Secretaría General |
Datos Relevantes de la Sesión |
Comisión Permanente: Segundo Receso del Tercer Año de Ejercicio, LVIII Legislatura/Mayo 28, 2003. |
9. INICIATIVAS
No. |
Iniciativa |
Origen |
Turno o Trámite |
Materia |
Propuesta |
1 |
Con proyecto de decreto que reforma la fracción IV del Artículo 74 y la fracción II del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 8 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. (Facultar a la Cámara de Diputados para aprobar trimestralmente las adecuaciones presupuestarias que proponga el Ejecutivo Federal; y reducir los plazos para la presentación de la Cuenta Pública ante la Cámara de Diputados, así como para la entrega del informe del resultado de la revisión de la misma, a cargo de la ASF). |
Diputado Uuc-kib Espadas Ancona (PRD) A nombre propio y de la Dip. María Miroslava García Suárez (PRD). |
Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, de la Cámara de Diputados. |
Constitucional/ Reconducción Presupuestal y Cuenta Pública |
Facultar a la Cámara de Diputados para aprobar trimestralmente las adecuaciones presupuestarias que proponga el Ejecutivo Federal; y reducir los plazos para la presentación de la Cuenta Publica ante la Cámara de Diputados, así como para la entrega del informe del resultado de la revisión de la misma, a cargo de la ASF: 1. Otorga a la Cámara de Diputados la facultad exclusiva "para examinar, discutir y aprobar trimestralmente las adecuaciones presupuestarias que a propuesta del Ejecutivo se remitan a más tardar durante los primeros veinticinco días siguientes al trimestre correspondiente".2. Establece un plazo de 15 días hábiles para que la Cámara de Diputados emita la autorización correspondiente. 3. Precisa que "dicha facultad sólo procederá cuando se trate de transferencias entre dependencias o entidades, cuidando, siempre, en no afectar los programas de carácter social y de aquellos dirigidos a fortalecer el desarrollo de la inversión productiva estatal, en particular, de los sectores considerados como estratégicos para la nación". 4. Estipula que "en el Presupuesto de Egresos de cada ejercicio fiscal, las erogaciones en infraestructura física directa deberán considerarse como eje de la capitalización de Petróleos Mexicanos, de la Comisión Federal de Electricidad y de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro". 5. Establece como plazo para la presentación de la Cuenta Pública del año anterior por parte del Ejecutivo Federal a la Cámara de Diputados, "dentro de los diez primeros días del mes de marzo", en lugar de "los 10 primeros días del mes de junio" que actualmente se señalan. 6. Modifica el plazo para que la Auditoría Superior de la Federación entregue el informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados "a más tardar el 15 de noviembre del año de su presentación", y no "a más tardar del 31 de marzo del año siguiente al de su presentación", como establece la norma vigente. |
2 |
Con proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Ampliar de 12 a 18 semanas el plazo de descanso obligatorio otorgado por la Constitución a las mujeres durante y después del embarazo). |
Diputado Uuc-kib Espadas Ancona (PRD) |
Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados. |
Constitucional-Laboral/ Descanso por Embarazo |
Ampliar de 12 a 18 semanas el plazo de descanso obligatorio otorgado por la Constitución a las mujeres durante y después del embarazo: Modifica el artículo 123 constitucional para establecer que: "Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un descanso de cuatro semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y catorce semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el periodo de lactancia, tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos." |