Secretaría General

Lic. Patricia Flores Elizondo

Dirección General de Apoyo Parlamentario

Lic. Norma López Cano y Aveleyra

DATOS RELEVANTES DE LA SESIÓN

Sesión en la que se erige la Cámara de Diputados en Jurado de Procedencia/ Noviembre 04, 2004.

6. FASE DE ALEGATOS Y RÉPLICAS DEL SOLICITANTE DE LA DECLARACIÓN DE PROCEDENCIA Y DEL SERVIDOR PÚBLICO IV. TOTAL DE INTERVENCIONES EN TRIBUNA

7. DICTAMEN A DISCUSIÓN

No.

Origen

Dictamen

Turno o Trámite

Intervenciones

Estadística

1

Sección Instructora

Relativo al procedimiento de declaración de procedencia solicitado en contra del C. René Juvenal Bejarano Martínez, Diputado con Licencia a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, III Legislatura.

1. Ha lugar a proceder penalmente en contra del Diputado con licencia a la Asamblea del Distrito Federal de la III Legislatura, RENÉ JUVENAL BEJARANO MARTÍNEZ, como consecuencia del procedimiento de Declaración de Procedencia, en el que ha quedado acreditada la existencia de los delitos y su probable responsabilidad en la comisión de los mismos, por la razones expuestas en los considerandos 5°, 6°, 7° y 9° del dictamen emitido por la Sección Instructora.

2. El C. RENE JUVENAL BEJARANO MARTINEZ queda inmediatamente separado de su cargo como Diputado a la Asamblea del Distrito Federal de la III Legislatura, y en consecuencia a disposición de las autoridades competentes para que actúen con arreglo a la ley.

3. Las determinaciones contenidas en la presente Declaratoria, de ninguna manera prejuzgan respecto a la existencia de los delitos y la probable responsabilidad penal del C. RENÉ JUVENAL BEJARANO MARTÍNEZ, por lo que quedan intocadas las facultades legales del Ministerio Público y las autoridades jurisdiccionales, para que en ejercicio de sus funciones, realicen las actuaciones que consideren pertinentes.

TRANSITORIOS.

ARTÍCULO PRIMERO.-Notifíquese personalmente al servidor público imputado, C. RENÉ JUVENAL BEJARANO MARTÍNEZ y por oficio al Fiscal Central de Investigaciones para Asuntos Especiales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

ARTÍCULO SEGUNDO.-Comuníquese esta decisión a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para su conocimiento.

ARTÍCULO TERCERO.-Comuníquese al Ejecutivo Federal, para su conocimiento.

Publicación en el Diario Oficial de la Federación y efectos legales a que haya lugar.

a) En votación económica se consideró suficientemente discutido.

b) En votación económica no se aceptó a discusión la propuesta presentada por el Dip. Miguel Ángel Yunes Linares (Ind.)

c) En votación económica no se aceptó a discusión la propuesta presentada por el Dip. Fidel René Meza Cabrera (PRI)

d) Aprobado en votación nominal por 444 votos en pro, 7 en contra y 15 abstenciones.

e) El Presidente señaló que la Cámara de Diputados del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos en ejercicio de las facultades que le conceden los artículos 74 fracción V y 111 de la Constitución Federal, declara:

Primero. Ha lugar a proceder penalmente en contra del Diputado con licencia a la Asamblea del Distrito Federal de la III Legislatura, RENÉ JUVENAL BEJARANO MARTÍNEZ, como consecuencia del procedimiento de Declaración de Procedencia, en el que ha quedado acreditada la existencia de los delitos y su probable responsabilidad en la comisión de los mismos, por la razones expuestas en los considerandos 5°, 6°, 7° y 9° del dictamen emitido por la Sección Instructora.

Segundo. El C. RENE JUVENAL BEJARANO MARTINEZ queda inmediatamente separado de su cargo como Diputado a la Asamblea del Distrito Federal de la III Legislatura, y en consecuencia a disposición de las autoridades competentes para que actúen con arreglo a la ley.

Tercero. Las determinaciones contenidas en la presente Declaratoria, de ninguna manera prejuzgan respecto a la existencia de los delitos y la probable responsabilidad penal del C. RENÉ JUVENAL BEJARANO MARTÍNEZ, por lo que quedan intocadas las facultades legales del Ministerio Público y las autoridades jurisdiccionales, para que en ejercicio de sus funciones, realicen las actuaciones que consideren pertinentes.

TRANSITORIOS.

ARTÍCULO PRIMERO.-Notifíquese personalmente al servidor público imputado, C. RENÉ JUVENAL BEJARANO MARTÍNEZ y por oficio al Fiscal Central de Investigaciones para Asuntos Especiales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

ARTÍCULO SEGUNDO.-Comuníquese esta decisión a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para su conocimiento.

ARTÍCULO TERCERO.-Comuníquese al Ejecutivo Federal, para su conocimiento.

Publicación en el Diario Oficial de la Federación y efectos legales a que haya lugar.

En un primer turno para hablar en contra del dictamen:

Dip. Lizbeth Eugenia Rosas Montero (PRD)

Dip. Rosa María Avilés Nájera (PRD)

Dip. Miguel Ángel Yunes Linares (Ind.)

Para hablar en pro del dictamen:

Dip. Jaime Miguel Moreno Garavilla (PC)

Dip. Joel Padilla Peña (PT)

Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM)

En un segundo turno para hablar en contra:

Dip. Miguel Ángel García Domínguez (PRD)

Dip. María Angélica Díaz Del Campo (PRD)

Dip. Fidel René Meza Cabrera (PRI)

Para hablar en pro del dictamen:

Dip. Álvaro Elías Loredo (PAN)

Dip. Rebeca Godínez y Bravo (PRI)

Dip. Francisco Cuauhtémoc Frías Castro (PRI)

Para hechos:

Dip. Emilio Serrano Jiménez (PRD)

Para rectificación de hechos:

Dip. Miguel Ángel Yunes Linares (Ind.)

Dip. Lizbeth Eugenia Rosas Montero (PRD)

Dip. Jaime Miguel Moreno Garavilla (PC)

Dip. Ernesto Herrera Tovar (PAN)

Para responder a alusiones personales:

Dip. Francisco Cuauhtémoc Frías Castro (PRI)

PRI 4
PAN 2
PRD 6
PVEM 1
PT 1
PC 2
Ind. 2

 

Subtotal: 18

 

6. FASE DE ALEGATOS Y RÉPLICAS DEL SOLICITANTE DE LA DECLARACIÓN DE PROCEDENCIA Y DEL SERVIDOR PÚBLICO IV. TOTAL DE INTERVENCIONES EN TRIBUNA