Ruiz Massieu Salinas (PRI), Dip. Miguel Ángel García Domínguez (PRD), Dip. Maximino Alejandro Fernández Ávila (PVEM), Dip. Juan Antonio Guajardo Anzaldúa (PT), Dip. Rosa María Avilés Nájera (PRD), Dip. Emilio Badillo Ramírez (PRI), y Dip. Jaime Fernández Saracho (PRI).

Artículo 244, párrafo primero, dice: 238 y 375; debe decir: 238 y 376.

Artículo 288, inciso c), dice: secretario ejecutivo en el extranjero, órganos distritales; debe decir: Secretario Ejecutivo del Instituto, órganos extraordinarios.

Artículo 293, inciso g), dice: artículo 360; debe decir: artículo 361.

Artículo 297, inciso b), dice: artículo 352; debe decir: artículo 353.

Artículo 302, inciso c), dice: 352 y 354 y debe decir: 353 y 355.

El mismo artículo 302 en su inciso d), dice: 350; debe decir: 351.

Artículo 304, párrafo tercero, dice: fracción III, IV y V del artículo 349; debe decir: inciso 3) y 4), del artículo 192 y 3 del artículo 350.

Artículo 305, párrafo tercero, dice: 350; debe decir. 351.

Artículo 308, en su inciso c), dice: 364; debe decir: 365.

En su inciso h), dice: 375; y debe decir: 376.

Y en su inciso i), dice: una de la elección; y debe decir: una de la elección para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 321, párrafo dos, dice: padrón electoral en el extranjero; debe decir: Padrón Electoral en el Extranjero, con mayúsculas.

Artículo 322, inciso b), dice: padrón electoral extranjero; debe decir: Padrón Electoral en el Extranjero.

Artículo 323, párrafo primero, dice: padrón electoral extranjero; y debe decir: Padrón Electoral en el Extranjero.

Artículo 324, párrafo primero, dice: repíblica; debe decir: república.

Artículo 328, párrafo primero, dice: padrón electoral extranjero; debe decir: Padrón Electoral en el Extranjero.

Artículo 329 en su párrafo uno, dice: padrón electoral extranjero; debe decir: padrón electoral en el extranjero.

En el párrafo tercero, inciso b), dice: padrón electoral extranjero; debe decir: padrón electoral en el extranjero.

Artículo 330, párrafo primero, dice: padrón electoral extranjero; debe decir: padrón electoral en el extranjero.

Artículo 335, párrafo segundo, dice: catálogo general de electores; debe decir: catálogo general de electores en el extranjero.

Artículo 346, párrafo tercero, dice: 333; debe decir: 334.

Artículo 350, párrafo tercero, dice: 354; debe decir 355.

Artículo 367, dice: en el párrafo tercero inciso a), 364; debe decir: 365 y en el cuarto párrafo dice "357", debe decir "358".

Artículo 368, inciso e), dice "375" y debe decir "376".

Artículo 379, párrafo primero, dice "libro sexto", debe decir "libro noveno".

Artículo 385, inciso a), dice "Consejo Distrital", debe decir "Consejo Extraordinario".

En el inciso c) dice "Consejo Distrital" y debe decir "Consejo Extraordinario"

En el inciso e) dice "y se realizarán las operaciones referidas en el inciso anterior" y debe decir "y se procederá en los términos de los incisos a) a d) de este artículo". Dice inciso c) "entre paréntesis, repetido, y --ahí mismo—Distrital", debe decir "inciso f) Extraordinario". Inciso d) dice "entre paréntesis, repetido, y —ahí mismo, la misma—debe decir inciso g), la misma y la declaración de validez de la elección".

Artículo 387, inciso a) "distrital, entre paréntesis dos veces", debe decir "extraordinario, entre paréntesis dos veces".

Artículo 388, inciso b) dice "distritales" y debe decir "extraordinarios en el extranjero".

Artículo 389, párrafo primero, dice "distritales", debe decir "extraordinarios en el extranjero".

Transitorio primero. Dice "esta reforma", debe decir "este dictamen".

Transitorio cuarto. Dice "libro sexto", debe decir "libro noveno".

Transitorio quinto. Dice "libro sexto", debe decir "libro noveno".

