Secretaría General

Dirección General de Apoyo Parlamentario

DATOS RELEVANTES DE LA SESIÓN

SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO  

SESIÓN N° 6/ Febrero 17, 2005.

5. OFICIO DE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE 7. PUNTO DE ACUERDO

6. INICIATIVAS

No.

Iniciativa

Origen

Turno o Trámite

Materia

Propuesta

1

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 18, inciso a), de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, en relación con los días en que deberá izarse a toda asta la Bandera Nacional.

Diputado

Jesús Emilio Martínez Álvarez

(PC)

Nota: Sin intervención en tribuna.

Se turnó a la Comisión de Gobernación.

Civil/Símbolos patrios

Incorporar una fecha en que deberá izarse la Bandera Nacional a toda asta.

Deberá izarse la Bandera Nacional a toda asta el 1° de febrero para conmemorar la apertura del Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Congreso de la Unión.

2

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 77 de la Ley General de Salud y se adicionan las fracciones XIII y XIV al artículo 7o. de la Ley General de Educación, para promover el tratamiento del trastorno del déficit de atención e hiperactividad en menores.

Diputada

María Cristina Díaz Salazar

(PRI)

Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud y de Educación Pública y Servicios Educativos.

Salud/

Educación/

Trastornos
del compor-
tamiento

Establecer los procedimientos en materia de salud y educación para proteger y vigilar a los niños que padecen el Trastorno de Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH).

1. Reconocer en materia de salud y educación el Trastorno de Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH).

2. Emitir, por parte de la Secretaría de Salud, la Norma Oficial Mexicana que establezca las características, especificaciones, criterios o procedimientos que permitan proteger y promover la salud de los educandos con problemas de atención o conducta, como el trastorno de déficit de atención e hiperactividad y otros trastornos del comportamiento.

3. Vigilar el derecho de las niñas y los niños a no ser discriminados en los planteles de educación básica públicos y privados, por causa de actitudes, conductas diferentes, Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad y otros trastornos del comportamiento.

4. Garantizar que en los establecimientos educativos públicos o privados, se brinde el apoyo a los educandos que presenten problemas de bajo rendimiento escolar o actitudes diferentes al resto de las niñas y niños así como a aquellos que presenten síntomas de Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad y otros trastornos del comportamiento. , para reconocerlos y enviar, con el consentimiento de los padres o tutores, al sector salud y a las instancias de apoyo pedagógico o psicológico oficiales o privadas correspondientes, conforme a lo establecido en la norma oficial establecida al efecto.

3

Con proyecto de decreto que adiciona un inciso n) a la fracción I del artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Diputada

Angélica de la Peña Gómez

(PRD)

a) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates.

b) Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables y de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias.

 

Penal

Los jueces federales penales, conoceránd e los delitos de orden en materia de Corrupción de menores e incapaces; pornografía infantil y prostitución sexual de menores.

Otorgar a los jueces federales penales la competencia de los delitos de orden federal previstos en los artículos 202, 203, 204 y 205 del Código Penal Federal (Corrupción de menores e incapaces; Pornografía infantil y prostitución sexual de menores).

 

4

Con proyecto de decreto por el que se reforma el 2° párrafo del artículo 49 de la Ley General de Vida Silvestre.

 

Diputado

Manuel Velasco Coello

(PVEM)

Suscrita por diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM.

Se turnó a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Acceso a la Información

Regular el acceso a la información a la vida silvestre.

Señalar que toda persona tendrá derecho a que la Secretaría ponga a su disposición la información, de acuerdo a lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, con excepción de aquella que sea susceptible de generar derechos de propiedad intelectual.

5

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 13 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Diputado

Pedro Vázquez González

(PT)

Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PT.

a) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates.

b) Se turnó a la Comisión de Gobernación.

Electoral

Consolidar el marco de la representación proporcional mediante una ronda de distribución.

