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Primer Periodo Ordinario del Primer Año de Ejercicio de la LIX Legislatura/Septiembre 18, 2003.

4. COMUNICACIÓN DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, III LEGISLATURA

6. MINUTAS

5. INICIATIVAS

No.

Iniciativa

Origen

Turno o Trámite

Materia

Propuesta

1

     Con proyecto de decreto que reforma la fracción II del Artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo.

    (Reformar la Fracción II del artículo 162, a efecto de establecer que para determinar el pago de indemnización por concepto de antigüedad que deba otorgarse al trabajador por la separación de su empleo se tome como base el salario que perciba al momento del pago y eliminar la limitante de que la indemnización por antigüedad sea el doble del salario mínimo vigente).

Congreso del Estado de Baja California

  a) Se turnó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

  b) El Presidente de la Mesa Directiva informó que mientras se designa la Comisión, la iniciativa se conservará en la Dirección General de Proceso Legislativo.

Laboral

     Reformar la Fracción II del artículo 162, a efecto de establecer que para determinar el pago de indemnización por concepto de antigüedad que deba otorgarse al trabajador por la separación de su empleo se tome como base el salario que perciba al momento del pago y eliminar la limitante de que la indemnización por antigüedad sea el doble del salario mínimo vigente.

     1. Considerar el impacto que genera el ingreso del trabajador al momento de ser pagada la indemnización por concepto de prima de antigüedad, incrementando el rango establecido para ello.     2. Eliminar la limitante determinada en la Ley que establece que la base de indemnización por antigüedad sea del doble del salario mínimo vigente, según el área geográfica a que corresponda.

     3. Establecer que en la indemnización por concepto de prima de antigüedad, se respete y tome como base el salario que el trabajador se encuentre devengando al momento del pago.

2

     Con proyecto de decreto que reforma el artículo 9-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

     (Incorporar en el marco jurídico el esquema de participación de fondos por concepto de ingresos que se deriven de la operación de puentes de peaje nacionales, el cual tenga un beneficio directo en obras que tengan impacto en los Municipios y Entidades donde los puentes se ubiquen).

Diputado

Tomás José Ruiz González

(PRI)

Suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PRI

a) Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

b) El Presidente de la Mesa Directiva informó que mientras se designa la Comisión, la iniciativa se conservará en la Dirección General de Proceso Legislativo.

Fiscal

     Incorporar en el marco jurídico el esquema de participación de fondos por concepto de ingresos que se deriven de la operación de puentes de peaje nacionales, el cual tenga un beneficio directo en obras que tengan impacto en los Municipios y Entidades donde los puentes se ubiquen.

     Establecer que los puentes nacionales de peaje se incorporen a la participación de fondos por concepto de cobro de peaje, los cuales sean destinados a la construcción, mantenimiento, reparación y ampliación de obras de vialidad, obras de infraestructura o gasto de inversión, los cuales tengan impacto en la zona donde se ubiquen los puentes.