Se propone también para ser aprobado cambiar las numeraciones romana por las numeraciones ordinales de los capítulos y se apruebe la intríngulis siguiente:

Único. Se reforman los artículos 1, 6, párrafo segundo; 9; 59, párrafo primero: 71, párrafo primero, incisos a) y b); 81; 82, incisos e), f), ñ) y o); 83, incisos B) y i) primero; 84, inciso n); 86, inciso h); 89, incisos e), j) y m); 92, incisos b), g), i), j), k) y párrafo segundo; 93, inciso i); 94, incisos a) y d); 96, inciso a); 168, inciso b); 173, párrafo segundo; 174, párrafos 5 y 7; 182, párrafos 1, 2, 3 y 4; 182-a, fracción I, inciso a); 183, párrafos 1 y 3; 184; 185, párrafo segundo; 186, párrafos primero y tercero; 190 párrafos 1, 2, 3, 4 y 5; 205, inciso a) del párrafo segundo; 207, párrafo primero, incisos a), b) y c) del párrafo segundo; 208, párrafos primero, incisos b), c), d) y e), párrafo segundo y quinto; 211; 242, párrafo primero, incisos b), c) y d); 243, párrafo primero, inciso a) y 244.

Segundo. Se adicionan a los artículos 4 un párrafo cuarto; 82, un inciso I-Bis; 89, un párrafo cuarto y 209 un párrafo tercero y un Libro Noveno del Voto en el Extranjero al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

a) En votación económica se le dispensó la segunda lectura.

b) En votación económica se aprobaron las modificaciones presentadas por el Dip. David Hernández Pérez (PRI), Dip. Claudia Ruiz Massieu Salinas (PRI), Dip. Miguel Ángel García Domínguez (PRD), Dip. Maximino Alejandro Fernández Ávila (PVEM), Dip. Juan Antonio Guajardo Anzaldúa (PT), Dip. Rosa María Avilés

Nájera (PRD), Dip. Emilio Badillo Ramírez (PRI), y Dip. Jaime Fernández Saracho (PRI).

c) En votación económica se consideró suficientemente discutido en lo general.

d) Aprobado en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados en votación nominal por 391 votos en pro, 5 en contra y 22 abstenciones.

e) En votación económica no se admitieron las reservas presentadas por el Dip. Sergio Penagos García (PAN).

f) Aprobados los artículos 182; 182 A; 183; 184; 185; 186; 189; 190; 286; 287; 288; 289; 290; 291; 292; 293; 294; 295; 296; 297; 298; 299; 300; 301; 302; 303; 334; 335; 336 y 337 en votación nominal por 258 votos en pro, 124 en contra y 20 abstenciones.

g) Se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Para fundamentar el dictamen:

Dip. Julián Angulo Góngora (PAN)

Dip. David Hernández Pérez (PRI)

Para fijar la posición de su partido:

Dip. Jesús Porfirio González Schmal (PC)

Dip. Pedro Vázquez González (PT)

Dip. Manuel Velasco Coello (PVEM)

Dip. Emilio Zebadúa González (PRD)

Dip. Adriana González Carrillo (PAN)

Dip. Laura Elena Martínez Rivera (PRI)

Para presentar las reservas a los artículos 182 al 190 y del 186 al 303, 286, 334, 335, 336 y 337:

Dip. Sergio Penagos García (PAN)

 

Estadística

PRI

2

PAN

3

PRD

1

PVEM

1

PT

1

PC

1

Subtotal:

9

 

2

Comisión de Juventud y Deporte

Con proyecto de decreto que adiciona un segundo y tercer párrafo al artículo 99 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Dip. Fernando Espino Arévalo (PVEM) en sesión Ordinaria del 14 de Septiembre del 2004.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 10 de febrero de 2005.

Nota: - Esta iniciativa es presentada adicionando un artículo 104 bis y modificada al artículo 99 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

Matería: Deporte.

Propuesta:

Establecer que la CONADE promueva y gestione la constitución de fideicomisos destinados al otorgamiento de un reconocimiento económico vitalicio, a los deportistas que en representación oficial obtengan o hayan obtenido una o más medallas en Juegos Olímpicos o Paralímpicos.

Determinar que la CONADE rija los criterios y bases para el otorgamiento y monto de la beca a que se harán acreedores los beneficiados por los fideicomisos creados para reconocimiento a medallistas Olímpicos y Paralímpicos.

a) En votación económica la Asamblea aceptó abordar este y los dictámenes siguientes.

b) En votación económica se le dispensó la segunda lectura.

c) En votación económica se consideró suficientemente discutido.

d) Aprobado en lo general y en lo particular en votación nominal por 374 votos en pro, 0 en contra y una abstención.