1. Asignar una cantidad determinada de diputados al los partidos políticos de representación proporcional que hayan obtenido del dos al cinco por ciento de la votación nacional emitida, de acuerdo a una fórmula de proporcionalidad pura, tomando como base del cálculo de los quinientos diputados que integran el total de la Cámara de Diputados.

2. Asignar a los partidos políticos que hayan obtenido más del cinco por ciento de la votación nacional emitida, se le asignara el resto de diputados de representación proporcional, conforme al procedimiento de cociente natural y de Resto Mayor.

6

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, relativo a coaliciones y candidaturas comunes.

Diputado

Jesús Emilio Martínez Álvarez

(PC) 

Se turnó a la Comisión de Gobernación.

Electoral

Garantizar que la renovación completa de los poderes Ejecutivo y Legislativo, se rijan por normas actualizadas que garanticen el proceso democrático.

1. Se modifica la denominación del Título Cuarto para integrar en el mismo la figura de Candidaturas Comunes.

2. Formar coaliciones electorales con la finalidad de ofrecer a los electores un plan de gobierno, un convenio de configuración del Poder Ejecutivo con responsabilidad compartida, y una plataforma legislativa que se constituya en compromisos con efectos de mandato vinculatorio para los candidatos así electos, mismos que serán postulados por los partidos coaligados en formulas únicas.

3. Normar las coaliciones como pactos políticos duraderos, que deben abarcar la totalidad de las candidaturas y estar sujetos a compromisos de carácter programático.

4. Derogar las disposiciones actuales que permiten lo que se conoce como coaliciones parciales.

5. Establece tres tipos de coaliciones, cuyos efectos recaerán sobre las 32 entidades federativas, las cinco circunscripciones plurinominales, y los 300 distritos electorales en que se divide el territorio nacional; para postular los mismos candidatos a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a senadores y a diputados; postular los mismos candidatos a Senadores y, postular los mismos candidatos a diputados.

6. Señala que todo partido político que no forme parte de una coalición podrá registrar candidaturas comunes con otros partidos políticos, para postular candidatos senadores y/o a diputados.

7. Obligar la presentación de candidaturas (por ambos principios) tanto por el principio de mayoría relativa como por el de representación proporcional en el caso de la coalición por la que se postulen candidatos a senadores y diputados.

8. Específica que la candidatura común por la que se postulen candidatos a senadores comprende exclusivamente las formulas por el principio de mayoría relativa.

9. Considerar a la candidatura común como la suma de votos coincidentes en la formula postulada; pero para todos los efectos de la asignación de senadores y diputados por el principio de representación proporcional, se considerará a la votación de cada partido por separado.

10. Sujetar a la candidatura común por la que se postulen candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa, a diversos preceptos para señalar su posición de Candidato Común.

11. Crear el Convenio de Configuración del Poder Ejecutivo con responsabilidad compartida con el fin de sujetar al candidato presidencial en el supuesto de resultar electo.

12. Crear una plataforma legislativa común que será obligatoria para quien resulte electo legislador.

7

Con proyecto de decreto que modifica el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Diputado

Francisco Herrera León

(PRI)

Se turnó a la Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública.

Seguridad Pública

Canalizar más recursos a los municipios del país con el fin de ser utilizados en la seguridad pública.

Designar a la Secretaría de Gobernación para entregar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público una propuesta para la integración del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal.

8

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 104 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para que en dicho ordenamiento se enuncien las delegaciones en que se divide esta entidad federativa.

Diputado

Jorge Triana Tena

(PAN)

Se turnó a la Comisión del Distrito Federal.

Limites Territoriales

Enunciar a las delegaciones en las que se divide el Distrito Federal en el Estatuto de Gobierno, y dividir las actuales delegaciones Gustavo A. Madero e Iztapalapa en tres delegaciones cada una.

Establecer que la ley secundaria es la que habrá de especificar los límites territoriales de cada una de estas delegaciones de reciente creación, y que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal podrá proponer la creación de nuevas Delegaciones o modificar el territorio de las actuales.

9

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General de Salud, en materia de salud sexual y reproductiva.

