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Primer Periodo Ordinario del Primer Año de Ejercicio de la LIX Legislatura/Septiembre 30, 2003.

2. INICIATIVAS

No.

Iniciativa

Origen

Turno o Trámite

Materia

Propuesta

1

     Con proyecto de decreto que adiciona el artículo 190-bis al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

     (Prohibir a las autoridades federales, estatales y municipales la publicidad y propaganda en materia de gestión y obras públicas treinta días antes de llevarse a cabo elecciones).

Congreso del Estado de Chihuahua

     a) Se turnó a la Comisión de Gobernación.

     b) El Presidente de la Mesa Directiva informó que mientras se designa la Comisión, la iniciativa se conservará en la Dirección General de Proceso Legislativo.

Electoral

     Prohibir a las autoridades federales, estatales y municipales la publicidad y propaganda en materia de gestión y obras públicas treinta días antes de llevarse a cabo elecciones.

     Determinar que cualquiera de las autoridades en sus tres niveles, independientemente de cual fuere su rango que difunda propaganda respecto de la gestión realizada por dicho gobierno en un plazo de treinta días anteriores a realizarse elecciones en la entidad o municipio, ello sin interferir en el buen desarrollo de los planes y programas del gobierno en turno.

2

     Con proyecto de decreto por el que se adiciona un nuevo párrafo al artículo 46, la adición de una fracción al artículo 105, así como la reforma a las fracciones I y II del artículo 117, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

      (Ampliar las facultades de las Entidades Federativas, a fin de otorgarles libertad de contraer acuerdos o convenios entre sí para impulsar políticas comunes y ratificar la facultad al Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para autorizar dichos convenios).

Diputado

Enrique Ariel Escalante Arceo

(PRI)

 

     a) Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.      b) El Presidente de la Mesa Directiva informó que mientras se designa la Comisión, la iniciativa se conservará en la Dirección General de Proceso Legislativo.

     Nota: Conforme a la Comunicación de la Mesa Directiva, publicada en la Gaceta Parlamentaria del 19 de abril de 2004, se modificó el turno a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Fortalecimiento del Federalismo.

Constitucional

     Determinar nuevas facultades a las Entidades Federativas, a fin de otorgarles libertad de contraer acuerdos o convenios entre sí y establecer la facultad al Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para autorizar dichos convenios.      1. Establecer la facultad de contraer acuerdos o convenios a las Entidades Federativas, a efecto de convenir respecto de sus límites e impulsar políticas comunes que promuevan el desarrollo de proyectos regionales.      2. Establecer como facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el conocer de las solicitudes de conciliación interpuestas por los Estados para dirimir controversias que surjan de los convenios en el caso de incumplimiento, modificación o recesión de estos.

     3. Determinar la facultad para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos de aprobar los convenios o acuerdos que lleven acabo las Entidades Federativas.

3

     Con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso b) del numeral 1 del artículo 24, el inciso a) del numeral 1 del artículo 28 y su fracción I, el inciso d) del artículo 38, el inciso a) del numeral 8 del artículo 49 y se adiciona un párrafo segundo del artículo 30, todos ellos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

     (Establecer mecanismos que fortalezcan el régimen de partidos, estableciendo mayores requisitos que mejoren la calidad de los nuevos partidos políticos que busquen el Registro como tal).

Diputado

Luis Antonio González Roldán

(PVEM)

Suscrita por Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

     a) Se turnó a la Comisión de Gobernación.

     b) El Presidente de la Mesa Directiva informó que mientras se designa la Comisión, la iniciativa se conservará en la Dirección General de Proceso Legislativo.

Electoral

     Establecer mecanismos que fortalezcan el régimen de partidos, estableciendo requisitos que mejoren la calidad de los nuevos partidos políticos que busquen el Registro como tal.      1. Establecer como requisito para el registro de un Partido Político, que se cuente con tres mil afiliados en por lo menos quince Entidades Federativas o trescientos afiliados en por lo menos ciento y cincuenta distritos electorales uninominales.      2. Celebrar por lo menos en quince entidades federativas o en ciento y cincuenta distritos electorales, una asamblea en presencia de un funcionario del Instituto Federal Electoral y un notario público, para certificar de esta forma el número de asistentes a dicha asamblea.      3. El Consejo General del IFE, verificara la autenticidad de las afiliaciones del nuevo partido, pudiendo establecer un método aleatorio por el que se verifiquen no menos de una cantidad equivalente al 0.13 por ciento del padrón electoral utilizado en la elección federal ordinaria inmediata anterior a la solicitud de que se trate, corroborando que las afiliaciones cuenten con un año de antigüedad como máximo dentro del partido político de nueva creación.

     4. Determinar como obligación del partido Político ostentarse con los colores emblema y denominación registrados , los cuales no podrán ser iguales o semejantes a los utilizados por partidos políticos ya existentes.

     5. Establecer financiamiento a los Partidos Políticos que hubieren obtenido su registro con fecha posterior a la última elección, el uno por ciento del monto que por financiamiento total, les corresponda a los partidos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, así como en el año de la elección una cantidad adicional igual para gastos de campaña.

4

     Con proyecto de decreto que deroga el artículo tercero transitorio de la Ley del Impuesto sobre la Renta, relativo al Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario.

     (Derogar el Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario, por constituir un precepto inconstitucional, el cual elimina la obligación de la Federación de apoyar adicionalmente a los trabajadores en su salario).

Senador

Fernando Gómez Esparza

(PRI)

 Nota: Presentada en la Sesión del Senado del día 25 de septiembre de 2003.

     a) Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

     b) El Presidente de la Mesa Directiva informó que mientras se designa la Comisión, la iniciativa se conservará en la Dirección General de Proceso Legislativo.

Fiscal

     Derogar el Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario, por constituir un precepto inconstitucional, el cual elimina la obligación de la Federación de apoyar adicionalmente a los trabajadores en su salario.

     Dejar insubsistente la vigencia del Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario por ser considerado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia.

5

     Iniciativa con proyecto de reforma del primer párrafo del artículo 67 del Código Fiscal de la Federación.

     (Establecer la figura de caducidad por el tiempo transcurrido de cinco años, para el caso de aplicación de las cuotas compensatorias en materia de importaciones).

Senador

David Jiménez González

(PRI)

 Nota: Presentada en la Sesión del Senado del día 9 de septiembre de 2003.

     a) Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

     b) El Presidente de la Mesa Directiva informó que mientras se designa la Comisión, la iniciativa se conservará en la Dirección General de Proceso Legislativo.

Fiscal

     Establecer la figura de caducidad para el caso de aplicación de las cuotas compensatorias.

     Aplicar la figura de la caducidad a las cuotas compensatorias, a efecto de que el importador goce del beneficio de la caducidad, transcurridos cinco años.