Para fijar posicionamiento:

Dip. Alejandra Méndez Salorio (PVEM)

Dip. Reynaldo Francisco Valdes Manzo (PRD)

Dip. José Francisco Javier Landero Gutiérrez (PAN) 

Estadística

PAN

1

PRD

1

PVEM

1

Subtotal

3

3

Comisión de Salud

Con proyecto de decreto por el que se reforma los artículos 195, 201, 210, 258, 264, 286 Bis y 370 de la Ley General de Salud.

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Dip. José Ángel Córdova Villalobos (PAN) en Sesión Ordinaria del 28 de septiembre de 2004.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 10 de febrero de 2005.

Materia: Salud.

Propuesta:

1. Señala que los insumos para la salud serán normados por la Farmacopea Mexicana (FEUM).

2. Crea la Comisión Permanente de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos que será un órgano técnico asesor con el fin de actualizar la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos mediante acuerdos de colaboración que celebre con la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

3. Señala que la Secretaría de Salud, determinará los tipos de establecimientos dedicados al proceso de los Productos y Servicios de Importación y Exportación que deberán efectuar su control interno con base en las normas oficiales mexicanas o las disposiciones aplicables que al efecto se expidan.

4. Precisa que los productos o actividades médicas que los establecimientos manipulen, así como el proceso, uso y mantenimiento de equipos médicos y agentes, deban sujetarse a la última edición de la Farmacopea.

5. Determina que en caso de incumplimiento de lo establecido en los reglamentos, normas oficiales mexicanas, las demás disposiciones generales que emita la Secretaría de Salud, o de las aplicables de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos, las autorizaciones sanitarias serán revocadas.

a) En votación económica se le dispensó la segunda lectura.

b) Se consideró suficientemente discutido.

c) Aprobado en lo general y en lo particular en votación nominal por 372 votos en pro, 0 en contra y 2 abstenciones.

d) Se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

Para fundamentar el dictamen:

Dip. José Ángel Córdova Villalobos (PAN)

 

Estadística

PAN

1

Subtotal:

1

4

Comisión de Salud

Con proyecto de decreto que reforma los artículos 420 y 421 y adiciona el artículo 414 Bis de la Ley General de Salud.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. María Cristina Díaz Salazar en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 14 de Octubre del 2004.

Materia: Salud/Productos milagros.

Propuesta:

1. Revocar la autorización respectiva de la publicidad de productos que no sean medicamentos, así como iniciar el procedimiento administrativo correspondiente a efecto de imponer las sanciones que procedan.

2. Retirar del mercado o asegurar los productos y mercancías que indebidamente se publiciten como medicamentos, que no cuenten con registro sanitario para ser considerados como tales.

3. Incrementar la penalización a diversas conductas delictivas descritas en la Ley General de Salud.

Propuesta de modificación del artículo 414 Bis del dictamen presentada por la Dip. María Cristina Díaz Salazar (PRI):

Será procedente la acción de aseguramiento prevista en el artículo 414 como medida de seguridad, para el caso de que se comercialicen Remedios Herbolarios, Suplementos Alimenticios o Productos de Perfumería y Belleza, que indebidamente hubieren sido publicitados o promovidos como medicamentos o a los cuales se les hubiera atribuido cualidades o efectos terapéuticos, presentándolos como una solución definitiva en el tratamiento preventivo o rehabilitatorio de un determinado padecimiento, no siendo medicamentos y sin que los mismos cuenten con registro sanitario para ser considerados como tales. 414 dice "productos y mercancías", la precisión que presentó, señor Presidente, señores compañeros, es que esta Comisión considera que debe de decir.

a) En votación económica se le dispensó la segunda lectura.

b) Se consideró suficientemente discutido.

c) En votación económica se aceptó la modificación presentada por la Dip. María Cristina Díaz Salazar (PRI).

d) Aprobado en lo general y en lo particular en votación nominal por 372 votos en pro, 0 en contra y 3 abstenciones.

e) Se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Para fundamentar el dictamen:

Dip. María Cristina Díaz Salazar (PRI)

Nota: Se presentó por escrito la intervención del Dip. Javier Orozco Gómez (PVEM).

 

Estadística

PRI

1

Subtotal:

1

10. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA IV. ASUNTOS NO ABORDADOS