Diputada

Martha Lucía Mícher Camarena (PRD)

A nombre propio y de la Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI)

Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud y de Equidad y Género.

Salud/ Equidad y Genero

Adicionar a la Ley General de Salud del correspondiente capítulo lo referente a los derechos sexuales y reproductivos.

Garantizar como un componente de la libertad reproductiva, el derecho de toda persona a elegir el método anticonceptivo que desee emplear, por lo que correlativamente debe imponerse al Estado la obligación de reconocer y suministrar todos aquellos métodos anticonceptivos cuya eficacia y seguridad estén acreditadas, así como garantizar a las personas usuarias la disponibilidad del método anticonceptivo que constituya la mejor alternativa.

10

Con proyecto de decreto por el que se modifica el segundo párrafo del artículo 420 Ter y se adiciona un artículo 420 Ter 1, ambos del Código Penal Federal.

Diputado

Jorge Antonio Kahwagi Macari

(PVEM)

Nota: Sin intervención en tribuna.

Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

Penal/
Salud

Proteger cualquier cultivo experimental o sitio de investigación de Organismos Genéticamente Modificados, ya que serán estos estudios los que determinarán si dichos organismos son o pueden ser dañinos a la salud humana.

Se impondrá pena de prisión de dos a cuarenta años y multa hasta de cincuenta mil pesos, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten, al que utilizando explosivos, sustancias toxicas, armas de fuego o por incendio o cualquier otro medio violento, realice actos con los que se interrumpa, altere, destruya o saquee de forma deliberada, los cultivos centros y laboratorios experimentales de organismos genéticamente modificados, buscando obstaculizar las investigaciones de estos organismos, perturbando la paz pública.

11

Con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 5 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Diputado

Jorge Uscanga Escobar

(PRI)

Se turnó a la Comisión de Seguridad Pública.

Sistemas Penitenciarios

Promover la actualización del personal penitenciario en base a procedimientos de estudio y evaluación.

1. Obligar a los miembros del personal penitenciario a sujetarse a procedimientos de evaluación, los cuales determinarán si siguen cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 4 de esta ley (vocación, aptitudes, preparación académica y antecedentes personales), a efecto de continuar en el desempeño de su encargo.

2. Realizar la evaluación del personal penitenciario al menos cada de 6 meses.

12

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Diputado

Jaime del Conde Ugarte

(PAN)

Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

Derechos Humanos

Se adiciona un Título Décimo Cuarto al Código Federal de Procedimientos Penales, el cual tratará los temas relativos a la mediación y conciliación; y la adición a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para incorporar un título que habla del Centro de Mediación y Conciliación Judicial.

1. Se precisan las atribuciones del Centro de Mediación y Conciliación.

2. Evaluar las peticiones de los interesados para determinar el medio idóneo del tratamiento a sus diferencias, recabando la conformidad por escrito de las partes para la atención y búsqueda de soluciones correspondientes.

3. Instrumentar y operar servicios de mediación y conciliación extrajudicial, en los asuntos susceptibles de transacción cuyo conocimiento está encomendado por la ley a los tribunales del Poder Judicial.

4. Sustanciar procedimientos de mediación y conciliación que pongan a fin a las controversias judiciales en los términos de la fracción anterior.

5. Modificar el medio elegido cuando de común acuerdo con las partes resulte conveniente emplear un método alterno distinto al inicialmente seleccionado.

6. Dar por terminado el procedimiento de mediación o conciliación cuando alguna de las partes lo solicite.

7. Redactar los acuerdos o convenios a que hayan llegado las partes a través de la mediación o de la conciliación, los cuales deberán ser informados por ellas y autorizados por el mediador o conciliador que intervino.

8. Establecer los requisitos que debe cumplir el aspirante a Director de Centro de Mediación y para los mediadores y conciliadores.

13

Con proyecto de decreto por el que se adicionan un párrafo segundo, un párrafo tercero y un párrafo cuarto al artículo 59 de la Ley Federal de Radio y Televisión.

Diputado

Pablo Gómez Álvarez

(PRD)

Nota: Sin intervención en tribuna.

Se turnó a la Comisión de Gobernación.

Tiempo
Electoral en
Medios
de
Comunicación

Llevar a cabo las emisiones de radio y televisión, que correspondan a los partidos políticos, de conformidad con las normas, especificaciones, fechas, horarios y demás características determinadas en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y por el Instituto Federal Electoral.

Incluir dentro de la programación de las estaciones de radio y canales de televisión emisiones de carácter electoral y preelectoral contratadas por los partidos políticos con la autorización expresa de los órganos electorales de la Federación y las entidades federativas, por lo que dichas estaciones y canales no podrán otorgar servicios a los particulares o a cualquier persona moral sobre las materias señaladas.

14

Con proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 3o de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y el artículo 5º de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.

Diputada

María Ávila Serna

(PVEM)

Suscrita por diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM.

Se turnó a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Equidad y Género.

Terminología

Unificar el concepto de "género" en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y en la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.

Sustituye en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y en la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres la actual definición de género por la de "aquellas ideas, creencias, representaciones y atribuciones sociales construidas en cada cultura a partir de la diferencia sexual".

15

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputada

Martha Palafox Gutiérrez

(PRI)

Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales

Marco
legal

Excluir al Ejecutivo Federal de las observaciones ante un proyecto aprobado en la cámara de origen.

Se exceptúa al Ejecutivo Federal a la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación y de todos aquellos asuntos que sólo competen a alguna de las Cámaras.

16

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 74 en su fracción V de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

Daniel Ordóñez Hernández

(PRD)

Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Penal

Sobreseer los amparos directos e indirectos que se encuentren en trámite ante los Jueces de Distrito, no sin antes llevar a cabo un proceso de notificación al quejoso de manera personal.

Notificar al quejoso de manera personal en su domicilio, cuando menos tres días, antes de concluir el plazo de trescientos días para que manifieste a lo que su interés y derecho convenga; una vez hecha la mencionada notificación y transcurrido el plazo de 300 días sin que el quejoso haya manifestado interés se declarará el sobreseimiento de dichos amparos.

17

Con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 9 del Capítulo II de las Medidas para Prevenir la Discriminación de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Diputada

Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán

(PVEM)

Suscrita por diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM.

Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Información sobre
derechos reproductivos

Ampliar la prohibición de toda práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos.

Considerar como conducta discriminatoria la negación o limitación en la información sobre derechos reproductivos, así como la negación o limitación del derecho a la salud y seguridad sexual, entendida como el derecho a una vida libre de violencia y coacción sexual y con derecho ala privacidad.

18

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

Gonzalo Moreno Arévalo

(PRI)

Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales

Elección Popular

Señalar los términos a considerar para competir por un cargo de elección popular.

1. Señala que los cargos de elección popular se desempeñará de acuerdo a lo establecido en los términos del artículo 5o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Establece que los cargos de elección popular podrán ser renunciados sólo por causa grave, debiendo presentar por escrito la correspondiente renuncia, firmada por el peticionario, en la cual exponga la causa grave que deberá ser valorada y en su caso aprobada por la autoridad competente.

19

Con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.

Diputado

Fermín Trujillo Fuentes

(PRI)

Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Recursos a Municipios fronterizos

Modificar la base de cálculo para la distribución de las participaciones a los municipios fronterizos.

Contemplar a la población migrante dentro del factor poblacional que se emplea para la asignación de los recursos.

20

Con proyecto de decreto adiciona un tercer párrafo al artículo 83 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Diputado

Sergio Chávez Dávalos

(PRI)

Se turnó a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural.

Desarrollo Rural

Mantener niveles de producción rural que permitan competir en los mercados internacionales y abastecer el consumo interno, se considera el agua como actor prioritario.

Lograr el uso racional y sustentable del recurso hidráulico por su consecuente impacto en la producción y productividad rural.

5. OFICIO DE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE 7. PUNTO DE ACUERDO